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MINDEFENSA - Circular 0089 de 2006

Ministerio de Defensa

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Detalles

Título
MINDEFENSA - Circular 0089 de 2006
Autor
Ministerio de Defensa
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Penal Militar
Año
2006

CIRCULAR 89 DE 2006

(mayo 3) Fuente: Archivo interno Ministerio de Defensa Nacional <NOTA: Esta norma no incluye análisis de vigencia> MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Señores Segundos Comandantes del Ejército Nacional, Armada Nacional y Fuerza Aérea, Subdirector General de la Policía Nacional, Jefe Jefatura Logística del Comando General y Gerente General Industria Militar

Ciudad Asunto: Cambios Administrativos Sistema FMS Con toda atención, me permito enviar fotocopia del oficio sin número del 18 de abril de 2006, emitido por el señor Coronel Jefe del Grupo Militar USA, a través del cual comunica algunas modificaciones que la Agencia de Cooperación para la Seguridad y Defensa de los Estados Unidos, implementará en la ejecución del Sistema FMS, a partir del 1 de agosto de 2006, razón por la cual se deben tener en cuenta las siguientes recomendaciones: Los cargos administrativos para las LOA's y/o Enmiendas, subirán del 2.5% al 3.8%, porcentaje que será único para todos los bienes y/o servicios a adquirir, razón por la cual la adquisición de equipo no estándar (sin NSN), se disminuye del 5% al 3.8%. En este sentido, es necesario reajustar los costos en los diferentes estudios de conveniencia y oportunidad de las LOA's y/o Enmiendas que se prevén recibir después de la mencionada fecha y tomar las decisiones que correspondan, con base en el resultado de los mismos, con el fin de determinar la viabilidad o no de continuar con las LOA's y/o Enmiendas que

se están gestionando. En todo caso, el valor mínimo que se debe pagar por cargos administrativos será de US$15.000, es decir, que cuando se aplique el porcentaje antes relacionado y el resultado sea inferior a US$15.000, se aproximará a esta cifra. Por esta razón cada una de las Fuerzas deberá evaluar estos aspectos para no abrir LOA's con valores inferiores a US$400.000. Si es estrictamente necesario, es recomendable que se abra una sola LOA para dos o más Fuerzas, previendo controles para el ingreso del material respectivo y ejecución final de la LOA, incluyendo los bienes y/o servicios a adquirir en diferentes líneas de la misma. Se deben agotar los esfuerzos para en lo posible firmar las LOA's y/o Enmiendas pendientes, antes del 1º de agosto de 2006, para obtener los costos de administración vigentes a la fecha. A partir del 1 de octubre de 2007, serán eliminados los costos de soporte logístico que actualmente se vienen cobrando en algunos casos FMS. Por lo anterior, me permito solicitar su colaboración en el sentido de difundir el presente documento alinterior de cada Unidad Ejecutora, a fin de que el personal comprometido en este proceso, conozca los cambios que se presentarán y adopten las medidas necesarias para una adecuada ejecución de las partidas presupuestales, al igual que los recursos asignados en los programas de ayuda. Atentamente, JORGE MARIO EASTMAN ROBLEDO Viceministro de Gestión Institucional ANEXO: Fotocopia Oficio sin número del 18 de abril de 2006 (2 folios) CC. Oficina Programa de Cooperación de Seguridad Oficina de Coordinación de Control Interno MDN

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia n.d.

CC. Oficina Programa de Cooperación de Seguridad Oficina de Coordinación de Control Interno MDN

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia n.d.

Última actualización: 20 de abril de 2024

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