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MINCIT - Resolución 1038 del 4 de agosto de 2025

Ministerio de Industria y Comercio

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Detalles

Título
MINCIT - Resolución 1038 del 4 de agosto de 2025
Autor
Ministerio de Industria y Comercio
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Comercial
Año
2025

Comercio,Industria y Turismo1038 MAL ARN INIARESOLUCION NUMERO 1U38 DE 04 AGO 2025 “Por la cual se otorga el rol de gestor de la Marca de Certificación “CREOEN TI” y se adoptan su reglamento de uso y el manual gráfico” LA MINISTRA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por losartículos 16, 17 y 18 de la Ley 2125 de 2021, y conforme a lo dispuestoen la Sección 5 al Capítulo 9 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 delDecreto 1074 de 2015, del Decreto Único Reglamentario del SectorComercio, Industria y Turismo, y

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO: Que la Ley 2125 de 2021 creó un signo distintivo como Marca deCertificación “CREO EN TI”, con el propósito de identificar y generarincentivos para la formalización y el fortalecimiento de las micro,pequeñas y medianas empresas (Mipymes) lideradas por mujeres ensituación de vulnerabilidad.Que el artículo 17 de la citada Ley dispuso que el titular de la marca decertificación es el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y que laautorización de uso de dicha marca será otorgada por dicha entidad, unavez se haya registrado el signo distintivo ante la Superintendencia deIndustria y Comercio.Que el artículo 18 de la misma Ley, describe la población beneficiaria dela autorización del signo distintivo y faculta al Ministerio de Comercio,Industria y Turismo para reglamentar el procedimiento, los requisitos paraacreditar la pertenencia a los grupos poblacionales enunciados, y además,señaló que iNNpulsa Colombia realizará la identificación geográfica,demográfica, económica y social de las mujeres beneficiadas con el signodistintivo.Que el Decreto 761 de 2022 adicionó la Sección 5 al Capítulo 9 del Título1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, reglamentando losartículos 16, 17 y 18 de la Ley 2125 de 2021, y estableciendo, entre otrosaspectos, que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo podráautorizar a un tercero como gestor de la marca de certificación.

Que el artículo 2.2.1.9.5.5 del Decreto 1074 de 2015 dispuso que elMinisterio de Comercio, Industria y Turismo será el administrador de laMarca de Certificación “CREO EN TI” y podrá autorizar a un tercero comogestor, encargado de recibir, analizar, autorizar, denegar, gestionar, hacerseguimiento y control a la autorización y uso de la marca, así como sudifusión y demás actividades necesarias para su implementación.Asimismo, estableció que el Manual gráfico de la marca es el documentoguía sobre las normas de diseño y uso visual, y que el Reglamento de usofija las condiciones y controles posteriores sobre su utilización. Página 1 de 3i Y 3 8 Comercio, 0 l, AGO 2025industria y Turismo

Que, de acuerdo a lo anterior, se hace necesario adoptar el reglamentode uso y el manual gráfico de la Marca de Certificación “CREO EN TI”, conel fin de establecer las condiciones para su uso adecuado y garantizar sucorrecta implementación.Que el artículo 2.2.1.9.5.7 del Decreto 1074 de 2015 establece que eltercero autorizado como gestor de la marca de certificación, estaráfacultado exclusivamente para desempeñar las funciones definidas endicho decreto y en el reglamento de uso de la marca, sin que dichaautorización le confiera la posibilidad de utilizarla en beneficio propio.Que el artículo 305 de la Ley 2294 de 2023 unificó a INNpulsa Colombia yColombia Productiva en un único patrimonio autónomo, adscrito alMinisterio de Comercio, Industria y Turismo, y dispuso que dichopatrimonio mantendría su naturaleza jurídica, fuentes de financiamientoy funciones previamente asignadas, sin afectar su continuidad operativani su régimen presupuestal y contractual.Que la citada disposición designó a este patrimonio autónomo comovehículo del Gobierno nacional para la ejecución de estrategias orientadasa la reindustrialización, competitividad, productividad, innovación,encadenamientos productivos y fortalecimiento empresarial, entre otrosobjetivos asociados al desarrollo económico del país.Que, en virtud de estas funciones misionales, y considerando sucapacidad técnica, operativa y administrativa, el patrimonio autónomoiNNpuisa Colombia cuenta con las condiciones necesarias para actuarcomo gestor de la marca de certificación “CREO EN TI”, conforme con loprevisto en el artículo 2.2.1.9.5.5

del Decreto 1074 de 2015,particularmente en lo relacionado con el análisis, autorización,seguimiento y promoción del uso del signo distintivo, en el marco de laspoliticas públicas de apoyo a la formalización y el empoderamientoeconómico de las mujeres.Que el presente acto administrativo fue publicado en la página web delMinisterio de Comercio, Industria y Turismo, en cumplimiento de lodispuesto en el numeral 8 del artículo 8 dei Código de ProcedimientoAdministrativo y de lo Contencioso Administrativo y del artículo 2.1.2.1.14del Decreto 1081 de 2015, Decreto Único Reglamentario del SectorPresidencia de la República.En mérito de lo expuesto,

RESUELVE: Artículo 1: Adoptar el Reglamento de Uso y el Manual Gráfico de la Marcade Certificación “CREO EN TI”, los cuales se anexan a la presenteResolución y hacen parte integral de la misma.

Página 2 de 3Comercio,in 2 Industria y Turismo1038 Artículo 2: Designar al patrimonio autónomo ¡NNpulsa Colombia, o quien hagasus veces, como gestor de la Marca de Certificación “CREO EN TI”, en lostérminos previstos en la Sección 5 al Capítulo 9 del Título 1 de la Parte 2 delLibro 2 del Decreto 1074 de 2015. Artículo 3: La presente Resolución rige a partir del día siguiente a la fecha desu publicación. Dado en Bogotá D.C., a los 0 ia At E

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

LA MINISTRA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO, MS... ROJASDIANA MARCE Página 3 de 3

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