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MINCIT - Resolución 149 de 2026

Ministerio de Industria y Comercio

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Detalles

Título
MINCIT - Resolución 149 de 2026
Autor
Ministerio de Industria y Comercio
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Comercial
Año
2026

Comercio, Industria y Turismo REsoLUCION NOMero__ 149 pe 28 “Por la cual se adopta la determinacion final dentro de la investigacién por dumping iniciada mediante la Resolucién 036 del 19 de febrero de 2025" EL DIRECTOR DE COMERCIO EXTERIOR En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que les confieren los numerales 5y 7 del articulo 18 del Decreto Ley 210 de 2003, modificado por el articulo 3 del Decreto 1289 de 2015, y el Decreto 1794 de 2020, que adiciond el Capitulo 7 del Titulo 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, vy, CONSIDERANDO Que la Direccién de Comercio Exterior (en adelante, la Direccién), mediante Resolucion 036 del 19 de febrero de 2025, publicada en el Diario Oficial 53.036 del 20 de febrero de 2025, dispuso la apertura de una investigacién para determinar la existencia, grado y efectos en la rama de la produccién nacional de un supuesto dumping en las importaciones de tuberia soldada, de seccion circular, de -hierro o acero, de los tipos utilizados en la proteccién de cables eléctricos, de un didmetro nominal mayor o igual a 12.7 mm (1/2”) y menor o igual a 152.4 mm (6"), clasificada por la subpartida arancelaria 7306.30.99.00 (en adelante, tuberia conduit), originarias de la Republica Popular China (en adelante, China). Que se desarrollaron adecuadamente todas las etapas del procedimiento administrativo previstas en la Seccién IV del Decreto 1794 de 2020 (en adelante, el Decreto 1794).

Popular China (en adelante, China). Que se desarrollaron adecuadamente todas las etapas del procedimiento administrativo previstas en la Seccién IV del Decreto 1794 de 2020 (en adelante, el Decreto 1794). Que a continuacién se resumen los procedimientos y andlisis realizados por la Direccién para adoptar la decisién definitiva en el marco de esta actuacién. Esta motivacion estéa desarrollada de manera amplia en el Informe Técnico Final.

I. ACTUACIONES DESARROLLADAS EN EL MARCO DEL PROCEDIMIENTO

ADMINISTRATIVO

1. Apertura de la investigacion La investigacion inicio a solicitud de la sociedad TENARIS TUBOCARIBE LTDA. (en adelante TENARIS). En resumen, la Direccién refirid indicios que sugerian que las importaciones de tuberia soldada, de seccién circular, de hierro o acero, de los tipos utilizados en la proteccién de cables eléctricos, de un didmetro nominal mayor o igual a 12.7 mm (1/2") y menor o igual a 152.4 mm (6”) - Tuberia Conduit, (en adelante Tuberia Conduit), originarias de China, se hicieron en condiciones de dumping ocasionando indicios de dafio importante a la rama de produccién nacional. En particular la Direccion resalté: Que las importaciones investigadas Tuberia Conduit originarias de China se hicieron en condiciones de dumping con un margen absoluto de dumping de 383,53 USD/tonelada, equivalente a un margen relativo de 60,31% con respecto al precio de exportacién. Para esta decision inicial la Direccién considerd que en China existirfa una intervencion estatal significativa. En consecuencia, con fundamento en la informacién aportada por la peticionaria consideré a Turquia

al precio de exportacién. Para esta decision inicial la Direccién considerd que en China existirfa una intervencion estatal significativa. En consecuencia, con fundamento en la informacién aportada por la peticionaria consideré a Turquia como tercer pais sustituto de China para establecer el valor normal del producto objeto de investigacion, tuberia conduit. ¢ Que habria existido un dafio importante para la rama de produccidn nacional al comparar los resultados que se presentaron en el periodo de referencia Pagina1de 19149 ot 28 ABR. 2026 Industria y Turismo comprendido entre (2021-11 y 2023-1I) y el periodo critico (2024-I). Al respecto, la Direccion resalté que las importaciones investigadas se habrian incrementado un 42,94% y que su precio descendi6 14,12% y, ademas, presenta diferencias negativas en comparacion con el precio de las importaciones de los demés origenes. Adicionalmente, se encontré que durante todo el periodo analizado, el precio de la Tuberia Conduit importada de China es mas barato en comparacién con el de la rama de producciéon nacional representativa. Asimismo, se observé que la rama de produccién nacional tuvo indicadores econémicos y financieros desfavorables. « Finalmente, la Direccién analizé otras eventuales causas de dafio y no encontré elementos que permitieran atribuirles el resultado observado.

