MINCIT - Resolución 153 de 2023
Ministerio de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- MINCIT - Resolución 153 de 2023
- Autor
- Ministerio de Industria y Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2023
República de Colombia • tbm!101lll MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO . . n 153 RESOLUCION NUMERÓ DE 2023 ( 2 7 ENE. 2oa3 "Por la cual se adopta el Plan de Bienestar Social - 2023" EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO En ejercicio de sus facultades legales y en particular las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto Ley 1567 de 1998, Decreto 1083 de 2015, Decreto 210 de 2003 y CONSIDERANDO: Que la Constitución Política en su artículo 54 consagra que "Es obligación del Estado y de los empleadores ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran (. . .)" Que el artículo 19 del Decreto Ley 1567 de 1998 establece que las entidades públicas están en la obligación de organizar anualmente, para sus empleados, programas de bienestar social e incentivos. Que el artículo 36 de la Ley 909 de 2004 en su parágrafo establece que con el propósito de elevar los niveles de eficiencia, satisfacción y desarrollo de los empleados en el desempeño de su labor y de contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales, las entidades deberán implementar programas de bienestar e incentivos. Que el numeral 2,4 y 5 del artículo 33 de la Ley 734 de 2002 del Código Disciplinario Único, señalan que son derechos de todo servidor público: ''2. Disfrutar de la seguridad social en la forma y condiciones previstas en la ley. 4. Participar en todos los programas de bienestar social que para los servidores públicos y sus familiares establezca el Estado,
Único, señalan que son derechos de todo servidor público: ''2. Disfrutar de la seguridad social en la forma y condiciones previstas en la ley. 4. Participar en todos los programas de bienestar social que para los servidores públicos y sus familiares establezca el Estado, tales como los de vivienda, educación, recreación, cultura, deporte y vacacionales. 5. Disfrutar de estímulos e incentivos conforme a las disposiciones legales o convencionales vigentes" Que el Decreto 1083 de 2015 regula en su artículo 2.2.10.1. y siguientes lo referente a los planes de bienestar social, los cuales deben responder a estudios técnicos que permitan, a partir de la identificación de necesidades y expectativas de los empleadores, determinar actividades y grupos de beneficiarios bajo criterios de equidad, eficiencia, mayor cubrimiento institucional. Que la elaboración del Plan de Bienestar Social para la vigencia 2023 contó con la participación de la Comisión de Personal en la sesión del 25 de enero de 2023-/ GO-FM-014. V5RESOLUCIÓN NÚMERO ---------0153 de 20 _____ Hoja NO. _ Continuación de la Resolución, "Por la cual se adopta el Plan de Bienestar Social 2023" Que el Grupo de Talento Humano presentó en la sesión realizada de manera presencial del 26 de enero de 2023 ante el Comité Institucional de Gestión y Desempeño, el proyecto de Plan de Bienestar Social para la vigencia 2023, el cual fue aprobado por este órgano colegiado. Qué en mérito de lo expuesto, fi '.J • '- RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. - Adoptar el Plan de Plan de Bienestar Social del Ministerio de Comercio Industria y Turismo, para la vigencia del año 2023, orientado a fortalecer la
fi '.J • '- RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. - Adoptar el Plan de Plan de Bienestar Social del Ministerio de Comercio Industria y Turismo, para la vigencia del año 2023, orientado a fortalecer la construcción de un clima organizacional satisfactorio en los funcionarios y sus familias, alineado a la misión institucional del MinCIT, a través de diversos espacios de formación, integración y esparcimiento, que propendan por su desarrollo integral. ARTICULO SEGUNDO. - El Grupo de Talento Humano coordinará las acciones tendientes a publicar el "Plan de Bienestar Social vigencia 2023". ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, o.e., a los 2 7 ENE. '2.023
EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
REVISÓ: Ciro Gonzátez Ramírez(Jll
Julián Alberto Trujillo Marín PROYECTÓ: Catherine Pabón Manotlli fi rt;,¿;,
APROBÓ: Elda Francy Vargas Bern fi