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MINCIT - Resolución 1124 de 2024

Ministerio de Comercio

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Detalles

Título
MINCIT - Resolución 1124 de 2024
Autor
Ministerio de Comercio
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Comercial
Año
2024

Y Comercio, Industria y Turismo RESOLUCIÓN NÚMERO + 124 DE "Por la cual se otorga el Premio Colombiano a la Innovación Empresarial para las Mipymes versiones 2019, 2020 y 2021” EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO En ejercicio de sus facultades legales, conforme al Capítulo 4 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Unico Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, Decreto 1074 del 26 de mayo de 2015, el Decreto 967 del 2 de agosto de 2024, y CONSIDERANDO: Que el artículo 2.2.1.4.1 del Decreto 1074 de 2015 creó el Premio Colombiano a la Innovación Empresarial para las Mipymes como estímulo a la investigación aplicada, creatividad, diseño e innovación empresarial. Que de conformidad con los artículos 2.2.1.4.3 y 2.2.1.4.4 del Decreto 1074 de 2015, el Premio Colombiano a la Innovación Empresarial para las Mipymes se entrega según los criterios y parámetros establecidos por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo en el reglamento que expida para el efecto, en las siguientes categorías: innovación de producto, innovación de servicios, innovación en procesos productivos, innovación comercial, innovación abierta, innovación social y Premio a la Innovación para el Crecimiento Empresarial Extraordinario. Que el artículo 2.2.1.4.5 del Decreto 1074 de 2015 señala que el Premio Colombiano a la Innovación Empresarial para las Mipymes consistirá en "un

programa integral de apoyo a las empresas innovadoras colombianas, y a las empresas extranjeras que concursen y estén en el marco de un convenio de cooperación tecnológica internacional, suscrito por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y/o demás entidades u organismos de la Rama Ejecutiva del poder público del orden nacional, en el que se aborde este tema con carácter recíproco”, así como establece que los beneficios serán en especie y en ningún caso se entregarán en efectivo. Que el artículo 2.2.1.4.6 del Decreto 1074 de 2015 preceptúa gue para efectos de la coordinación general del Premio Colombiano a la Innovación Empresarial para las Mipymes, se debe establecer un Comité Técnico por parte del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, con la participación del sector público y privado, el cual presentará el informe sobre los finalistas del premio al Ministro de esta cartera. Además, estableció que el premio se otorgará mediante Decreto ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió: (i) la Resolución No. 1021 de 2004 en el que estableció el Comité Técnico del Premio Colombiano a la Innovación Tecnológica Empresarial para las Mipymes, y, (ii) la Resolución No. 2484 del 12 de octubre de 2007, modificada por la Resolución No. 0122 del 29 de enero de 2021, que contiene el reglamento del Premio Colombiano a la Innovación Empresarial para las Mipymes. Página 1 de 5

ntc Comercio, 421 2 a Industria y Turismo Que el artículo 2.2.1.4.8. del Decreto 1074 de 2015, modificado por el Decreto 1141 de 2023 dispuso que el Premio Colombiano a la innovación Empresarial para las Mipymes será entregado por el Ministro de Comercio, Industria y Turismo, o quien este delegue, en ceremonia especial. Que el Decreto 967 del 2 de agosto de 2024 delegó en el Ministro de Comercio, Industria y Turismo la función de otorgar mediante resolución, el Premio Colombiano a la Innovación Empresarial para las Mipymes para las versiones 2019, 2020 y 2021. Premio Colombiano a la Innovación Empresarial para las Mipymesversión 2019 Que mediante escrito con fecha del 15 de diciembre de 2021 dirigido al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el jurado presentó sus recomendaciones frente al otorgamiento del Premio Colombiano a la Innovación Empresarial para las Mipymes, y, el Comité Técnico del Premio en sesión virtual no sincrónica llevada a cabo entre el 3 de al 5 de mayo de 2022 las acogió y declaró ganadoras a las siguientes empresas, en sus respectivas categorías:

CATEGORÍA NOMBRE DE LA EMPRESA

Glasst Innovation Company SAS Innovación de Producto con NIT 900406464-2 GisDataCenter SAS con NIT Innovación de Servicios 900595842-2 Que en la misma sesión el Comité Técnico determinó: (i) otorgar el reconocimiento de Mentalidad y Cultura a la empresa GLASST INNOVATION COMPANY SAS, identificada con NIT. 900406464-2 de Medellín, Antioquia, y, (ii)

declarar desiertas las categorías de innovación en procesos productivos, de innovación comercial, innovación abierta e innovación social por cuanto no se contó con empresas que llegaran a las fases finales de la convocatoria, según lo señalado en el Acta No. 1 de 2022. Que en relación con la categoría especial “Premio a la Innovación para el Crecimiento Empresarial Extraordinario”, el referido Comité Técnico señaló que no se presentó recomendación sobre su asignación por parte del jurado, de lo cual se dejó constancia en el Acta No. 2 de 2022 de la sesión virtual del Comité Técnico del Premio realizada el 15 de julio de 2022. Premio Colombiano a la Innovación Empresarial para las Mipymesversión 2020 Que mediante escrito del 13 de abril de 2023 el jurado informó al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo sus recomendaciones sobre el otorgamiento del Premio para la versión 2020, las cuales fueron acogidas por el Comité Técnico del Premio en sesión virtual no sincrónica llevada a cabo entre el 31 de mayo al 2 de junio de 2023, según Acta No. 2 de 2023 y declaró ganadoras a las siguientes empresas, en sus respectivas categorías:

CATEGORÍA NOMBRE DE LA EMPRESA

DIDACTICAL SAS

Innovación Comercial NIT 901.179.803-5 Innovación en Procesos |INDUMA SCA Productivos NIT 890.800.450-3 Página 2 de 5 14 Comercio, 31 E 4 Industria y Turismo

KAHAI SAS

Innovación de Producto NIT 900.314.941-9

SOLENNIUM SAS

Innovación de Servicios NIT 901.097.244-5

ALSEC ALIMENTOS SECOS SAS

Innovación Social NIT 900.062.201-4 Que en la misma sesión el Comité decidió: (i) No entregar el reconocimiento a la categoría especial denominada "Premio a la Innovación para el Crecimiento Empresarial Extraordinario" y el reconocimiento de "Mentalidad y Cultura”, toda vez que el jurado no se pronunció frente a las mismas, y, (ii) declarar desierta la categoría de innovación abierta toda vez que no se contó con empresas que llegaran a las fases finales de la convocatoria. Premio Colombiano a la Innovación Empresarial para las Mipymesversión 2021 Que, a través de escrito del 20 de octubre de 2023, el jurado presentó al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo sus recomendaciones frente al otorgamiento del Premio para la versión 2021 y en la sesión virtual celebrada del 16 al 20 de noviembre de 2023, según Acta de esa fecha, el Comité Técnico del Premio, aprobó las recomendaciones del jurado y declaró ganadoras a las siguientes empresas, en sus respectivas categorías:

CATEGORÍA NOMBRE DE LA EMPRESA

REIZEN SAS

Innovación Comercial! NIT 901.217.265 Innovación en Procesos Productivos | ZEOTROPIC DE COLOMBIA SAS NIT 901.056.553

LEGIS S.A.

Innovación de Producto NIT 860.042.209-2

OMNIVIDA

Innovación de Servicios NIT 901.142.547-4

CENTRO DE INNOVACIÓN PARA

Innovación Social MOTOCICLISTAS TECH4RIDERS S.A.S NIT 900.298.137-4

DEEPSEA DEVELOPMENTS S.A.S.

