MINDEFENSA - Resolución 8380 de 2016
Detalles
- Título
- MINDEFENSA - Resolución 8380 de 2016
- Autor
- Ministerio de Defensa
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Penal Militar
- Año
- 2016
RESOLUCIÓN 8380 DE 2016
(septiembre 21) Diario Oficial No. 50.009 de 27 de septiembre de 2016 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Por la cual se expide el acto administrativo para suscribir un Convenio de Colaboración para la Defensa y Seguridad entre el Ministerio de Defensa Nacional - Ejército Nacional y Equion Energía Limited. EL SECRETARIO GENERAL DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en particular de las conferidas por los artículos 11 y 12 de la Ley 80 de 1993, el artículo 2 o numeral 4 literal c) de la Ley 1150 de 2007, artículo 21 ibídem, el artículo 2.2.1.2.1.4.4 del Decreto 1082 de 2015 y la Resolución de Delegación número 4519 del 27 de mayo de 2016, CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 217 de la Constitución Nacional, las Fuerzas Militares tienen como finalidad primordial la defensa de la soberanía, la independencia y la integridad del territorio nacional; son las encargadas de controlar todo aquello que atente contra la seguridad y la paz. Para ello desarrollan un sinnúmero de actividades, principalmente enfocadas en acciones preventivas de situaciones de conflicto o de alteración del orden público, como lo son el patrullaje, el control y la vigilancia. Que de conformidad al artículo 2 o de la Constitución Política en el que se consagra que: “Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general
y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo, las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y deberán asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares”. Que esta finalidad va unida al correlativo deber de los ciudadanos de propender por el logro y el mantenimiento de la paz y del principio de solidaridad consagrado en el artículo 95 de la Constitución Política que obliga a todas las personas a respaldar la acción legítima de las autoridades para garantizar la seguridad y la convivencia social, en cuyo marco no solo se protegen los intereses públicos, sino también los intereses individuales de las personas. Que en desarrollo de este principio y del deber de los ciudadanos de respaldar las acciones de las Fuerzas Militares y en la búsqueda del cumplimiento de los deberes constitucionales y legales que se les encomendó, el sector petrolero-minero-energético decidió unirse a esta tarea, atendiendo a las circunstancias que afectan no solo al desarrollo de actividades privadas como la explotación de petróleo, minerales valiosos, el transporte de crudo y de refinado que son de interés general y utilidad pública, sino también a la
situación que enfrentan las comunidades y población aledañas a las áreas donde se realizan las actividades, además de la afectación económica, ambiental y ecológica a las que se encuentran enfrentados. Que la Corte Constitucional mediante Sentencia T651 de 1996, conceptuó sobre la viabilidad de la celebración de convenios, reconociendo la existencia de una modalidad contractual que bien puede, atendidas las circunstancias, desde luego especiales, promover la seguridad y la tranquilidad, en el caso de las necesidades de vigilancia de personas jurídicas que desarrollan actividades de utilidad pública. Que los Convenios de colaboración, cooperación y/o coordinación son un medio eficaz para dar protección especial a sectores de interés general y de utilidad pública, vitales para el desarrollo de la economía nacional y social. Que los aportes recibidos en virtud de la colaboración entre entidades públicas, están destinados al mejoramiento de las condiciones operacionales, de bienestar, de entrenamiento y de capacitación al personal militar destinado para la protección de estas áreas. Que Equion Energia Limited es la sucursal establecida en Colombia por BP PLC (British Petroleum Exploration Company), cuyos accionistas son Ecopetrol S. A. con unaparticipación accionaria del (51%) y Repsol antes Talisman Energy con una participación del (49%). La empresa se dedica a la exploración y explotación de hidrocarburos, principalmente petróleo y gas en los departamentos de Casanare y Boyacá. Que el artículo 13 de la Ley 80 de 1993 dispone que “Los contratos que celebren las entidades a que se refiere el artículo 2