2. Respuesta a cuestionarios La Direccién, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 2.2.3.7.6.7 del Decreto 1794, convocé a quienes acreditaran interés en la presente investigacién, para que las partes interesadas dentro de los 30 (treinta) dias habiles contados a partir de la

1794, convocé a quienes acreditaran interés en la presente investigacién, para que las partes interesadas dentro de los 30 (treinta) dias habiles contados a partir de la publicacion del aviso de convocatoria publicado en el Diario Oficial No. 53.036 del 20 de febrero de 2025 expresaran su opinién debidamente sustentada y aportaran o solicitaran ante la Subdireccion de Practicas Comerciales de la Direccion, las pruebas y documentos que consideraran pertinentes. Al respecto, se deja constancia de que, pese a la convocatoria efectuada por la Direccién en los términos del articulo 2.2.3.7.6.7 del Decreto 1794, no se recibieron pronunciamientos, observaciones ni solicitudes probatorias por parte de terceros interesados dentro del término de treinta (30) dias habiles establecidos para tal efecto, razén por la cual no obran en el expediente intervenciones adicionales relacionadas con dicha etapa procesal.

3. Determinacién preliminar Mediante la Resolucién 121 del 20 de mayo de 2025, publicada en el Diario Oficial 53.124 del 21 de mayo de 2025, la Direccion ordend continuar con la investigacién de caracter administrativo abierta mediante Resolucién 036 del 19 de febrero de 2025 e imponer derechos antidumping provisionales a las importaciones Tuberia Conduit, clasificada en la subpartida arancelaria 7306.30.99.00, originarias de China. Los derechos provisionales consistieron en un valor correspondiente a la diferencia entre un precio base FOB de USD 1.019,50 USD por cada tonelada de peso neto de Tuberia Conduit y el precio FOB declarado por el importador, siempre que este Ultimo sea menor al precio base.

derechos provisionales consistieron en un valor correspondiente a la diferencia entre un precio base FOB de USD 1.019,50 USD por cada tonelada de peso neto de Tuberia Conduit y el precio FOB declarado por el importador, siempre que este Ultimo sea menor al precio base. Los derechos antidumping provisionales se aplicaron por un término de cuatro (4) meses, contados a partir de la entrada en vigor de la resoluciéon 121 de 2025.

4. Audiencia Puablica entre intervinientes La Autoridad Investigadora, dentro del término previsto en el articulo 2.2.3.7.6.13 del Decreto 1794 y de conformidad con lo establecido en dicho articulo, no recibié de manera formal solicitud de las partes interesadas en la presente investigacion para la celebracion de la audiencia publica entre intervinientes, razén por la cual no obran en el expediente intervenciones adicionales relacionadas con dicha etapa procesal.

5. Alegatos Dentro de los diez (10) dias siguientes al vencimiento del término de practica de pruebas, de conformidad con lo establecido en los articulos 2.2.3.7.1.1.7 y 2.2.3.7.6.14

Pégina 2 de 19149 2 8 ABR. 7t Comercio, Industria y Turismo del Decreto 1794, la Autoridad Investigadora fijo el término para presentar alegatos desde el 15 y hasta el 28 de mayo de 2025. Estando dentro de término la sociedad peticionaria allegé escrito contentito de los alegatos de conclusién. Inicialmente, hace recuento de las actuaciones y las afirmaciones de la autoridad investigadora, y presenta cuestionamiento sobre pais sustituto, cdlculo del margen de dumping y solicita adoptar a México como pais sustituto

alegatos de conclusién. Inicialmente, hace recuento de las actuaciones y las afirmaciones de la autoridad investigadora, y presenta cuestionamiento sobre pais sustituto, cdlculo del margen de dumping y solicita adoptar a México como pais sustituto (o EE. UU. de forma subsidiaria) y aplicar derechos antidumping definitivos a las importaciones de Tuberia Conduit originarias de China, estableciendo un precio base que evite la subvaloracién del producto importado Comentarios de la Autoridad Investigadora Los comentarios de la Autoridad Investigadora a los alegatos presentados la peticionaria TENARIS relacionados con la investigacion a las importaciones de Tuberia Conduit originarias China, se encuentran desarrollados en los documentos de Hechos Esenciales envidos a las partes interesadas para comentarios, el 14 de agosto de 2025 y el 24 de diciembre de 2025,

