MINCIT - Resolución 2117 de 2025

Ministerio de Industria y Comercio

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Detalles

Título
MINCIT - Resolución 2117 de 2025
Autor
Ministerio de Industria y Comercio
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Comercial
Año
2025

(es) Comercio, Industria y Turismo RESOLUCIÓN NÚMERO, 2117 24 DIC 2025 DE. “Por la cual se ofrecen unos bienes muebles en enajenación a título gratuito entre entidades públicas propiedad del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y se establece el procedimiento para la enajenación, adjudicación y entrega de los mismos” EL SECRETARIO GENERAL DEL MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO En ejercicio de las facultades Constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el Decreto 210 de 2003, el Decreto 0281 de 2025, la Resolución 2649 de 2006, la Resolución 1953 de 2008, modificada por la Resolución 4228 de 2012, y CONSIDERANDO: Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia establece que “Va función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado (...)”. Que el artículo 208 de la Constitución Política de Colombia, señala que “los ministros y los directores de departamentos administrativos son los jefes de la administración en su respectiva dependencia. Bajo la dirección del presidente de la República, les corresponde formular las políticas atinentes a su despacho, dirigir la actividad administrativa y ejecutar la ley”. Que conforme con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 489 de 1998, “La orientación del ejercicio de las funciones a cargo de los organismos y entidades que conforman un Sector

la ley”. Que conforme con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 489 de 1998, “La orientación del ejercicio de las funciones a cargo de los organismos y entidades que conforman un Sector Administrativo está a cargo del Ministro o Director del Departamento Administrativo a cuyo despacho se encuentran adscritos o vinculados, sin perjuicio de las potestades de decisión, que de acuerdo con la ley y los actos de creación o de reestructuración, les correspondan". Que mediante el Decreto 210 de 2003 "Por el cual se determinan los objetivos y estructura orgánica del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y dictan otras disposiciones", se modificó la estructura del Ministerio, incorporando y asignando funciones al interior de su estructura. Que los numerales 1,5,8,13, y 15 del artículo 30 del Decreto 210 de 2003, modificado en lo pertinente por el Artículo 12 del Decreto 4269 de 2005, establece entre otras, que son funciones de la Secretaría General, las siguientes: “1. Asesorar al Ministro en la formulación de políticas, normas y procedimientos para la administración de recursos humanos, físicos, económicos y financieros del Ministerio. (0)

5. Dirigir y controlar en todos los niveles, los procesos administrativos y financieros de la institución.

C)

8. Proponer y ejecutar las políticas, planes, programas y demás acciones relacionadas con la gestión financiera y presupuestal del organismo.

()

13. Controlar los inventarios de elementos devolutivos y de consumo, así como el almacenamiento y custodia de bienes y materiales, elaborar el programa anual de compras, y conservar y custodiar los bienes inmuebles del organismo.

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13. Controlar los inventarios de elementos devolutivos y de consumo, así como el almacenamiento y custodia de bienes y materiales, elaborar el programa anual de compras, y conservar y custodiar los bienes inmuebles del organismo.

Página 1 de 91sa connie, 2 DIC 2025 Industria y Turismo

15. Velar por la debida aplicación del sistema de desarrollo administrativo, relacionado con las políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter - administrativo y organizacional para. la gestión y el manejo de los recursos humanos, técnicos, materiales, físicos y financieros del organismo, orientado a fortalecer la capacidad administrativa y el desempeño institucional, de conformidad con las normas legales.” Que en el mismo sentido, el Manual de Funciones de la Entidad, adoptado mediante la Resolución interna 1936 del 24 de octubre de 2019, modificada por en lo pertinente por el artículo 1 de la Resolución 0990 del 14 de agosto de 2024, en relación con las funciones del Secretario General, señaló en igual sentido los numerales y funciones descritas previamente para dicho cargo y empleo.