o del presente estatuto se regirán por las disposiciones comerciales y civiles pertinentes, salvo en las materias particularmente reguladas en esta ley”. Que la Ley 80 de 1993 en su artículo 40 , estipula que los contratos serán los que de acuerdo con las normas civiles, comerciales y las previstas en esta ley correspondan a su esencia y naturaleza. Así mismo, señala que las entidades podrán celebrar los contratos y acuerdos que permitan la autonomía de la voluntad y requieran el cumplimiento de los fine estatales. Que la Ley 489 de 1998 establece que los organismos, entidades y personas encargadas del ejercicio de funciones administrativas, buscan la satisfacción de las necesidades generales de todos los habitantes del territorio nacional, y que en desarrollo de ello deben garantizar la armonía, mediante la colaboración entre organismos y entidades, con el propósito de lograr los fines y cometidos estatales (artículos 4 o, 5 o y 6o de la Ley 489 de 1998). Que el artículo 5 o de la Ley 489 de 1998 señala: “Los organismos administrativos deberán ejercer con exclusiva potestad y atribuciones inherentes, de manera directa e inmediata, respecto de los asuntos que les hayan sido asignados expresamente por la ley, ordenanza, acuerdo o reglamento ejecutivo”. Que así mismo, el artículo 6 o de la Ley 489 de 1998 señala: “Principio de Coordinación: En virtud del principio de coordinación y colaboración, las autoridades administrativas deben garantizar la armonía en el ejercicio de sus respectivas funciones con el fin de lograr los fines y cometidos estatales. En consecuencia, prestará su colaboración a las demás
entidades para facilitar el ejercicio de sus funciones y se abstendrán de impedir o estorbar su cumplimiento por los órganos, dependencias, organismos y entidades titulares”. Que el artículo 95 de la Ley 489 de 1998, estipula: “Asociación entre entidades públicas. Las entidades públicas podrán asociarse con el fin de cooperar en el cumplimiento de funciones administrativas o de prestar conjuntamente servicios que se hallen a su cargo, mediante la celebración de convenios interadministrativos o la conformación de personas jurídicas sin ánimo de lucro”. Que por lo tanto la celebración de este Convenio se considera viable teniendo en cuenta que los aportes a ser entregados constituyen la forma más eficaz de colaboración para que la Fuerza Pública pueda desarrollar en mejores condiciones su misión constitucional. Que la contratación directa se adelantará mediante la suscripción de un Convenio de Colaboración para la Defensa y Seguridad entre el Ministerio de Defensa Nacional - Ejército Nacional y Equion Energía Limited, de conformidad con lo establecido en el artículo 92 de la Ley 1474 de 2011, aunado al artículo 2.2.1.2.1.4.4 del Decreto 1082 de 2015, el cual faculta a las entidades a suscribir este tipo de convenios. Que en mérito de lo anteriormente expuesto, este Despacho RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Suscríbase un convenio de colaboración (Convenio Interadministrativo) para la Defensa y Seguridad entre el Ministerio de Defensa Nacional - Ejército Nacional y Equion Energía Limited. ARTÍCULO 2o. Forma parte integral del presente acto administrativo los Estudios Previos y sus documentos Anexos. ARTÍCULO 3o. El presente acto administrativo rige a partir de su expedición y contra él no procede recurso alguno. Publíquese.
ARTÍCULO 2o. Forma parte integral del presente acto administrativo los Estudios Previos y sus documentos Anexos. ARTÍCULO 3o. El presente acto administrativo rige a partir de su expedición y contra él no procede recurso alguno. Publíquese. Dada en Bogotá, D. C., a 21 de septiembre de 2016. Por el Ministerio de Defensa NacionalEl Secretario General,
LUIS MANUEL NEIRA NÚÑEZ.
CONVENIO NÚMERO 16-047 DE 2016.