6. Hechos esenciales enviados el 4 de agosto de 2025

De conformidad con el articulo 2.2.3.7.6.16 del Decreto 1794, la Direccién, mediante la Resolucién 179 del 22 de julio de 2025, prorrogd hasta el 4 de agosto de 2025 el término con que cuenta para el envio del documento de Hechos Esenciales a las partes interesadas dentro de la investigacién iniciada mediante Resolucion 036 del 19 de febrero de 2025, a las importaciones Tuberia Conduit, clasificadas por la subpartida arancelaria 7306.30.99.00, originarias China. En observancia del articulo 2.2.3.7.6.16 del Decreto 1794, la Subdireccién de Practicas Comerciales, remitié el 4 de agosto de 2025 el documento de Hechos Esenciales a las

En observancia del articulo 2.2.3.7.6.16 del Decreto 1794, la Subdireccién de Practicas Comerciales, remitié el 4 de agosto de 2025 el documento de Hechos Esenciales a las partes interesadas, para que, en un término de 10 dias habiles, es decir hasta el 20 de agosto de 2025, expresaran por escrito sus comentarios al respecto. En cumplimiento del articulo 2.2.3.7.6.16 del Decreto 1794, Unicamente la peticionaria TENARIS por medio de Apoderado Especial, presento por escrito a la Subdireccién de Practicas Comerciales sus comentarios al documento de Hechos Esenciales dentro de los 10 dias siguientes a su envio. Una vez recibido los comentarios al Documento de Hechos Esenciales, por la empresa peticionaria, TENARIS, la Autoridad Investigadora reviso y valoro nuevamente la informacién aportada en cumplimiento del articulo 2.2.3.7.6.16 del Decreto 1794 y de los principios de debido proceso, contradiccion y valoracién integral de las pruebas previstas en el CPACA. Las observaciones de la Autoridad Investigadora a los comentarios de la peticionaria a los hechos esenciales, se encuentran desarrollados en el documento de observaciones técnicas de la Autoridad Investigadora a los comentarios de las partes interesadas al documento de hechos esenciales.

7. Hechos esenciales enviados el 24 de diciembre de 2025

La Autoridad Investigadora, en cumplimiento del articulo 2.2.3.7.6.16 del Decreto 1794, remitié nuevamente el 24 de diciembre de 2025 el documento de Hechos Esenciales a las partes interesadas, correspondiente al la investigacion iniciada mediante Resolucion

remitié nuevamente el 24 de diciembre de 2025 el documento de Hechos Esenciales a las partes interesadas, correspondiente al la investigacion iniciada mediante Resolucion 036 del 19 de febrero de 2025, a las importaciones Tuberia Conduit, clasificadas por la subpartida arancelaria 7306.30.99.00, originarias China, para que, en un término de 10 dias habiles, esto es, hasta el 9 de enero de 2026, expresaran por escrito sus comentarios al respecto. Pagina 3 de 19Comercio, Industria y Turismo En observancia del articulo 2.2.3.7.6.16 del Decreto 1794, solo la peticionaria TENARIS por medio de Apoderado Especial, presento por escrito a la Subdireccién de Practicas Comerciales sus comentarios al documento de Hechos Esenciales dentro de los 10 dias siguientes a su envio. Las observaciones de la Autoridad Investigadora a los comentarios de la peticionaria a los Hechos Esenciales, se encuentran desarrollados en el documento de observaciones técnicas de la Autoridad Investigadora a los comentarios de las partes interesadas al documento de Hechos Esenciales.

