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MINDEFENSA - Auditoría Contrato Interadministrativo CRF-BASAN 2023

Ministerio de Defensa

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Detalles

Título
MINDEFENSA - Auditoría Contrato Interadministrativo CRF-BASAN 2023
Autor
Ministerio de Defensa
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Penal Militar
Año
2023

VICEMINISTERIO DEL GSED

COMANDO DE INGENIEROS EJÉRCITO NACIONAL

AGENCIA LOGÍSTICA DE LAS FUERZAS MILITARES

DE COLOMBIA

INFORME DE AUDITORÍA

CONTRATO INTERADMINISTRATIVO

1441-13-CRF-BASAN

2023INFORME Página 2 de 36

INFORME DE AUDITORIA CRFBASAN

Código: DP-F-003

Versión: 2

Vigente a partir de: 29 agosto de 2022

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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL República de Colombia FECHA DE EMISIÓN: 20 de abril de 2023

FECHA DE ACTUALIZACIÓN: 12 de mayo de 2023

INFORME DE AUDITORIA No. 86

El presente informe de auditoría fue modificado en su forma, los hallazgos evidenciados se confirman en la causa raíz que los originaron.

OBJETIVO

Realizar auditoría especifica al cumplimiento del Contrato Interadministrativo No 1441 de 2013 y sus derivados, cuyo objeto es: La Agencia Logística de las Fuerzas Militares en adelante ALFM, en su calidad de operador logístico se obliga con el Ministerio de Defensa Nacional -Ejercito Nacional - Jefatura de Ingenieros Militares, a efectuar todas las gestiones jurídicas, administrativas, financieras y contractuales necesarias para llevar a cabo la Construcción del Proyecto Centro de Rehabilitación funcional batallón de sanidad en adelante, CRF BASAN ubicado en el cantón caldas en la ciudad de Bogotá y la interventoría que de ella se derive.

ORIGEN

sanidad en adelante, CRF BASAN ubicado en el cantón caldas en la ciudad de Bogotá y la interventoría que de ella se derive.

ORIGEN

Solicitud del Viceministerio de Veteranos y GSED para evidenciar el estado de dicho asunto y sus consecuencias legales, fiscales y administrativas.

PERSONAL QUE ATENDIÓ LA AUDITORIA

Canal de comunicación establecido con el Comando de Ingenieros Ejército (COING) Subteniente Hernando Ramirez Jiménez Canal de comunicación establecido con la Agencia Logística de las Fuerzas Militares (ALFM): Dr. Alejandro Murillo Devia.

PERSONAL QUE ADMINISTRÓ LOS ASUNTOS A EVALUAR

Suscribieron el Contrato Interadministrativo 1441/2013 • Mayor General Guillermo Arturo Suarez Ferreira Jefe de Ingenieros Militares del Ejercito

  • Coronel Ángel Maria Martin Alfonso subdirector General (E) ALFM

Modificatorio 1 Contrato Interadministrativo 1441 • Brigadier General Fernando Pineda Solarte Jefe de Ingenieros Militares del Ejercito

  • Brigadier General Pablo Federico Przyzhodny Jaramillo Director General ALFM

Supervisores

  • Mayor Fernando Corcho Estrella – JEING
  • Capitán Carlos Norvey González Diaz JEING

Director de Infraestructura ALFM • Diego MoralesINFORME Página 3 de 36

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Código: DP-F-003

Versión: 2

Vigente a partir de: 29 agosto de 2022

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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

República de Colombia

  • Patricia Ojeda Artunduaga Ingeniera Civil

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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

República de Colombia

  • Patricia Ojeda Artunduaga Ingeniera Civil

INTRODUCCIÓN

El Batallón de Sanidad orgánico de la Brigada Logística de Apoyo No 1 en apoyo General del Comando Logístico, cuenta con capacidades logísticas enmarcadas en brindar los medios de mando, control y atención médico de campaña, apoyando el proceso de rehabilitación funcional y recuperación del personal militar de la fuerza con situacion es de sanidad, para el cumplimiento de la misión institucional; es así que a través de su equipo interdisciplinario realiza el seguimiento al personal militar, que ha sido afectado por el conflicto armado en Colombia y en situaciones diferentes como perdida de algún miembro de su cuerpo por acción de minas y artefactos explosivos puestos por los grupos armados al margen de la Ley.

