MINCIT - Circular 33 de 2017
Ministerio de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- MINCIT - Circular 33 de 2017
- Autor
- Ministerio de Industria y Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2017
,;,, MiNC0Mf:RCI0 ,O INOl/STP.IAYTURISN\0
24210
DIRECCION DE COMERCIO EXTERIOR
CIRCUl.rot Nº 03fi 'fODOS POR UN NIJEVOPA(S Para: USUARIOS Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO De: DIRECTOR DE COMERCIO EXTERIOR Asunto MODIFICACIÓN CIRCULAR 034 DE 2016, MODIFICADA PARCIALMENTE POR LA CIRCULAR 032 DE 2017-DISTRIBUCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL CONTIGENTE DE EXPORTACIÓN DE AZÚCAR Y PRODUCTOS CON AZÚCAR, DENTRO DEL ACUERDO PARA LA PROMOCIÓN COMERCIAL
COLOMBIAESTADOS UNIDOS.
Fecha: Bogotá o.e, f O NOV. 2017
Teniendo en cuenta las splicitudcs de los usuarios de comercio exterior del contingente de exportación de productos con azúcar den ro del Acuerdo para la Promoción Comercial Colombia-Estados Unidos de que trata la Circular 034 de 2016, odificada parcialmente por la Circular 032 de 2017, y con el fin de continuar con la aplicación de los lineamie tos establecidos por el Comité de As11ntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, se solicita a los e ,portadores que se les otorgó cupo en la reasignación, informar a este M·1nisterio la cantidad del cupo reasign do que no van a utilizar y de las cuales disponen para que sean devueltas y de esta manera realizar una nuev reasignación. Para efectos de lo anterio , el representante legal de la empresa que realizará la devolución voluntaria deberá
cantidad del cupo reasign do que no van a utilizar y de las cuales disponen para que sean devueltas y de esta manera realizar una nuev reasignación. Para efectos de lo anterio , el representante legal de la empresa que realizará la devolución voluntaria deberá informarlo a los correos filectrónicos sbarrientos@mínQi_LgQv.co y nsancl1ez@mincit.gov.c9. antes del 22 de noviembre de 2017, inclusive. El cupo devuelto voluntariJmente por los exportadores será reasignado a los sol1c1tantes por prorrateo del total de las solicitudes recíbidasl, sin considerar los porcentajes asignados inicialmente a los grupos. La as·1gnaci6n del cupo defiuelto volunta(1 amente se distribuirá entre nuevos solicitantes y aquellos que hayan utilizado parcial o totalmen¡e el cupo asignado el 15 de noviembre del 2017. El 23 de noviembre de ¡ 017 se publicarán en la página www.vuce.gov.co, las toneladas disponibles a distribuir. Entre el 23 y 27 de noviembre de 2017 se recibirán solicitudes por el Modulo Formulario Único de Comercio Exterior -FUCE El 28 de noviembre de 2017 se publicarán en la página www.vuce.gov.co, las toneladas asignadas a cada solicitante. Calle 28 Nº 13A -15 / B gotá, Colombia Cornnutc,dor 1571) 6067676 www.min(it..92-v:fico,;,, MtNCOMERCIO \'rl INDUSTRIA YlURISMO DIRECCION DE COMERCIO EXTERIOR Los Certificados de Elegibilidad deberán ser solicitados en el periodo comprendido entre el 29 de noviembre
www.min(it..92-v:fico,;,, MtNCOMERCIO \'rl INDUSTRIA YlURISMO DIRECCION DE COMERCIO EXTERIOR Los Certificados de Elegibilidad deberán ser solicitados en el periodo comprendido entre el 29 de noviembre de 2017 y el 22 de diciembre de 2017, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Circular 034 de 2016, modificada parcialmente por la Circular 032 de 2017. La presente Circular rige a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial y modificfi en lo pertinente la la Circular 034 del 27 de diciembre de 2016, modificada parcialmente por la Circular 032; del 05 de octubre de 2017. Calle 28 Nº 13A • 15 / Bogotá, Colombia Conmutador (571 J 6067676 WWWJnt1,dt.9ov.co