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MINDEFENSA - Circular 0056 de 2006

Ministerio de Defensa

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Detalles

Título
MINDEFENSA - Circular 0056 de 2006
Autor
Ministerio de Defensa
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Penal Militar
Año
2006

CIRCULAR 56 DE 2006 (13 marzo) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Bogotá, D. C.

Asunto: Políticas Procedimentales de Orden Presupuestal y de Comercio Internacional para los

Procesos de Contratación Centralizados y Competencia Remanente. Al

Señores:

COMANDANTE GENERAL DE LAS FUERZAS MILITARES, COMANDANTES DE

FUERZA, DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL, VICEMINISTRO

DE GESTION INSTITUCIONAL, SECRETARIA GENERAL MDN, DIRECTOR

GENERAL DE SANIDAD MILITAR, SUPERINTENDENTE DE VIGILANCIA Y

SEGURIDAD PRIVADA, DIRECTOR FONDELIBERTAD DIRECTOR HOSPITAL

MILITAR CENTRAL Y DIRECTOR AGENCIA LOGÍSTICA DE LAS FUERZAS

MILITARES.

Ciudad Con el fin de optimizar el control a los procesos de contratación de Bienes y Servicios centralizada y contratación de crédito externo, a través de la presente Circular se establecen políticas para el eficiente desarrollo presupuestal y de comercio internacional, derogando de esta manera la Circular No. 2082 del 04 de marzo de 2003. Teniendo en cuenta que el Ministerio de Defensa Nacional, ha adoptado como política, la centralización de algunos procesos contractuales con el objeto de obtener economías de escala, es necesario tener en cuenta las instrucciones que más adelante se indican, para unificar procedimientos de orden presupuestal, comercio internacional y el registro de la información en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF.

La competencia que reasume este Ministerio es única y exclusivamente para adelantar el proceso de contratación centralizada sin que ello implique la ordenación del gasto ni a expedición de los demás actos de trámite e impulso, de conformidad con la Resolución por la cual se delegan unas funciones y competencias relacionadas con la Contratación de Bienes y Servicios con destino al Ministerio de Defensa Nacional, a las Fuerzas Militares y la Policía Nacional. Por lo anterior, se establecen las siguientes instrucciones: (i) GESTIONES PRELIMINARES Para los procesos de contratación centralizada y de Crédito Externo que requieran autorización de vigencias futuras, las Oficinas de Planeación o sus equivalentes en cada Unidad Ejecutora, deben coordinar con la Oficina de Planeación del Ministerio de Defensa Nacional, lo establecido en el procedimiento No. 4 de 2004 solicitud y registro del compromiso asumido con cargo a vigencias futuras en el sistema integrado de información financiero SIIF”.Una vez expedido el oficio de autorización de las vigencias futuras por parte de la autoridad competente (CONFIS o Dirección General del Presupuesto Nacional), para los procesos de contratación de la vigencia fiscal en curso, la Oficina de Planeación del Ministerio de Defensa, enviará a través de un oficio copia de ésta autorización a los Jefes de los Departamentos 4 y/o Oficinas de Planeación o sus equivalentes en cada una de las Unidades Ejecutoras, dependencias que deben ejercer control y seguimiento minucioso a la utilización de los cupos autorizados y saldos respectivos. Es importante recordar lo establecido en la Ley Anual del Presupuesto, “De las Vigencias Futuras los

cupos anuales autorizados para asumir compromisos de vigencias futuras no utilizados a 31 de diciembre del año en que se concede la autorización caducan sin excepción. En los casos de licitación concurso de méritos o cualquier otro proceso de selección se entienden utilizados los cupos anuales de vigencias futuras con el acto de adjudicación”. Asimismo, las Oficinas de Planeación o sus equivalentes en cada Unidad Ejecutora, deben coordinar con la Oficina de Planeación del Ministerio de Defensa Nacional, para adelantar los trámites correspondientes para la expedición de los documentos necesarios a fin de dar inicio a los procesos de contratación de crédito externo (CONPES, Resolución de Autorización Gestiones Comisión Interparlamentaria de Crédito Público entre otros de acuerdo con lo establecido en el Manual de Crédito Externo). De igual forma, estas mismas dependencias coordinarán lo pertinente, para que a través del Departamento Nacional de Planeación y la Dirección General del Presupuesto Nacional, se expidan los documentos necesarios para el levantamiento de marcas de los proyectos que asilo requieren en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF. Las Unidades Ejecutoras deben enviar a la Dirección de Finanzas Grupo Control Presupuestal y Grupo Contratación Estatal, un cuadro que contenga la información relativa a los procesos que se llevarán a cabo por vía centralizada. En dicho cuadro se debe incluir por lo menos la información relativa al Certificado de Disponibilidad Presupuestal, rubros presupuestales y/o proyectos de inversión, identificando el recurso y los elementos a adquirir, al igual que los gastos de nacionalización, cuando a

