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MINCOMERCIO - Resolución 479 de 2023

Ministerio de Comercio

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Detalles

Título
MINCOMERCIO - Resolución 479 de 2023
Autor
Ministerio de Comercio
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2023

RESOLUCIÓN 479 DE 2023

RESOLUCIÓN 479 DE 2023

(abril 27) por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 0480 de 2020, se actualiza su Anexo 1, y se dictan otras disposiciones. El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el numeral 30 del artículo 2° y el artículo 7° del Decreto número 210 de 2003 modificado por el artículo 2° del Decreto número 1289 de 2015, el literal j) del numeral 1 del artículo 6° y el literal a) del artículo 9° de la Ley 1672 de 2013, el artículo 2.2.7A.3.1 del Decreto número 284 de 2018, y CONSIDERANDO: Que por medio de la Resolución número 480 de 2020 el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo implementó el Registro de Productores y Comercializadores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RPCAEE) y sus requisitos, cuyo Anexo 1 incorpora el listado de subpartidas arancelarias en las cuales se clasifican los Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE) y los umbrales de los mismos, el cual fue suministrado por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Que el parágrafo del artículo 4° de la Resolución número 480 de 2020 prevé que su Anexo 1 podrá ser modificado para su correspondiente actualización, cuando así sea requerido, de conformidad con la información que para ese efecto suministre el Ministerio

de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Que de conformidad con el literal m) del numeral 1 del artículo 6° de la Ley 1672 de 2013 y con el artículo 2.2.7A.3.1 del Decreto número 284 de 2018, corresponde al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible establecer los lineamientos y los requisitos que deben cumplir los sistemas de recolección selectiva y gestión ambiental de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE). Que a través de la Resolución número 851 de 2022 el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible estableció la clasificación nacional de los Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE) y sus residuos, los lineamientos y requisitos de los sistemas de recolección y gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) a cargo de los productores, así como las condiciones para la aceptación de los RAEE por parte de los comercializadores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE), con el fin de prevenir y controlar los impactos adversos sobre el ambiente. Que el parágrafo 1° del artículo 4° de la Resolución número 851 de 2022 señala que el Anexo 1 de la misma incluye la lista de los Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE) clasificados en categorías y subcategorías de acuerdo con las denominaciones del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SA) vigente y su RESOLUCIÓN 479 DE 2023 correspondiente denominación equivalente según la Clasificación Central de Productos (CPC) vigente. Que mediante comunicación número 24032023E2005858 del 6 de marzo de 2023 el

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible remitió al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo la actualización del listado de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE) susceptibles del registro de que trata la Resolución número 480 de 2020 e indicó que para el diligenciamiento de los registros de los años 2023 y 2024 los obligados deben suministrar la información de importación, exportación o fabricación nacional de los años 2020 y 2021 con los valores correspondientes a las subpartidas vigentes en esos años, en tanto que para 2022 se suministre lo inherente a las subpartidas vigentes para dicho periodo. Que como consecuencia de lo anterior es necesario actualizar el listado de subpartidas arancelarias en las cuales se clasifican los Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE) y los umbrales de los mismos contenidos en el Anexo 1 de la Resolución número 480 de 2020, a efectos del Registro de Productores y Comercializadores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RPCAEE). Que así mismo, debe adicionarse un segundo parágrafo al artículo 6° de la Resolución número 480 de 2020 respecto de la información que deben suministrar los productores y comercializadores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE) para el diligenciamiento del Registro de Productores y Comercializadores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RPCAEE) y por ende modificarse los artículos 7° y 8° de la misma ampliando el periodo para el registro inicial y para la actualización del mismo, respectivamente, lo que implica la

derogación de la Resolución número 768 de 2020. Que conforme a lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 8° de la Ley 1437 de 2011, el proyecto de resolución fue publicado del 12 al 21 de abril de 2023 en el sitio web del Ministerio de Comercio, industria y Turismo, con el objeto de recibir comentarios, sugerencias y observaciones de los usuarios.

RESUELVE: Artículo 1°. Adición de un parágrafo al artículo 6° de la Resolución número 480 de

2020. Adiciónese un parágrafo al artículo 6° de la Resolución número 480 de 2020, el cual

contendrá el siguiente contenido: “(...) Parágrafo 2°. Para dar cumplimiento a lo establecido en este artículo, los productores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE) obligados a presentar el Registro de Productores y Comercializadores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RPCAEE), RESOLUCIÓN 479 DE 2023 deberán suministrar la información relacionada con las importaciones, exportaciones o fabricación nacional correspondiente a los años 2020 y 2021, de acuerdo con las subpartidas vigentes en esos periodos, esto es, teniendo en cuenta el arancel de aduanas vigente para el año 2017 (VI enmienda al Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías). Para el año 2022 y en adelante, deberán suministrar la información teniendo en cuenta el Decreto número 1881 de 2021, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones” con sus adiciones y modificaciones. Artículo 2°. Modificación del artículo 7° de la Resolución número 0480 de

2020. Modifíquese el artículo 7° de la Resolución número 0480 de 2020, el cual quedará así: “Registro inicial: Los Productores y Comercializadores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE) deberán realizar durante el periodo comprendido entre el 2 de mayo y el 31 de octubre del respectivo año, el registro inicial a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), suministrando la información prevista en el artículo 6° de la presente resolución”.

Artículo 3°. Adición de un parágrafo al artículo 8° de la Resolución número 480 de

2020. Adiciónese un parágrafo al artículo 8° de la Resolución número 480 de 2020, el cual

contendrá el siguiente contenido: “(...) Parágrafo. La actualización del Registro de Productores y Comercializadores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RPCAEE) se realizará en el periodo comprendido entre el 2 de mayo y el 31 de octubre del respectivo año”. Artículo 4°. Actualización del Anexo 1 de la Resolución número 0480 de

2020. Actualícese el Anexo 1 de la Resolución número 0480 de 2020, cuyo contenido se incluye como anexo a la presente resolución.

Artículo 5°. Derogatoria de la Resolución número 768 de 2020. Deróguese la Resolución número 768 de 2020, por la cual se modifica el artículo 7° de la Resolución número 480 del 17 de abril de 2020, en cuanto al Registro de Productores y Comercializadores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RPCAEE), de acuerdo con la

parte motiva de la presente resolución. Artículo 6°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, actualiza el Anexo 1 de la Resolución número 0480 de 2020, modifica y adiciona los artículos 6°, 7° y 8° de la Resolución número 0480 de 2020, y deroga la Resolución número 768 de 2020.

RESOLUCIÓN 479 DE 2023

Publíquese y cúmplase.

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