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MINCIT - Circular 34 de 2017

Ministerio de Industria y Comercio

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Detalles

Título
MINCIT - Circular 34 de 2017
Autor
Ministerio de Industria y Comercio
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Comercial
Año
2017

,-., MINtOMERrlO \fi) INIIIISIIHA num:,MO

DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR

CIRCULAR No. 034

Poro: USUARIOS Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y

TURISMO De: DIRECTOR DE COMERCIO EXTERIOR Asunto: OBLIGATORIEDAD DEL SISTEMA DE INSPECCIÓN SIMULTÁNEA· S11S DE LA VUCE

PARA LOS TERMINALES MARÍTIMOS DE CARTAGENA

Fecho: Bogotá D.C., 2 9 NOV. 2017

Poro su conocimiento y aplicación de manera atenta se informa que o partir del 4 de diciembre de 2017 entrará en obligatoriedad el desarrollo informático del Módulo de Inspección Simultanea - SIIS de la Ventanilla Único de Comercio Exterior - VUCE, en los terminales marítimos de la ciudad de Cariagena: Sociedad Portuaria Regional de Cartagena S.A., Terminal de Contenedores de Cartagena S./>-..- CONTECAR SA, Compañía de Puertos Asociados SACOMPAS S.A. y Sociedad Portuaria Puerto Bohío S.A., cuyo alcance corresponde a las operoc,ones de llenados en puerto, CrossDocking y carga suelta, entendiendo por esta última, para efectos del sistema informático, la mercancía que ingresa o los terminales sin encontrarse embaladn en un contenedor. En este sen!ido, el declarante deberá radicar la solicitud de inspección a través del sistema para iodos las cargas de exportación que deban ser movilizadas o que requieran una programación de llenado. las eventualidades que pudieron llegar a presentarse en el uso de esta herramienta tecnológico que impida continuar con el proceso de selectividad de ocuerdo con lo citado en lo presente circulor,

las cargas de exportación que deban ser movilizadas o que requieran una programación de llenado. las eventualidades que pudieron llegar a presentarse en el uso de esta herramienta tecnológico que impida continuar con el proceso de selectividad de ocuerdo con lo citado en lo presente circulor, deberán informarse a los correos electrónicos thstr.rnr.9.firnilli:;;_iJ,.gQv-1(,:Q y siisíi11esdesernona@rnincit.gov.cq la presente circular rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga la Circular O 17 de 2016. Cordialmente, Eloboró: folio no Rod1 iguez Perillo

Revisó: Corroen lvone G6rne2 Diaz

Calle 28 N" 13A -15 / Bogotá, Colombia Conmutaclor (511) 6061676 www.rn incit.g_ov .co

GD-FM-015. V5

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