estos haya lugar, tasas de cambio proyectadas de acuerdo al plan de pagos y montos de pagos anticipados. (ii) EXPEDICIÓN CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL Teniendo en cuenta la unificación de los procesos ya referenciados, cada Unidad Ejecutora debe a través del Departamento Financiero, expedir en forma previa al proceso contractual, un certificado de disponibilidad presupuestal independiente para cada proceso y no de manera global, indicando dentro del objeto del mismo el rubro presupuestal al máximo nivel de desagregación. Para la expedición de los Certificados de Disponibilidad Presupuestal de los procesos en dólares y con el fin de estandarizar la aplicación de la tasa representativa del mercado, la Dirección de Finanzas emitirá periódicamente una proyección, la cual se debe tener en cuenta para el cálculo de la apropiación requerida. Para el caso en que los bienes a adquirir, requieran el pago de gastos de nacionalización, en el mismo Certificado de Disponibilidad Presupuestal, se debe incluir el rubro presupuestal que atenderá estaerogación. No obstante que la distribución del presupuesto se encuentra en diferentes Asignaciones Internas en cada Unidad Ejecutora, es indispensable expedir un Certificado de Disponibilidad por proceso y en estos casos, incluir en el mismo la relación de las Asignaciones Internas que intervienen dentro del proceso con sus respectivos rubros, recursos y montos. El Ordenador del Gasto debe solicitar por escrito al Departamento Financiero o su equivalente en cada Unidad Ejecutora el Certificado de Disponibilidad Presupuestal y/o sus modificaciones, el cual debe ser

remitido por el Gerente del Proyecto al Grupo Contratación Estatal del Ministerio de Defensa. Una vez se definan los procesos (adjudicados y/o desiertos o ajustes por diferencial cambiario) la Sección de Presupuesto de los Ordenadores del Gasto en coordinación con los Gerentes de los Proyectos y el Grupo Contratación Estatal del Ministerio, deben gestionar la liberación de los recursos excedentes de los Certificados de Disponibilidad Presupuestal, a través de los Departamentos Financieros o su equivalente en cada Unidad Ejecutora. Cuando se trate de apropiaciones constituidas en rezago presupuestal y exista sobrante por diferencial cambiarlo, debe reintegrarse a la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional y proceder a la cancelación del rezago suscribiendo actas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 39 del Decreto 568 de 1996. (iii) PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE APERTURA El Grupo Contratación Estatal del Ministerio de Defensa debe enviar con oficio a la Dirección de Finanzas Grupo Control Presupuestal con la debida oportunidad, el proyecto de resolución de apertura del proceso junto con el “Anexo 1 A” del pliego de condiciones y/o términos de referencia. Certificado de Disponibilidad y Oficio de Autorización de Vigencias Futuras cuando corresponda, con el propósito que la Dirección de Finanzas efectúe las coordinaciones con la Sección de Presupuesto de los Ordenadores del Gasto, para que ésta última emita el concepto de acuerdo con lo establecido en el Anexo A de la presente Circular “CONCEPTO PRESUPUESTAL AL PROYECTO DE

