MINCIT - Circular 30 de 2018
Ministerio de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- MINCIT - Circular 30 de 2018
- Autor
- Ministerio de Industria y Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2018
Para: De:
t,,.'1. M!NCOMERCIO ,fl,.1 INOUSTR!A Y TURISMO Dirección de Comercio Exterior CIRCULA8 fi. 030 ,, .. USUARIOS Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DIRECTOR DE COMERCIO EXTERIOR Asunto: ADICIÓN AL ANEXO 20 DE LA CIRCULAR 037 DE 2016
Fecha: Bogotá D.C., 2 2 A60. 2018
De conformidad con la información remitida por la Superintendencia de Industria y Comercio - SIC,1 sobre la aplicabilidad de las Resoluciones 88918 y 88919 de 2017, las cuales reglamentan el control metrológico aplicable a los taxímetros y alcoholímetros etilómetros o alcohosensores evidenciales respectivaJente se • hace necesario adicionar el Anexo 20 de la Circular 037 de 2016 de la siguiente manera:
ANEXO No.20 1
SUBPARTIDAS QUE AMPARAN PRODUCTOS SOMETIDOS AL CUMPLIMIENTO DE REGLAMENTOS TECNICOS DE CONTROL DE LA
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO - SIC. 1
Sujetos en la Importación a: Inscripción en el Registro de fabricantes e importadores de la SIC {IRI), Certificado de cpntormidad con reglamento técnico (CC.RT), Declaración de Conformidad del proveedor (DCP), Informe de ensayos expedido por laboratorio (IEL) y etiquetado (ET). 1
Normatividad: Decretos 1513 de 2012; 1074 y 1595 de 2015; Resoluciones 322 y 495 de 2002; 1023 de 2004; 180196) 180928, 0859 y
etiquetado (ET). 1
Normatividad: Decretos 1513 de 2012; 1074 y 1595 de 2015; Resoluciones 322 y 495 de 2002; 1023 de 2004; 180196) 180928, 0859 y 2501 de 2006; 180141, 180286 y 1966 de 2007; 630, 933, 934, 935, 936, 1289, 181464, 1900, 2649, 3388 y 3639 de 200fi; 124,481, 1949, 1950, 180853, 181331 y 182233 de 2009; 0230, 0901, 1334, 181568, 180540, 180655 y 182544 de 2010; 4983, 2899 y r'-80173 de 2011; 0172, 0957, 6103 y 91872 de 2012; 0497, 90902, 90708, 90907, 2250, 2876, 5543, 3203, 4340, 90980, 0180, 0538 y 554 1 3 de 2013; 003, 1002, 1606, 2881 y 90795 de 2014 y 0680 y 0277 de 2015; 88918, 88919 de 2017.
Sub partida Arancelaria Descripción Mercantía Los demás Instrumentos y 9027 .80.90.00 aparatos para análisis físicos o químicos Instrumentos de medida, control o precisión: Instrumentos y 9027 .10.90.00 aparatos para análisis físicos o químicos. Analizadores de gases o de humos 9029.10.10.00 Taxímetros Calle 28 Nº 13A • 15 / Bogotá, Colombia Conmutodor (571) 6067676 www.mincit,gov.co
químicos. Analizadores de gases o de humos 9029.10.10.00 Taxímetros Calle 28 Nº 13A • 15 / Bogotá, Colombia Conmutodor (571) 6067676 www.mincit,gov.co Nota$ Marglnales 1 control Aplica únicamente para alcoholímetros, etilometros o 1 alcohosensores evidencia les utilizados para actividades de IRI, CC.RT naturaleza pericial, judicial o administrativa, para determinar 1 1, Y/O DCP concentración de alcohol en la sangre de una persona Aplica únicamente para alcoholímetros, etílometros o 1 alcohosensores evidénciales utilizados para actividades de IRI, CC.RT naturaleza pericial, judicial o administrativa, para determinar 1 1, Y/0 DCP concentración de alcohol en la sangre de una persona Aplica para los taxímetros electrónicos, sus dispositivos 1 complementarios y accesorios que sean utilizados en el servicio IRI, CC.RT público terrestre automotor individual de pasajeros en el 1 Y/0 DCP territorio nacional. -··.fi ·- (L': filfiI Q fi:::.;,, ,fi,fififi ___ _,_ -•·· 1fil!D!l10ü GD-FM-015. V6r.;;;,. JJNCOMERCIO '-11-' lfiOUSTRIA Y TURISMO ,y fi TODOSPORUN • NUEVOPAIS ·fi PAZ EQUIOAO fOUCACICN Dirección de Comercio Exterior "'fi"-" fi 030 Para el cu1plimiento de los reglamentos técnicos antes señalados, se debe tener en cuenta el nombre comercial 9e los productos listados en cada uno de ellos, dado que la subpartida arancelaria no es la
Dirección de Comercio Exterior "'fi"-" fi 030 Para el cu1plimiento de los reglamentos técnicos antes señalados, se debe tener en cuenta el nombre comercial 9e los productos listados en cada uno de ellos, dado que la subpartida arancelaria no es la determinante para la aplicación del reglamento. La presente Circular adiciona el Anexo 20 de la Circular 037 de 2016, modificada por las Circulares 08 y 20 de 2017, 08 20, 25 y 27 de 2018, expedidas por la Dirección de Comercio Exterior. Cordial Salufio, L NDO FUENTES IBARRA @laboró: Paola Celis CMyriam Tibavlsky D . ' yevisó: lvone Gómez D. Calle 28 Nº ¡ 13A -15 / Bogotá, Colombia Conmutador (571) 6067676 . . ' www,mmc•f.gov.co