Que mediante la Resolución 0892 de mayo 07 de 2003 “Por la cual se adopta el manual para el manejo Administrativo de los Bienes de propiedad de la Nación Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y se crea el Comité de Comercialización de Bienes Muebles dados de baja", se adoptó el manual para el manejo Administrativo de los Bienes de propiedad de la Nación Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y se creó el Comité de Comercialización de Bienes Muebles dados de baja. Que se hizo necesaria una revisión de la Resolución 0892 de mayo 07 de 2003 y se decidió

Nación Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y se creó el Comité de Comercialización de Bienes Muebles dados de baja. Que se hizo necesaria una revisión de la Resolución 0892 de mayo 07 de 2003 y se decidió derogarla con el fin de establecer, mediante acto administrativo todo lo relacionado con las condiciones generales para el Manejo Administrativo de los Bienes y adoptar la guía correspondiente, como documento independiente ya que es un documento que exige ajustes permanentes. En tal sentido se expidió la Resolución 1953 del 25 de julio de 2008. Que mediante el artículo 4 de la Resolución 2649 del 16 de noviembre 2006, El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, delegó en la Secretaría General, asuntos de carácter administrativo, y entre ellos según el numeral 2 “Dar de baja los bienes muebles del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y adoptar las decisiones que se requieran en el proceso de comercialización de los bienes dados de baja”, e igualmente en el numeral 10, la función de “Transferir a título gratuito los inmuebles del Ministerio que no se requieran para funcionamiento, conforme a los parámetros señalados en la ley”. Que mediante la Resolución 1953 del 25 de julio de 2008 se adoptó la Guía para el Manejo Administrativo de los Bienes de Propiedad del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y se creó el Comité de Comercialización de Bienes Muebles dados de Baja con las siguientes funciones: e Estudiar, evaluar y aprobar las propuestas sobre bajas de bienes y decidir sobre el destino de los mismos de acuerdo con su estado y naturaleza e Con base en el valor registrado en los inventarios, avaluar los bienes objeto de

funciones: e Estudiar, evaluar y aprobar las propuestas sobre bajas de bienes y decidir sobre el destino de los mismos de acuerdo con su estado y naturaleza e Con base en el valor registrado en los inventarios, avaluar los bienes objeto de baja por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y determinar su precio con fundamento en las normas existentes para tal efecto, y promediando los valores asignados por cada uno de los miembros del comité que cuentan con voz y voto; una vez efectuado tal avalúo, el Comité pedirá el acta en la que se consigne el precio de los mismos. + Cuando los miembros del Comité lo estimen necesario, podrán delegar el avalúo de los bienes a un Servidor Público de la entidad que por sus conocimientos técnicos les permita establecer el valor comercial de los mismos, o en su defecto podrá contratar peritos evaluadores calificados. + Efectuar u ordenar el avalúo de los bienes muebles cuando no se hubiere presentado oferta o venta alguna relacionada con los elementos objeto de la comercialización, o cuando habiéndose presentado alguna o algunas ofertas, el valor de ésta o éstas sea inferior al estipulado por el Comité e Analizar las propuestas económicas presentadas por los proponentes, del proceso de comercialización de los bienes muebles y elaborar los informes correspondientes. e Adjudicar los bienes objeto de la venta, a la mejor propuesta, entendida ésta como aquella que supere en cuantía a las otras y al valor base establecido por el Comité o de mayor conveniencia para el Ministerio. y Página 2 de 912117 contin 21 D1 C2605 Industria y Turismo se creó el Comité de Comercialización de Bienes Muebles dados de Baja con las siguientes funciones:

el Comité o de mayor conveniencia para el Ministerio. y Página 2 de 912117 contin 21 D1 C2605 Industria y Turismo se creó el Comité de Comercialización de Bienes Muebles dados de Baja con las siguientes funciones: + Estudiar, evaluar y aprobar las propuestas sobre bajas de bienes y decidir sobre el destino de los mismos de acuerdo con su estado y naturaleza + Con base en el valor registrado en los inventarios, avaluar los bienes objeto de baja por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y determinar su precio con fundamento en las normas existentes para tal efecto, y promediando los valores asignados por cada uno de los miembros del comité que cuentan con voz y voto; una vez efectuado tal avalúo, el Comité pedirá el acta en la que se consigne el precio de los mismos. + Cuando los miembros del Comité lo estimen necesario, podrán delegar el avalúo de los bienes a un Servidor Público de la entidad que por sus conocimientos técnicos les permita establecer el valor comercial de los mismos, o en su defecto podrá contratar peritos evaluadores calificados. + Efectuar u ordenar el avalúo de los bienes muebles cuando no se hubiere presentado oferta o venta alguna relacionada con los elementos objeto de la comercialización, o cuando habiéndose presentado alguna o algunas ofertas, el valor de ésta o éstas sea inferior al estipulado por el Comité + Analizar las propuestas económicas presentadas por los proponentes, del proceso de comercialización de los bienes muebles y elaborar los informes correspondientes. + Adjudicar los bienes objeto de la venta, a la mejor propuesta, entendida ésta como aquella que supere en cuantía a las otras y al valor base establecido por

proceso de comercialización de los bienes muebles y elaborar los informes correspondientes. + Adjudicar los bienes objeto de la venta, a la mejor propuesta, entendida ésta como aquella que supere en cuantía a las otras y al valor base establecido por el Comité o de mayor conveniencia para el Ministerio. + Atender las quejas que se presenten con ocasión del proceso de comercialización. Posteriormente la Resolución 4228 del 28 de septiembre de 2012, modificó el parágrafo del artículo primero de la Resolución 1953 del 25 de julio de 2008 en el entendido de: “PARÁGRAFO: Cualquier modificación a la Guía deberá ajustarse a lo establecido en el Procedimiento para el Control de Documentos y en la Guía para elaboración de documentos, publicados en el Manual Operativo del Ministerio”. Que el Decreto 1082 de 2015 “Por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional", entre otras estableció las disposiciones especiales del sistema de compras y contratación pública, el sistema de enajenación de bienes del estado referidos a los inmuebles y muebles. Es por ello por lo que el Gobierno Nacional a través del artículo 2.2.1.2.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015, establece el procedimiento para la enajenación de bienes a título gratuito entre Entidades Estatales, así: “ARTÍCULO 2.2.1.2.2.4.3. Enajenación de bienes muebles a título gratuito entre Entidades Estatales. Las Entidades Estatales deben hacer un inventario de los bienes muebles que no utilizan y ofrecerlos a título gratuito a las Entidades Estatales a través de un acto administrativo motivado que deben publicar en su página web.

Entidades Estatales. Las Entidades Estatales deben hacer un inventario de los bienes muebles que no utilizan y ofrecerlos a título gratuito a las Entidades Estatales a través de un acto administrativo motivado que deben publicar en su página web. La Entidad Estatal interesada en adquirir estos bienes a título gratuito, debe manifestarlo por escrito dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la fecha de publicación del acto administrativo. En tal manifestación la Entidad Estatal debe señalar la necesidad funcional que pretende satisfacer con el bien y las razones que justifican su solicitud. Si hay dos o más manifestaciones de interés de Entidades Estatales para el mismo bien, la Entidad Estatal que primero haya manifestado su interés debe tener preferencia. Los representantes legales de la Entidad Estatal titular del bien y la interesada en recibirlo, deben suscribir un acta de entrega en la cual deben establecer la fecha de la entrega material del bien, la cual no debe ser mayor a treinta (30) días calendario, contados a partir de la suscripción del acta de entrega”. (Negrilla fuera del texto). Que la administración pública debe asumir la responsabilidad en el manejo de sus bienes, así como la de diseñar, adoptar, interpretar y aplicar las medidas y mecanismos que le permitan el control, racionalización, buen uso y destinación de estos; por lo que con Página 3 de 912117 TEES Comercio, Industria y Turismo 24 DIC 2025 fundamento en ello y las normas que se relacionan sistematicamente se debe comprender el sentido habilitante y determinante para su disposición. Que por otra parte, los numerales 22 y 23 del artículo 38 de la Ley 1952 de 2019, "Por medio de la cual se expide el Código General Disciplinario, se derogan la Ley 734 de 2002 y

