MINCIT - Circular 4 de 2017
Ministerio de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- MINCIT - Circular 4 de 2017
- Autor
- Ministerio de Industria y Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2017
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Dirección de Comercio Exterior
CIRCUfAR Nº 004
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Para: De:
USUARIOS Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DIRECTOR DE COMERCIO EXTERIOR Asunto: RESOLUCIÓN 0130 de 2017· REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL REGISTRO
ÚNICO NACIONAL DE IMPORTADORES Y COMERCIALIZADORES AUTORIZADOS DE
MERCURIO - RUNIC
Fecha: Bogotá D.C., 2 5 ENE. 2017
Para su conocimiento y aplicación se informa que a través de la Resolución O 130 del 24 de enero de 2017 se establecieron los requisitos y el procedimiento para el Registro Único Nacional de Importadores y Comercializadores Autorizados • RUNIC, de conformidad con lo establecido por el artículo 2 del Decreto 2133 de 2016. Los formularios e instructivos para adelantar el procedimiento de inscripción en el RUNIC se encuentran a disposición de los interesados en las páginas web del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo "www.mincit.gov.co" y de la Ventanilla Única de Comercio Exterior - VUCE "www.vuce.gov.co". Los importadores y/o comercíalizadores de mercurio deberán diligenciar el formulario RUNIC· MEC, y cuando se trate de importadores y/o comercializadores de productos que contienen mercurio descritos en el artículo 1 del Decreto 2133 de 2016, deberán diligenciar el formulario RUNIC-PRO. Una vez diligenciado el formulario de inscripción deberá ser remitido al correo electrónico
en el artículo 1 del Decreto 2133 de 2016, deberán diligenciar el formulario RUNIC-PRO. Una vez diligenciado el formulario de inscripción deberá ser remitido al correo electrónico disenodeoperaciones@mincit.gov.co para el correspondiente estudio y la asignación del RUNIC, y a través del mismo se rá respuesta al interesado. Elaboró; Myriam 'ovisky D.
Revisó: Carmen lvone Gómez D.i,
Calle 28 Nº 13A -15 / Bogotá, Colombia Conmutador (571 J 6067676 YJ::tffl,mintit.gOYtt9