MINDEFENSA - Directiva Permanente 2 de 2025

Ministerio de Defensa

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Detalles

Título
MINDEFENSA - Directiva Permanente 2 de 2025
Autor
Ministerio de Defensa
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Penal Militar
Año
2025

DIRECTIVA PERMANENTE 2 DE 2025

(febrero 20) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Bogotá D.C. 20 FEB 2024

ASUNTO: Lineamientos e instrucciones para la implementación de la cátedra extracurricular para preservar y difundir las memorias de los veteranos de la Fuerza Pública, de conformidad con lo establecido en la Ley 1979 de 2019 y el Decreto 1346 del 10 de octubre de 2020.

PARA: Viceministerio para la Estrategia y Planeación Viceministerio de Veteranos y el Grupo Social Empresarial del Sector Defensa Viceministerio para las Políticas de Defensa y Seguridad

Consejo de Veteranos Comando General de las Fuerzas Militares Comando Ejército Nacional Comando Armada Nacional Comando Fuerza Aeroespacial Colombiana Dirección General Policía Nacional de Colombia

OBJETO Y ALCANCE

A. Finalidad Definir los lineamientos para la implementación de la cátedra extracurricular para preservar y difundir las memorias de los veteranos de la Fuerza Pública, de conformidad con lo establecido en la Ley 1979 de 2019 y el Decreto 1346 del 10 de octubre de 2020, mediante actividades extracurriculares desarrolladas en las escuelas de formación, cursos de ascenso o cursos de ley de las

Fuerzas Militares y la Policía Nacional.

B. Alcance.

La presente directiva aplica para los estudiantes y sus equivalentes en cada una de las Fuerzas, los estudiantes en proceso de formación militar o policial y el personal en curso de ascenso o cursos de ley

C. Referencias Normativas

1. Constitución Política de Colombia de 1991.

2. Ley 30 de 1992, “por la cual se organiza el servicio público de la Educación Superior'

3. Ley 489

ley

C. Referencias Normativas

1. Constitución Política de Colombia de 1991.

2. Ley 30 de 1992, “por la cual se organiza el servicio público de la Educación Superior'

3. Ley 489 de 1998, “por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para elejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones".

4. Ley 1979 de 2019, “por medio de la cual se reconoce, rinde homenaje y se otorgan beneficios a los veteranos de la Fuerza Pública y se dictan otras disposiciones".

5. Ley 2294 de 2023, "por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 'Colombia, potencia mundial de la vida'.

6. Decreto Ley 111 de 1996, "por el cual se compilan la Ley 38 de 1989, la Ley 179 de 1994 y la Ley 225 de 1995 que conforman el estatuto orgánico del presupuesto".

7. Decreto Ley 1790

de 2000, “por el cual se modifica el Decreto que regula las normas de carrera del personal de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Militares”.

8. Decreto Ley 1791

de 2000, "por el cual se modifican las normas de carrera del personal de oficiales, nivel ejecutivo, suboficiales y agentes de la Policía Nacional”.

9. Decreto Ley 1796 de 2000, "por el cual se regula la evaluación de la capacidad sicofísica y de la

disminución de la capacidad laboral, y aspectos sobre incapacidades, indemnizaciones, pensión por invalidez e informes administrativos por lesiones, de los miembros de la Fuerza Pública, alumnos de las escuelas de formación y sus equivalentes en la Policía Nacional, personal civil al servicio del Ministerio de Defensa Nacional y de las Fuerzas Militares y personal no uniformado de la Policía Nacional vinculado con anterioridad a la vigencia de la Ley 100 de 1993".

10. Decreto 1070 de 2015, "por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector

Administrativo de Defensa".

11. Decreto 1075 de 2015, "por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector

Educación”.

12. Decreto 1082 de 2015, "por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del sector

Administrativo de Planeación Nacional".

13. Decreto 1346 del 10 de octubre de 2020, “por medio del cual se rinde honores a los Veteranos de la Fuerza Pública en medios masivos de comunicación y plataformas digitales, se preserva su memoria histórica, se otorgan beneficios crediticios en transporte público urbano, salud, programas asistenciales, importación, beneficios sociales e integrales en el sector privado, se reglamenta la Comisión Intersectorial para la Atención Integral al Veterano, el Consejo de Veteranos y se dictan otras disposiciones.