Que por otra parte, los numerales 22 y 23 del artículo 38 de la Ley 1952 de 2019, "Por medio de la cual se expide el Código General Disciplinario, se derogan la Ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la Ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario”, contemplan como deberes de todo servidor público "vigilar y salvaguardar los bienes y valores que le han sido encomendados y cuidar que sean utilizados debida y racionalmente, de conformidad con los fines a que han sido destinados” y “responder por la conservación de los útiles, equipos, muebles y bienes confiados a su guarda o administración y rendir cuenta oportuna de su utilización”; respectivamente. Que mediante la Resolución No. 2137 de 2019 "Por la cual se establecen Grupos Internos de Trabajo en la Secretaría General y se dictan otras disposiciones", se establecieron los Grupos Internos de Trabajo pertenecientes a la Secretaría General, así como sus funciones y responsabilidades, entre ellos el Grupo Administrativa. Que la Resolución No. 2137 de 2019, fue modificada mediante Resolución No. 0521 de 2021, en el sentido de modificar los grupos internos de trabajo y asignar algunas funciones al grupo Administrativa. Que posteriormente mediante la Resolución No. 0458 de 2023 “Por la cual se modifica la Resolución No. 2137 de 26 de noviembre de 2019, se suprimen unos Grupos Internos de Trabajo y se dictan otras disposiciones", entre otros asuntos, resolvió en su artículo tercero modificar el artículo 11 de la Resolución No. 2137 de 2019 que a su vez había sido modificado por el artículo 4 de la Resolución No 0521 de 2021 conforme a las funciones y

modificar el artículo 11 de la Resolución No. 2137 de 2019 que a su vez había sido modificado por el artículo 4 de la Resolución No 0521 de 2021 conforme a las funciones y responsabilidades del Grupo Administrativa; y en el artículo 4 resolvió la integración del Grupo Interno de Trabajo de Administrativa. Que el numeral 10.3, inciso 29, del Marco Normativo para Entidades de Gobierno, emitido por la Contaduría General de la Nación, sobre "Medición Posterior de Activos de Propiedad, Planta y Equipos, de las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos”, establece que: "El valor residual, la vida útil y el método de depreciación serán revisados, como mínimo, al término de cada periodo contable y si existe un cambio significativo en estas variables, se ajustarán para reflejar el nuevo patrón de consumo de los beneficios económicos futuros. Dicho cambio se contabilizará como un cambio en una estimación contable, de conformidad con la Norma de políticas contables, cambios en las estimaciones contables y corrección de errores”. Que como consecuencia de las funciones establecidas al Grupo Administrativa de conformidad con el artículo 11 de la Resolución No. 2137 de 2019 modificado por la Resolución No 0521 de 2021 y a su vez por la Resolución No. 0458 de 2023, y con el fin de garantizar el cumplimiento eficaz, eficiente y oportuno de las funciones asignadas al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, así como velar por la debida aplicación del sistema de desarrollo administrativo, relacionado con la gestión y el manejo de los recursos materiales, físicos y financieros del organismo, ha llevado a cabo proceso de verificación de

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, así como velar por la debida aplicación del sistema de desarrollo administrativo, relacionado con la gestión y el manejo de los recursos materiales, físicos y financieros del organismo, ha llevado a cabo proceso de verificación de los bienes de la entidad, y administra los bienes de propiedad del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Que, en virtud de lo anterior, el Grupo Administrativa convocó la sesión virtual No. 001 del Comité de Comercialización de Bienes Muebles dados de baja, citación a la cual se adjuntó la respectiva ficha técnica y soportes. De acuerdo con lo expuesto en el Comité de Comercialización de Bienes Muebles dados de baja, en desarrollo de las funciones establecidas, en sesión virtual que se llevó a cabo el día veintisiete (27) de marzo del 2025, según consta en el “ACTA COMITÉ DE: COMERCIALIZACIÓN BIENES DADOS DE BAJA No.1”, y en atención a los conceptos emitidos por las áreas correspondientes, el estudio de la necesidad y el análisis de conveniencia para dar de baja seis (6) lotes, conformados por Licencias de Software, RAEES, Enseres, Página 4 de 912117 24 DIC 20% Comercio, Industria y Turismo Basureras y otros, RAEES oficinas del exterior, libros, los cuales no son Utiles para el cumplimiento de las funciones de la Entidad; por lo tanto, se sometió a consideración de los miembros, la aprobación de la baja y el mecanismo de disposición final de cada uno de los lotes descritos a continuación: Bienes Mecanismo de disposi Lote 1 - Licencias de | Disposicién final mediante el reciclaje y aprovechamiento

