MINCIT - Resolución 050 de 2020
Ministerio de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- MINCIT - Resolución 050 de 2020
- Autor
- Ministerio de Industria y Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2020
GD-FM-014. V5
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
RESOLUCIÓN NÚMERO 050 DE
(18 diciembre de 2020)
Por la cual se autorizan unos subprogramas y la importación de unos bienes al amparo del Programa de Fomento para la Industria Automotriz PV-0007, otorgado a METROKIA S.A.
EL DIRECTOR DE PRODUCTIVIDAD Y COMPETITIVIDAD DEL MINISTERIO DE
COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO
En ejercicio de la competencia asignada en el Decreto 1122 de 2019 compilado en el Decreto 1074 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución 043 del 26 de agosto de 2020, la Dirección de Productividad y Competitividad del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, autorizó a la sociedad METROKIA S.A ., el Programa de Fomento para la Industria Automotriz PV -0007 y la importación de unos bienes para la producción de las ma rcas, modelos, variantes y versiones de los vehículos allí incluidos.
Que el señor RAMIRO JAVIER CORNEJO VERA, Representante Legal, identificado con la cédula de Extranjería número C.E. 1007413, al amparo del Programa de Fomento para la Industria Automotr iz PV-0007, autorizado por medio de la Resolución 043 del 26 de agosto de 2020 de la Dirección de Productividad y Competitividad del Ministerio de
la Industria Automotr iz PV-0007, autorizado por medio de la Resolución 043 del 26 de agosto de 2020 de la Dirección de Productividad y Competitividad del Ministerio de Comercio Industria y Turismo, mediante el oficio radicado con No. 1-2020-024662 del 20 de octubre de 2020 solicita “adición de los siguientes subprogramas y bienes a importar”, así:
1. Adición de marcas, modelos, variantes, versiones y subpartidas de vehículos a producir al amparo del Programa de Fomento a la Industria Automotriz PV-0007,
así:
MARCA MODELO VARIANTE VERSIÓN COMBUSTIBLE PARTIDA KIA SOLUTO SOLUTO 1.4L DESIRE MT AB-X1D1P24MG14A GASOLINA 8703229090RESOLUCIÓN NÚMERO 050 de 2020 Hoja N0. 2
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MARCA MODELO VARIANTE VERSIÓN COMBUSTIBLE PARTIDA
KIA SOLUTO SOLUTO 1.4L DESIRE AT AB-X1D1P24AG14A GASOLINA 8703229090
KIA SEPHIA SEPHIA 1.4L LX MT A/C AB-X1L1T24MG14A GASOLINA 8703229090
KIA SELTOS SELTOS 1.6L EMOTION AT SP2X1E1P25AG16A GASOLINA 8703239090
KIA SEPHIA SEPHIA 1.4L LX MT A/C AB-X1L1T24MG14A GASOLINA 8703229090
KIA SELTOS SELTOS 1.6L EMOTION AT SP2X1E1P25AG16A GASOLINA 8703239090
KIA SELTOS SELTOS 1.6L ZENITH AT SP2X1Z1P25AG16A GASOLINA 8703239090
KIA SONET SONET 1.5L EMOTION MT QY-X1E1P25MG15A GASOLINA 8703229090
KIA SONET SONET 1.5L VIBRANT MT QY-X1V1P25MG15A GASOLINA 8703229090
KIA SONET SONET 1.5L VIBRANT AT QY-X1V1P25AG15A GASOLINA 8703229090
KIA SONET SONET 1.5L ZENITH AT QY-X1Z1P25AG15A GASOLINA 8703229090
Así mismo, señala que los vehículos descritos anteriormente serán ensamblados con los bienes cuya Importación se pretende al Amparo del PROFIA con sus respectivas subpartidas arancelarias, describiendo detalladamente los bienes comprendidos en cada una de ellas que se importarán bajo el Programa de Fomento para la Industria Automotriz, con indicación de sus diferencias sustanciales y precisión de materiales, tecnología y usos respecto de los bienes con Registro de Producción Nacional dentro de la respectiva subpartida arancelaria.