II. EVALUACION TECNICA

1. Condiciones para imponer una medida de defensa comercial La imposicién de una medida de defensa comercial en un asunto como el que ahora se analiza exige que esté establecida (i) la representatividad de los peticionarios y (ii) la similitud entre el producto de produccién nacional que esos agentes elaboran y el importado. Adicionalmente, debe existir prueba suficiente de (iii) la existencia de la practica de dumping, (iv) la existencia de un dafio importante para la rama de produccién nacional y (v) un nexo de causalidad entre los dos elementos.

importado. Adicionalmente, debe existir prueba suficiente de (iii) la existencia de la practica de dumping, (iv) la existencia de un dafio importante para la rama de produccién nacional y (v) un nexo de causalidad entre los dos elementos. En este caso se retinen todas las condiciones para imponer una medida de defensa comercial. Con el fin de sustentar esta conclusion, se presentaran las consideraciones de la Direccion asi; en primer lugar, se analizaran los requisitos de representatividad y similitud del producto objeto de esta actuacién administrativa y; en segundo lugar, se presentard el analisis sobre la existencia de la practica de dumping, la existencia de un dafio a la rama de produccion nacional y la relacion de causalidad entre esos elementos respecto de la tuberia soldada, de seccién circular, de hierro o acero, de los tipos utilizados en la proteccién de cables eléctricos, de un diametro nominal mayor o igual a 12.7 mm (1/2") y menor o igual a 152.4 mm (6”) Tuberia Conduit.

2. Representatividad De conformidad con el articulo 2.2.3.7.5.1 del Decreto 1794, el requisito de representatividad estd relacionado con dos elementos. De un lado, exige que la solicitante de la medida de defensa comercial tenga la calidad de productor nacional del producto similar al que es objeto de la investigacién. Del otro, requiere que la solicitante, ademads, represente mas del 50% de la produccién total de ese producto similar.

En este caso estan demostrados los dos elementos. Sobre el primer de ellos, se probd que TENARIS representa el 100 % de la produccidén nacional del producto objeto de investigacion, circunstancia acreditada desde la etapa de solicitud y ratificada por la

similar. En este caso estan demostrados los dos elementos. Sobre el primer de ellos, se probd que TENARIS representa el 100 % de la produccidén nacional del producto objeto de investigacion, circunstancia acreditada desde la etapa de solicitud y ratificada por la Autoridad Investigadora con el certificado de Registro de Productores de Bienes Nacionales aportado con la solicitud, que la Direccién corroboré mediante una consulta al registro correspondiente en la pagina web http://pbn.vuce.gov.co/consultas/index.php, conforme a los articulos 2.2.3.7.5.1, 2.2.3.7.6.2 y 2.2.3.7.6.3 del Decreto 1794 y al articulo 5 del Acuerdo Antidumping de la OMC. Acerca del segundo aspecto, existen elementos de juicio que permiten concluir que TENARIS es el Unico productor de Tuberia Conduit en Colombia, a esa conclusién se llega de acuerdo con el concepto emitido por el Grupo Registro de Productores de Bienes Nacionales mediante memorando GRPBN-2024-000101 del 24 de diciembre de 2024, donde se indicé a TENARIS como la Uinica compafiia con registro vigente para el producto objeto de la presente investigacion. Pagina 4 de 19o ¥ ) £ W Comercio, Industria y Turismo 149 Es decir, es el Unico agente registrado como productor nacional. Finalmente, en el curso de la actuacién administrativa se otorgd la oportunidad para que toda persona interesada pudiera participar y en ningin momento se afirmé que en Colombia existen otros productores Tuberia Conduit.

3. Similitud 3.1. Condiciones que determinan la similitud entre productos

interesada pudiera participar y en ningin momento se afirmé que en Colombia existen otros productores Tuberia Conduit.

3. Similitud 3.1. Condiciones que determinan la similitud entre productos El literal r. del articulo 2.2.3.7.1.1. del Decreto 1794, de manera coherente con la préctica internacional’, establece que un producto es similar a otro si comparte, entre otros elementos, (i) propiedades, naturaleza y calidad, (ii) usos finales similares y (iii) clasificacion arancelaria de los productos?. 3.2. Analisis especifico de similitud En la investigacion se demostré que la tuberia soldada, de seccién circular, de hierro o acero, de los tipos utilizados en la proteccion de cables eléctricos, de un didmetro nominal mayor o igual a 12.7 mm (1/2”) y menor o igual a 152.4 mm (6”) Tuberia Conduit producidos por TENARIS y las importadas a Colombia desde China son productos similares. Esta conclusién se sustenta en la evaluacién técnica realizada y en el concepto emitido por el Grupo Registro de Productores de Bienes Nacionales mediante memorando GRPBN-2024-000101 del 24 de diciembre de 2024, en el cual, concluyé que el producto nacional y el producto importado de origen chino son similares en su nombre comercial, subpartida arancelaria, materias primas, composicién, normas técnicas, unidad de medida, proceso productivo, usos y dimensiones, conforme con los términos del literal r) del articulo 2.2.3.7.1.1 del Decreto 1794, donde se define “Producto similar”. Es importante aclarar que, se observaron diferencias menores en las dimensiones, pero estas son atribuibles a los requerimientos del cliente, sin que esto

“Producto similar”. Es importante aclarar que, se observaron diferencias menores en las dimensiones, pero estas son atribuibles a los requerimientos del cliente, sin que esto afecte o cambie la similitud entre ambos productos.

