MINCOMERCIO - Resolución 479 de 2023
Ministerio de Comercio
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Detalles
- Título
- MINCOMERCIO - Resolución 479 de 2023
- Autor
- Ministerio de Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2023
RESOLUCIÓN 479 DE 2023
RESOLUCIÓN 479 DE 2023
(abril 27) por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 0480 de 2020, se actualiza su Anexo 1, y se dictan otras disposiciones. El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el numeral 30 del artículo 2° y el artículo 7° del Decreto número 210 de 2003 modificado por el artículo 2° del Decreto número 1289 de 2015, el literal j) del numeral 1 del artículo 6° y el literal a) del artículo 9° de la Ley 1672 de 2013, el artículo 2.2.7A.3.1 del Decreto número 284 de 2018, y CONSIDERANDO: Que por medio de la Resolución número 480 de 2020 el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo implementó el Registro de Productores y Comercializadores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RPCAEE) y sus requisitos, cuyo Anexo 1 incorpora el listado de subpartidas arancelarias en las cuales se clasifican los Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE) y los umbrales de los mismos, el cual fue suministrado por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Que el parágrafo del artículo 4° de la Resolución número 480 de 2020 prevé que su Anexo 1 podrá ser modificado para su correspondiente actualización, cuando así sea requerido, de conformidad con la información que para ese efecto suministre el Ministerio
de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Que de conformidad con el literal m) del numeral 1 del artículo 6° de la Ley 1672 de 2013 y con el artículo 2.2.7A.3.1 del Decreto número 284 de 2018, corresponde al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible establecer los lineamientos y los requisitos que deben cumplir los sistemas de recolección selectiva y gestión ambiental de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE). Que a través de la Resolución número 851 de 2022 el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible estableció la clasificación nacional de los Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE) y sus residuos, los lineamientos y requisitos de los sistemas de recolección y gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) a cargo de los productores, así como las condiciones para la aceptación de los RAEE por parte de los comercializadores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE), con el fin de prevenir y controlar los impactos adversos sobre el ambiente. Que el parágrafo 1° del artículo 4° de la Resolución número 851 de 2022 señala que el Anexo 1 de la misma incluye la lista de los Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE) clasificados en categorías y subcategorías de acuerdo con las denominaciones del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SA) vigente y su RESOLUCIÓN 479 DE 2023 correspondiente denominación equivalente según la Clasificación Central de Productos (CPC) vigente. Que mediante comunicación número 24032023E2005858 del 6 de marzo de 2023 el
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible remitió al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo la actualización del listado de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE) susceptibles del registro de que trata la Resolución número 480 de 2020 e indicó que para el diligenciamiento de los registros de los años 2023 y 2024 los obligados deben suministrar la información de importación, exportación o fabricación nacional de los años 2020 y 2021 con los valores correspondientes a las subpartidas vigentes en esos años, en tanto que para 2022 se suministre lo inherente a las subpartidas vigentes para dicho periodo. Que como consecuencia de lo anterior es necesario actualizar el listado de subpartidas arancelarias en las cuales se clasifican los Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE) y los umbrales de los mismos contenidos en el Anexo 1 de la Resolución número 480 de 2020, a efectos del Registro de Productores y Comercializadores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RPCAEE). Que así mismo, debe adicionarse un segundo parágrafo al artículo 6° de la Resolución número 480 de 2020 respecto de la información que deben suministrar los productores y comercializadores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE) para el diligenciamiento del Registro de Productores y Comercializadores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RPCAEE) y por ende modificarse los artículos 7° y 8° de la misma ampliando el periodo para el registro inicial y para la actualización del mismo, respectivamente, lo que implica la
derogación de la Resolución número 768 de 2020. Que conforme a lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 8° de la Ley 1437 de 2011, el proyecto de resolución fue publicado del 12 al 21 de abril de 2023 en el sitio web del Ministerio de Comercio, industria y Turismo, con el objeto de recibir comentarios, sugerencias y observaciones de los usuarios.
RESUELVE: Artículo 1°. Adición de un parágrafo al artículo 6° de la Resolución número 480 de
2020. Adiciónese un parágrafo al artículo 6° de la Resolución número 480 de 2020, el cual
contendrá el siguiente contenido: “(...) Parágrafo 2°. Para dar cumplimiento a lo establecido en este artículo, los productores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE) obligados a presentar el Registro de Productores y Comercializadores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RPCAEE), RESOLUCIÓN 479 DE 2023 deberán suministrar la información relacionada con las importaciones, exportaciones o fabricación nacional correspondiente a los años 2020 y 2021, de acuerdo con las subpartidas vigentes en esos periodos, esto es, teniendo en cuenta el arancel de aduanas vigente para el año 2017 (VI enmienda al Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías). Para el año 2022 y en adelante, deberán suministrar la información teniendo en cuenta el Decreto número 1881 de 2021, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones” con sus adiciones y modificaciones. Artículo 2°. Modificación del artículo 7° de la Resolución número 0480 de
2020. Modifíquese el artículo 7° de la Resolución número 0480 de 2020, el cual quedará así: “Registro inicial: Los Productores y Comercializadores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE) deberán realizar durante el periodo comprendido entre el 2 de mayo y el 31 de octubre del respectivo año, el registro inicial a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), suministrando la información prevista en el artículo 6° de la presente resolución”.
Artículo 3°. Adición de un parágrafo al artículo 8° de la Resolución número 480 de
2020. Adiciónese un parágrafo al artículo 8° de la Resolución número 480 de 2020, el cual
contendrá el siguiente contenido: “(...) Parágrafo. La actualización del Registro de Productores y Comercializadores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RPCAEE) se realizará en el periodo comprendido entre el 2 de mayo y el 31 de octubre del respectivo año”. Artículo 4°. Actualización del Anexo 1 de la Resolución número 0480 de
2020. Actualícese el Anexo 1 de la Resolución número 0480 de 2020, cuyo contenido se incluye como anexo a la presente resolución.
Artículo 5°. Derogatoria de la Resolución número 768 de 2020. Deróguese la Resolución número 768 de 2020, por la cual se modifica el artículo 7° de la Resolución número 480 del 17 de abril de 2020, en cuanto al Registro de Productores y Comercializadores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RPCAEE), de acuerdo con la
parte motiva de la presente resolución. Artículo 6°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, actualiza el Anexo 1 de la Resolución número 0480 de 2020, modifica y adiciona los artículos 6°, 7° y 8° de la Resolución número 0480 de 2020, y deroga la Resolución número 768 de 2020.
RESOLUCIÓN 479 DE 2023
Publíquese y cúmplase.