(septiembre 21) suscrito entre el Ministerio de Defensa Nacional - Fuerzas Militares de Colombia - Ejército Nacional y Equion Energía Limited – Piedemonte. Preámbulo Conste por el presente documento que:
A. El Ministerio de Defensa Nacional - Fuerzas Militares de Colombia - Ejército Nacional , que en lo sucesivo se denominará “El Ministerio”, representado en este acto por Luis Manuel Neira N úñ ez , mayor de edad e identificado con la cédula de ciudadanía número 79590776 expedida en Bogotá, quien actúa en su condición de Secretario General del Ministerio de Defensa Nacional, nombrado mediante Decreto número 3417 del 27 de septiembre de 2005, incorporado mediante Decreto número 4933 del 29 de diciembre de 2011 y posesionado como consta en el Acta número 0006-12 del 11 de enero de 2012, debidamente facultado para suscribir convenios en nombre de dicha Institución, de acuerdo a la Resolución número 4519 del 27 de mayo de 2016, y
B. Equion Energ í a Limited , que en lo sucesivo se denominará “La Empresa”, sucursal de sociedad extranjera establecida en Colombia mediante la Escritura Pública número
acuerdo a la Resolución número 4519 del 27 de mayo de 2016, y
B. Equion Energ í a Limited , que en lo sucesivo se denominará “La Empresa”, sucursal de sociedad extranjera establecida en Colombia mediante la Escritura Pública número 3775 de la Notaría 1ª de Bogotá de fecha 30 de octubre de 1959, inscrita en la Cámara de Comercio de Bogotá el 10 de noviembre de 1959, bajo el número 19080 del libro respectivo, la cual cambió su nombre por el de Equion Energía Limited mediante Escritura Pública número 232 de la Notaría 15 de Bogotá de fecha 15 de febrero de 2011, inscrita el 19 de febrero de 2016, bajo el número 00195627 del Libro IX, identificada con el NIT 860.002.426-3 y Matrícula Mercantil número 00020384, representado en este acto por Mauricio Jaramillo Galvis , identificado con cédula de ciudadanía número 79484129 quien actúa en su condición de Representante Legal Suplente según consta en el
certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá, D. C. Han celebrado el convenio identificado con el número que encabeza este Preámbulo, regido por el clausulado contenido en documento separado denominado “ Cuerpo principal estándar de todos los convenios de colaboración suscritos entre el Ministerio de Defensa Nacional - Fuerzas Militares de Colombia - Ejército Nacional y la Empresa”.
Este Convenio estará vigente un (1) año contado a partir de su perfeccionamiento. Considerando “d.” Cuerpo principal estándar, que en ejercicio de su objeto empresarial se encuentra desarrollando actividades descritas en el apéndice como consecuencia del Contrato de Asociación río Chitamena suscrito con Ecopetrol el 3 de diciembre de 1990, el Contrato de Asociación Tauramena suscrito en Ecopetrol el 5 de mayo de 1988, el Contrato de Asociación Recetor suscrito con Ecopetrol el 31 de marzo de 1989 y el Contrato de Asociación Piedemonte suscrito con Ecopetrol el 26 de junio de 1992. 21 de septiembre de 2016. El Secretario General,
LUIS MANUEL NEIRA NÚÑEZ,
Ministerio de Defensa Nacional. El Representante Legal Suplente,
MAURICIO JARAMILLO GALVIS,
Equión Energía Limited.APÉNDICE 1: ÁREAS DE INTERÉS El área de interés del presente convenio es: No
NOMBRE DEL
PROYECTO O
SECTOR
UBICACIÓN
UNIDAD MILITAR
ENCARGADA
DE LA PROTECCIÓN
LAPSO DE
PROTECCIÓN
1
RÍO CHITAMENA,
TAURAMENA,
RECETOR, Y PIEDEMONTE Límite geográfico sector norte de la operación río Payero - referencia locación Flo I (05o 29'47.88” N - 72o 23'20.84” W), sector oriente marginal del llano, sector sur río Chitamena -Referencia locación río Chitamena (04o 55' 58.7”N - 72o 44' 03.89” W) y sector occidente Piedemonte llanero San Miguel de los Farallones referencia locaciones
río Chitamena -Referencia locación río Chitamena (04o 55' 58.7”N - 72o 44' 03.89” W) y sector occidente Piedemonte llanero San Miguel de los Farallones referencia locaciones Cus Q (05o 02' 36.44” N - 72o 42' 12.96” W), Liria YD (05o 15' 42.81” N - 72o 36' 10.59” W), Liria YR (05o 17' 46.07” N -72o 33' 44.22” W), Volcanera DeLeB (05o 23' 10.77” N - 72o 33' 44.22” W), Floreña C (05o 29' 28.83” N - 72o 31' 16.06” W) y Floreña U (05o 30' 58.54” N - 72o 22' 13.49” W)
BATALLÓN DE
INFANTERÍA “RAMÓN
NONATO PÉREZ”- BIRNO44
GRUPO MECANIZADO
GUÍAS DEL CASANARE No 16-GMGDC Desde el perfeccionamiento del convenio hasta el 31 de diciembre de 2016.