miembros, la aprobación de la baja y el mecanismo de disposición final de cada uno de los lotes descritos a continuación: Bienes Mecanismo de disposi Lote 1 - Licencias de | Disposicién final mediante el reciclaje y aprovechamiento Software entregando a operador o asociación de reciclaje que opera en 84 Elementos las instalaciones del MinCIT, edificio CCI.

CANTIDAD

1. Enajenación de bienes muebles a título gratuito entre Entidades Estatales, para los bienes con concepto el bien puede ser aprovechable.

Lote 2 - RAEES (Residuos 2. Entrega a un operador autorizado para la recolección de aparatos electrónicos y de dichos RAEES del lote 2, con el fin de poder realizar 786 Elementos eléctricos) una la disposición final adecuada y de conservación con el medio ambiente.

Nota: Este lote queda condicionado al concepto que se reciba de la OSI, y sometido a consideración de los miembros del comité.

Enajenación de bienes muebles a título gratuito entre Entidades Lote 3 - Enseres: Estatales, conforme a lo contemplado en Artículo 2.2.1.2.2.4.3 |57 Elementos del Decreto 1082 de 2015. Enajenación de bienes muebles a título gratuito entre Entidades Lote 4 - Basureras y otros | Estatales, conforme a lo contemplado en Artículo 2.2.1.2.2.4.3 |750 Elementos del Decreto 1082 de 2015. Disposición final conforme con la normatividad nacional donde Lote 5 - RAEES oficinas del | se encuentran, con el depósito en contenedores de reciclaje exterior establecidos por la autoridad competente, junto con su destrucción.

Disposición final conforme con la normatividad nacional donde Lote 5 - RAEES oficinas del | se encuentran, con el depósito en contenedores de reciclaje exterior establecidos por la autoridad competente, junto con su destrucción. 114 Elementos Disposición final mediante el reciclaje y aprovechamiento Lote 6 -Libros entregando a operador o asociación de reciclaje que preste sus 47 Elementos servicios en las instalaciones del MinCIT, edificio CCI. Como consecuencia de las disposiciones mencionadas y las circunstancias descritas, y en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial de las que le confieren los numerales 1,5,8,13, y 15 del artículo 30 del Decreto 210 de 2003, modificado en lo pertinente por el Artículo 12 del Decreto 4269 de 2005, y el Manual de Funciones de la Entidad, adoptado mediante la Resolución interna 1936 del 24 de octubre de 2019, modificada por en lo pertinente por el artículo 1 de la Resolución 0990 del 14 de agosto de 2024, La Secretaría General del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo mediante la Resolución N 0987 de 24 de julio de 2025, resolvió la ordenación de baja de inventario y los estados financieros, y ordenación de destinación final en los siguientes términos: “e

Resolución N 0987 de 24 de julio de 2025, resolvió la ordenación de baja de inventario y los estados financieros, y ordenación de destinación final en los siguientes términos: “e Artículo 1. Autorización y orden de baja del inventario y de los estados financieros de los iene: ificados como _servibl I no_funcion: 1d lescenci;: tecnológica. Autorizar y ordenar la baja de los inventarios del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, de los bienes que se relacionan a continuación, tipificados como servibles no utilizables por no ser funcionales debido a su bajo rendimiento, insuficiencia, su estado físico y obsolescencia tecnológica, conforme con las causales expuestas en la parte motiva de la presente Resolución, los cuales se detallan a continuación:

1. Lote No.2 RAAES (Residuos de aparatos electrónicos y eléctricos) no cumplen la política de materialidad

LOTE No.2 RAAES NO CUMPLEN LA POLITICA DE MATERIALIDAD HEM ] PLACA ELEMENTO i ‘CCO4SOT_| VENTILADOR FUNCIONAL — ~ COMPUTADOR PORTATIL DELL MOUSE, GUAYA SEGURIDAD ADAPTADOR DE CORREIENTE 2 PILAS, DIADEMA MULTIMEDIA Y 2 10108101 | ALMOHADILLA ERGONOMICA COMPUTADOR PORTATIL DEL VOSTRO V130 CORI3/500, CON MOUSE INALAMBRICO, GUAYA DE SEGURIDAD, DIADEMA 3 10114528 | MULTIMEDIA, ADAPTADOR DE CORRIENTE Y MALETIN Página 5 de 912117 Y 24 DIC WHI: Comercio, Industria y Turismo

LOTE No.2 RAAES NO CUMPLEN LA POLITICA DE MATERIALIDAD

Trem | PLACA ELEMENTO

Página 5 de 912117 Y 24 DIC WHI: Comercio, Industria y Turismo LOTE No.2 RAAES NO CUMPLEN LA POLITICA DE MATERIALIDAD Trem | PLACA ELEMENTO a 10115068 | TPAD TERCERA GENERACIÓN WITH WI FI 4G 64 GB CON COVER DARK GRAY TABLETS SAMSUNG MODELO SM PSOS GALAXY NOTE 10,1 2014 LTE 64 GB LTE CON ESTUCHE PROTECTOR EN CUERO Y PELICULA 5 10116176 | PROTECTORA, SISTEMA OPERATIVO ANDROI O WINDOWS O 105 ‘TABLETS SAMSUNG MODELO SM P605 GALAXY NOTE 10,1 2014 LTE 64 GB LTE CON ESTUCHE PROTECTOR EN CUERO Y PELICULA 6 10116158 | PROTECTORA, SISTEMA OPERATIVO ANDRO! O WINDOWS 0 105 WP Pavilion x360 13-siSila, Processor Number 13-6100U procesador, Processor 6th generation Intel® Core™ 13, Velocidad 2.30 Gttz,Cores/Threads 2/4,Cache 3,0 MB, Pantalla: 13.3", Resolucion: 1366 x 768 pixels, Disco Duro: 500 GB, Memoria: 4 GB, Windows 7 10118550 | 10 Home 10114527 | COMPUTADOR PORTATIL DELL VOSTRO V130 CORI 3/500, CON ADAPTADOR. 5 10114532 | TPAD WEFT 3G 6468 BIACK-ATAT CON CUBIERTA TABLETS SAMSUNG MODELO SM P6OS GALAXY NOTE 10.1 2014 LTE 64 GB LTE CON ESTUCHE PROTECTOR EN CUERO Y PELICULA 10 10116163 | PROTECTORA, SISTEMA OPERATIVO ANDRO! O WINDOWS O 105

