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MINDEFENSA - Circular 1434 de 2001

Ministerio de Defensa

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Detalles

Título
MINDEFENSA - Circular 1434 de 2001
Autor
Ministerio de Defensa
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Penal Militar
Año
2001

CIRCULAR 1434 DE 2001

(agosto 16) Fuente: Archivo interno Ministerio de Defensa Nacional <NOTA: Esta norma no incluye análisis de vigencia> MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL ASUNTO: Aplicación Circular Externa No. 041 Contaduría General de la Nación AL: Señores Comandante o Director Unidades Ejecutoras - Ministerio de Defensa Nacional Gn. Con el fin de dar cumplimiento a la Circular Externa No. 041 del 19 de junio de 2001 de la Contaduría General de la Nación, que trata de las instrucciones para la presentación de la Información Financiera, Económica y Social, la cual se basa en lo dispuesto en la Resolución No. 373 de 1999, artículo 5 ª “ requisitos de la presentación de la información financiera, económica y social” , en el sentido de que a partir de la fecha de publicación de la presente circular, tal información, deberá venir certificada por el Representante legal y contador público del ente público, so pena de ser rechazada; por lo anterior, me permito solicitar al señor Comandante o Director de su Unidad Ejecutora, que se dé cumplimiento a la citada resolución. Teniendo en cuenta, que la citada circular es de obligatorio cumplimiento y de que esta fue publicada en el Diario Oficial No.4483 del 11 de julio de 2001, es imprescindible que los Estados Financieros que presente su Fuerza o Dirección, a partir de dicha fecha, estén acompañados de una certificación expedida por el Comandante o Director y el Contador Público de esa Unidad Ejecutora, la cual debe

contener la afirmación de que los saldos fueron tomados fielmente de los libros de contabilidad llevados conforme a las normas de contabilidad pública y que las cifras registradas en ellos reflejan de forma fidedigna la situación financiera de esa Unidad. Igualmente, se recomienda que cada Unidad Ejecutora cuente con las herramientas idóneas necesarias que permitan determinar en un momento dado la responsabilidad penal, disciplinaria y fiscal que correspondería por la presentación de información falsa, inexacta e inoportuna, teniendo en cuenta que son los Comandantes o Directores, así como los contadores en ejercicio de su cargo los responsables de su contenido y de dar fe pública de la real situación financiera de su Unidad, como ente sujeto al campo de aplicación de las normas expedidas por la Contaduría General de la Nación. Atentamente, Capitán de Navío EDUARDO POSADA ZAMUDIODirector de Finanzas

PE ANGEL ULISES ACUÑA RUIZ CONTADOR GENERAL MINDEFENSA ANEXO: CIRCULAR EXTERNA NO. 041 DEL 19 DE JUNIO DE 2001

RESOLUCION NO. 373

DEL 20 DE DICIEMBRE DE 1999

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia n.d.

Última actualización: 20 de abril de 2024

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