14. Decreto 1874 de 2021, "por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional, se crean nuevas dependencias, funciones y se dictan otras disposiciones”.

15. Resolución 0455 de 2021, “por la cual se adopta la 'Política de Educación para la Fuerza Pública

(PEFuP) 2021-2026: hacia una educación diferencial y de calidad'”.

15. Resolución 0455 de 2021, “por la cual se adopta la 'Política de Educación para la Fuerza Pública

(PEFuP) 2021-2026: hacia una educación diferencial y de calidad'”.

16. Resolución 5569 de 2021, "por la cual se adopta la Política de Gestión y Desarrollo Humano del Ministerio de Defensa Nacional 2021-2027'”.17. Resolución 2703 de 2023, "por la cual se adopta la 'Política de Seguridad, Defensa y Convivencia Ciudadana Garantías para la Vida y la Paz 2022-2026'".

18. Resolución 2704 de 2023, “por la cual se adopta la 'Política Integral de Bienestar para la Fuerza Pública y sus Familias 2023-2027'".

19. Resolución 1824 del 19 de mayo de 2023, "por la cual se crean los Comités para la Gestión del Desarrollo Humano del Ministerio de Defensa, se determina la administración del SIATH-MDN y se dictan otras disposiciones”.

D. Vigencia La presente directiva tiene carácter permanente y rige a partir de la fecha de su expedición.

INFORMACIÓN El Ministerio de Defensa Nacional, con la expedición de la presente directiva, implementa la cátedra extracurricular para preservar y difundir las memorias de los veteranos de la Fuerza Pública en las escuelas de formación, cursos de ascenso o cursos de ley de las Fuerzas Militares y Policía Nacional, de conformidad con lo establecido en la Ley 1979 de 2019 y el Decreto 1346 del 10 de octubre de 2020. A Antecedentes El 25 de julio de 2019 se sancionó la Ley 1979 , “por medio de la cual se reconoce, rinde homenaje y

de 2019 y el Decreto 1346 del 10 de octubre de 2020. A Antecedentes El 25 de julio de 2019 se sancionó la Ley 1979 , “por medio de la cual se reconoce, rinde homenaje y se otorgan beneficios a los veteranos de la Fuerza Pública y se dictan otras disposiciones”, ley que busca reconocer la labor y entrega de los veteranos de la Fuerza Pública, otorgando políticas de bienestar y brindando beneficios sociales mediante programas de Estado y alianzas con el sector privado. Esta ley es el primer reconocimiento normativo al sacrificio de los hombres y mujeres integrantes de la Fuerza Pública, durante su vida militar y policial. En su artículo 9o . inciso 3, establece: “[...] el Ministerio de Defensa Nacional, el Comando General de las Fuerzas Militares, los Comandos de cada Fuerza y la Dirección de la Policía Nacional, en coordinación con el Consejo de Veteranos, conjuntamente diseñarán un programa para la preservación y difusión de las memorias de los veteranos de la Fuerza Pública, e incorporarán al pénsum académico de las escuelas de formación militar y policial una cátedra obligatoria como espacio para promover el aprendizaje y estudio de estas.” Disposición reglamentada mediante el Articulo 2.3.1.8.2.7 , del Decreto 1346 de 2020, Sección 2, así: “[...] Coordínese entre el Ministerio de Defensa Nacional-Dirección de Capital Humano, Comando

