MINCIT - Circular 9 de 2018
Ministerio de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- MINCIT - Circular 9 de 2018
- Autor
- Ministerio de Industria y Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2018
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DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR
CIRCUtM-No. Q Q 9
USUARIOS Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
DIRECTOR DE COMERCIO EXTERIOR
RESOLUCIÓN 000129 DE 2018 - REGLAMENTA LOS CONTINGENTES DE
IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS ORIGINARIOS DE LA CONFEDERACIÓN SUIZA Y EL
PRINCIPADO DE LIECHTENSTEIN
Bogotá D.C., 2 3 MAR, 2018 Para su conocimiento y fines pertinentes de manera atenta se informa que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural expidió la Resolución 000129 del 13 de marzo de 2018, mediante la cual se reglamentan y administran los contingentes de importación de productos originarios de la Confederación Suiza y el Principado de Liechtenstein para el período 2018, establecidos en el Decreto No. 0029 de 2012, de la siguiente manera: Subpartida arancelaria Descripción del Producto 0406. l 0.00.00 Queso fresco (sin madurar), incluido el de lactosuero y requesón 0406.30.00.00 Queso fundido, excepto el rallado o en polvo 0406.90.40.00 0406.90.50.00 Los demás quesos 0406.90.60.00 0406. 90. 90.00 Calle 28 Nº 13A • 15 / Bogotá, Colombia Conmutador (571) 6067676
0406.90.50.00 Los demás quesos 0406.90.60.00 0406. 90. 90.00 Calle 28 Nº 13A • 15 / Bogotá, Colombia Conmutador (571) 6067676 www.minc:it.gov.co Grupo 1 Grupo 2 (Asignación (Asignación 75 %} 25%} 75 25 249,75 83,25 249,75 83,25
GD-FM-015. V5¡,,. MINCOMcRCIO 'l!I;! INfJUSTR!A Y fiJP.ISMO •.- - 009 2 3 MAR. 2018
DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR
TODOS POR UN NUEVO PAÍS PAl EQUIDAD EOllLAUÓN La distribución de los contingentes se reglamentó porcentualmente teniendo en cuenta los siguientes grupos de usuarios, los cuales podrán participar en leí asignación del contingente anexando los documentos relacionados en el artículo 3º de la Resolución 000129 de 2018: • Grupo 1: Solicitantes cuya actividad ec6nómica principal, corresponde a la elaboración de productos lácteos, de acuerdo con la Clasificación Industrial Internacional Uniforme {CIIU) l 040. • Grupo 2: Solicitantes reconocidos o inscritos ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN como Usuarios Altamente Exportadores (ALTEX), Usuarios Aduaneros Permanentes (UAPs), o Grandes Contribuyentes. De acuerdo a lo establecido en el artículo 4º y 5° de la Resolución 000129 de 2018, la Oficina de Asuntos Internacionales del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, evaluará la solicitud de cada importador, determinará la cantidad máxima a asignar y publicará el listado indicando el cupo
Asuntos Internacionales del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, evaluará la solicitud de cada importador, determinará la cantidad máxima a asignar y publicará el listado indicando el cupo asignado a cada solicitante en su página web: www.minogricultura.gov.co, sección: convocatorias. Las solicitudes de registro de importación se tramitarán a través de la Ventanilla única de Comercio Exterior - VUCE. Los interesados deben diligenciar en la casilla denominada "Solicitar Visto Bueno a Entidad", señalando el número y fecha de la Resolución que corresponda de acuerdo al producto a importar para la respectiva autorización por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, teniendo en cuenta fecha límite hasta el 30 de noviembre de 2018 de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 6º de la Resolución 000129 de 2018. La autorización otorgada para la importación es personal e intransferible y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2018. La Resolución 000129 de 2018 empezó a regir a partir del 13 de marzo de 2018, fecha de su publicación en el Diario Oficial No. 50.535.
Elaboró: Myriam Tibavisky fiRevisó: lvone G6mez
Calle 2'8 Nº 13A -1 5 / B09otéi, Colombia Conmutador 1571) 6067676 fimincit,go.Y..&.Q