MINDEFENSA - Auditoria Dirección de Aviación Policía Nacional 2021
Ministerio de Defensa
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Disponible
Detalles
- Título
- MINDEFENSA - Auditoria Dirección de Aviación Policía Nacional 2021
- Autor
- Ministerio de Defensa
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Penal Militar
- Año
- 2021
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
República de Colombia
FORMATO Códi o: EI-F-010
Versión: 1
Informe de auditoría Vigente a partir de: 23 de septiembre de 2019 Auditoría No. 098 Fecha: Día Mes Año 20 Diciembre 2021 Área, Dependencia, Dirección de Aviación Policía Nacional Entidad o Proceso Auditado Período Auditado Responsable del Área, Dependencia, Entidad y/o Proceso auditado Auditor Principal Equipo Auditor
Objetivo: Alcance: Criterios die Auditoría 2020 - 2021
CR. Romel Alcides Berna te Suarez - Director de Aviación Policía Nacional TC. Erika Pedraza Murillo - Jefe Grupo Talento Humano An tinarcóticos TC. John Carlos Rojas Rincón - Jefe Grupo Operaciones Aéreas Policía Nacional Reinaldo Lizarazo Zuñiga Evaluar parcial y selectivamente el registro de horas de vuelo y viáticos del personal que integra la tripulación aérea de la Policía Nacional, en cumplimiento del Programa Anual de Auditorias de la Oficina de Control Interno Sectorial de la vigencia 2021, a fin que los resultados de la auditoria sirvan para mejorar la gestión de riesgos, generar valor y mejorar la evaluación de los controles establecidos para garantizar la administración, eficiencia y confiabilidad de los registros en el manejo del presupuesto asignado para la operación aérea en razón de las necesidades del servicio. La Auditoria se efectuará desde el 22 de noviembre al 17 de diciembre de 2021 y comprenderá la verificación en forma virtual y presencial los soportes documentales de la Unidad Policial
para la operación aérea en razón de las necesidades del servicio. La Auditoria se efectuará desde el 22 de noviembre al 17 de diciembre de 2021 y comprenderá la verificación en forma virtual y presencial los soportes documentales de la Unidad Policial seleccionada, a fin de garantizar el cumplimiento del objetivo propuesto en el presente plan de trabaio. Para el cumplimiento de los objetivos propuestos en el presente Plan de Trabajo, se determinaron los siguientes criterios de Auditoría: • Constitución Política de Colombiana 1991. • Ley 87 de 1993 "Por la cual se establecen normas para el ejercicio del Control Interno en las entidades y organismos del estado y se dictan otras disposiciones". • Ley 594 de 2000 "Por medio de la cual se dicta la Ley General de Archivos y se dictan otras disposiciones".fifi-.--.• _, ,•. -. • - ¡ übet1ud •, Ü!den Fecha de
Apertura:
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Informe de auditoría Vigente a partir de: 23 de septiembre de 2019 • Ley 14 7 4 de 2011 "Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la Gestión Pública". • Ley 1476 de 2011 "Por la cual se expide el régimen de responsabilidad administrativa por pérdida o daño de bienes de propiedad o al servicio del Ministerio de Defensa Nacional, sus entidades adscritas o vinculadas o la Fuerza Pública". • Manual de Operaciones Aéreas de la Policía Nacional.
responsabilidad administrativa por pérdida o daño de bienes de propiedad o al servicio del Ministerio de Defensa Nacional, sus entidades adscritas o vinculadas o la Fuerza Pública". • Manual de Operaciones Aéreas de la Policía Nacional. • Política de viáticos que se haya definido para la tripulación de las aeronaves de la Policía Nacional. • Manuales, Guías, Instructivos y Procedimientos que definan los controles sobre los bienes del Ministerio de Defensa Nacional. • Demás normas aplicables para el cumplimiento de los objetivos. 26 de noviembre de 2021
Fecha de Cierre: 17 de noviembre de 2021
Resultados de la Evaluación
1. Aspectos Generales La auditoría se desarrolló en cumplimiento a las actividades propuestas dentro del Plan Anual de Auditorías de la Oficina de Control Interno Sectorial del Ministerio de Defensa Nacional para la vigencia 2021. Se tomaron como antecedentes para la Auditoría los informes de Auditoría desarrollados por el Área de Control Interno de la Policía Nacional, se verificó parcial y selectivamente ordenes de servicio u operaciones así como órdenes de desplazamiento, comisiones de vuelo, informes de legalización de comisiones, y demás soportes documentales que permitieran identificar adecuado registro y control en relación a las horas de vuelo reportadas por los pilotos y los registros que reposan en la oficina de operaciones aéreas de la de la Policía Nacional.