Ñ 10120478 | TABLETA PARA DISENO WACOM INTUOS DRAW CREATIVE PEN TABLET S SAMSUNG MODELO SM PS05 GALAXY NOTE 10.1 2014 LTE 64 GB LTE CON ESTUCHE PROTECTOR EN CUERO Y PELICULA, 12 — | 10116173 | PROTECTORA, SISTEMA OPERATIVO ANDRO! O WINDOWS O 10S PORTATIL LENOVO REF L412 - P/N: 75VS951 CON PROCESADOR CORE 15 M560 - MEMORIA RAM DE 4GB - DISCO DURO DE 12868 EN ESTADO SÓLIDO - (USADO) - CON CARGADOR ORIGINAL - BATERÍA GENÉRICA - DISCO DURO EN ESTADO SÓLIDO MARCA. 13 — | 10121546 | KINGDIAN DE 128GB Y ACCESORIOS (MORRAL, GUAYA, FUNDA Y MOUSE INALAMBRICO) ‘CPU DELL LENOVO THINK CENTRE 722 TODO EN UNO, PROCESADOR INTEL CORE 13-2120, MEMORIA DE 4 GB DISCO DURO DE 500 14 [52647 — | 687200 RPM, TRARJETS DE SONIDO, VIDEO Y RED INTEGRADAS ‘GPU DELL LENOVO THINK CENTRE 722 TODO EN UNO, PROCESADOR INTEL CORE 13-2120, MEMORIA DE 4 GB DISCO DURO DE 500 15 | 53170 — | GB 7200 RPM, TRARIETS DE SONIDO, VIDEO Y RED INTEGRADAS

GPU DELL LENOVO THINK CENTRE 722 TODO EN UNO, PROCESADOR INTEL CORE 13-2120, MEMORIA DE 4 GB DISCO DURO DE 500 16 | 53166 — | GB 7200 RPM, TRARJETS DE SONIDO, VIDEO Y RED INTEGRADAS CPU DELL LENOVO THINK CENTRE 722 TODO EN UNO, PROCESADOR INTEL CORE 13-2120, MEMORIA DE 4 GB DISCO DURO DE 500 17 | 53124 | GB 7200 RPM, TRARJETS DE SONIDO, VIDEO Y RED INTEGRADAS GPU DELL LENOVO THINK CENTRE 722 TODO EN UNO, PROCESADOR INTEL CORE 13-2120, MEMORIA DE 4 GB DISCO DURO DE 500 18 | $2931 | GB. 7200 RPM, TRARJETS DE SONIDO, VIDEO Y RED INTEGRADAS GPU DELL LENOVO THINK CENTRE 722 TODO EN UNO, PROCESADOR INTEL CORE 13-2120, MEMORIA DE 4 GB DISCO DURO DE 500 19 | 53163 | GB 7200 RPM, TRARIETS DE SONIDO, VIDEO Y RED INTEGRADAS ‘CPU DELL LENOVO THINK CENTRE 722 TODO EN UNO, PROCESADOR INTEL CORE 13-2120, MEMORIA DE 4 GB DISCO DURO DE 500 20 | $2946 |G87200RPM, TRARJETS DE SONIDO, VIDEO Y RED INTEGRADAS

‘CPU DELL LENOVO THINK CENTRE 722 TODO EN UNO, PROCESADOR INTEL CORE 13-2120, MEMORIA DE 4 GB DISCO DURO DE 500 2 52888 — | GB 7200 RPM, TRARJETS DE SONIDO, VIDEO Y RED INTEGRADAS CPU DELL LENOVO THINK CENTRE 722 TODO EN UNO, PROCESADOR INTEL CORE 13-2120, MEMORIA DE 4 GB DISCO DURO DE 500 22 | $3188 |G87200 RPM, TRARJETS DE SONIDO, VIDEO Y RED INTEGRADAS GPU DELL LENOVO THINK CENTRE 722 TODO EN UNO, PROCESADOR INTEL CORE 13-2120, MEMORIA DE 4 GB DISCO DURO DE 500 23 | 52905 | GB 7200 RPM, TRARJETS DE SONIDO, VIDEO Y RED INTEGRADAS CBU DELL LENOVO THINK CENTRE 722 TODO EN UNO, PROCESADOR INTEL CORE 15-2120, MEMORIA DE 4 GB DISCO DURO DE 500 24 | 53155 | GB 7200 RPM, TRARJETS DE SONIDO, VIDEO Y REO INTEGRADAS CRU DELL LENOVO THINK CENTRE 722 TODO EN UNO, PROCESADOR INTEL CORE 13-2120, MEMORIA DE 4 GB DISCO DURO DE 500 25 | 53141 | GB. 7200 RPM, TRARJETS DE SONIDO, VIDEO Y RED INTEGRADAS

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