Teniendo en cuenta que la demanda supera la capacidad de las edificaciones existentes lo que genera espacios con hacinamiento de personal, se han adecuado algunas instalaciones con diferentes usos que son aptas para suplir esta necesidad, pero solo se ajustan a cumplir una demanda, toda vez que las condiciones de habitabilidad de los usuarios no son óptimas y m ás si se tiene en cuenta que la población a la cual va dirigido el proyecto es personal en condiciones de discapacidad. Los antecedentes institucionales y jurídicos expuestos demuestran ampliamente la necesidad de concebir, diseñar, estructurar y poner en funcionamiento un sistema de rehabilitación, integral para los miembros de la Fuerza Pública que les proporcione las herramientas necesarias para la autogestión de sus proyectos de vida y les permita acceder a la inclusión sociolaboral.

de rehabilitación, integral para los miembros de la Fuerza Pública que les proporcione las herramientas necesarias para la autogestión de sus proyectos de vida y les permita acceder a la inclusión sociolaboral.

De acuerdo con esto y en cumplimiento de la Ley, se establece la necesidad de desarrollar un proyecto que mejore y aumente las capacidades en el tema de rehabilitación, en el marco del modelo de rehabilitación funcional para el subsistema de salud de las Fuerzas Militares y como parte del “ Sistema de Gestión de Riesgo y Rehabilitación Integral -SGRR, proyecto denominado CRFBATALLON DE SANIDAD – CRF-BASAN”, el cual busca mejorar la prestación de los servicios en Rehabilitación física y mejorar las condiciones de vida de los usuarios con nuevos y mejores procedimientos y tratamientos que requieren de una nueva y mejorada infraestructura física para su funcionamiento.

En el año 2012, se realiz ó un proceso de desarrollo conjunto de parte de la DISAN -BASAN-JEING-MDN, con el fin de definir las necesidades a resolver en el tema de rehabilitación y Batallón de Sanidad, dando como resultado el programa de necesidades del proyecto. En ese mismo año a través de los contratos de consultoría No 558 de 2012 y No 1218 de 2013 se contrataron los estudios y diseños para la construcción del proyecto CRF-BASAN ubicado en la ciudad de Bogotá, los cuales fueron entregados de acuerdo a la necesidad expresa en el tema de rehabilitación funcional, basado en el producto de las mesas de trabajo desarrolladas dura nteINFORME Página 4 de 36

INFORME DE AUDITORIA CRFBASAN

Código: DP-F-003

Versión: 2

Vigente a partir de: 29 agosto de 2022

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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL República de Colombia todo el año 2012 y, a través del Contrato Interadministrativo suscrito, se quería iniciar con la contratación de la obras que darían paso al desarrollo del proyecto CRF-BASAN el cual estaría relacionado con el Centro de Rehabilitación Integral CRI proyecto aledaño, que lo complementa en pro de crear y desarrollar un sistema de rehabilitación integral y sostenible para los miembros del Ejército Nacional personal activo en situación de discapacidad, que proporcione las herramientas necesarias para la autogestión de sus proyectos de vida.

En el año 2013 del estudio previo que sustentó el Contrato Interadministrativo, se extraen las actividades que se requieren y se indica contar con la información básica, que permite determinar el alcance de los trabajos de adecuación necesar ios para llevar a cabo la correcta ejecución del proyecto CRF-BASAN, considerando todas las características para que la funcionalidad fuera óptima, indicando que incluía: i) cableado estructural, ii) redes de seguridad y control, iii) gases medicinales, iv ) aire acondicionado, v) calderas, entre otros.