Innovación Abierta NIT 901.095.508 Que, no se entregarán los premios en la categoría especial denominada "Premio a la Innovación para el Crecimiento Empresarial Extraordinario" y el reconocimiento de "Mentalidad y Cultura", por cuanto el jurado no se pronunció al respecto. Que durante los años 2020 a 2021 el gobierno nacional en su conjunto priorizó las acciones encaminadas a mitigar los efectos generados por la pandemia del Coronavirus Covid-19, motivo por el cual no fue posible hacer el otorgamiento del Premio Colombiano a la Innovación Empresarial para las Miymes versiones 2019, 2020, y 2021. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Página 3 de 5 1 1 2 á4 Comercio, Industria y Turismo Artículo 1: Reconocer y exaltar a las siguientes empresas, otorgándoles el Premio Colombiano a la Innovación Empresarial para las Mipymes en la versión 2019, por promover la gestión de la innovación, estimular la investigación aplicada y apropiar la innovación como elemento clave para mejorar su productividad y competitividad: . Categoría innovación de producto: GLASST INNOVATION COMPANY SAS, identificada con NIT. 900.406.464-2 de Medellín, Antioquia. . Categoría innovación de servicios: GISDATACENTER SAS, identificada con NIT. 900.595.842-2 de Pasto, Nariño. e Reconocimiento de mentalidad y cultura: GLASST INNOVATION COMPANY SAS, identificada con NIT. 900.406.464-2 de Medellín,

Antioquia. Artículo 2: Declarar desiertas las categorías del Premio Colombiano a la Innovación Empresarial para las Mipymes en la versión 2019 denominadas innovación en procesos productivos, innovación comercial, innovación abierta, innovación social, y no entregar la categoría especial “Premio a la Innovación para el Crecimiento Empresarial Extraordinario”, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución. Artículo 3: Reconocer y exaltar a las siguientes empresas, otorgándoles el Premio Colombiano a la Innovación Empresarial para las Mipymes en la versión 2020, por promover la gestión de la innovación, estimular la investigación aplicada y apropiar la innovación como elemento clave para mejorar su productividad y competitividad: + Categoría innovación comercial: DIDACTICAL SAS, identificada con NIT 901.179.803-5. . Categoría innovación en procesos productivos: INDUMA SCA, identificada con NIT 890.800.450-3. . Categoría innovación de producto: KAHAI SAS, identificada con NIT 900.314.941-9. + Categoría innovación de servicios: SOLENNIUM SAS identificada con NIT 901.097.244-5. . Categoría innovación social: ALSEC ALIMENTOS SECOS SAS identificada con NIT 900.062.201-4, Artículo 4: Declarar desierta la categoría innovación abierta del Premio Colombiano a la Innovación Empresarial para las Mipymes en la versión 2020 y no entregar la categoría especial denominada "Premio a la Innovación para el Crecimiento Empresarial Extraordinario" y el reconocimiento de "Mentalidad y

Cultura", conforme con lo explicado en la parte motiva de la presente Resolución. Artículo 5: Reconocer y exaltar a las siguientes empresas, otorgándoles el Premio Colombiano a la Innovación Empresarial para las Mipymes en la versión 2021, por promover la gestión de la innovación, estimular la investigación aplicada y apropiar la innovación como elemento clave para mejorar su productividad y competitividad: Página 4 de 5 Y ES q 3 rd ¡a o, 1 1 2 4 Industria y Turismo . Categoría de innovación comercial: REIZEN SAS identificada con NIT 901.217.265. . Categoría de innovación en procesos productivos: ZEOTROPIC DE COLOMBIA SAS identificada con NIT 901.056.553. . Categoría de innovación de producto: LEGIS S.A. identificada con NIT 860.042.209-2. + Categoría de innovación de servicios: OMNIVIDA identificada con NIT 901.142.547-4. . Categoría de innovación social: CENTRO DE INNOVACIÓN PARA MOTOCICLISTAS TECH4RIDERS S.A.S. identificada con NIT 900.298.1374. + Categoría de Innovación Abierta: DEEPSEA DEVELOPMENTS S.A.S. identificada con NIT 901.095.508. Artículo 6: No otorgar la categoría especial denominada "Premio a la Innovación para el Crecimiento Empresarial Extraordinario" y el reconocimiento de "Mentalidad y Cultura", del Premio Colombiano a la Innovación Empresarial para las Mipymes en la versión 2021, por las razones expuestas en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 7: Otorgar condecoración y reconocimiento público, por su cultura innovadora a las empresas mencionadas en los artículos 1, 3 y 5 de esta Resolución. Artículo 8: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Dado en Bogotá D.C., a los

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO,

LUIS CARLOS REYES HERNÁNDEZ Página 5 de 5

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