2. Autorizar la importación de los siguientes bienes, bajo el amparo Programa de
Fomento a la Industria Automotriz PV-0007:
ITEM SUBPARTIDA
ARANCELARIA DESCRIPCIÓN TECNICA DEL BIEN 1 87.08.80.20.10 AMORTIGUADOR TRASERO
Fomento a la Industria Automotriz PV-0007:
ITEM SUBPARTIDA ARANCELARIA DESCRIPCIÓN TECNICA DEL BIEN 1 87.08.80.20.10 AMORTIGUADOR TRASERO 2 84.25.49.10.00 GATO MECANICO
3 87.08.99.99.00 GANCHO DE REMOLQUE
4 87.08.99.99.00 BARRA GATO MECANICO
5 87.08.10.00.00 VIGA PARACHOQUES DELANTERO
6 84.09.91.99.00 SOPORTE DE APOYO DE MOTOR
7 84.09.91.99.00 APOYO DE MOTOR
8 87.08.95.00.00 MODULO DE AIRBAG
9 87.08.94.00.10 VOLANTE DE DIRECCION
10 87.08.29.20.00 CUBIERTA REGILLA SUPERIOR RADIADOR
11 40.09.11.00.00 MANGUERA RADIADOR INFERIOR
12 40.09.11.00.00 MANGUERA RADIADOR SUPERIOR
13 40.09.32.00.00 TUBO ENTRADA DE AIRE 14 87.08.99.99.00 SEPARADOR BATERIA
15 87.08.29.20.00 TAPA DE MOTOR
3. Que mediante memorando DPYC -2020-000281 del 22 de octubre de 2020, la Dirección de Productividad y Competitividad envía a la Subdirección de Diseño y Administración de Operaciones la información de los bienes que pretende importar bajo el amparo del Programa de Fomento para la Industria Automotriz PV-0007 la sociedad METROKIA S.A. para concepto y codificación de los mismos, acorde con
Administración de Operaciones la información de los bienes que pretende importar bajo el amparo del Programa de Fomento para la Industria Automotriz PV-0007 la sociedad METROKIA S.A. para concepto y codificación de los mismos, acorde con lo establecido en el Decreto 1122 de 2019 compilado en el Decreto 1074 de 2015.
4. Que mediante memorando GRPBN-2020-000040 del 3 de noviembre de 2020, el Grupo de Registro de Productores de Bienes Nacionales señaló “(…) no es posible generar los códigos numéricos únicos -CNU ni emitir concepto de producciónRESOLUCIÓN NÚMERO 050 de 2020 Hoja N0. 3
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nacional a razón que se presentan observaciones por parte del Grupo de Registro de Productores de Bienes Nacionales a los bienes re lacionados en el EXCEL adjunto en cuanto a subpartida arancelaria, descripción técnica, entre otros (…)”.
5. Que mediante Oficio 2-2020-030789 del 3 de noviembre de 2020, la Dirección de Productividad y Competitividad solicitó a la Sociedad METROKIA S.A. las correcciones y precisiones observadas por el Grupo de Registro de Productores
de Bienes Nacionales; la citada sociedad mediante oficio con radicado No. 1-2020026793 del 13 de noviembre de 2020 da respuesta a dichas observaciones, las cuales son remitidas por la Dirección de Productividad y Competitividad mediante
de Bienes Nacionales; la citada sociedad mediante oficio con radicado No. 1-2020026793 del 13 de noviembre de 2020 da respuesta a dichas observaciones, las cuales son remitidas por la Dirección de Productividad y Competitividad mediante memorando DPYC-2020-000320 del 17 de noviembre de 2020 a la Subdirección de Diseño y Administración de Operaciones para continuar con el trámite correspondiente.
6. Que mediante memorandos GRPBN-2020-000044 del 19 de noviembre de 2020 y GRPBN-2020-000050 del 14 de diciembre de 2020 , el Grupo de Registro de Productores de Bienes Nacionales informa a la Dirección de Productividad y Competitividad que la propuesta de codificación y concepto de producción nacional a los bienes que se pretenden importar bajo el Programa de Fomento a la Industria Automotriz-PROFIA por la sociedad METROKIA S.A., sería publicada en el sitio web del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo por un lapso de 15 días contados a partir del 23 de noviembre de 2020.
7. Que mediante memorando GRPBN-2020-000049 del 10 de diciembre de 2020, el Grupo de Registro de Productores de Bienes Nacionales informa a la Dirección de Productividad y Competitividad que durante el tiempo de la publicación se recibieron comentarios de METROKIA S.A. En consecuencia, remite para el trámite correspondiente, la codificación de los bienes y la relación de los comentarios y observaciones del Grupo de Registro de Productores de Bienes
Nacionales.
8. Que la Dirección de Productividad y Competitividad, en virtud del artículo
trámite correspondiente, la codificación de los bienes y la relación de los comentarios y observaciones del Grupo de Registro de Productores de Bienes Nacionales.
8. Que la Dirección de Productividad y Competitividad, en virtud del artículo 2.2.1.14.2.3 del Decreto 1122 de 2019 compilado en el Decreto 1074 de 2015 , convocó al Comité de Eva luación con el propósito de analizar los comentarios y observaciones y formular la recomendación respectiva relacionada con el comentario de la Sociedad METROKIA S.A y con la observación planteada por el Grupo de Registro de Productores de Bienes Nacionales, tal y como consta en el
Acta No. 5 del 15 de diciembre de 2020.