Los precios fueron resultado de los procesos de consultoría antes citados , así como el calculó del valor del Contrato Interadministrativo, producto de las cantidades de obra por el valor unitario de cada una de las actividades consideradas en el proyecto, incluidos los costos de mano de obra, equipo, transporte, así como los costos causados por la administración, los imprevistos

Interadministrativo, producto de las cantidades de obra por el valor unitario de cada una de las actividades consideradas en el proyecto, incluidos los costos de mano de obra, equipo, transporte, así como los costos causados por la administración, los imprevistos y la Utilida d -AIU, (incluido el IVA del 16% en su momento) permitidos en este tipo de presupuestos. Los precios unitarios fueron evaluados sobre la base de la información centralizada en el Centro de Costos de la Jefatura de Ingenieros y la información histórica disponible sobre los proyectos similares que había ejecutado la Jefatura en los últimos años.

El Contrato Interadministrativo se suscribe el 23 de diciembre de 2013, por $29.938.101.992 (distribuidos según se puede evidenciar en el concepto de Carlos Hernán Sierra Ramírez de septiembre de 2014 , así: para obra $28.776.607.784 y para interventoría $1.161.494.204), con plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre de 2014, estableciendo que en caso de requerirse mayores recursos para ejecutar a satisfacción el proyecto; estos se gestionarían.

La forma de pago pactada inicialmente fue: i) primer pago $11.387.101.992, ii) segundo pago por $12.000.000.000 contra el 50% del avance de la obra y iii) ultimo pago por $6.551.000.000 contra acta de recibo final de obra, los pagos uno y dos suman $18.551.000.0000. El 23 de mayo de 2014 en comité de coordinación se determinó la necesidad de solicitar vigencias futuras por

valor de $5.000 Millones, así: i) $873.194.600 (2015 y 2016) y ii) $4.126.805.400 (2014), que eran necesarias para el Contrato Interadministrativo y ampliar su ejecución hasta el 2016, se pacta analizar jurídicamente la modificación de la forma de pago de los recursos de vigencias 2014 y se aclara que una vez cumplidos estos trámites se procedería a iniciar por parte de la ALFM el proceso en el mes de agosto de 2014.

El EJC-JEING el 30 de septiembre de 2014, por medio del supervisor, el Mayor Fernando Corcho Estrella, emit ió concepto técnico recomendando la prórroga de l Contrato Interadministrativo hasta el 31 de diciembre de 2015, teni endo en cuenta que el paquete técnico con el recurso inicial asignado solo cubría el 75 % del proyecto y era necesaria la adición por $3.725.009.081 para l ograr un mayor alcance. La abogada Yurian Alexandra Penagos, el 1 de octubre de 2014 emite concepto jurídico indicando que la solicitud de ampliación en el tiempo de ejecución obedece a retrasos en el proceso de contratación que debía adelantar la ALFM para contra tar la obra y la interventoría, adicional a que el tiempo de ejecución sobrepasaba el plazo pactado, solicitando el análisis desde el punto de vista presupuestal y económico de la solicitud de modificación de la forma de pago conceptuada por el asesor presupuestal, toda vez que la misma correspondía a un estudio presupuestal de vigencias futuras del proyecto y manifiesta que la adición es necesaria para llevar a cabo la ejecución del proyecto, debido a que el alcance inicial no cubría el 100% de la necesidad para llevar a cabo elINFORME Página 5 de 36

para llevar a cabo la ejecución del proyecto, debido a que el alcance inicial no cubría el 100% de la necesidad para llevar a cabo elINFORME Página 5 de 36

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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL República de Colombia paquete técnico que hacía parte integral de l Contrato Interadm inistrativo y que el restante era para adicionar al contrato de interventoría, para que correspondiera al 7% del valor de la obra en total.INFORME Página 6 de 36

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El 17 de octubre de 2014 se prorroga y adiciona el Contrato Interadministrativo hasta el 31 de diciembre de 2015 y no hasta el 2016 como solicitó la ALFM, a la espera del trámite de la vigencia futura (2016) y se adicionan los valores correspondientes a:

DETALLE VALOR INCIAL MODIFICATORIO 1 TOTAL

VALOR INICIAL CONVENIO OBRA $28.776.607.784 $33.557.310.005

VALOR INICIAL CONVENIO INTERVENTORIA $1.161.494.204 $1.255.607.702

14. Instalación de espejos $22M

VALOR INICIAL CONVENIO OBRA $28.776.607.784 $33.557.310.005

VALOR INICIAL CONVENIO INTERVENTORIA $1.161.494.204 $1.255.607.702

14. Instalación de espejos $22M

20. Equipos especiales (presión, A/A y ventilación mecánica, RCI, piscina de ejercicios) $654M

21. Empradización y piso en losetas $158M

22. Aseo general $27M

24. Red de gases medicinales (aire, oxígeno y vacío), alarmas, señales, toma $389M

25. Red de seguridad y control, cableado estructurado (llamado de enfermería, parlantes, red inalámbrica wifi, video, seguridad y control, electrónica de red) $ 1.279M TOTAL COSTOS DIRECTOS $2.529M + AIU 24%INFORME Página 7 de 36

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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL República de Colombia AIU 24% $607M Suministro de ascensor camillero tipo MC 2/2000 Kg + ascensor de servicio (1000kg) $689M sin AIU

TOTAL ADICION PARA OBRA $3.826.178.627.82

4% FALTANTE DE AIU DE LOS PRIMEROS $29.938.101.988 $954.523.592.81

RECURSOS ADICIONALES PARA INTERVENTORÍA $94.113.534.37

4% FALTANTE DE AIU DE LOS PRIMEROS $29.938.101.988 $954.523.592.81

RECURSOS ADICIONALES PARA INTERVENTORÍA $94.113.534.37

TOTALES $29.938.101.998 $4.874.815.715 $34.812.917.707

El Mayor Fernando Corcho Estrella el 10 de octubre de 2014, avala esta distribución con el fin de asegurar que el proyecto sea ejecutado al 100% y la interventoría que de ella se derive y así evitar una obra inconclusa, donde indica que el recurso asignado solo cubría el 76% (antes se reportó 75%) para obra e interventoría.

La ALFM en el marco de l Contrato Interadministrativo No 1441 de 2013 suscrito, adelantó el proceso de licitación pública No 002229-2014; así:

ACTIVIDADES VALOR TOTAL

1. PRELIMINARES $ 254.848.586,64

2. CIMIENTOS $ 3.540.472.712,46

3. DESAGUES E INST. SANITARIAS $ 278.874.920,00

4. PISOS - BASES - RELLENOS $ 325.107.960,54

5. ESTRUCTURAS EN CONCRETO $ 8.077.337.002,60

6. MAMPOSTERIA $ 1.195.025.097,05

7. INSTALACIONES HIDRAULICAS $ 808.871.368,46 7a. RED DE GAS $ 109.188.078,84

8. INSTALACIONES ELECTRICAS (incluye sistema de detección de incendios) $ 2.710.781.785,78

9. PAÑETES-RESANES $ 505.361.988,36

8. INSTALACIONES ELECTRICAS (incluye sistema de detección de incendios) $ 2.710.781.785,78

9. PAÑETES-RESANES $ 505.361.988,36

10. CUBIERTAS $ 584.682.202,96

11. CIELOS RASOS $ 310.263.436,25

12. PISOS - ACABADOS $ 1.673.879.308,08

13. ENCHAPES Y ACCESORIOS $ 253.304.852,44

15. APARATOS SANITARIOS $ 198.476.030,00

16. CARPINTERIA MADERA Y CONCRETO $ 363.073.487,92

17. CARPINTERIA METALICA $ 1.779.238.338,07

18. CERRAJERÍA $ 73.863.312,00

19. PINTURA $ 632.231.200,20

21. OBRAS EXTERIORES -FASE I- $ 188.208.151,55

COSTOS DIRECTOS $ 23.863.089.820,20

AIU 24% $5.727.141.556.86

TOTAL $29.590.231.376.81

Ascensor SIN AIU $140.900.000.00

TOTAL PRESUPUESTO $29.731.131.376.81INFORME Página 8 de 36

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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL República de Colombia Igualmente, y durante la etapa de planeación del proceso de la licitación antes mencionada, se evidenció lo recomendado por el JEING frente a la experiencia que debía tener los oferentes, sin embargo, en el cua dro que a continuación se expone la ALFM estableció la experiencia especifica así:

Proceso ALFM Oficio 1088 ALRTING-GTO202-2 del 25/06/2014 ALFM Solicitud estudios previos JEING iniciales Deberán acreditar la experiencia de conformidad con la información inscrita en el RUP No se tendrán en cuenta contratos que hayan sido suscritos y ejecutados con fecha anterior al 9 de enero de 1998