RESOLUCIÓN DE APERTURA”. Este concepto debe ser firmado por el Jefe de Presupuesto de los Ordenadores del Gasto, Director Financiero de la Unidad Ejecutora y avalado por el Director Financiero del Ministerio de Defensa. Para el caso de procesos en dólares, la Sección de Presupuesto de los Ordenadores del Gasto debe adjuntar un cuadro de liquidación de dólares frente al peso, el cual debe ser firmado por el Jefe de Presupuesto de los Ordenadores del Gasto y el Director Financiero de la Unidad Ejecutora, con el propósito de verificar que la disponibilidad presupuestal expedida, cubra tanto la adquisición del material como los gastos de nacionalización, conforme a la proyección de la tasa de cambio del dólar, de acuerdo con el plan de pagos y el arancel para cada uno de los ítems a contratar. En caso que se presenten modificaciones al “Anexo 1 A” del pliego de condiciones y/o términos de referencia, el Grupo Contratación Estatal enviará a la Dirección de Finanzas, copia de las adendas expedidas, con el fin de soportar la emisión de los conceptos posteriores. La Dirección de Finanzas, una vez analizada la documentación y otorgado el visto bueno al conceptopresupuestal, lo remitirá al Grupo Contratación Estatal del Ministerio de Defensa que se encargará de verificar lo de su competencia y obtener la firma de la Resolución de Apertura por parte del delegatario respectivo. (iv) PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN El Grupo Contratación Estatal del Ministerio de Defensa, remitirá con oficio a la Dirección de Finanzas

Grupo Control Presupuestal con la debida oportunidad, el proyecto de Resolución de Adjudicación con fotocopia del “Anexo I A” vigente con el propósito que la Dirección de Finanzas efectúe las coordinaciones con la Sección de Presupuesto de los Ordenadores del Gasto, para que ésta última emita el concepto de acuerdo con lo establecido en el “Anexo B” de la presente Circular “CONCEPTO PRESUPUESTAL AL PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN”, el cual debe ser firmado por el Jefe de Presupuesto de los Ordenadores del Gasto, Director Financiero de la Unidad Ejecutora y avalado por el Director Financiero del Ministerio de Defensa.

Para: el caso de procesos en dólares, la Sección de Presupuesto de los Ordenadores del Gasto debe actualizar el cuadro de liquidación de dólares frente al peso.

La Dirección de Finanzas, una vez analizada la documentación y otorgado el visto bueno al concepto presupuestal, lo remitirá al Grupo Contratación Estatal del Ministerio de Defensa para obtener la firma de la Resolución de Adjudicación por parte del delegatario respectivo. El Grupo Contratación Estatal del Ministerio de Defensa, remitirá oportunamente copias debidamente firmadas de las resoluciones por las cuales se deciden los procesos de contratación, al Gerente del Proyecto, Dirección de Finanzas y Sección de Presupuesto de los Ordenadores del Gasto. Una vez adjudicado el proceso, el Gerente del Proyecto realizará las coordinaciones pertinentes al interior de la Unidad Ejecutora, con el fin de que se registre oportunamente la Cuenta Bancaria del

Proveedor (Beneficiario Cuenta en el SIIF), la cual es validada por el Sistema Financiero, a través de la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional, para lo cual se requiere la siguiente documentación: Nombre o razón social del Beneficiario. Documento de Identidad (cédula, NIT, Pasaporte, cédula de extranjería). Registro Cámara de Comercio. Certificación bancaria donde conste el número de la cuenta corriente o de ahorros, a la cual se abonarán los recursos. En el evento de ser un Consorcio o Unión Temporal, se debe exigir la expedición del NIT así como la cuenta bancaria a nombre de la Unión Temporal o Consorcio. (v) COMERCIO INTERNACIONAL Desde el punto de vista de Comercio Internacional, los procedimientos que se deben considerar se encuentran plasmados en la Directiva Permanente “Políticas y Manual de Procedimientos Financieros Vigente” emitida por la Dirección de Finanzas del Ministerio de Defensa. (vi) PROGRAMA ANUAL DE CAJALas dependencias que administren el PAC en las Unidades Ejecutoras deberán ajustar los planes de pagos que se prevean pactar en los diferentes contratos a los cupos de PAC aprobado en la vigencia actual, previa coordinación con las Secciones de Presupuesto de los Ordenadores del Gasto, de conformidad con lo establecido en el artículo 73 del Estatuto Orgánico de Presupuesto. Es importante tener en cuenta lo siguiente: Que el PAC es altamente dinámico y en esa medida se pueden modificar los cupos que no estén comprometidos mediante un registro presupuestal de SIIF.