9. Que en el marco de los artículos 2.2.1.14.2.3 y 2.2.1.14.2.4 del Decreto 1122 de 2019, modificados el por Decreto 1156 de 2020 compilado en el Decreto 1074 de 2015, la recomendación del Comité de Análisis frente a la observación planteada por el Grupo de Registro de Productores de Bienes Nacionales fue la siguiente:
# SUBPARTIDA
ARANCELARIA
DESCRIPCIÓN
TÉCNICA CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS
RECOMENDACIÓN
DEL COMITÉ DE
ANÁLISIS 4 8708999900 BARRA GATO
MECANICO
BARRA DE ACERO CON LA LONGITUD NECESARIA
PARA REALIZAR LA PALANCA PARA ACCIONAR EL
GATO MECANICO.
SE RETIRA EL BIENRESOLUCIÓN NÚMERO 050 de 2020 Hoja N0. 4
PARA REALIZAR LA PALANCA PARA ACCIONAR EL
GATO MECANICO.
SE RETIRA EL BIENRESOLUCIÓN NÚMERO 050 de 2020 Hoja N0. 4
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10. Que mediante memorando GRPBN-2020-000051 del 15 de diciembre de 2020, la el Grupo de Registro de Bienes Nacionales de conformidad con lo establecido en el Parágrafo del Artículo 2.2.1.14.2.4 del Decreto 1122 de 2019, remite la codificación numérica única final de los bienes que pretende importar la sociedad METROKIA S.A al amparo del Programa de Fomento a la Industria Automotriz PV0007.
11. Que los bienes a producir se encuentran dentro de las subpartidas arancelarias listadas los artículo s 2.2.1.14.1.3 y 2.2.1.14.1.7 del Decreto 1122 de 2019 compilado en el Decreto 1074 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector
Comercio, Industria y Turismo.
12. Que en atención a lo dispuesto en el Capítulo 14 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, Decreto 1074 de 2015, esta Dirección con base en la información recibida del Grupo de Reg istro de Bienes Nacionales de este Ministerio autorizará la
Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, Decreto 1074 de 2015, esta Dirección con base en la información recibida del Grupo de Reg istro de Bienes Nacionales de este Ministerio autorizará la importación de los bienes solicitados por el peticionario, así como los subprogramas indicados en la solicitud dentro del Programa de Fomento para la Industria Automotriz PV-0007, a través de la Resolución.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar a la sociedad METROKIA S.A, dentro del Programa de Fomento para la Industria Automotriz PV-0007, otorgado mediante Resolución 0043 del 26 de agosto de 2020 de la Dirección de Productividad y Competitividad del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, los siguientes subprogramas:
CODIGO
SUBPROGRAMA
MARCA MODELO VARIANTE VERSIÓN COMBUSTIBLE PARTIDA
PV-0007-0007 KIA SOLUTO SOLUTO 1.4L
DESIRE MT
ABX1D1P24MG14A
GASOLINA 8703229090
PV-0007-0008 KIA SOLUTO SOLUTO 1.4L
DESIRE AT
ABX1D1P24AG14A
GASOLINA 8703229090
PV-0007-0009 KIA SEPHIA SEPHIA 1.4L LX
MT A/C
ABX1L1T24MG14A
GASOLINA 8703229090
PV-0007-0010 KIA SELTOS SELTOS 1.6L
EMOTION AT
SP2X1E1P25AG
16A
GASOLINA 8703239090
X1L1T24MG14A
GASOLINA 8703229090
PV-0007-0010 KIA SELTOS SELTOS 1.6L
EMOTION AT
SP2X1E1P25AG
16A
GASOLINA 8703239090
PV-0007-0011 KIA SELTOS SELTOS 1.6L
ZENITH AT
SP2X1Z1P25AG
16A
GASOLINA 8703239090
PV-0007-0012 KIA SONET SONET 1.5L
EMOTION MT
QYX1E1P25MG15A
GASOLINA 8703229090
PV-0007-0013 KIA SONET SONET 1.5L
VIBRANT MT
QYX1V1P25MG15A
GASOLINA 8703229090
PV-0007-0014 KIA SONET SONET 1.5L
VIBRANT AT
QYX1V1P25AG15A
GASOLINA 8703229090
PV-0007-0015 KIA SONET SONET 1.5L
ZENITH AT
QYX1Z1P25AG15A
GASOLINA 8703229090
ARTÍCULO SEGUNDO. Autorizar a la sociedad METROKIA S.A ., beneficiaria del Programa de Fomento para la Industria Automotriz PV -0007, la import ación de los siguientes bienes.RESOLUCIÓN NÚMERO 050 de 2020 Hoja N0. 5
Continuación de la Resolución “Por la cual se autorizan unos subprogramas y unos bienes a importar al amparo del Programa de Fomento para la Industria Automotriz PV-0007, otorgado a METROKIA S.A.”