Para las UT o Consorcios o Promesa de sociedad futura se indicó que uno de sus integrantes debía acreditar el 60% de la experiencia exigida y el restante de los integrantes deberían acreditar la sumatoria restante 40% de la experiencia mínima exigida, es decir como m ínimo el valor del presupuesto oficial. Se acreditará con un máximo tres (03) contratos ejecutados dentro de los últimos diez (10) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección, debidamente certificados, que estén inscritos en el RUP, y cuya sumatoria del valor total ejecutado sea igual o superior a dos (2) veces el valor del presupuesto oficial, expresado en SMLMV Obra pública o privada en construcción de edificaciones

en el RUP, y cuya sumatoria del valor total ejecutado sea igual o superior a dos (2) veces el valor del presupuesto oficial, expresado en SMLMV Obra pública o privada en construcción de edificaciones hospitalarias con máximo 4 contratos por 46.487 SMMLV

Acreditar como mínimo cinco (5) contratos de obra que debían haber sido contratados, ejecutados y terminados en los últimos 12 años. De los cuales, por lo menos uno (01) debe: a. Corresponder a la construcción de hospitales o infraestructura hospitalaria. b. Acreditar un valor ejecutado mayor o igual al del presupuesto oficial. c. Acreditar un área de construcción mayor o igual a (14.000m2). d. Contemplar el montaje de Instalaciones especiales, tales como:

I. Suministro e instalación de ascensores,

II. Suministro e instalaciones de redes de gases,

III. Suministro e instalación de sistemas de voz y datos,

IV. Suministro e instalación de cableado estructurado y sistema regulado,

V. Suministro e instalación de sistemas de detección y extinción de incendios, Si la certificación y las actas de recibo final o el acta de liquidación del contrato, sea expedida por personas de derecho privado (…) el proponente deberá anexar copia del contrato o fac tura cambiaria.

Con un área de 9.000 m2 cada uno de ellos. Acreditando las actividades de las cuales pueden ser complementarias entre los contratos que presente el oferente, pero en todo caso certificando todas, así: ✓ Preliminares, ✓ Demoliciones, ✓ Cimientos,

Acreditando las actividades de las cuales pueden ser complementarias entre los contratos que presente el oferente, pero en todo caso certificando todas, así: ✓ Preliminares, ✓ Demoliciones, ✓ Cimientos, ✓ Instalaciones hidrosanitarias, ✓ Pisos, Bases, Rellenos, Pisos y Acabados ✓ Estructura en Concreto, ✓ Mampostería, Pañetes ✓ Instalaciones Eléctricas, ✓ Cubiertas, Cielos Rasos, Aparatos Sanitarios, ✓ Carpintería Metálica, Carpintería Madera, ✓ Pintura, ✓ Calderas,INFORME Página 9 de 36

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VI. Suministro e Instalación de redes eléctricas de media y baja tensión.

VII. En caso de que se certifique un contrato que incluya la ejecución de varias edificaciones, éste deberá contener la ejecución, en un máximo de tres edificaciones, de un valor equivalente a (46.715 SMMLV) expresado en Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes. ✓ Redes de seguridad y control, ✓ Cableado estructurado, ✓ Aire acondicionado, Ventilación mecánica, ✓ Sistema de detección de incendios, Instalación de Gas domiciliario, ✓ Redes de Gases medicinales y

✓ Cableado estructurado, ✓ Aire acondicionado, Ventilación mecánica, ✓ Sistema de detección de incendios, Instalación de Gas domiciliario, ✓ Redes de Gases medicinales y ✓ Obras Exteriores. Para acreditar lo establecido en los literales anteriormente descritos debe aportarse, copia del acta de recibo final de obra o del acta de liquidación del contrato.

A través de copia del contrato, acta de terminación y liquidación de obra, certificación y acta de liquidación. El 14 de noviembre de 2014 la ALFM publica adenda 3, donde precisa: Nota: Para acreditar lo establecido en lo literales anteriormente descritos debe aportarse, certificación o copia del acta de recibo final de obra o acta de liquidación del contrato.