Actividad a proteger: La Empresa desarrolla actividades relacionadas con el sector de hidrocarburos, específicamente actividades de exploración, explotación, perforación, producción y transporte, además de obras civiles, construcción de facilidades, movilización y construcción de locaciones (instalaciones para perforar), trabajos de mantenimiento de pozos en el proyecto ubicado en el área de los contratos de Asociación i) río Chitamena; ii) Tauramena; iii) Recetor; iv) Piedemonte. Se requiere protección de personas,
equipos y material de manera puntual previa coordinación con el Ejército Nacional. La especial atención a que se refiere este Convenio, será prestada por tropas de la Décima Sexta Brigada orgánica de la Octava División del Ejército Nacional. El Comando de la Décima Sexta Brigada del Ejército Nacional determinará la cantidad de personal militar en estos sitios. El Ministerio de Defensa Nacional declara que en caso de que con los recursos del convenio se compren, arrienden u operen aeronaves militares, con ellas no se desarrollará ningún tipo de interceptación de aeronaves, ni se transportará personal extranjero, ni personal civil a excepción de las evacuaciones Aeromédicas o por razones humanitarias, solo se llevará abordo el armamento requerido para la defensa de su tripulación y para el uso enmarcado dentro de los términos del convenio. APÉNDICE 2: APORTES La Empresa entregará al Ministerio de Defensa Nacional - Ejército Nacional los siguientes aportes en especie hasta por la suma de setecientos sesenta y ocho millones de pesos ($768.000.000) moneda corriente.
Presupuesto: (cláusula décima séptima). Certificación de Disponibilidad de Recursos por valor de setecientos sesenta y ocho millones de pesos ($768.000.000) de fecha 19 de mayo de 2016, suscrita por el Representante Legal Suplente de la empresa.
Se aclara que el certificado de disponibilidad de recursos vigencia 2016, por valor de mil quinientos sesenta y ocho millones de pesos ($1.568.000.000) está cubriendo el presupuesto de los convenios de colaboración del Proyecto Niscota por valor de $800.000.000, discriminados de la siguiente manera: para la Décima Sexta Brigada
$600.000.000 y para la Primera Brigada $200.000.000, y para el Proyecto Piedemonte por valor de $768.000.000 para la Décima Sexta Brigada.
APORTES
DINERO
ESPECIE
VALOR TOTAL Seguridad de la Infraestructura 456.735.100 456.735.100 Bienestar de Personal 61.440.000 61.440.000 Ciencia y Tecnología 15.360.000 15.360.000 Fortalecimiento Institucional y Gastos Funcionamiento 219.104.900 219.104.900 Derechos Humanos y Protección medio ambiente 15.360.000 15.360.000 TOTAL 768.000.000 768.000.000APORTES EN ESPECIE: ($768.000.000) La Empresa suministrará en especie al Ministerio de Defensa Nacional - Ejército Nacional, bienes y/o servicios hasta por la suma de setecientos sesenta y ocho millones de pesos ($768.000.000) moneda corriente . Los cuales serán entregados por la Empresa a través de un tercero (Fiducia), cuyos gastos de administración serán asumidos dentro de los costos del Convenio, con la destinación específica y dentro del término estipulado en el cuadro siguiente, así:
OBJETO DEL GASTO: APOYO SEGURIDAD DE LA INFRAESTRUCTURA
UNIDAD BENEFICIADA
MOVILIDAD TERRESTRE
DINERO
ESPECIE
EJECUTA
VALOR
PLAZO ENTREGA O EJECUCIÓN (Empresa )
DIV8
RUBRO 2-0-4-4-1 COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES.