General de las Fuerza Militares. Comandos del Ejército Nacional, Armada Nacional y Fuerza Aérea Colombiana, la Dirección General de la Policía Nacional y un representante del Consejo de Veteranos, el diseño de un programa para la preservación y difusión de las memorias de los veteranos de la Fuerza Pública y el pénsum de una cátedra que promueva el aprendizaje y estudio de estas, en las escuelas de formación militar y policial."Para dar cumplimiento a las disposiciones transcritas, la Dirección de Desarrollo de la Fuerza Pública (DDFP) y la Dirección de Veteranos y Rehabilitación Inclusiva (DIVRI), de manera conjunta y coordinada con el Comando General de las Fuerzas Militares (COGFM), la Escuela Superior de Guerra “General Rafael Reyes Prieto”, el Ejército Nacional, la Armada Nacional, la Fuerza Aeroespacial Colombiana, la Policía Nacional de Colombia y el Consejo de Veteranos de la Fuerza Pública han trabajado en la construcción de una cátedra extracurricular que permita la preservación y difusión de las memorias de los veteranos de la Fuerza Pública. La cátedra extracurricular de los veteranos se convierte en un avance en la consolidación de la memoria, la verdad y la justicia, y se constituye en un mecanismo para conocer el pasado, aprender de él y construir bases de entendimiento, reconocimiento y reconciliación. Además, la preservación de la memoria histórica militar y policial es un elemento de beneficio para la sociedad: su difusión permitirá que los ciudadanos conozcan las acciones valerosas realizadas por

los veteranos que aportaron en la construcción de país y su seguridad, permitiendo un acercamiento al aporte trascendental del patrimonio histórico de las Fuerzas, con el ánimo de conservar la democracia y, encaminados a una paz definitiva. Es necesario señalar que, a nivel mundial, distintos Estados han reconocido la categoría de veterano y constituido organizaciones gubernamentales encargadas de atender a esta población en forma integral. Tales organismos llegan a niveles de ministerio, como en el caso de Corea del Sur, y de secretaría, como en los Estados Unidos de América. Su naturaleza jurídica es distinta de las organizaciones de defensa, por lo cual resulta de gran importancia conocer sus experiencias, como insumo para la construcción de la ruta de atención integral de los veteranos de la Fuerza Pública.

B. Generalidades El Ministerio de Defensa Nacional establece los siguientes lineamientos para implementar la cátedra extracurricular, con el fin de preservar y difundir las memorias de los veteranos de la Fuerza Pública, de conformidad con lo establecido en la Ley 1979 de 2019 y el Decreto 1346 del 10 de octubre de

2020 Dicha implementación comprende:

1. La alineación con la Política de Educación para la Fuerza Pública (PEFuP) 2021-2026, línea estratégica 2, Educación militar y policial que responda a los retos y amenazas del país en su objetivo 4. Fortalecer las estructuras organizacionales de los Comandos/Jefaturas/Direcciones de Educación en las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, iniciativa 4, Establecer la creación y

fortalecimiento de programas de educación superior y complementarios enfocados en la misionalidad de cada Fuerza y el desarrollo de capacidades.

2. La cátedra extracurricular cuenta con cinco tipos de actividades académicas que se enfocan en la preservación y la difusión de las memorias de los veteranos de la Fuerza Pública de Colombia: 1) foros nacionales o internacionales: 2) seminarios nacionales o internacionales: 3) Pieza de comunicación audiovisual de enfoque periodístico; 4) estudio de casos, y 5) programas radiales.

3. La implementación de la cátedra extracurricular para preservar y difundir las memorias de los veteranos de la Fuerza Pública se llevará a cabo en las escuelas de formación1.1. Dirección de Desarrollo de la Fuerza Pública

a. Realizar seguimiento a la implementación de la presente directiva. b. Coordinar con la Dirección de Planeación y Presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, la distribución de los recursos que se soliciten para el desarrollo de la cátedra extracurricular, con base en lo previsto en la presente directiva. c. Preparar, consolidar y presentar los documentos o informes requeridos para el cumplimiento de las funciones asignadas en la presente directiva. d. Registrar en el Sistema de Información de Bibliotecas de la Fuerza Pública (SIBFuP), los productos documentables y suministrados por los delegados de las Fuerzas (videos, audios, imágenes, archivos de texto), dentro de las cinco (5) actividades contempladas en la cátedra

extracurricular, para su consulta en el sector defensa y difusión a entidades públicas y privadas. 1.2. Dirección de Planeación y Presupuesto MDN a. Proyectar los recursos necesarios en la propuesta marco de gasto de mediano plazo del sector defensa, comunicadas por el CGFM y la Dirección de Educación Policial, para coadyuvar en la implementación de la cátedra extracurricular para preservar y difundir las memorias de los veteranos de la Fuerza Pública. b. Gestionar la asignación y/o modificaciones presupuéstales que requieren las unidades ejecutoras, para coadyuvar en la implementación de la cátedra extracurricular para preservar y difundir las memorias de los veteranos de la Fuerza Pública.