Finalmente se efectuó una revisión parcial y selectiva al procedimiento de asignación y pago de viáticos al personal que integra la tripulación aérea de la Policia Nacional. Durante la presente auditoría se aplicaron normas de auditoría generalmente aceptadas tales como pruebas de recorrido, entrevistas, evaluac·_ón de riesgos,
pago de viáticos al personal que integra la tripulación aérea de la Policia Nacional. Durante la presente auditoría se aplicaron normas de auditoría generalmente aceptadas tales como pruebas de recorrido, entrevistas, evaluac·_ón de riesgos, verificación y evaluación de controles, cuestionarios, recolección de evidencias documentales, cruces de información, entre otras, así como las nonnas, políticas y procedimientos vigentes.
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Informe de auditoría Vigente a partir de: 23 de septiembre de 2019 La auditoría se apertura el día 26 de noviembre de 2021 en la sala de juntas del Área de Control interno de la Policía Nacional localizada en la Dirección General de la Policía Nacional (DIPON). Las pruebas de recorrido se iniciaron el día 06 de diciembre en las Instalaciones de la Dirección Antinarcóticos ubicadas en el Aeropuerto Guaymaral en donde se obtuvo información relacionada con las operaciones aéreas que desarrolla la Policía Nacional, así como los diferentes controles establecidos a fin de garantizar la misionalidad operativa de la Dirección de Aviación Policial. Se evidenció la existencia del Centro Estratégico de Monitoreo de Aviación Policía (CEMAP), lugar desde donde se controlan las operaciones aéreas desarrolladas por la Policía Nacional y se ejecutan las siguientes acciones: • Realizar seguimiento a la programación de los itinerarios, considerando la ubicación en tiempo real de las aeronaves. • Seguimiento a las condiciones meteorológicas y demás datos aeronáuticos para informar a las tripulaciones que se encuentren en el desarrollo de una operación aérea.
ubicación en tiempo real de las aeronaves. • Seguimiento a las condiciones meteorológicas y demás datos aeronáuticos para informar a las tripulaciones que se encuentren en el desarrollo de una operación aérea. • Verificar la ubicación geográfica de unidades en tierra que requieran apoyo aéreo de las aeronaves de la Policía Nacional Durante la prueba de recorrido se informó al auditor respecto del procedimiento establecido para iniciar cada una de las operaciones aéreas en donde se logró establecer que, para cada movimiento operacional de las aeronaves, así como de la tripulación, debe existir un requerimiento debidamente aprobado así: • Vuelos solicitados por las diferentes entidades estatales e instituciones con las cuales la Policía Nacional de Colombia tenga convenios vigentes, son aprobados por el Director de la Policía Nacional o quien haga sus veces. • Vuelos solicitados por las diferentes unidades policiales, son aprobados por el Subdirector de la Policía Nacional o quien haga sus veces. • Vuelos de apoyo propios a la misionalidad de la Dirección de Antinarcóticos, son apro ados por el Director de Antinarcóticos y el jefe de Aviación Policial. • Vuelos de mantenimiento y logística de la Aviación Policial, son aprobados por el Jefe de Aviación Policial. • Vuelos de Instrucción de la Escuela de Aviación Policial, son autorizados por el Director de la Escuela de Aviación Policial o quien haga sus veces. Los requerimientos para la movilización de las aeronaves y de la tripulación son aprobados y programados en el Sistema de Información de Monitoreo de Aviación Policial (SIMAP). El citado Sistema entró en funcionamiento el día 01 de mayo de 2019.
Los requerimientos para la movilización de las aeronaves y de la tripulación son aprobados y programados en el Sistema de Información de Monitoreo de Aviación Policial (SIMAP). El citado Sistema entró en funcionamiento el día 01 de mayo de 2019.