Actividad y combustibles y lubricantes, según plan de necesidades X FIDUCIA 10.560.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados. BR16
RUBRO 2-0-4-4-1 COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES.
Combustibles y lubricantes, según Plan de Necesidades número 7701 05 de agosto de 2016. X FIDUCIA 6.000.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados. GMGDC
RUBRO 2-0-4-4-1 COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES.
Actividad Combustibles y lubricantes, según Plan de Necesidades número 7701 05 de agosto de 2016. X FIDUCIA 27.000.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados. DIV8 RUBRO 2-0-4-4-6 LLANTAS Y ACCESORIOS. Actividad Llantas y accesorios, según plan de necesidades X FIDUCIA 9.000.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados. GMGDC RUBRO 2-0-4-4-6 LLANTAS Y ACCESORIOS. Actividad Llantas y accesorios, según Plan de Necesidades número 7701 05 de agosto de 2016. X FIDUCIA 9.000.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados. GMGDC RUBRO 2-0-4-4-20 REPUESTOS. Actividad Repuestos, según Plan de Necesidades número 7701 05 de agosto de
2016. X FIDUCIA 12.000.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados. DIV8 RUBRO 2-0-4-5-6 MANTENIMIENTO EQUIPO DE NAVEGACIÓN Y TRANSPORTE. Actividad Mantenimiento equipo de navegación y transporte, según plan de necesidades (Matto de vehículos). X FIDUCIA 18.000.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados. GMGDC RUBRO 2-0-4-5-6 MANTENIMIENTO EQUIPO DE NAVEGACIÓN Y TRANSPORTE. Actividad Mantenimiento equipo de navegación y transporte, según Plan de Necesidades número 7701 05 de agosto de 2016. X FIDUCIA 6.000.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados. BIRNO RUBRO 2-0-4-5-6 MANTENIMIENTO EQUIPO DE NAVEGACIÓN Y TRANSPORTE. Actividad Mantenimiento equipo de navegación y transporte, según Plan de Necesidades número 7701 05 de agosto de 2016. X FIDUCIA 45.720.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados.
UNIDAD BENEFICIADA
MATERIAL DE INTENDENCIA
DINERO
ESPECIE
EJECUTA
VALOR
PLAZO ENTREGA O
EJECUCIÓN (Empresa) DIV8 RUBRO 2-0-4-4-2 DOTACIÓN. Actividad Dotaciones. Material no pixelado, según plan de necesidades Compañía
de Estudios no Técnicos (Desminado Humanitario). X FIDUCIA 168.646.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados. GMGDC RUBRO 2-0-4-3-2 EQUIPO DE ALOJAMIENTO Y CAMPAÑA Equipo de alojamiento y campaña. Material no pixelado, según Plan de Necesidades número 7701 05 de agosto de 2016. X FIDUCIA 6.000.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados. GMGDC RUBRO 2-0-4-4-2 DOTACIÓN. Actividad Dotaciones. Material no pixelado, según Plan de Necesidades número 7701 05 de agosto de 2016. X FIDUCIA 16.920.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados.UNIDAD BENEFICIADA
SEGURIDAD FÍSICA DE INSTALACIONES
MILITARES/BASES MILITARES
DINERO
ESPECIE
EJECUTA
VALOR
PLAZO ENTREGA O
EJECUCIÓN (Empresa) GMGDC RUBRO 2-0-4-1-6 EQUIPO DE SISTEMAS. Actividad Equipos de sistemas, según Plan de Necesidades número 7701 05 de agosto de 2016. X FIDUCIA 9.000.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados. BIRNO
RUBRO 2-0-4-4-9 MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN.
Actividad Material de construcción, según Plan de
Necesidades número 7701 05 de agosto de 2016. X FIDUCIA 47.000.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados, en las instalaciones de la Decimosexta Brigada. GMGDC
RUBRO 2-0-4-4-9 MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN.
Actividad Material de construcción, según Plan de Necesidades número 7701 05 de agosto de 2016. X FIDUCIA 3.600.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados, en las instalaciones de la Decimosexta Brigada. GMGDC RUBRO 2-0-4-2-2 MOBILIARIO Y ENSERES. Actividad Mobiliario y enseres, según Plan de Necesidades número 7701 05 de agosto de 2016. X FIDUCIA 4.200.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados.