Los cupos de PAC del rezago año siguiente que no concuerden con el contrato podrán ser anticipados una vez se hayan constituido como cuentas por pagar y/o reserva presupuestal, previa autorización de la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional. La Dirección de Finanzas es responsable de garantizar que los cupos de PAC aprobados para la vigencia actual, se puedan cargar en el SIIF, por lo tanto, mensualmente comunicará a las Unidades Ejecutoras los cupos de PAC aprobados por cada nivel de agrupación, con el fin de que lo verifiquen y ajusten de acuerdo con las necesidades, dando prioridad a los procesos centralizados por este Ministerio, de acuerdo con la forma de pago establecida en el respectivo Contrato. Las Oficinas Administradoras del PAC de las Unidades Ejecutoras, teniendo en cuenta los cupos informados por la Dirección de Finanzas del Ministerio, solicitarán oportunamente las modificaciones de PAC, así como las distribuciones del mismo. Se entiende por Oficinas Administradoras de PAC, las dependencias encargadas cíe tramitar las modificaciones mensuales y las distribuciones de los cupos aprobados de PAC ante la Dirección de Finanzas del Ministerio. (vii) MINUTA DEL CONTRATO El Grupo de Contratación Estatal del Ministerio de Defensa, remitirá a la Dirección de Finanzas Grupo Control Presupuestal con la debida oportunidad, la Minuta del Contrato Principal y/o adicional, con el propósito de efectuar las coordinaciones con la Sección de Presupuesto de los Ordenadores del Gasto, para que ésta última emita el concepto de acuerdo con lo establecido en el Anexo C “CONCEPTO

PRESUPUESTAL A LA MINUTA DEL CONTRATO ” el cual debe ser firmado por el Jefe de Presupuesto de los Ordenadores del Gasto Director Financiero de la Unidad Ejecutora y avalado por el Director Financiero del Ministerio de Defensa Nacional. La Dirección de Finanzas remitirá el anexo C al Grupo de Contratación Estatal del Ministerio de Defensa, que se encargará de verificar lo de su competencia y obtener la firma del delegatario respectivo. El anterior procedimiento debe efectuarse igualmente, en el evento de producirse modificaciones a los contratos con el propósito de emitir nuevamente el concepto presupuestal y de comercio internacional cuando haya lugar a ello, de acuerdo con el anexo D “CONCEPTO PRESUPUESTAL A LA

MINUTA DEL CONTRATO MODIFICATORIO”.

Cabe resaltar que cuando se produzcan modificaciones de carácter técnico u otras que no afecten el presupuesto nacional, no es necesario efectuar el trámite antes descrito.(viii) REGISTRO PRESUPUESTAL El Grupo Contratación Estatal del Ministerio de Defensa, debe remitir copia del contrato firmado por las partes junto con los demás documentos soporte a los Directores Financieros con copia a los Gerentes de Proyecto, para que este último gestione la expedición del correspondiente registro presupuestal, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la recepción del contrato. Es importante precisar que se debe efectuar el Registro Presupuestal Independiente para los gastos de nacionalización, cuando a estos haya lugar. Este procedimiento debe efectuarse igualmente, en el evento de producirs4e modificaciones a los contratos, con el propósito de que se realicen los ajustes tanto del Registro Presupuestal, como del PAC

en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF. (ix) OBLIGACIONES Y ÓRDENES DE PAGO Para este efecto, es necesario tener en cuenta lo establecido mediante la Resolución vigente por la cual se delegan unas funciones y competencias relacionadas con la contratación de bienes y servicios con destino al Ministerio de Defensa Nacional, a las Fuerzas Militares y a la Policía Nacional, que en uno de sus apartes dispone; “La autorización de pago de las obligaciones contraídas por el Despacho del Ministro y de la Secretaría General, serán expedidas por los funcionarios o jefes de las áreas administrativas y financieras del nivel directivo, encargados del presupuesto de las Unidades Ejecutoras y de la Policía Nacional.” Por lo anterior, el Supervisor del Contrato debe gestionar ante el Jefe de las Secciones de Presupuesto de los Ordenadores del Gasto la documentación requerida para solicitar al Jefe del Departamento Financiero de la Unidad Ejecutora, la elaboración a través del SIIF de las Obligaciones y Ordenes de Pago. Sin embargo se debe tener en cuenta la contratación con recursos de crédito externo caso en el cual las obligaciones y órdenes de pago deben ser firmadas por el Comandante General de las FF.MM para el Comando General, los Comandantes de Fuerza Director General de la Policía Nacional y el Jefe del Departamento Financiero o quien haga sus veces en cada Unidad Ejecutora y ser tramitadas a la Dirección de Finanzas del Ministerio de Defensa, junto con los soportes respectivos para su revisión y trámite para la firma del Ministro de Defensa Nacional, previa emisión del concepto presupuestal y de

comercio internacional por parte de la Unidad Ejecutora y avalado por la Dirección de Finanzas del Ministerio de Defensa de acuerdo con el Anexo E “CONCEPTO PRESUPUESTAL OBLIGACIONES

Y ÓRDENES DE PAGO CRÉDITO EXTERNO”.