Continuación de la Resolución “Por la cual se autorizan unos subprogramas y unos bienes a importar al amparo del Programa de Fomento para la Industria Automotriz PV-0007, otorgado a METROKIA S.A.”
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ITEM SUBPARTIDA
ARANCELARIA
DESCRIPCIÓN TECNICA
DEL BIEN
CONCEPTO
DE
PRODUCCIÓN
NACIONAL
CÓDIGO
NUMÉRICO ÚNICO 1 8708802010 AMORTIGUADOR TRASERO A GAS NO PN 17 2 8425491000 GATO MECANICO NO PN 5 3 8708999900 GANCHO DE REMOLQUE NO PN 243 5 8708100000 VIGA PARACHOQUES
DELANTERO NO PN 32
6 8708999900 SOPORTE DE APOYO DE
MOTOR NO PN 245
7 8708999900 APOYO DE MOTOR NO PN 242
8 8708950000 MODULO DE AIRBAG NO PN 9 9 8708940010 VOLANTE DE DIRECCION NO PN 2 10 8708292000 CUBIERTA REGILLA
SUPERIOR RADIADOR NO PN 176 11 4009310000 MANGUERA RADIADOR
INFERIOR SI PN 14 12 4009310000 MANGUERA RADIADOR SUPERIOR SI PN 15 13 8708999900 SEPARADOR BATERIA NO PN 244
14 8708292000 TAPA DE MOTOR NO PN 177
ARTÍCULO TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.14.1.3 del Decreto 1122 de 2019 compilado en el Decreto 1074 de 2015 , la autorización para
ARTÍCULO TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.14.1.3 del Decreto 1122 de 2019 compilado en el Decreto 1074 de 2015 , la autorización para importar los bienes señalados en el artículo segundo de la presente resolución estarán sujetos a que el código numérico único asignado a cada bien dentro de la respectiva subpartida arancelaria no tenga Registro de Producción Nacional (PROFIA) vigente a la fecha de embarque de la mercancía, entendién dose como tal la fecha de la expedición del documento de transporte o la fecha de presentación y aceptación de la declaración de importación para la mercancía procedente de una zona franca en el territorio aduanero nacional.
ARTÍCULO CUARTO. Notificar la presente resolución a la sociedad METRO KIA S.A. con NIT 830.078.966-6, con domicilio para notificación judicial en la calle 224 No.9-60 de Bogotá y/o a los correos electrónicos rcornejo@kia.com.co, prubio@kia.com.co y fmunoz@kia.com.co representada legalmente por el señor Ramiro Javier Cornejo Vera, identificado con cédula de Extranjería C.E. 1007413 o a quien haga sus veces. La notificación se surtirá de conformidad con lo dispuesto en los artículos 67 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO QUINTO . Comunicar la presente resolución dentro de los cinco (5) días siguientes a su ejecutoria a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN y a los productores nacionales de los bienes codificados dentro de las respectivas subpartidas arancelarias, para su actualización en la base de
siguientes a su ejecutoria a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN y a los productores nacionales de los bienes codificados dentro de las respectivas subpartidas arancelarias, para su actualización en la base de datos del Registro de Productores de Bienes Nacionales.
ARTÍCULO SEXTO: Contra la presente resolución procede el recurso de reposición ante el Director de Productividad y Competitividad y el de apelación ante el Viceministro de Desarrollo Empresarial, de conformidad con lo previsto por el artículo 74 y siguientes delRESOLUCIÓN NÚMERO 050 de 2020 Hoja N0. 6
Continuación de la Resolución “Por la cual se autorizan unos subprogramas y unos bienes a importar al amparo del Programa de Fomento para la Industria Automotriz PV-0007, otorgado a METROKIA S.A.”
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Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, los cuales deberán interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, o al vencimiento del término de publicación, según el caso.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 18 diciembre de 2020
EL DIRECTOR DE PRODUCTIVIDAD Y COMPETITIVIDAD
CARLOS ANDRÉS ARÉVALO PÉREZ
Proyectó: María Claudia Mateus Niño
Revisó: Luz Miryam Zuluaga Montes
Aprobó: Carlos Andrés Arévalo Pérez
Ivett Lorena Sanabria Gaitán