UNIDAD BENEFICIADA
EQUIPOS Y MATERIAL DE SANIDAD
DINERO
ESPECIE
EJECUTA
VALOR
PLAZO ENTREGA O
EJECUCIÓN (Empresa) DIV8 RUBRO 2-0-4-3-4 EQUIPO MILITAR Y DE SEGURIDAD. Actividad Botiquín de primeros auxilios M-3 Compañía de Estudios no Técnicos (Desminado Humanitario). X FIDUCIA 21.600.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados.
UNIDAD BENEFICIADA
ADQUISICIÓN DE EQUIPO TÉCNICO ESPECIAL
DINERO
ESPECIE
EJECUTA
VALOR
PLAZO ENTREGA O
EJECUCIÓN (Empresa) DIV8 RUBRO 2-0-4-3-5 OTRAS COMPRAS DE EQUIPO MILITAR. Adquisición de equipo técnico especial Compañía de Estudios no Técnicos (Desminado Humanitario). X FIDUCIA 36.089.100 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados.
TOTAL APOYO
SEGURIDAD DE LA
INFRAESTRUCTURA
456.735.100
UNIDAD BENEFICIADA
ADQUISICIÓN PASAJES PARA BIENESTAR
DINERO
ESPECIE
EJECUTA
VALOR
PLAZO ENTREGA O
EJECUCIÓN (Empresa) DIV8 RUBRO 2-0-4-11-2 VIÁTICOS Y GASTOS DE VIAJE AL INTERIOR. Actividad Adquisición de pasajes terrestres (RUTAS NACIONALES), según plan de necesidades. X FIDUCIA 9.216.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados. GMGDC RUBRO 2-0-4-11-2 VIÁTICOS Y GASTOS DE VIAJE AL INTERIOR. Actividad Adquisición de pasajes aéreos en la ruta Yopal-Bogotá-Yopal, según Plan de Necesidades número 7701 05 de agosto de 2016. X FIDUCIA 12.000.000 3 meses después de entregados los planes de inversión
aprobados. BIRNO RUBRO 2-0-4-11-2 VIÁTICOS Y GASTOS DE VIAJE AL INTERIOR. Actividad Adquisición de pasajes aéreos en la ruta Yopal-Bogotá-Yopal, según Plan de Necesidades número 7701 05 de agosto de 2016. X FIDUCIA 12.000.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados.
UNIDAD BENEFICIADA
MEJORAS DE ALIMENTACIÓN
DINERO
ESPECIE
EJECUTA
VALOR
PLAZO ENTREGA O
EJECUCIÓN (Empresa) BR16 RUBRO 2-0-4-4-18 PRODUCTOS DE CAFETERÍA Y RESTAURANTE. Actividad Productos cafetería/restaurante, según Plan de Necesidades número 7701 05 de agosto de 2016. X FIDUCIA 4.224.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados. GMGDC RUBRO 2-0-4-4-22 VÍVERES. Actividad Víveres, según Plan de Necesidades número 7701 05 de agosto de 2016. X FIDUCIA 12.000.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados.BIRNO RUBRO 2-0-4-4-22 VÍVERES. Actividad Víveres, según Plan de Necesidades número 7701 05 de agosto de 2016. X FIDUCIA 12.000.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados.
TOTAL BIENESTAR DE PERSONAL
61.440.000
OBJETO DEL GASTO: DD.HH. Y PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE
UNIDAD BENEFICIADA
PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE
DINERO
ESPECIE
EJECUTA
VALOR
PLAZO ENTREGA O
EJECUCIÓN (Empresa) DIV8 RUBRO 2-0-4-4-16 PRODUCTOS AGROFORESTALES, ABONOS Y FERTILIZANTES. Actividad Productos agroforestales, abonos y fertilizantes, según plan de necesidades. X FIDUCIA 2.304.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados. GMGDC RUBRO 2-0-4-4-16 PRODUCTOS AGROFORESTALES, ABONOS Y FERTILIZANTES. Actividad Productos agroforestales, abonos y fertilizantes, según Plan de Necesidades número 7701 05 de agosto de 2016. X FIDUCIA 6.528.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados. BIRNO RUBRO 2-0-4-2-2 MOBILIARIO Y ENSERES. Actividad Mobiliario y enseres según Plan de Necesidades número 7701 05 de agosto de 2016. X FIDUCIA 6.528.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados.
