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MINDEFENSA - Circular 2054 de 2002

Ministerio de Defensa

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Detalles

Título
MINDEFENSA - Circular 2054 de 2002
Autor
Ministerio de Defensa
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Penal Militar
Año
2002

CIRCULAR 2054 DE 2002

(octubre 11) Fuente: Archivo interno Ministerio de Defensa Nacional <NOTA: Esta norma no incluye análisis de vigencia>

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

ASUNTO: Políticas Financieras Decreto de Adición Plan de Choque AL : Señores Segundos Comandantes de Fuerza, Subdirector de la Policía Nacional y Jefes Departamentos Financieros Unidades Ejecutoras o sus equivalentes

Gn. Teniendo en cuenta que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, emitió el Decreto No. 2132 del 26 de septiembre de 2002, “por el cual se liquida la adición al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2002, contenida en el Decreto 1959 del 30 de agosto de 2002”, me permito comunicar los aspectos que se deben tener en cuenta para el manejo y ejecucion de dichos recursos, asi:

1. El Decreto en mención apropió los recursos en cada Unidad Ejecutora con recurso 12 “recursos para preservar la seguridad – con situación de fondos”, con el fin de facilitar el seguimiento a la ejecución de los mismos.

2. Se debe dar cumplimiento a lo establecido en la Circular No. 8919 MDJCE-023, del 07 de octubre 2002, suscrita por la señora Ministra de Defensa Nacional, que habla de reasumir la delegacion contractual del Ministerio de Defensa Nacional, seleccionando los procesos de armamento, munición y comunicaciones, para tal fin.

PRESUPUESTO

Basado en el hecho que existe un Gerente de Proyecto para cada proceso en las Unidades Ejecutoras, es necesario que todo trámite se canalice por intermedio del funcionario en mención, quien debe dar estricto cumplimiento a lo establecido en la Resolución Ministerial No. 0217 del 07 de marzo de 2002, “por la cual se deroga la resolución 213 del 23 de marzo de 1999 y se integran las Unidades Asesoras de Contratación de Crédito Externo en el Ministerio de Defensa Nacional y se asignan unas funciones a los Gerentes de los Proyectos”, es decir, los siguientes trámites administrativos que deben gestionar ante los Departamentos Financieros, para que cada una de las transacciones sean registradas en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF: Certificados de Disponibilidad Presupuestal. Compromisos (Certificado de Registro Presupuestal). Obligaciones y Ordenes de Pago.Cabe anotar que cada uno de estas transacciones requieren de los documentos soportes, los cuales deben ser anexados a la solicitud. Una vez expedidos los documentos mencionados, deben ser tramitados directamente al Grupo de Contratación Estatal, para los fines pertinentes. Las apropiaciones presupuestales distribuidas a Unidades Fuera de Línea, deberán cumplir con cada una de las políticas expuestas y registradas a través del aplicativo resolución 036, toda vez, que por medio de los archivos planos que ésta genera, se actualizará el SIIF. La ejecución presupuestal de cada uno de los rubros que están soportados con recurso 12, puede ser consultada a través del SIIF, por medio de la ruta: egresos/procesos/reportes/reportes de

ejecución/ejecución presupuestal por agregados. VIGENCIAS FUTURAS A través del oficio DIFP-SPSC-13-0169-2002 del 02 de octubre de 2002, el Departamento Nacional de Planeación, emitió concepto favorable a la aprobación de cupo para comprometer vigencias futuras por la suma de $156.924.000.000.00, para el Ministerio de Defensa Nacional. Por lo anterior, cada Gerente de Proyecto podrá disponer de este cupo, una vez sea autorizado y cargado en el SIIF, por parte de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional. Es pertinente aclarar que la sumatoria de la apropiación existente en la vigencia actual con las vigencias futuras, financiarán la totalidad de los proyectos a realizar, es decir, que cubre los bienes y/o servicios a adquirir más los gastos de nacionalización cuando haya lugar al pago de estos. Es de resaltar que dichas apropiaciones deberán ser comprometidas y registradas en SIIF, antes del 27 de diciembre de 2002, pues de lo contrario caducarán. Una vez iniciada la siguiente vigencia, es prioridad que el Gerente del Proyecto solicite a los Departamentos Financieros, la expedición de los respectivos certificados de disponibilidad presupuestal y los compromisos (registros presupuestales), a través del SIIF, con cargo a las apropiaciones existentes, amparadas bajo la autorización de vigencias futuras aprobadas por la Dirección General del Presupuesto Nacional, las cuales serán identificadas con el recurso 12 con situación de fondos.