2. Viceministerio de Veteranos y del Grupo Social Empresarial de la Defensa

a. Verificar el cumplimiento de la presente directiva frente a las competencias establecidas a las direcciones a su cargo. b. Liderar el seguimiento a la implementación y socialización de resultados de la cátedra extracurricular para preservar y difundir las memorias de los veteranos de la Fuerza Pública. c. Coordinar con el Consejo de Veteranos, su participación en la planeación, ejecución y asistencia a los eventos establecidos en la presente directiva. d. Facilitar la coordinación del Consejo de Veteranos con las unidades involucradas en la presente directiva, así como su inclusión en los eventos de la cátedra extracurricular para preservar y difundir las memorias de los veteranos de la Fuerza Pública, y la inclusión de la temática del programa en la

Comisión Intersectorial para la Atención Integral al Veterano, así como la contribución de otros ministerios, en caso de requerirse. militar y policial y cursos de ascenso, y/o cursos de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.

4. La implementación de las cinco actividades se ejecutará en la vigencia correspondiente y contará con un cronograma para su realización, señalado en el Anexo A de esta directiva. Cabe mencionar que cada unidad es responsable de liderar la coordinación de una actividad en el año y contará con la corresponsabilidad de las demás unidades. Estas actividades serán organizadas anualmente a partirde la fecha de expedición de esta directiva, por parte de las unidades involucradas, manteniendo la antigüedad en la secuencia de implementación, inicia el Ejército, continúa la Armada, la Fuerza Aeroespacial y cierra la Policía Nacional, y vuelve a implementarse el ciclo, de acuerdo con la antigüedad. Es importante indicar que la actividad 1 es liderada por la DIVRI exclusivamente y en la actividad 2 se incluye el liderazgo del COGFM-CGD en su realización y secuencialmente le siguen las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.

5. Estas unidades serán las encargadas de la coordinación de expositores, logística del encuentro, invitaciones, planes o directivas transitorias para la implementación, entre otros. Para la gestión de recursos, podrá acudirse a convenios y/o alianzas interinstitucionales, por lo tanto, no se requiere la contratación específica de servicios.

6. Los recursos correspondientes al desarrollo de las actividades están enmarcados en las gestiones

internas realizadas por cada unidad responsable de su implementación de acuerdo con la inclusión de estas en los anteproyectos de presupuesto presentados a la Dirección de Planeación y Presupuesto del Viceministerio para la Estrategia y Planeación en cada vigencia. En aquellas que requieran gestión por parte de la DDFP y la DIVRI, deberán ser consolidadas mediante un plan de necesidades dirigido a las direcciones, y estas deberán solicitarlas a la Dirección de Planeación y Presupuesto (DPP), quien solicitará la aprobación al Ministro de Defensa.

7. Los indicadores asociados a cada actividad se establecen en el anexo C; cada líder de actividad deberá presentar un informe de gestión y resultados, en el cual se incluya el cumplimiento del indicador de la actividad de la cátedra.

EJECUCIÓN

A. Misión general Emitir instrucciones para la implementación de la cátedra extracurricular para preservar y difundir las memorias de los veteranos de la Fuerza Pública, de conformidad con lo establecido en la Ley 1979 de 2019 y el Decreto 1346 del 10 de octubre de 2020

B. Misiones particulares 1 Viceministerio para la Estrategia y Planeación

a. Verificar el cumplimiento de la presente directiva frente a las competencias establecida a las direcciones a su cargo. 2.1.Dirección de Veteranos y Rehabilitación Inclusiva a. Realizar el seguimiento al cumplimiento de la presente directiva. b. Convocar a los veteranos a las actividades y eventos de la cátedra extracurricular c. Establecer el mecanismo de inscripción a las actividades para realizar la difusión a las

asociaciones y organizaciones de veteranos. d. Coordinar con la Dirección Sectorial de Comunicaciones del Ministerio de Defensa Nacional, laelaboración de la campaña de expectativa para la realización de todo evento o actividad, y su respectiva difusión. e. Consolidar el listado de invitados especiales, en coordinación con la Oficina de Protocolo del Despacho del Ministerio de Defensa, y enviar las invitaciones correspondientes a las actividades a su cargo.