(x) PROYECTO CESIÓN Y/O PIGNORACIÓN DERECHOS ECONÓMICOS El Grupo de Contratación Estatal del Ministerio de Defensa, remitirá a la Dirección de FinanzasGrupo Control Presupuestal con la debida oportunidad, el proyecto de Cesión y/o Pignoración Derechos Económicos, con el propósito de efectuar las coordinaciones con la Sección de Presupuesto de los Ordenadores del Gasto, para que ésta última emita el concepto de acuerdo con establecido en el Anexo F “CONCEPTO AL PROYECTO DE CESIÓN Y/O PIGNORACION DE DERECHOS ECONÓMICOS”, el cual debe ser firmado por el Jefe de Presupuesto de los Ordenadores del Gasto,Director Financiero de la Unidad Ejecutora y avalado por el Director Financiero del Ministerio de Defensa Nacional. Cabe resaltar que junto con el Documento de Cesión y/o Pignoración, el Grupo Contratación Estatal debe anexar los siguientes soportes, para emitir oportuna y adecuadamente el concepto presupuestal, así:

1. Proyecto de aceptación y notificación de la cesión de derechos económicos por parte del delegatario.

2. Contrato de cesión de derechos económicos firmado por el cesionario y el cedente, donde se relacione

de forma explicita, lo siguiente:

Los valores correspondientes a la cesión. Especificar si la cesión obedece al contrato principal y/o al adicional. Cuando se trate de un único contrato para varias Unidades Ejecutoras, se debe discriminar el valor de la cesión por Unidad Ejecutora. Deberá estipular la aceptación por parte del cesionario de los descuentos de ley cuando aplique.

3. Acta de junta de socios o documento consorcial y/o autorizaciones necesarias cuando se trate de uniones temporales en que se autoriza la cesión.

4. Certificado de existencia y representación legal del cesionario y el cedente y/o matrícula mercantil.

5. Certificación bancaria con número de cuenta y beneficiario donde se deben consignar los valores de la cesión.

(xi) PROYECTO DE ACTA DE LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO El Supervisor del contrato debe diligenciar el acta de liquidación del contrato y tramitarla con la debida oportunidad al Grupo de Contratación Estatal del Ministerio de Defensa, que se encargará de verificar lo de su competencia y obtener la firma del acta por parte del Supervisor del contrato, el Contratista y el respectivo delegatario. (xii) CRÉDITO EXTERNO En las contrataciones de crédito externo, se pueden presentar tres modalidades para los contratos de empréstito, como son crédito proveedor, crédito comprador y crédito mixto. Para el caso particular del crédito proveedor y crédito mixto, es necesario tener en cuenta las siguientes consideraciones: Para efectos de realizar el pago anticipado, pagos parciales y/o finales, una vez la Unidad Ejecutora cuente con los documentos soportes, debe emitir el concepto, de acuerdo con lo establecido en el Anexo G “CONCEPTO PRESUPUESTAL Y DE COMERCIO INTERNACIONAL PARA LA ENTREGA DEL PAGARE”, el cual debe ser firmado por el Jefe de Presupuesto de los Ordenadores del Gasto,