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República de Colombia Versión: 1
Informe de auditoría Vigente a partir de: 23 de septiembre Uberíod y Ordet1 de 2019 La auditoría logró evidenciar que para garantizar la confiabilidad del Sistema de Información de Monitoreo de Aviación Policial (SIMAP), se realizan pruebas de vulnerabilidad al aplicativo en coordinación con la oficina de Telemática de la Dirección de Antinarcótico con el fin de identificar que el sistema no permita la duplicidad de registros, registros con horas mayores a 8 Hora máqu • na, y registros con fecha menores al O 1 / 05/2019 fecha de inicio de funcionamiento del sistema. La programación de vuelos se encuentra definida en el Manual de Aviación Policial, en consecuencia, se verificó parcial y selectivamente la programación de vuelos y de tripulación, logrando establecer qué el sistema SIMAP, no permite programar tripulación que tenga novedades tales como: Pérdida de Autonom:·a, vacaciones, licencias médicas, entre otras salvedades. De acuerdo con la Resolución 1808 de 03 de mayo de 2019, el Tiempo de Vuelo Máquina (Art. 144) Es el tiempo transcurrido cuando la aeronave comienza a moverse en la pista con el propósito de despegar o cuando un helicóptero despega de la superficie terrestre, hasta que la aeronave ha aterrizado.
Máquina (Art. 144) Es el tiempo transcurrido cuando la aeronave comienza a moverse en la pista con el propósito de despegar o cuando un helicóptero despega de la superficie terrestre, hasta que la aeronave ha aterrizado. En virtud de lo anterior, las horas máquina son el elemento sustancial para calcular las horas de vuelo de los Pilotos de la Policía Nacional, las cuales se calculan así: Horas Vuelo Máquina+ (Horas Vuelo Máquina 0.3). En los vuelos de mantenimiento el cálculo se efectúa así: (Horas Vuelo Máquina 3.0 ). Se evidenció que, para el registro de las horas de vuelo, las aeronaves cuentan con una tableta electrónica que permite acceder a la APP SIMAP, en donde registran la hora de inicio y finalización del vuelo, el sistema automáticamente calcula las horas de vuelo de la máquina. La auditoría verificó parcial y selectivamente informes emitidos por parte del analista de estadística de vuelo, los cuales contienen información de los datos suministrados por el personal del centro de comando y control (fajas de vuelo), la información reportada por el Grupo de Control Producción referente a los reportes diarios de aeronaves y los registros almacenados en el Sistema de Información de Monitoreo de Aviación Policial (SIMAP) con el fin de establecer la veracidad de los registros y las novedades que se puedan generar. La auditoría no evidenció inconsistencias. Así mismo, la auditoría verificó parcial y selectivamente los reportes mensuales de primas de vuelo de los tripulantes, en los cuales se evidencian las horas de vuelo actuales, las horas voladas en el mes y el total de horas de vuelo registradas a la fecha. El objetivo de esta actividad es poder efectuar una trazabilidad de las horas de
primas de vuelo de los tripulantes, en los cuales se evidencian las horas de vuelo actuales, las horas voladas en el mes y el total de horas de vuelo registradas a la fecha. El objetivo de esta actividad es poder efectuar una trazabilidad de las horas de vuelo registradas y poder determinar la eficacia de los controles establecidos. En las instalaciones del Grupo Talento Humano de la Dirección de Antinarcóticos, ubicadas en el Aeropuerto Militar de CATAM, se verificó parcial y se1ectivamente el registro de horas de vuelo evidenciando que la información reportada por operaciones 4_ ....... MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL FORMATO Código: EI-F-010 \1)fi República de Colombia Versión: 1 Informe de auditoría Vigente a partir de: 23 de septiembre LJ'berlod y ()ideo de 2019 aéreas concuerda con la información registrada en el Grupo de Talento Humano. En consecuencia, la Auditoría no evidenció posibles irregularidades. La auditoría evidenció la existencia de registro de 60 tirillas de consignac1on del Banco BBVA, las cuales de acuerdo con la información suministrada por el Grupo de Talento Humano son producto de reintegro con ocasión a unas horas de vuelo reportadas en el antiguo Sistema de Información de Horas de Vuelo (SIHOV) y que fueron liquidadas y canceladas en vigencias anteriores a un personal de pilotos. Así mismo, se informó a la auditoría que a la se encuentra pendiente por reintegro un (01) señor oficial de efectuar el reintegro del valor cancelado. Respecto al reconocimiento de prima de vuelo se evidenció que no se efectúa reconocimiento de Prima de Vuelo al personal del Nivel Ejecutivo de la Policía