3. Secretaria de Gabinete

a. Realizar seguimiento a la implementación de la presente directiva frente a la competencia establecida a la Dirección Sectorial de Comunicaciones y sus equivalentes, en cada unidad que lidera la cátedra extracurricular 3.1 Dirección Sectorial de Comunicaciones y sus equivalentes en cada unidad que lidera la cátedra extracurricular: a. Generar una estrategia de comunicaciones permanente, que promueva la implementación y socialización de resultados de la cátedra extracurricular para preservar y difundir las memorias de los veteranos de la Fuerza Pública. b. Producir y diseñar piezas de comunicación gráfica para impactar en el personal uniformado y civil que hace parte de la población objeto, y del sector defensa c Coordinar con las Direcciones de Comunicaciones de las Fuerzas Militares y Policía Nacional, y el Consejo de Veteranos con el fin de unificar el mensaje institucional de la campaña, su incidencia en los veteranos y dar mayor cubrimiento

4. Comandante General de las Fuerzas Militares

a. Supervisar el cumplimiento de la presente directiva y emitir las órdenes necesarias para su

implementación, seguimiento, control y socialización.

5. Director General de la Policía Nacional.

a. Supervisar el cumplimiento de la presente directiva y emitir las órdenes necesarias para su implementación, seguimiento, control y socialización.

6. Jefe de Estado Mayor Conjunto Comando General de las Fuerzas Militares. a Impartir instrucciones mediante las jefaturas de educación de las Fuerzas, a las escuelas de formación y cursos de ley para ascenso o cursos de ley de las FFMM. y de la PONAL, para la incorporación de la cátedra extracurricular para preservar y difundir las memorias de los veteranos de la Fuerza Pública, en sus diferentes actividades.

b. Determinar y reportar a la Dirección de Desarrollo de la Fuerza Pública, mediante el COGFM y la Dirección de Educación Policial, un informe cualitativo y cuantitativo con base en los indicadores propuestos para cada actividad. c. Emitir instrucciones a las escuelas de formación y de cursos de ascenso y/o cursos de ley de lasFFMM. y PONAL para la implementación de la cátedra extracurricular, para preservar y difundir las memorias de los veteranos de la Fuerza Pública, en sus diferentes actividades. d. Articular el cumplimiento de la presente directiva y emitir las órdenes necesarias para su implementación, socialización, seguimiento y control.

7. Segundo Comandante del Ejército Nacional, Segundo Comandante y Jefe de Estado Mayor Naval Armada Nacional, Segundo Comandante y Jefe de Estado Mayor Fuerza Aeroespacial Colombiana,

Subdirector General de la Policía Nacional a. Supervisar el cumplimiento de las órdenes impartidas y seguimiento al desarrollo de la implementación de la cátedra extracurricular para preservar y difundir las memorias de los veteranos de la Fuerza Pública. b. Delegar en cada Fuerza, personal idóneo para que participe en el proceso de planeación, implementación, coordinación, ejecución y control de la cátedra extracurricular, para preservar y difundir las memorias de los veteranos de la Fuerza Pública. c. Realizar la planeación de las actividades logísticas, que den alcance y cumplimiento a la implementación de la cátedra extracurricular, para preservar y difundir las memorias de los veteranos de la Fuerza Pública. d. Determinar y reportar a la Dirección de Desarrollo de la Fuerza Pública, a través del CGFM y la Dirección de Educación Policial, la cantidad total de personal impactado, cumpliendo los indicadores propuestos para cada actividad. e. Impartir instrucciones por medio de las jefaturas de educación de las Fuerzas, a las escuelas de formación de las FF. MM, y a las escuelas de la PONAL y cursos de ascenso y/o cursos de ley, para la implementación de la cátedra extracurricular para preservar y difundir las memorias de los veteranos de la Fuerza Pública en sus cátedras, materias y actividades relacionadas con historia militar y policial. f. Presentar a la Dirección de Planeación y Presupuesto del MDN, en las fechas estipuladas en el estatuto orgánico de presupuesto general de la nación, el anteproyecto de presupuesto anual