Cerrado el proceso de contratación, solo se recibe una única propuesta y una vez evaluada en los aspectos técnicos, jurídico y financiero, se procedió a adjudicar el contrato de Obra No 260 -2014, a la firma Unión Temporal BASAN 2014 por un valor de $29.704.889.800, y cuyo objeto es: “Construcción del proyecto Centro de Rehabilitación funcional Batallón de Sanidad CRF-BASAN en Bogotá- Cundinamarca”, dicha Unión Temporal se encuentra conformada por las empresas:

  • Compañía de Ingeniería y Negocios y Servicios S.A. – COINSES, Nit. 900.047.321 -7, 50%, Rep resentante Legal: Gary Eberto Espitia Camargo • Inversiones Kambiar S.A.S., Nit. 900.032.370-2, 50%, Representante Legal. Juan Carlos Manosalva Carvajal – SE DESIGNA

Eberto Espitia Camargo • Inversiones Kambiar S.A.S., Nit. 900.032.370-2, 50%, Representante Legal. Juan Carlos Manosalva Carvajal – SE DESIGNA

COMO REPRESENTANTE LEGAL DE LA UNION TEMPORL BASAN 2014.

Sin embargo, durante la revisión documental realizada al proceso de contratación, se evidenció que la UT Basan 2014 presentó la siguiente certificación que fue tenida en cuenta para acreditar la experiencia especifica exigida:INFORME Página 10 de 36

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Estas observaciones fueron respondidas por la ALFM en el siguiente sentido: i) la inhabilidad se extenderá por un término de 3 años contados a partir de la inscripción de la última multa o incumplimiento en el RUP de acuerdo con la información remitida por las entidades públicas. La inhabilidad pertinente se hará explicita en el texto del respectivo certificado. La sanción impuesta por la SIC, obedece a una sanción dentro del periodo 2014, requiriéndose para que surta la inhabilidad, lo previsto y ii) el comité técni co aclara que la experiencia del proponente se validó a partir de la información certificada en el RUP como ejecutado a la fecha de la certificación expedida del 19 de agosto de 2014 de conformidad con el decreto 1510 de 2013.

Frente a la acreditación de la experiencia especifica que se derivaba de los contratos que el proponente hubiese celebrado y ejecutado dentro de los últimos diez años, ésta se verifica con el Registro Único de Proponentes –RUP–, en el cual constan los requisitos habilitantes que se evalúan exclusivamente con este documento, que es su plena prueba, sin que la entidad o el proponente, en principio, puedan solicitar o aportar otra documentación, sin perjuicio de lo anterior, cuando por las características del ob jeto a

habilitantes que se evalúan exclusivamente con este documento, que es su plena prueba, sin que la entidad o el proponente, en principio, puedan solicitar o aportar otra documentación, sin perjuicio de lo anterior, cuando por las características del ob jeto a contratar y con la finalidad de acreditar una debida idoneidad y experiencia del proponente que fue exigida en los pliegos del proceso No. 002-229_2014: “Para acreditar lo establecido en lo literales anteriormente descritos debe aportarse, certificación o copia del acta de recibo final de obra o acta de liquidación del contrato”, y se requieran verificar requisitos o información adicional a los contenidos en el RUP, las entidades deben hacer la verificación de forma directa. La entidad estableció en los Documentos del Proceso – particularmente en el pliego de condiciones – los documentos o instru mentos que exigiría a los proponentes para acreditar dicha experiencia, contando con discrecionalidad para establecer los mismos.

El contrato 260-14 se suscribe y da inicio el 9 de febrero de 2015, con fecha de terminación del 8 de diciembre de 2016, fecha posterior a la terminación del Contrato Interadministrativo (31 de diciembre de 2015), situación de conocimiento del EJC-JEING, y solo hasta el 11 y 12 de noviembre de 2015 con oficios No. 1806 y 1852 la ALFM solicita la prórroga d el Contrato Interadministrativo, teniendo en cuenta lo pactado en el modificatorio uno, reporta a su vez avance del 18.21% y pide celeridad en el trámite de vigencias futuras del 2016.