INCOTERMS ACORDADOS PARA GASTOS DE NACIONALIZACION Es importante mencionar que en los procesos de contratación, se debe efectuar un análisis detallado a los términos incoterms 2000, publicados por la Cámara de Comercio Internacional, con el fin de escoger la mejor alternativa en cuanto a costos, cantidades, formas de entrega y responsabilidades, evitando de esta manera incertidumbre o incorrectas interpretaciones y buscando por el contrario la optimización de los recursos apropiados. Es de aclarar que una vez efectuadas las coordinaciones con el Grupo Contratación Estatal y los Gerentes de Proyecto, se estableció que en los procesos relacionados con la adquisición de armamento, se debe utilizar el incoterm DDU. En el evento que los bienes y/o servicios se reciban en la siguiente vigencia fiscal, es necesario que seregistre a través de un parágrafo lo suficientemente claro dentro de la minuta del contrato, que los gastos de nacionalización harán parte del mismo, pero se pagarán a beneficiarios diferentes, toda vez, que una parte comprende la adquisición propiamente dicha con el proveedor y la otra corresponde a los gastos de nacionalización, lo que quiere decir que el valor del contrato será la sumatoria de los dos conceptos. Es de aclarar, que el proveedor solamente tendrá que pagar el impuesto de timbre y la publicación en el diario oficial, con base en el valor correspondiente a los bienes y/o servicios que va a suministrar, es decir, no incluye el valor registrado para los gastos de nacionalización. Dicha información fue consultada telefónicamente con la Entidad Financiera (Colmena) y la Imprenta Nacional con la Doctora

ALBA LUCIA RESTREPO, Coordinadora Grupo Públicación Diario Oficial. Desde el punto de vista presupuestal, la Unidad Ejecutora debe expedir dos registros presupuestales (compromisos), uno por el valor correspondiente al suministro de los bienes y/o servicios, asociado al beneficio final (proveedor), y otro por el valor de los gastos de nacionalización, asociado a la Pagaduría del Comando de Fuerza. En el evento que los bienes y/o servicios se reciban dentro de la presente vigencia, se debe elaborar el trámite independiente, es decir, un contrato por el valor correspondiente a la adquisición de los bienes y/o servicios y efectuar la nacionalización conforme a las disposiciones legales vigentes, con recursos apropiados en la presente vigencia fiscal para tal fin. PROYECCION TASAS DE CAMBIO En consideración al comportamiento de la tasa de cambio de nuestra moneda, frente a la divisa norteamericana durante los últimos 12 meses, y con el fin de estandarizar el cálculo de la tasa representativa del mercado para los meses que restan del año y la vigencia fiscal de 2003, anexo se envía una proyección, con el propósito de que sea tenida en cuenta para los procesos que así lo requieran. Por otra parte, es función del Gerente del Proyecto u Ordenador del Gasto, solicitar el ajuste de los registros presupuestales y certificados de disponibilidad presupuestal, para liberar apropiaciones de la vigencia actual, cuando la tasa representativa del mercado sea menor a la proyectada en el momento de adquirir divisas. Cuando se trate de apropiaciones constituidas en rezago presupuestal y exista sobrante por diferencial cambiario, debe reintegrarse a la Dirección del Tesoro Nacional y proceder a la cancelación del rezago suscribiendo actas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 39 del Decreto 568 de 1996.

por diferencial cambiario, debe reintegrarse a la Dirección del Tesoro Nacional y proceder a la cancelación del rezago suscribiendo actas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 39 del Decreto 568 de 1996. En el evento que esta proyección tenga una gran volatilidad, esta Dirección oportunamente la modificará. Esta proyección deroga la emitida mediante circular No. 0965 MDFCP-074 del 07 de junio de 2002. Es de resaltar que en el evento de presentarse déficit por diferencial cambiario, la Unidad Ejecutora deberá efectuar los trámites pertinentes para cubrir el desfinanciamiento, caso en el cual se debe tramitar un traslado presupuestal acreditando el rubro vigencias expiradas, si el compromiso corresponde a la vigencia anterior, previo cumplimiento de los procedimientos establecidos para tal fin.En el evento que se presente desfinanciamiento durante la misma vigencia fiscal y bajo el entendido que existe apropiación disponible en el mismo rubro o proyecto, es preciso indicar que se debe proceder a adicionar el respectivo Certificado de Disponibilidad y continuar la cadena presupuestal. Por el contrario, si existe desfinanciamiento durante la misma vigencia fiscal, pero que el rubro o proyecto respectivo no existe apropiación disponible, se debe tramitar un traslado presupuestal acreditando el valor del desfinanciemiento al rubro o proyecto respectivo.