especifico por cada Fuerza, para la memorias de los veteranos de la Fuerza Pública, con el propósito de adelantar los trámites correspondientes ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público de los recursos para educación. g. Generar métodos de verificación y seguimiento que evidencien el cumplimiento de la formación en las FFMM. y la PONAL, en el proceso de implementación de la cátedra extracurricular para preservar y difundir las memorias de los veteranos de la Fuerza Pública.

INSTRUCCIONES GENERALES DE COORDINACIÓN

A. Las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, unidades ejecutoras y demás dependencias involucradas del MDN, deberán realizar las acciones complementarias necesarias que permitan desarrollar el propósito de la presente directiva.B. A partir de la expedición de la presente directiva, las FF. MM. y la PONAL deberán incluir en su programa presupuestal anual (anteproyectos de presupuesto), la proyección de las necesidades que requieran para garantizar el cumplimiento de la presente directiva.

C. Las jefaturas/comandos/direcciones de comunicaciones o quien haga sus veces, de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, DIVRI y DDFP, deberán garantizar que se difunda entre los estudiantes, miembros de la Fuerza Pública y veteranos, la implementación de la cátedra extracurricular para preservar y difundir las memorias de los veteranos de la Fuerza Pública. Para esto, deberán utilizar los medios de comunicación y difusión del Ministerio de Defensa Nacional,

asociaciones y agrupaciones de veteranos.

D. Las unidades involucradas en la presente directiva, reconocerán e incluirán como órgano interlocutor de los veteranos, al Consejo de Veteranos, de acuerdo con lo ordenado por la Ley del Veterano. El Consejo de Veteranos será tenido en cuenta por las unidades involucradas como asesor y enlace con las asociaciones de veteranos, y veteranos independientes, en aras de aprovechar su experiencia en cuenta en cumplimiento del espíritu de la ley de mejorar su bienestar y reconocimiento. El Consejo de Veteranos no depende administrativamente del MDN ni de ninguna de las unidades involucradas, por lo cual, no se le asignan tareas específicas, ni responsabilidades directas en esta directiva; sin embargo, las unidades lo deberán tener en cuenta en su planeación y ejecución, como garantes de los intereses de los veteranos y de su memoria histórica.

E. La revisión y seguimiento de la presente directiva se hará por el MDN, por medio de la Mesa de Seguimiento a la cátedra extracurricular para preservar y difundir las memorias de los veteranos de la Fuerza Pública, en la cual, serán miembros, el delegado(a) del Ministerio, de la Dirección de Veteranos y Rehabilitación Inclusiva (DIVRI), de la Dirección de Desarrollo de la Fuerza Pública

(DDFP), del Consejo de Veteranos y los encargados de las áreas de Educación del COGFM y la PONAL, con el fin de facilitar el seguimiento y control, el cumplimiento de los indicadores propuestos, la verificación de la inclusión de todas las Fuerzas en cada evento, y el avance adecuado

del cronograma establecido.

F. Realizar la planeación anual para la implementación de la cátedra extracurricular para preservar y difundir las memorias de los veteranos de la Fuerza Pública, con base en lo ordenado en la presente directiva, incluyendo lo relacionado en el anexo A.

Firma, IVÁN VELÁSQUEZ GÓMEZ Ministro de Defensa Nacional Anexo A. PlaneaciónNota. En las vigencias siguientes a 2027, se mantendrá el orden por antigüedad para la implementación de las actividades de la cátedra extracurricular para preservar y difundir las memorias de los veteranos de la Fuerza Pública. Anexo B. Glosario Estudio de caso Desde la perspectiva pedagógica, el estudio de caso constituye una herramienta de aprendizaje y formación (Robledo, 2022). Esta metodología parte de una historia real (de éxito o fracaso) en que una persona se enfrenta a una situación en la cual se requiere tomar una decisión basada en el conocimiento donde se aprende un tema en específico. Esta historia es susceptible de ser compartida a otros que puedan verse enfrentados a situaciones similares y los reta a evaluar el contexto y condiciones en las cuales se tomó la decisión y proponer alternativas de solución acordes con el conocimiento presente. Es una investigación en profundidad de un solo individuo, grupo, evento o situación. Esta metodología se centra en la comprensión detallada y contextual de un fenómeno en su entorno real. En el ámbito militar, esto puede implicar el análisis de una operación específica, la