TOTAL DD.HH. Y
PROTECCIÓN AL MEDIO
AMBIENTE
15.360.000
OBJETO DEL GASTO: FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Y GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
UNIDAD BENEFICIADA
ADQUISICIÓN Y/O MANTENIMIENTO DE
MAQUINARIA Y EQUIPO
DINERO
ESPECIE
EJECUTA
VALOR
PLAZO ENTREGA O
EJECUCIÓN (Empresa) BIRNO RUBRO 2-0-4-1-15 MAQUINARIA INDUSTRIAL. Actividad Maquinaria industrial, según Plan de Necesidades número 7701 05 de agosto de 2016. X FIDUCIA 13.200.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados.
UNIDAD BENEFICIADA
ADQUISICIÓN Y/O MANTENIMIENTO PREVENTIVO
EQUIPO DE CÓMPUTO
DINERO
ESPECIE
EJECUTA
VALOR
PLAZO ENTREGA O
EJECUCIÓN (Empresa) BR16 RUBRO 2-0-4-1-6 EQUIPO DE SISTEMAS. Actividad Equipos de sistemas, según Plan de Necesidades número 7701 05 de agosto de 2016. X FIDUCIA 6.000.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados. GMGDC RUBRO 2-0-4-1-6 EQUIPO DE SISTEMAS. Actividad Equipos de sistemas, según Plan de Necesidades número 7701 05 de agosto de 2016. X FIDUCIA 3.900.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados.
UNIDAD BENEFICIADA
ADQUISICIÓN Y/O MANTENIMIENTO PREVENTIVO
EQUIPO DE CÓMPUTO
DINERO
ESPECIE
EJECUTA
VALOR
PLAZO ENTREGA O
EJECUCIÓN (Empresa) DIV8 RUBRO 2-0-4-2-1 EQUIPOS Y MAQUINARIA PARA OFICINA. Actividad Equipos y máquinas para oficina, según plan de necesidades. X FIDUCIA 5.760.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados. DIV8 RUBRO 2-0-4-2-1 EQUIPOS Y MAQUINARIA PARA OFICINA. Actividad Equipos y máquinas para oficina, Compañía de Estudios no Técnicos (Desminado Humanitario) según plan de necesidades. X FIDUCIA 127.903.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados.
UNIDAD BENEFICIADA
ADQUISICIÓN DE SUMINISTROS DE PAPELERÍA Y
ÚTILES DE ESCRITORIO
DINERO
ESPECIE
EJECUTA
VALOR
PLAZO ENTREGA O
EJECUCIÓN (Empresa)DIV8 RUBRO 2-0-4-4-15 PAPELERÍA, ÚTILES DE ESCRITORIO Y OFICINA. Actividad Papel, útiles de escritorio y oficina, Compañía de Estudios no Técnicos (Desminado Humanitario) según plan de necesidades. X FIDUCIA 29.761.900 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados. BR16
RUBRO 2-0-4-4-15 PAPELERÍA, ÚTILES DE ESCRITORIO
Y OFICINA. Actividad Papel, útiles de escritorio y oficina, según Plan de Necesidades número 7701 05 de agosto de 2016. X FIDUCIA 6.000.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados. GMGDC RUBRO 2-0-4-4-15 PAPELERÍA, ÚTILES DE ESCRITORIO Y OFICINA. Actividad Papel, útiles de escritorio y oficina, según Plan de Necesidades número 7701 05 de agosto de 2016. X FIDUCIA 4.200.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados. BIRNO RUBRO 2-0-4-4-15 PAPELERÍA, ÚTILES DE ESCRITORIO Y OFICINA. Actividad Papel, útiles de escritorio y oficina, según Plan de Necesidades número 7701 05 de agosto de 2016. X FIDUCIA 4.800.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados.