G “CONCEPTO PRESUPUESTAL Y DE COMERCIO INTERNACIONAL PARA LA ENTREGA DEL PAGARE”, el cual debe ser firmado por el Jefe de Presupuesto de los Ordenadores del Gasto, Director Financiero de la Unidad Ejecutora, y avalado por el Director Financiero del Ministerio de Defensa, para posterior envío al Grupo Contratación Estatal del Ministerio de Defensa quien elabora un oficio de solicitud de emisión y entrega de pagarés al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.Por otra parte, las dependencias que administren el PAC en las Unidades Ejecutoras deberán anexar la certificación de evidencia de PAC correspondiente para el mes siguiente al cual se establezca a recepción de los bienes. de acuerdo con lo establecido en el Anexo H “CERTIFICACIÓN DE EVIDENCIA DE PAC CRÉDITO EXTERNO”, el cual será verificado y avalado por la Dirección de Finanzas del Ministerio de Defensa. Adicionalmente a lo anterior, es importante tener en cuenta lo descrito en el numeral IX de la presente Circular. Para todos los efectos, por ser contratación bajo modalidad de crédito externo, las Direcciones de Comercio Exterior de las Fuerzas Militares y el Fondo Rotatorio de la Policía, inmediatamente realicen la nacionalización de los bienes, deben enviar a la Dirección de Finanzas del Ministerio de Defensa, fotocopia del documento de transporte, factura comercial y declaración de importación, necesarios para que la División de Desembolsos de la Dirección de Crédito Publico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, registre el endeudamiento externo ante el Banco de la República.

(xiii) INSTRUCCIONES GENERALES Como se deduce, la cantidad de procesos a adelantar conlleva un esfuerzo conjunto para poder ejecutar los procedimientos dispuestos y cumplir con el objetivo, el cual es lograr la adquisición oportuna de los diferentes bienes y/o servicios que requieren las Unidades Ejecutoras, con calidad y con precios óptimos para la Entidad. Por lo anterior el diligenciamiento firma y trámite de los anexos antes descritos no podrá superar dos (2) días hábiles, después de la recepción de los documentos soporte en la Unidad Ejecutora. Es importante resaltar que el canal de comunicación directo del Grupo Contratación Estatal y la Dirección de Finanzas del Ministerio de Defensa, con la Unidad Ejecutora será por intermedio de los Gerentes y/o Supervisores de Proyectos, quienes deben centralizar y gestionar al interior de cada Unidad Ejecutora, los trámites y acciones a que haya lugar. De igual manera, es procedente manifestar, que la Unidad Ejecutora es responsable de los documentos que expida, así como del respaldo presupuestal y PAC del proceso durante toda su ejecución, en atención a que las apropiaciones presupuestales están en cabeza de la misma. Se resalta que todos los documentos de carácter financiero deben ser, registrados e impresos a través del Sistema Integrado de Información Financiera SIIF. Cabe resaltar que las Unidades Ejecutoras deben incluir en los estudios previos al proceso de contratación, los respectivos códigos CUBS (Catálogo Único de Bienes y Servicios) con el máximo nivel de desagregación, a fin de unificarlos en los pliegos de condiciones y/o términos de referencia y

certificado de disponibilidad presupuestal, lo cual permitirá la correcta expedición del registro de bienes y servicios y registro presupuestal del compromiso de los contratos celebrados, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto 3512 de 2003 y Resolución No. 0005 del 17 de mayo de 2005, “por la cual se fijan lineamientos para el funcionamiento del Sistema de Información para a Vigilancia de la Contratación Estatal, SICE”, expedida por el Comité para la Operación del SICE y demás normas y/o actos administrativos que las modifiquen o adicionen.Es necesario que al interior de cada Unidad Ejecutora se difunda esta Circular y se impartan instrucciones precisas, a fin de que el personal comprometido en este proceso, adelante las acciones necesarias que conlleven al cumplimiento de la misma. Cordialmente,

CAMILO OSPINA BERNAL

Ministro de Defensa Nacional

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA

(UNIDAD EJECUTORA RESPECTIVA)

ANEXO A

Bogotá, D. C. No. (Se debe registrar el número consecutivo del control de correspondencia de la Unidad Ejecutora) (Registrar las siglas de la Sección de Presupuesto de cada Ordenador del Gasto y clasificación del documento)

CONCEPTO PRESUPUESTAL Y DE COMERCIO INTERNACIONAL (SI APLICA) AL

PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE APERTURA DEL PROCESO DE CONTRATACION

(LICITACION PUBLICA O CONTRATACION DIRECTA) No. ____/ (AÑO), PARA LA

ADQUISICION DE ________.

