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MINDEFENSA - Circular 0105 de 2016

Ministerio de Defensa

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Detalles

Título
MINDEFENSA - Circular 0105 de 2016
Autor
Ministerio de Defensa
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Penal Militar
Año
2016

CIRCULAR 105 DE 2016

(febrero 26) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Bogotá, D.C.,. De: Ministerio de Defensa Nacional Para: Oficinas Asesoras Jurídicas del Comando general de las Fuerzas Militares - Comando del Ejército Nacional - Comando de la Armada Nacional - Comando de la Fuerza Aérea Colombiana - Dirección General Policía Nacional de Colombia - Secretaría de GabineteSecretaría GeneralViceministerio para las Políticas y Asuntos InternacionalesViceministerio para la estrategia y planeación - Viceministerio del Grupo Social Empresarial y Bienestar – GSED - Dirección Ejecutiva de la Justicia Penal MilitarDirección General Marítima - Obispado Castrense – Secretaría Ejecutiva de la Comisión Colombiana del Océano – Entidades del Sector Descentralizado (Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada – Caja de Retiro de las FF.MM . – Caja de sueldos de Retiro de la Policia Nacional – Hospital Militar Central –Agencia Logística de las FF.MM – Fondo Rotatorio de la Policía Nacional – Instituto de Casas Fiscales del Ejército – Club Militar –Defensa Civil Colombiana – Industria Militar Indumil – Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policia – Servicio Aéreo a Territorios Nacionales S.A. SATENA – Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S.A. CLAC – SOciedad Hotelera Tequendama S.A. – Corporación de Ciencia y Tecnología para el

desarrollo de la industria naval, marítima y fluvial cotecmar - Corporación de Alta Tecnología para la Defensa CODALTEC).

Asunto: Comunicación Oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores

I. OBJETIVO.

Se remite la comunicación del Ministerio de Relaciones Exteriores sobre el principio 'Una Sola China" y relaciones con Taiwán, que establece lo siguiente: 'Desde el establecimiento de las relaciones diplomáticas entre la República de Colombia y la República Popular China, el 7 de febrero de 1980, Colombia se adhiere a la política de 'Una Sola China" y, por lo tanto, nuestro gobierno reconoce al gobierno de la República Popular China como el único gobierno legítimo de China, Al respecto, nuestro pais no tiene relaciones diplomáticas, oficiales o semioficiales con Taiwán'. "De conformidad con la situación de las relaciones diplomáticas precitadas, las instituciones gubernamentales colombianas y los servidores públicos no están facultados para sostener contacto oficial ni semioficial con autoridades o representantes de Taiwán'. 'Teniendo en cuenta lo anterior, es importante resaltar que el contacto con Taiwán se limite a asuntos única y exclusivamente comerciales a través de su oficina comercial en Bogotá, con el fin de respetar el principio mencionado, que considera a Taiwán como una provincia de la República Popular China'.

II. APLICACIÓN.El contenido de la presente Circular debe ser difundido y aplicado por todos los funcionarios del Sector Defensa, conforme a la solicitud realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores en comunicación oficial S-GAP-16-014192 de fecha 12 de febrero de 2016.

Cordial Saludo,

LUIS C. VILLEGAS ECHEVERRI

Ministro de Defensa Nacional

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia n.d.

Cordial Saludo,

LUIS C. VILLEGAS ECHEVERRI

Ministro de Defensa Nacional

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia n.d.

Última actualización: 20 de abril de 2024

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