UNIDAD BENEFICIADA
ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS DE ASEO Y LIMPIEZA
DINERO
ESPECIE
EJECUTA
VALOR
PLAZO ENTREGA O
EJECUCIÓN (Empresa) BR16
RUBRO 2-0-4-4-17 PRODUCTOS DE ASEO Y LIMPIEZA.
Actividad Productos de aseo y limpieza, según Plan de Necesidades número 7701 05 de agosto de 2016. X
FIDUCIA
4.224.000
3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados. DIV8
RUBRO 2-0-4-4-17 PRODUCTOS DE ASEO Y LIMPIEZA.
Actividad Productos de aseo y limpieza, según plan de necesidades. X FIDUCIA 696.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados. GMGDC
RUBRO 2-0-4-4-17 PRODUCTOS DE ASEO Y LIMPIEZA.
Actividad Productos de aseo y limpieza, según Plan de Necesidades número 7701 05 de agosto de 2016. X FIDUCIA 3.300.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados.
UNIDAD BENEFICIADA
PASAJES PARA FUNCIONES DE MANDO Y CONTROL
DINERO
ESPECIE
EJECUTA
VALOR
PLAZO ENTREGA O
EJECUCIÓN (Empresa) DIV8 RUBRO 2-0-4-11-2 VIÁTICOS Y GASTOS DE VIAJE AL INTERIOR. Actividad Adquisición de pasajes aéreos, según plan de necesidades. X FIDUCIA 3.360.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados. GMGDC RUBRO 2-0-4-11-2 VIÁTICOS Y GASTOS DE VIAJE AL INTERIOR. Actividad Adquisición de pasajes aéreos, según Plan de Necesidades número 7701 05 de agosto de 2016. X FIDUCIA 6.000.000 3 meses después de
entregados los planes de inversión aprobados.
TOTAL FORTALECIMIENTO
INSTITUCIONAL Y GASTOS DE
FUNCIONAMIENTO
219.104.900
OBJETO DEL GASTO: CIENCIA Y TECNOLOGÍA
UNIDAD BENEFICIADA
CIENCIA Y TECNOLOGÍA
DINERO
ESPECIE
EJECUTA
VALOR
PLAZO ENTREGA O EJECUCIÓN
(Empresa) COEJE
RUBRO 2-0-4-41-4 ESTUDIOS E INVESTIGACIONES.
Actividad Ciencia y Tecnología. X FIDUCIA 15.360.000 3 meses después de entregados los planes de inversión aprobados.
TOTAL CIENCIA Y
TECNOLOGÍA
15.360.000
TOTAL APORTES EN
ESPECIE
768.000.000 Nota 1: Cuando la empresa entregue los aportes a través de terceros, los gastos de administración que se generen por esta gestión serán asumidos dentro de los montos del Convenio. Nota 2: Los bienes y servicios se entregarán por la empresa hasta agotar el valor de los aportes relacionados en el cuadro anterior.APÉNDICE 3: COMITÉ DE COORDINACIÓN
Integrantes: Un representante del Comando del Ejército Nacional.
Un representante de la Unidad Militar Comprometida. Un representante de la Empresa. Se podrán invitar otros funcionarios a solicitud de las partes, dependiendo de los temas a tratar.
Funciones:
1. Aprobar el plan de inversión para ser validado por el Segundo Comandante del Ejército.
2. Analizar los estudios de seguridad que se realicen para luego poner los resultados a consideración del Comando de Unidad Militar correspondiente.
3. Evaluar periódicamente el desarrollo general del convenio, e impulsar los correctivos necesarios para su correcta ejecución en caso de ser necesario.
4. Exponer con anticipación la programación de actividades en los sectores de interés de la empresa, para que las Fuerzas Militares también puedan programar con antelación las actividades de protección que se requieran.
5. Velar porque el desarrollo del Convenio no afecte la imagen y relaciones de las partes del convenio con la comunidad.
6. Atender todas aquellas circunstancias no previstas y que puedan entorpecer la ejecución del Convenio.
7. Evaluar la eficacia de los aportes que se reciben y el impacto de los mismos, así com
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