VALOR: Material $________ US$_______

Nacionalización $________ US$_______

TOTAL $________ US$_______

(Se deben incluir los valores correspondientes a la apertura registrados en el Anexo 1 A del pliego de condiciones y/o términos de referencia)

VALOR: Material $________ US$_______

Nacionalización $________ US$_______

TOTAL $________ US$_______

(Se deben incluir los valores correspondientes a la apertura registrados en el Anexo 1 A del pliego de condiciones y/o términos de referencia) Con toda atención, me permito emitir el concepto presupuestal y de Comercio Internacional (si aplica), el cual fue solicitado mediante oficio No. ____ del ____ de _____ de 200, así:REQUISITOS

SI CUMPLE

CERTIFICADO

DISPONIBILIDAD

PRESUPUESTAL CDP No.____ Fecha: (De expedición del CDP) Valor Total $______ Gastos Generales $_____________ Inversión $_____________ Del anterior CDP, se destinarán para éste proceso: $____________________ para la compra del material y $_____________________ para nacionalización (cuando aplica). $____________________ valor total en que se afecta con la presente resolución de apertura. $____________________ Saldo del CDP

VIGENCIAS

FUTURS (SI APLICA) Autorizadas mediante oficio No._____del____de____de (AÑO DE EMISIÓN), emitido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional o el CONFIS, Inversión $ ________ Gastos Generales $_____________.

VALOR TOTAL: $_________ De esta autorización, la Unidad Ejecutora utilizará la suma de inversión $_____________ Gastos Generales: $__________ Quedando un saldo de $___________ inversión $_________ Gastos Generales $ __________.

Incluir separadamente los recursos para la adquisición y para los gastos de nacionalización. Desde el punto de vista de Comercio Internacional, los bienes a adquirir tienen una tarifa arancelaria de

%. Los recursos fueron calculados, de acuerdo con la proyección de la TRM, que expidió la Dirección de Finanzas del MDN, mediante oficio No._____de fecha_____ y para os procesos de Crédito Externo se utilizó la Tasa de Incorporación establecida por la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Hacienda. El Departamento. Financiero de (Unidad Ejecutora), una vez analizada la documentación recibida por parte de la Sección de Presupuesto de los Ordenadores del Gasto o sus equivalentes en cada Unidad Ejecutora se permite precisar que los documentos soportes de este concepto están ajustados a las normas presupuestales y de comercio internacional vigentes (si aplica), por Io tanto, no encuentran observaciones que formular. Grado y Nombre Completo Grado y Nombre Completo Jefe Sección Presupuesto de Jefe del Departamento Financiero o su Ordenadores del Gasto equivalente en cada Unidad Ejecutora La Dirección de Finanzas del Ministerio de Defensa. Nacional, una vez revisada la información anterior y sus respectivos soportes, no encuentra observaciones de carácter presupuestal y de comercio internacional (si aplica) que formular, recomendándose tramitar para firma del delegatario competente.Vo. Bo. Grado y Nombre Completo Director Financiero del Ministerio de Defensa Nacional

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA

(UNIDAD EJECUTORA RESPECTIVA)

ANEXO B

Bogotá, D. C. No. (Se debe registrar el número consecutivo del control de correspondencia de la Unidad Ejecutora) (Registrar las siglas de la Sección de Presupuesto de cada Ordenador del Gasto y clasificación del

documento)

CONCEPTO PRESUPUESTAL Y DE COMERCIO INTERNACIONAL (SI APLICA) AL

PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIóN DEL PROCESO DE CONTRATACION

(LICITACIÓN PÚBLICA O CONTRATACIÓN DIRECTA) No. ____/ (AÑO), PARA LA

ADQUISICIÓN DE______________

VALOR: Material $______ US$______

Nacionalización $______ US$______ TOTAL $______ US$______ Con tota atención, me permito emitir el concepto presupuestal y de Comercio Internacional, el cual fue recibido mediante oficio No.____del____de____ de (AÑO), así:

REQUISITOS

SI CUMPLE

CERTIFICADO

DISPONIBILIDAD

PRESUPUESTAL CDP No.____ Fecha: (De expedición del CDP) Gastos Generales $_____________ Inversión $_____________ Valor total $ ____________

VIGENCIAS

FUTURAS (SI

APLICA) Autorizadas mediante Oficio No.____del____de____de (AÑO) DE EMISIÓN), emitido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional o el CONFIS. Gastos Generales $________ Inversión $________ Valor total $ ___________ Para el proceso de contratación No. ___________, la Unidad Ejecutora dispone mediante CDP No.__________de $______________ y de Vigencias Futuras $_____________ para untotal de $_______________de lo cual utilizará la suma de $________________ quedando un saldo de $______ como se indica a continuación:

CTA/PROG

SUBC/SUPB

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