4. Analisis de la practica de dumping En este aparte se establecerd la existencia de la préctica de dumping investigada. Para el efecto, se determinara el valor normal para la Tuberia Conduit, su precio de exportacion y el consecuente margen de dumping. 4.1. Determinacion del valor normal 4.1.1. Andlisis cuando el producto es originario de un pais en el que existe una intervencion estatal significativa

a. Norma aplicable Segln el articulo 2.2.3.7.3.1. del Decreto 1794 y el articulo 2.2 del Acuerdo Antidumping de la OMC, los precios del pais del que se originan las importaciones investigadas no pueden tomarse en cuenta para establecer el valor normal si en su mercado interno existe una intervencion estatal significativa respecto del producto investigado. De conformidad con esa norma, podrd concluirse que existe una intervencion de esa naturaleza, entre otros factores, si (i) una proporcion significativa del mercado se abastece por empresas publicas o que operan bajo el control del Estado, (i) el Estado tiene presencia en las empresas, (iii) existen politicas que favorecen a los proveedores internos o (iv) se concede financiacion por parte de instituciones que aplican objetivos de politica pablica. ! Grupo Especial de la OMC. Caso Comunidad Europea — Amianto. 2 Informe del drgano de apelacién, Japén-Bebidas alcohdlicas ii (1996), WT/DS8/ AB/R, WT/DS10/AB/R, WT/DS11/AB/R, p. 25.

2 Informe del drgano de apelacién, Japén-Bebidas alcohdlicas ii (1996), WT/DS8/ AB/R, WT/DS10/AB/R, WT/DS11/AB/R, p. 25. Pagina 5 de 19Comercio, Industria y Turismo En las citadas hipétesis el valor normal se debe establecer con base en los precios de un pais que funcione en condiciones de economia de mercado y que pueda ser considerado como un punto de referencia adecuado. Para efectos de identificar el pais cuya informacién pueda servir para ese propésito, se deben considerar factores como “[l]os procesos de produccion en el tercer pais seleccionado y en el pais de origen o exportacion del producto investigado, la escala de produccién y la calidad de los productos”. Es importante advertir, con base en los articulos 2.2.3.7.1.1. (literal j.) y 2.2.3.7.6.15 del Decreto 1794, asi como en el articulo 164 de la Ley 1564 de 2012que es una norma aplicable a esta actuacién administrativa con base en las remisiones del articulo 306 de la Ley 1437 de 2011-, que la decisién sobre el elemento analizado debe ser adoptada con fundamento en los elementos de prueba legal y oportunamente obtenidos en el curso de la actuacion. b. Existe una intervencion estatal significativa en el mercado por parte de China en relacién con el producto investigado. Existen elementos de juicio que permiten concluir que en China existe una intervencién estatal significativa respecto de la tuberia conduit. El fundamento de esta conclusiénque esta expuesto de manera detallada en el Informe Técnico Finalse encuentra en la informacién aportada por la peticionaria y la identificada por la Autoridad Investigadora.