estrategia de una unidad durante un conflicto o el desarrollo de una tecnología particular. Se sugiere estructurarlo en un documento que no exceda las cinco páginas. Características del estudio de caso

1. Contextualización: se desarrolla siempre en un contexto específico. Esto permite una comprensión profunda del entorno y las circunstancias que rodean el fenómeno en estudio. En el ámbito militar, este contexto puede incluir factores geográficos, políticos, sociales y tecnológicos.

2. Enfoque en la singularidad: se centra en un caso particular, permitiendo un análisis detallado y profundo. Esto es crucial para identificar lecciones aprendidas y mejores prácticas que pueden ser aplicables en situaciones futuras.

3. Métodos cualitativos y cuantitativos: aunque los estudios de caso suelen ser cualitativos, también pueden incorporar datos cuantitativos para proporcionar una visión más completa. Por ejemplo, en un análisis de una operación militar, se podrían utilizar estadísticas de recursos empleados y resultados junto con relatos cualitativos de los participantes.

4. Descripción detallada: proporciona una descripción rica y detallada del caso. Esto incluye antecedentes, desarrollo, resultado y análisis. En un contexto militar, esto podría significar una cronología precisa de eventos, decisiones tácticas y estratégicas, y la evaluación de su efectividad.5. Exploración de complejidades: los estudios de caso permiten explorar la complejidad de situaciones reales. En el Ejército, esto es vital para entender cómo interactúan diversos factores en el campo de batalla y cómo pueden optimizarse las respuestas ante circunstancias cambiantes.

6. Triangulación de datos: para asegurar la validez y confiabilidad, se utilizan múltiples fuentes de datos y perspectivas. Esto incluye entrevistas, observaciones directas, documentos oficiales y análisis de medios de comunicación, entre otros.

7. Aplicabilidad de resultados: aunque se enfoca en un caso específico, las conclusiones pueden ser extrapoladas para mejorar prácticas y estrategias en situaciones similares. En la educación militar, esto es fundamental para la formación continua y el desarrollo de doctrinas y procedimientos operativos.

Seminario nacional o internacional Conocido como reunión o consenso académico mediante el cual se pretende profundizar en determinados temas. Así mismo, es una sesión estructurada en la que un grupo de personas con conocimientos profundos y experiencia en un campo específico se reúnen para discutir y analizar un tema particular. Estos expertos comparten sus perspectivas, debaten ideas y responden preguntas del público, que puede incluir estudiantes, investigadores y otros profesionales. En el ámbito militar, esto puede incluir debates sobre tácticas, estrategias, tecnologías y políticas. Características del seminario

1. Diversidad de conocimientos: está compuesto por individuos con una amplia gama de conocimientos y experiencias en el tema discutido. Esta diversidad permite una exploración rica y multifacética del tema.

2. Estructura organizada: la sesión suele estar bien organizada, con un moderador que guía la discusión, asegura que se mantenga el enfoque y facilita la participación equitativa de todos los panelistas.

3. Interactividad: incluye una sesión de preguntas y respuestas en la que el público puede interactuar con los panelistas, plantear sus dudas y obtener respuestas directas de los especialistas.

4. Profundidad y detalle: debido a la experiencia y conocimiento de los panelistas, las discusiones suelen ser profundas y detalladas, proporcionando información valiosa y perspectivas innovadoras.

5. Actualidad y relevancia: los temas discutidos suelen ser actuales y relevantes para el público. En el ámbito militar, esto puede incluir discusiones sobre amenazas emergentes, avances tecnológicos y estrategias de combate, entre otros.

6. Colaboración y debate: la dinámica fomenta l

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