(01) señor oficial de efectuar el reintegro del valor cancelado. Respecto al reconocimiento de prima de vuelo se evidenció que no se efectúa reconocimiento de Prima de Vuelo al personal del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional, sin embargo, la auditoría no advierte incumplimiento normativo toda vez que el Decreto Ley 1212 de 1990, por el cual se reforma el esta tu to del Personal y Suboficiales de la Policía Nacional, en su artículo 75 establece reconocimiento de tal beneficio al personal de Oficiales y Suboficiales así: "Los Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional que desempeñen funciones como tripulantes de aeronaves de la institución o de otras entidades para el servicio de la Policía Nacional, siempre que comprueben haber volado durante un tiempo mínimo de (049 horas mensuales recibirán una prima de vuelo equivalente al (20%) del sueldo básico mensual, porcentaje que se aumentará en un uno por ciento ( 1 %) por cada 1 00 horas de vuelo hasta completar tres mil (3000) horas. De tres mil (3000) horas en adelante sólo se computará el medio por ciento (l/2%) por cada cien (100) horas adicionales, sin que el total de la prima de vuelo exceda el sueldo básico del Oficial o Suboficial". Así mismo, se evidenció para efectos pensionales el Decreto 4433 de 2004, por medio del cual se fija el régimen pensiona! y de asignación de retiro de los miembros de la Fuerza Pública, en su artículo 6 hace referencia al reconocimiento de prima de vuelo como factor pensiona! o asignación de retiro para el personal de Oficiales y Suboficiales así: "Para efectos de asignación de retiro y pensiones la prima de vuelo se
Fuerza Pública, en su artículo 6 hace referencia al reconocimiento de prima de vuelo como factor pensiona! o asignación de retiro para el personal de Oficiales y Suboficiales así: "Para efectos de asignación de retiro y pensiones la prima de vuelo se liquidará solamente a los Oficiales y Suboficiales de la Aviación del Ejército, a los Oficiales y Suboficiales de Aviación Naval, a los Oficiales del Cuerpo de Vuelo y Suboficiales del Cuerpo Técnico Aeronáutico de la Fuerza Aérea, todos ellos en desempeño de sus funciones como tripulantes de aeronaves militares y otra clase de aeronaves al servicio de las fuerzas Militares y los Oficiales y Suboficiales que desempeñen funciones como tripulantes de aeronaves de la Policía Nacional o a su servicio, que tengan veinte (20) o más años de servicio y un mínimo de tres mil (3000) horas de vuelo. En virtud de lo expuesto y aunque persiste la posibilidad de demandas que reclamen igualdad de condiciones, la auditoría no evidencia incumplimiento normativo relacionado con el reconocimiento y pago de horas de vuelo al personal del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional. Sin embargo, es oportuno indicar que la ausencia de dicho beneficio puede llegar a ser un factor que afecte la motivación del personal.
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FORMATO Códi o: EI-F-01 O Versión: 1 übeirod y Orden Informe de auditoría Vigente a partir de: 23 de septiembre de 2019
Finalmente, se efectuó verificación parcial y selectiva al reconocimiento y pago de viáticos al personal de tripulantes, sin que la auditoría lograra evidenciar posibles
Informe de auditoría Vigente a partir de: 23 de septiembre de 2019 Finalmente, se efectuó verificación parcial y selectiva al reconocimiento y pago de viáticos al personal de tripulantes, sin que la auditoría lograra evidenciar posibles inconsistencias.
2. Hallazgos de Auditoría Revisados los procesos que integran el reconocimiento y pago de viáticos y horas de vuelo al personal de pilotos de la Policía Nacional, la auditoría no evidenció hallazgos.
3. Conclusiones del Equipo Auditor Se resalta el compromiso y buena disposición por parte de las personas que atendieron la auditoría, quienes de manera oportuna y respetuosa allegaron cada uno de los soportes que fueron requeridos y estuvieron atentos a brindar a la auditoría la información necesaria para aclarar dudas frente a los procesos objeto de verificación. Así mismo, se evidenció que los procesos que fueron objeto de verificación se encuentran debidamente documentados. En virtud de lo anterior y de conformidad con el procedimiento de auditoría de la Oficina de Control Interno Sectorial del Ministerio deDefensa Nacional, se emite Informe Final de Auditoría considerando que de la presente auditoría no se derivan hallazgos.
Nombre completo Reinaldo Lizarazo Zuñiga Orlando Vega Na vas
APROBACION
Responsabilidad Auditor Jefe Oficina de Con trol In terno Sectorial 6