estatal significativa respecto de la tuberia conduit. El fundamento de esta conclusiénque esta expuesto de manera detallada en el Informe Técnico Finalse encuentra en la informacién aportada por la peticionaria y la identificada por la Autoridad Investigadora. En primer lugar, de acuerdo con el informe de Estimacién del Comercio Nacional sobre Barreras al Comercio Exterior de Estados Unidos (2024)3 aportado por la empresa peticionaria, el gobierno de China aproboé la Ley de Activos Estatales de las Empresas, mediante la cual contempla medidas que exigen la propiedad y el control estatal de empresas en sectores industriales significativos. Respecto del papel de las empresas de China, la Autoridad Investigadora indica que la Comisién de Supervisién vy Administracion de Activos Estatales (SASAC) implementa politicas para fortalecer el papel de las empresas estatales como la denominada “zhunda fangxiao” con el fin de reducir el nimero de empresas estatales y centrarse en aquellas que puede convertir en corporaciones modernas con fines de lucro para que actlien de acuerdo con las fuerzas del mercado pero con la vigilancia del gobierno, reservando la opcion de intervencion en situaciones criticas. En segundo lugar, la Autoridad Investigadora encuentra que el “Informe 2022 al Congreso sobre el cumplimiento de China con la OMC” ° el reporte presentado en 2022 al Congreso de Estados Unidos sefiala que el gobierno de China ain no ha adoptado’ politicas transparentes y en linea con los principios del libre mercado, pese a su adhesién a la OMC hace dos décadas. Ademads, indica que China ampliara y perfeccionara las politicas de compensacion de seguros y de incentivos para la aplicacién de los nuevos equipos técnicos importantes, apoyando la produccién de bienes y servicios innovadores

a la OMC hace dos décadas. Ademads, indica que China ampliara y perfeccionara las politicas de compensacion de seguros y de incentivos para la aplicacién de los nuevos equipos técnicos importantes, apoyando la produccién de bienes y servicios innovadores con politicas de compras gubernamentales. En tercer lugar, de acuerdo con la publicacién de la Organizacion para la Cooperacion y Desarrollo Econémicos (OCDE) titulada “Subsidios a la industria del acero” (2023)¢, en China el gobierno otorga subsidios a empresas en sectores considerados estratégicos, como es el caso del sector siderurgico, que se convirtié en uno de los “pilares” de la 3 Ver Anexo 24. 2024 U.S. Trade Representative's Report on the National Trade Estimate on Foreign Trade Barriers. Pag 57-100. 4 “El papel de las empresas estatales de China explicado”. World Economic Forum. Fecha de publicacién 7 de mayo de 2019. Disponible en el enlace: https://www.weforum.org/sts 2-a-key:-role-to-play/ iente enlace https: ustr.gov/sites/default/files/2023- %20T0%20Compliance%2 6 Meruer, F. and L. Giua (2023), “Subsidies to the steel industry: Insights from the OECD data collection”, OECD Science, Technology and Industry Policy Papers, No. 147, OECD Publishing, Paris, s://d Disponible en el enlace: subsidies-to-the-steel-industry_06e7c89b-en.html Pagina 6 de 19i, Comercio, Industria y Turismo industria manufacturera de China. El documento indica que existen diferentes objetivos para brindar apoyo financiero gubernamental basado en el tipo, tamafio y ubicacién de

Pagina 6 de 19i, Comercio, Industria y Turismo industria manufacturera de China. El documento indica que existen diferentes objetivos para brindar apoyo financiero gubernamental basado en el tipo, tamafio y ubicacién de cada empresa siderlrgica. Un ejemplo se encuentra en las grandes empresas sider(rgicas que buscan hacer avanzar a China, las cuales se benefician en su mayoria de subsidios destinados a reducir la dependencia de China de las empresas productoras de acero extranjeras, avanzar en la tecnologia, capacidades y ampliar sus mercados en el exterior, con el propésito de ubicar empresas sidertrgicas en paises en desarrollo. En cuarto lugar, la publicacién titulada “Wiley Trade Report on Steel Subsidies Reveals China’s Market-Distorting Shell Game” (2024) refiere otras politicas adicionales encaminadas al fortalecimiento y crecimiento de la industria del acero como son: la orientacién sobre la promocion del desarrollo de alta calidad en la industria del acero, a través del Ministerio de Industria y Tecnologia de la Informacién - MIIT (Ministry of Industry and Information Technology), la Comisién Nacional de Desarrollo y ReformaNDRC (The National Development and Reform Commission), el Ministerio de Educacién de la republica Popular China - MOEE (Ministry of Education of the People's Republic of China) (2022); y el Plan de trabajo para un crecimiento estable en la industria del acero, a través del MIIT, NDRC, MOEE, el Ministerio de Finanzas de la Republica Popular China - MOF (Ministry of Finance of the People's Republic of China), el Ministerio de Recursos Naturales - MNR (Ministry of Natural Resources), el Ministerio de Comercio - MOC (Ministry of Commerce), y el Grupo de Automéviles de Guangzhou - GAC (Guangzhou