TESORERIA

PROGRAMA ANUAL DE CAJA – PAC PAC Vigencia Actual Teniendo en cuenta la importancia de los recursos de conmoción interior y la necesidad de facilitar el seguimiento y control de los mismos, la Dirección del Tesoro Nacional creó cuatro niveles de

agrupación PAC destinados a dichos recursos, así: A0013C Gastos Personales CSF Seguridad Democrática A0023C Gastos Generales CSF Seguridad Democrática A0353C Transferencias Corrientes CSF Seguridad Democrática C0003C Inversión Ordinaria CSF Seguridad Democrática En ese sentido se asignaran cupos de PAC a las unidades ejecutoras que cuenten con apropiación en los nuevos niveles de agrupación PAC y que lo hayan solicitado oportunamente a la Dirección de Finanzas del Ministerio de Defensa. Los cupos se asignaran una vez se encuentre cargados en el Sistema Integrado de Información Financiera – SIIF – y se confirmen los valores mensuales pactados con la D.T.N. en la reunión del 10 de septiembre de 2002.

Modificaciones de PAC: Las unidades ejecutoras que requieran modificar (adicionar, anticipar, aplazar, reducir) los cupos de PAC aprobados inicialmente deberán solicitarlo a la Dirección de Finanzas del Ministerio de Defensa mediante el procedimiento establecido en los oficios Nos. 1120 MDFCT-001 del 12 de mayo de 2000 y 0449 MDFCT-001 del 27 de febrero de 2001.

Los formatos de modificación de PAC, tanto de mensualización como de justificación, de los recursos de conmoción interior se deberán diligenciar por separado de los recursos ordinarios y en el encabezado identificarlos mediante el título “SEGURIDAD DEMOCRÁTICA”. Vale la pena recalcar que cualquier modificación deberá ser sustentada ampliamente en el formato de justificación, estableciendo el rubro presupuestal o proyecto afectado y la explicación de la

modificación. PAC Rezago Año AnteriorLas apropiaciones del Decreto de conmoción interior que hayan quedado en rezago presupuestal cuentan con el 100% de PAC distribuido mensualmente a lo largo del año siguiente (2003), en ese sentido las unidades ejecutoras deben tener en cuenta: - Las unidades que se encuentran en línea en el SIIF y que no encuentren cupos disponibles para registrar los compromisos deberán solicitar a la Dirección de Finanzas del Ministerio de Defensa la asignación de dichos cupos. - Cuando los cupos no se encuentren en el mes requerido se gestionarán las modificaciones de PAC necesarias (mediante el procedimiento establecido anteriormente) para cumplir con lo pactado en el contrato, para ello, la unidad ejecutora debe haber constituido ante la Dirección General del Presupuesto Nacional la obligación o compromiso en cuenta por pagar o reserva presupuestal. PAC Vigencias Futuras Teniendo en cuenta que el PAC de las autorizaciones para comprometer apropiaciones de vigencias futuras no se conoce en la vigencia actual y que los cupos solo se conocerán una vez se constituyan las cuentas por pagar y las reservas presupuestales, se recomienda que los pagos se pacten del segundo trimestre del año 2003 en adelante. Las modificaciones que se requieran hacer a los cupos aprobados se gestionaran de la forma establecida en la sección de la vigencia actual. Programación Giros Los recursos del Decreto de conmoción interna deberán programarse mensual y semanalmente de la misma forma como se vienen programando los recursos ordinarios, diferenciando uno de los otros, mediante el nombre del nivel de agrupación PAC, por ejemplo:

Mensual A0012C Gastos Personales CSF Recurso Ordinario A0013C Gastos Personales CSF Seguridad Democrática Semanal Gastos Personales Gastos Personales Seguridad Democrática. CUENTAS CORRIENTES CUENTAS CORRIENTES AUTORIZADAS IPSD Con el propósito de facilitar el adecuado seguimiento y control a los recursos que se financian con el impuesto creado mediante Decreto 1838 del 11 de agosto de 2002, la Dirección del Tesoro Nacional determinó que la ejecución de dichos recursos, se realice en una cuenta corriente independiente de acuerdo al objeto de gasto definido en el Decreto 1959 del 30 de agosto de 2002, teniendo en cuenta los siguientes aspectos: a) Se debe proceder a efectuar la apertura de una cuenta corriente para situarles los recursos por parte de la Dirección del Tesoro Nacional, en la entidad financiera que se seleccione de conformidad con loestablecido en el artículo 20 del Decreto 359 de 1995 b) Es importante tener en cuenta que si los recursos van a ser ejecutados por una unidad o pagaduría independiente a la del nivel central, deberán abrir una cuenta corriente por cada unidad y por cada objeto del gasto. c) La denominación de las cuentas donde se ejecuten los recursos de destinación especifica financiados con el Impuesto par Preservar la Seguridad Democrática, será: - DGTN – MINDEFENSA – Servicios Personales – Recursos con Destinación Específica – IPSD. - DGTN – MINDEFENSA – Gastos Generales – Recursos con Destinación Específica – IPSD.

  • DGTN – MINDEFENSA – Transferencias – Recursos con Destinación Específica – IPSD. - DGTN – MINDEFENSA – Inversión – Recursos con Destinación Específica – IPSD. d) Los niveles de agrupación PAC para cada uno de los objetos del gasto que se financien con los

recursos provenientes del IPSD serán así: A0013C Gastos Personales CSF Seguridad Democrática A0023C Gastos Generales CSF Seguridad Democrática A0353C Transferencias Corrientes CSF Seguridad Democrática C0003C Inversión Ordinaria CSF Seguridad Democrática e) Para la apertura de las cuentas corrientes autorizadas para el manejo de estos recursos se procederá según lo establecido en el “Manual de procedimientos y trámites para apertura – terminación – sustitución de cuentas corrientes autorizadas e informes periódicos por parte de las entidades ante la Dirección del Tesoro Nacional”, para lo cual se debe remitir el formato “Apertura de Cuenta Corriente para la Ejecución de los Recursos Financiados por el Impuesto para Preservar la Seguridad Democrática” f) Los recursos girados por la Dirección del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, no podrán mantenersen en cuentas corrientes Autorizadas por más de cinco (5) días promedio mensual, contados a partir de la fecha de los giros respectivos. g) Teniendo en cuenta que el artículo 31 del Decreto 2331 de 1998 en su parágrafo, determina que las transacciones de la Dirección del Tesoro Nacional – DTN – no son sujetas del pago de la contribución del tres por mil al Fondo de Garantías de Instituciones Financieras y que el Decreto 2626 del 22 de diciembre de 1998, establece que “ Son transacciones de la Dirección General del Tesoro Nacional las

del tres por mil al Fondo de Garantías de Instituciones Financieras y que el Decreto 2626 del 22 de diciembre de 1998, establece que “ Son transacciones de la Dirección General del Tesoro Nacional las que se hacen con cargo a los recursos del Presupuesto Nacional” , establece lo siguiente:

“A. LAS TRANSACCIONES A QUE HACE REFERENCIA EL DECRETO 2626

DEL 22 DE DICIEMBRE DE 1998, SON LAS REALIZADAS POR LOS ÓRGANOS DEL ORDEN NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA A TRAVÉS DE LAS SIGUIENTES CUENTAS (…)Por lo anterior, las cuentas corrientes autorizadas se encuentran exentas de la contribución del impuesto 3 x 1.000, para ello la Dirección del Tesoro Nacional informará oportunamente a la entidad financiera en la cual se realizó la apertura de la cuenta para que este dinero no sea cobrado. REINTEGROS a) Los reintegros en efectivo que se presenten por concepto de diferencial cambiario, mayores valores provisionados a las unidades fuera de línea y mayores valores pagados por nómina, u otra circunstancia que amerite reintegros del recursos 12 (IPSD) IIMPUESTO PARA LA SEGURIDAD DEMOCRATICA , deberán ser consignados a las cuentas establecidas para reintegros de la Dirección del Tesoro Nacional, especificando en los formatos de consignación los siguientes datos.