En noviembre de 2015 el teniente Diego Felipe Adrada Córdoba, el AS Carlos Hernán Sierra Ramírez, el Capitán Gerardo Mojica, el

del 2016.

En noviembre de 2015 el teniente Diego Felipe Adrada Córdoba, el AS Carlos Hernán Sierra Ramírez, el Capitán Gerardo Mojica, el AS Humbert Preciado García, avalan la solicitud y se reporta avance del 25.1%, se indica que no se afecta el equilibrio económico del contrato, toda vez que se está solicitando un mayor tiempo para ejecutar las actividades pendientes y recomiendan cambiar forma de pago de los $748.010.315 restantes, en virtud del artículo 14 del estatuto orgánico del presupuesto. La abogada Yurian Alexandra Penagos Torres conceptuó que, una vez verificada la parte presupuestal, se establece que la aprobación de las vigencias futuras no es necesaria toda vez que el contrato desde el punto de vista económico y presupuestal posee ya los recursos sufic ientes para su terminación, de igual forma solicita analizar presupuestalmente la forma de pago para generar entrega del 100% del contrato, en virtud del concepto No. 8011 de la CGR , teniendo en cuenta que el contrato está definido como una colaboración entre entidades públicas y es claro que le corresponde a la ALFM velar por la buena administración de los recursos entregados y mientras los recursos asignados para la contratación no salgan de la esfera estatal y del principio de responsabilidad que ello comporta, no se configuraría un detrimento patrimonial para el Estado.

Es de resaltar que en el contrato 260/14, establece en el numeral 10.1.3 que el contratista debía, previo a la firma del acta de inicio presentar la preaprobación del cupo de crédito rotativo de una Entidad Financiera con destinación especifica al proyecto, por el 30% del presupuesto total del proceso, sin embargo, en el primer informe de la interventoría se manifiesta que:” (…) no se ha entregado

presentar la preaprobación del cupo de crédito rotativo de una Entidad Financiera con destinación especifica al proyecto, por el 30% del presupuesto total del proceso, sin embargo, en el primer informe de la interventoría se manifiesta que:” (…) no se ha entregado por parte del contratista el CUPO DE CREDITO POR EL 30% del presupuesto (…) lo que se le ha informado a la entidad contratante.”INFORME Página 13 de 36

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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

República de Colombia

El 19 de noviembre de 2015 se lleva cabo ponencia ante el comité de adquisiciones nivel Jefe de Ingenieros del Ejército, en e sta ponencia en calidad de Gerente del proyecto, el TC Carlos Augusto Ortiz Vásquez, recomienda la prórroga y el giro de la total idad del recurso y manifiesta que se debe solicitar a la ALFM, copia de la documentación soporte de los contratos de obra, suscrip ción acta de inicio, informes de avance de ejecución de obra y los nuevos cronogramas de obra con base en esta prórroga, solicitando la participación de la auditoria del JEING, para que adelante vigilancia y seguimiento al cumplimiento estricto de esta nueva programación y evitar que se generen más prorrogas o modificaciones en materia de tiempo, se aprueba la solicitud de la ALFM y se suscribe el segundo modificatorio el 1 de diciembre de 2015. Sin embargo, no se evidencia seguimiento a la solicitud del comité del

programación y evitar que se generen más prorrogas o modificaciones en materia de tiempo, se aprueba la solicitud de la ALFM y se suscribe el segundo modificatorio el 1 de diciembre de 2015. Sin embargo, no se evidencia seguimiento a la solicitud del comité del comité del 2 de octubre de 2014, que se adelantó para la primera modificación en el sentido de haber solicitado iniciar por parte de la Jefatura de Ingenieros las investigaciones necesarias para establecer la demora del proceso y a la ALFM las investigaciones respecto de la no ejecución del proyecto y se entiende que la prórroga no contiene los soportes que debían ser necesarios para su justificación, sino que se solicitarían posteriormente.

Así sucesivamente se siguen suscribiendo modificatorios, ahora por parte de l CENAC, en los años, 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020 pactando plazo de terminación para el 30 de junio de 2021, teniendo en cuenta que se desactivó el JEING mediante disposición No. 004 del 26/2/16 y nace el COING con Resolución 3402 del 28/4/16 sin facultad de con

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