  • MOF (Ministry of Finance of the People's Republic of China), el Ministerio de Recursos Naturales - MNR (Ministry of Natural Resources), el Ministerio de Comercio - MOC

(Ministry of Commerce), y el Grupo de Automéviles de Guangzhou - GAC (Guangzhou Automobile Group), empresa estatal (2023). En quinto lugar, de acuerdo con la publicacién de la OCDE titulada “Subsidios a la industria del acero” (2023)%, en China los fondos del gobierno central generalmente se asignan a gobiernos provinciales, que luego los distribuyen a las autoridades locales en sus economias. En el mismo sentido, el informe titulado “Quantifying the Role of State Enterprises in Industrial Subsidies™ (2023) refiere que las pequefias empresas no son solo grandes receptoras de subsidios, sino que también pueden ser proveedoras de apoyo, como cuando proporcionan insumos a otras empresas a precios inferiores a los del mercado. Un caso destacado es el de los préstamos por debajo de los parametros del mercado, que serian frecuentes entre las empresas con sede en China. En sexto lugar, en la pagina web de “China Briefing”, especificamente en el articulo titulado “Incentivos fiscales de China para el sector manufacturero en 202319, se indica que “ademas de las politicas fiscales preferenciales a largo plazo existentes, China haextendido recientemente las politicas fiscales preferenciales de la era COVID que debian expirar a fines de 2023 hasta 2027. Muchas de estas politicas también son aplicables a empresas manufactureras de diversos tamafios” La publicacién refiere que es posible “identificar algunas de las politicas fiscales y arancelarias preferenciales que estan disponibles actualmente para las empresas manufactureras, incluidas reducciones en el impuesto sobre sociedades y el IVA, asi como diversas deducciones de tarifas y

es posible “identificar algunas de las politicas fiscales y arancelarias preferenciales que estan disponibles actualmente para las empresas manufactureras, incluidas reducciones en el impuesto sobre sociedades y el IVA, asi como diversas deducciones de tarifas y gastos”. Por Gltimo, la Autoridad Investigadora encuentra en internet un ejemplo de una empresa que produce la Tuberia Conduit y dado que ésta cotiza en la bolsa de valores tiene la obligacién de indicar en sus reportes anuales los subsidios y/o ayudas estatales que 7 “Wiley Trade Report on Steel Subsidies Reveals China’s Market-Distorting “Shell Game”. Fecl publicacién septiembre 9 de 2024. Disponible en el enlac: ey.law/pressrelease-V Trade-Report-on-Steel-Subsidies-Reveals-Chinas-Market: =S me ® Mercier, F. and L. Giua (2023), “Subsidies to the steel stry: Insights from the OECD data collection”, OECD Science, Technology and Industry Policy Papers, No. 147, OECD Publishing, Paris,

https://doi.ora/10.1787/06e7¢c89b-en ¢ QUANTIFYING THE ROLE OF STATE ENTERPRISES IN INDUSTRIAL SUBSIDIES OECD TRADE POLICY

PAPER June 2024 n°282. Disponible en el enlace: https://www.oecd.org/content/dam/oecd/en/publicatic state-enterprises-in-industrial-subsidies _dc798 /491’% 10 Disponible en el enlace: https://www.china-bri 1 manufacturing-sector/ Pagina 7 de 19Comercio, Industria y Turismo haya recibido durante el afio natural del ejercicio y es probable también que no declare otras formas de ayuda recibidas del gobierno. Asi, de acuerdo con lo indicado en el portal web www.globaltradealert.org en el afio

Industria y Turismo haya recibido durante el afio natural del ejercicio y es probable también que no declare otras formas de ayuda recibidas del gobierno. Asi, de acuerdo con lo indicado en el portal web www.globaltradealert.org en el afio 2022, la empresa TIANJIN YOUFA STEEL PIPE GROUP STOCK CO., LTD. (conocida como TIANJIN YOUFA STEEL PIPE GROUP) que cotiza en la bolsa de Shanghdi, revelé en sus presentaciones ante la bolsa de valores la recepcion de aproximadamente USD 12 millones en subsidios gubernamentales.”! c. Estados Unidos como tercer pais sustituto Existen elementos de juicio que permiten concluir, de manera razonable, que la informacion de Estados Unidos es idonea para ser considerada en la determina

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