- VIGENCIA ACTUAL

No Cuenta Corriente Descripción Banco de la República 6101151-6 Dirección del Tesoro Nacional Recurso 12, Para La Seguridad Democrática , Reintegros Vigencia ActualGastos de Personal

Orden de Pago No XXXXX Banco de la República 61011524 Dirección del Tesoro Nacional Recurso 12 , Para La Seguridad Democrática , Reintegros Vigencia ActualGastos Generales Orden de Pago No XXXXX Banco de la República 6101153-2 Dirección del Tesoro Nacional Recurso 12, Para La Seguridad Democrática , Reintegros Vigencia ActualTransferencias Corrientes Orden de Pago No XXXXX Banco de la República 6101157-3 Dirección del Tesoro Nacional Recurso 12, Para La Seguridad Democrática , Reintegros Vigencia ActualInversión Orden de Pago No XXXXX

- VIGENCIA ANTERIOR

No Cuenta Corriente Descripción Banco de la República 6101158-1 Dirección del Tesoro Nacional Recurso 12, Para La Seguridad Democrática , Reintegros Vigencia AnteriorGastos de Personal Orden de Pago No XXXXX Banco de la República 6101159-9 Dirección del Tesoro Nacional Recurso 12 , Para La Seguridad Democrática , Reintegros Vigencia Anterior - Gastos Generales Orden de Pago No XXXXX Banco de la República 6101160-7 Dirección del Tesoro Nacional Recurso 12, Para La Seguridad Democrática , Reintegros Vigencia AnteriorTransferencias Corrientes Orden de Pago No XXXXX - VIGENCIA EXPIRADABanco de la República 6101164-9 Dirección del Tesoro Nacional Recurso 12, Para La Seguridad Democrática , Reintegros Vigencia AnteriorInversión Orden de Pago No XXXXX

- VIGENCIA EXPIRADA

No Cuenta Corriente Descripción Banco de la República 6101189-4 Dirección del Tesoro Nacional Recurso 12, Para La Seguridad Democrática , Reintegros Vigencia ExpiradaGastos de Personal Orden de Pago No XXXXX Banco de la República 6101290-2 Dirección del Tesoro Nacional Recurso 12 , Para La Seguridad Democrática , Reintegros Vigencia Expirada - Gastos Generales Orden de Pago No XXXXX Banco de la República 6101291-0 Dirección del Tesoro Nacional Recurso 12, Para La Seguridad Democrática , Reintegros Vigencia ExpiradaTransferencias Orden de Pago No XXXXX Banco de la República 6101295-1 Dirección del Tesoro Nacional Recurso 12, Para La Seguridad Democrática , Reintegros Vigencia Expirada - Inversión Orden de Pago No XXXXX Para la Unidades Fuera de Línea, que deban efectuar reintegros en el banco Popular o Banco Agrario de igual manera deben especificar la Información así: Banco Popular 05000024-9 Dirección del Tesoro Nacional – Fondos Comunes Reinteg Recurso 12, Para La Seguridad Democrática , Concepto del Gasto XXXXX Vigencia  XXXXX

OAT No XXXXX

Banco Agrario 0700200108 Dirección del Tesoro Nacional – Fondos Comunes Reinteg Recurso 12, Para La Seguridad Democrática , Concepto del Gasto XXXXX Vigencia  XXXXX OAT No XXXXX b) Una vez efectuados los reintegros, el procedimiento a seguir en el sistema Integrado de Información

Financiera (SIIF), debe ser de igual manera que el enunciado en la Circular 9453-MDN-812 del 8 de noviembre/02, Cuarta Parte, Reintegros, numeral 3. Es importante aclarar que se debe llevar un control estricto de los recursos girados y reintegrados a la DTN con cargos al recurso 12 Para Preservar la Seguridad Democrática; teniendo en cuenta que dichos recursos afectan directamente el portafolio establecido. Los Departamentos Financieros de las Unidades Ejecutoras, deben establecer un control independiente de los reintegros que afecten recurso 12.d) Al igual que el informe que se rinde mensualmente para los reintegros con situación de Fondos, los Departamentos Financieros de las Unidades Ejecutoras, deben enviar en forma mensual un informe independiente de los reintegros efectuados con cargo al recurso 12, anexando las copias de la consignación y especificando la orden de pago u Operación Auxiliar de Tesorería (OAT) que corresponde el reintegro; para poder efectuar conciliaciones permanentes con la División de Giros de la Dirección del Tesoro Nacional. CONTABILIDAD Se hace necesario crear auxiliares en el Plan Contable de las Unidades Fuera de Línea(Sistema CNT), para controlar los ingresos, transferencias y ejecución de los recursos 12 “Recursos para Preservar la Seguridad Democrática Decreto 1838 /02”, situados por la Dirección del Tesoro Nacional, con objeto del Plan Democracia, así:

DENTRO DEL GRUPO DE EFECTIVO

CODIGO

CUENTA

111005001-XXX Cuenta Corriente Bancaria – Servicios Personales Con Situación de Fondos DTN – Plan Democracia 111005004-XXX Cuenta Corriente Bancaria – Gastos Generales Con Situación de Fondos DTN – Plan Democracia 111005006-XXX Cuenta Corriente Bancaria – Transferencias Con Situación de Fondos DTN – Plan Democracia 111005012-XXX Cuenta Corriente Bancaria – Inversión Con Situación de Fondos DTN – Plan Democracia

DENTRO DEL GRUPO PRINCIPAL Y SUBALTERNAS (UNIDAD QUE ENVIA)

CODIGO

CUENTA 199501001-XXX Principal y Subalterna – Fondos Transferidos – Servicios Personales – Plan Democracia 199501002-XXX Principal y Subalterna – Fondos Transferidos – Gastos Generales – Plan Democracia 199501003-XXX Principal y Subalterna – Fondos Transferidos – Transferencias – Plan Democracia 199501005-XXX Principal y Subalterna – Fondos Transferidos – Inversión – Plan Democracia

DENTRO DEL GRUPO PRINCIPAL Y SUBALTERNAS (CR) (UNIDAD QUE RECIBE)

CODIGO

CUENTA 199506001-XXX Principal y Subalterna – Fondos Recibidos – Servicios Personales – Plan Democracia 199506002-XXX Principal y Subalterna – Fondos Recibidos – Gastos Generales – Plan Democracia 199506003-XXX Principal y Subalterna – Fondos Recibidos – Transferencias – Plan Democracia 199506005-XXX Principal y Subalterna – Fondos Recibidos – Inversión – Plan DemocraciaDENTRO DEL GRUPO OPERACIONE INTERINSTITUCIONALES

CODIGO

CUENTA

470501-XXX Operaciones Interinstitucionales – Aportes y Traspasos de Fondos Recibidos – Gastos de Personal – Plan Democracia 470502-XXX Operaciones Interinstitucionales – Aportes y Traspasos de Fondos Recibidos – Gastos Generales – Plan Democracia 470505-XXX Operaciones Interinstitucionales – Aportes y Traspasos de Fondos Recibidos – Programas de Inversión – Plan Democracia 470506-XXX Operaciones Interinstitucionales – Aportes y Traspasos de Fondos Recibidos – Transferencias Corrientes – Plan Democracia Para las Unidades Ejecutoras en línea en SIIF, es necesario que se adopten los controles extracontables, a fin de diligenciar el anexo “Formato Plan Democracia”, que deberá remitirse con la presentación de los Estados Financieros Trimestrales, en razón a que el Plan Contable SIIF a la fecha no admite la creación de auxiliares. Igualmente, las Unidades Fuera de Línea deberán diligenciar y remitir el formato a la Central Contable de la Unidad Ejecutora. En consecuencia, será responsabilidad del Jefe de Departamento Financiero y del Contador de la Central Contable de cada Unidad Ejecutora, la aplicación de dicho procedimiento a partir de la fecha. Es pertinente aclarar que unas de las responsabilidades de la Dirección de Finanzas, es la de consolidar la Información Financiera del Ministerio de Defensa, por consiguiente me permito solicitar enviar a esta Dirección la relación de los Auxiliares Contables creados. Esta Dirección se encargará de emitir el concepto, desde el punto de vista presupuestal, de comercio

internacional y de PAC, de acuerdo con los documentos que el Grupo de Contratación tramite para la firma de la señora Ministra de Defensa Nacional. Finalmente es preciso manifestar, que sólo con el compromiso de todos y cada uno de los funcionarios que participan en la ejecución de los recursos adicionados, se logrará su óptima ejecución. Por lo tanto, me permito solicitar que se entregue copia del presente documento a cada uno de los Gerentes de Proyecto. Atentamente, Capitán de Navío

EDUARDO POSADA ZAMUDIO

Director Financiero

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia n.d.

Última actualización: 20 de abril de 2024

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