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MINCIT - Resolución 152 de 2023

Ministerio de Industria y Comercio

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Detalles

Título
MINCIT - Resolución 152 de 2023
Autor
Ministerio de Industria y Comercio
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Comercial
Año
2023

Repúfi1ca oo Colombia

  • MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO 0152 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2023 ( 2 7 ENE. 202fi "Por la cual se adopta el Plan Institucional de Capacitación PIC -2023" EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO En ejercicio de sus facultades legales y en particular las conferidas por el parágrafo del artículo 36 y el artículo 38 de la Ley 909 de 2004, el Decreto 1567 de 1998, Decreto 1083 de 2015, y CONSIDERANDO: Que la Constitución Política en su artículo 54 consagra que "Es obligación del Estado y de los empleadores ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran (. .. )" Que el numeral 2 del artículo 36 de la Ley 909 de 2004, por la cual se expiden normas

que regulan el empleo público, la carrera administrativa, la gerencia pública y se dictan otras disposiciones, dispone que "Dentro de la política que establezca el Departamento Administrativo de la Función Pública. las unidades de personal formularán los planes y programas de capacitación para lograr esos objetivos, en concordancia con las normas establecidas (. . .)" Que el Título 9 del Decreto 1083 de 2015, establece los lineamientos para la formulación de los planes de capacitación, su finalidad y la conformación de la Red Institucional de Capacitación para empleados públicos, con el objeto de apoyar los planes de capacitación institucional. Que en el artículo 4 del Decreto Ley 1567 de 1998 se define la Capacitación como "el conjunto de procesos organizados, relativos tanto a la educación no formal como a la

capacitación institucional. Que en el artículo 4 del Decreto Ley 1567 de 1998 se define la Capacitación como "el conjunto de procesos organizados, relativos tanto a la educación no formal como a la informal de acuerdo con lo establecido por la ley general de educación, dirigidos a prolongar y a complementar la educación inicial mediante la generación de conocimientos, el desarrollo de habilidades y el cambio de actitudes, con el fin de incrementar la capacidad individual y colectiva para contribuir al cumplimiento de la misión institucional, a la mejor prestación de servicios a la comunidad, al eficaz desempeño del cargo y al desarrollo personal integrar. Que el artículo 33, numeral 3 y el artículo 34, numeral 40 de Ley 734 de 2002 establecen como Derechos y Deberes de los servidores públicos, recibir capacitación para el mejor desempeño de sus funciones. Que de acuerdo con la Guía para la Formulación del Plan Institucional de Capacitación PIC Enfocado desde el Plan Nacional de Capacitación 2020 - 2030, se realizó la GD-FM-014. V5RESOLUCIÓN NÚMERO ---------0152 de 20 ______ Hoja NO. _ Continuación de la Resolución, "Por la cual se adopta el Plan Institucional de Capacitación PIC -2023" formulación del Plan Institucional de Capacitación -PICteniendo en cuenta los ejes temáticos definidos en el mismo. Que, en virtud y cumplimiento de las normas precedentes, el Plan de Capacitación fue formulado, con la participación de la Comisión de Personal, lo cual se llevó a cabo en la sesión de 25 de enero de 2023. : Que el Grupo de Talento Humano presentó el 27 de enero de 2023 ante el Comité

formulado, con la participación de la Comisión de Personal, lo cual se llevó a cabo en la sesión de 25 de enero de 2023. : Que el Grupo de Talento Humano presentó el 27 de enero de 2023 ante el Comité Institucional de Gestión y Desempeño el proyecto de Plan Institucional de Capacitaciones para la vigencia 2023, el cual fue aprobado por este órgano colegiado. Qué en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. -Adoptar el Plan Institucional de Capacitación -PICdel Ministerio de Comercio Industria y Turismo, para la vigencia del año 2023 orientado al desarrollo de capacidades, destrezas, habilidades, valores y competencias fundamentales, para propiciar la eficiencia personal y organizacional, que permita el desarrollo profesional y el mejoramiento de la prestación de servicios de la entidad. ARTICULO SEGUNDO. - El Grupo de Talento Humano coordinará las acciones tendientes a publicar el "Plan Institucional de Capacitación del Ministerio vigencia 2023". ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, o.e., a los 2 7 ENE. 2023

EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

PROYECTÓ: Sandra M6níca Vargas Sanabria

REVISÓ: Ciro González Ramírez fi

Julián Alberto Trujillo M

APROBÓ: Elda Francy Vargas Be

GD-FM-014. VS

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