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MINDEFENSA - Circular 2438 de 2003

Ministerio de Defensa

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Detalles

Título
MINDEFENSA - Circular 2438 de 2003
Autor
Ministerio de Defensa
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Penal Militar
Año
2003

CIRCULAR 2483 DE 2003

(octubre 28) Fuente: Archivo interno Ministerio de Defensa Nacional <NOTA: Esta norma no incluye análisis de vigencia>

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

ASUNTO: PAC Rezago Año Siguiente

A LOS: Señores

JEFES DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS Y/O

FINANCIEROS UNIDADES EJECUTORAS MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Gn. Teniendo en cuenta que las modificaciones presupuestales (contracréditos) y de PAC (adicionales) que se realizan permanentemente en el Ministerio de Defensa disminuyen los cupos de PAC disponibles y asignados a las Unidades Ejecutoras en el rezago año siguiente y que dicha situación está generando dificultades para registrar en los compromisos los flujos de pago acordados en los contratos, es necesario precisar lo siguiente:

I. Una vez los Jefes de Presupuesto de los Ordenadores del Gasto conozcan de la adjudicación de algún proceso solicitaran a la Dirección de Finanzas, por intermedio de la oficina Administradora del PAC de la Unidad, se carguen los cupos de PAC requeridos en el rezago año siguiente a fin de registrar los compromisos oportunamente. Es importante resaltar que NO deben solicitar que se cargue la totalidad del rezago año siguiente, dado el alto dinamismo que presenta el PAC del rezago año siguiente.

II. Si el SIIF no cuenta con los cupos disponibles en el mes en que la Unidad requiere los cupos en el rezago año siguiente, la Dirección de Finanzas cargará el monto total de la solicitud en los meses donde se encuentren disponible y sin asignar el PAC. Por su parte, los Departamentos Financieros registrarán

los compromisos utilizando los cupos asignados por la Dirección de Finanzas en el SIIF informando a las Oficinas Administradoras del PAC y a los Jefes de Presupuesto de los Ordenadores del Gasto para que coordinen con la Dirección de Finanzas las modificaciones de PAC respectivas, así: § Recursos Ordinarios: Una vez se constituyan ante la Dirección General del Presupuesto Nacional las cuentas por pagar y las reservas de apropiación de la vigencia 2003, las oficinas administradoras del PAC en la Unidad Ejecutora, solicitarán, las modificaciones de PC requeridas mediante el procedimiento establecido, a fin de ajustar los planes de pago a lo pactado en el contrato. Una vez la Dirección del Tesoro Nacional apruebe las modificaciones, los Departamentos Financieros podrán modificar los planes de pago de los compromisos. § Recursos del impuesto para preservar la seguridad Democrática: Puede operar de la misma forma que los recursos ordinarios, o aplazando automáticamente los cupos de PAC aprobados en la vigencia actual al rezago año siguiente (reducción de PAC).Para el segundo caso se debe tener en cuenta lo siguiente, cale la pena recalcar que este procedimiento solo operaría para los recursos IPSD:

1. La Dirección de Finanzas cuando no cuente con cupos disponibles en el rezago año siguiente asignará cupo en el me de diciembre de la vigencia actual, dejando constancia del valor asignado para aplazar al rezago en los cuadros de control. De estos cupos se informará a las Oficinas Administradoras de PAC de la Unidad Ejecutora.

2. Los Departamentos Financieros registrarán el compromiso afectando el PAC del mes de diciembre,

para ello registran tantas líneas de pago como cupos requieran aplazar, es decir, que si la Unidad Ejecutora tiene un compromiso de $ 330.000.00, con planes de pago pactados, así $ 60.000.000.oo en diciembre de la vigencia actual, $ 120.000.000.oo y $ 150.000.000.oo en marzo y abril del año siguiente, respectivamente, el compromiso inicial se registrría así: $ 60.000.000.oo el 1 de diciembre de 2003, $ 120.000.000.oo, el 2 de diciembre de 2003 y $ 150.000.000.oo el 9 de diciembre de 2003. Todos los pagos se apuntan inicialmente dentro del mes de diciembre.

3. Registrado el compromiso los Departamentos Financieros, en coordinación con las Oficinas Administradoras de PAC y los Jefes de Presupuesto de los Ordenadores del Gasto, modificarán el plan de pagos del compromiso apuntándolo a los meses del año siguiente donde realmente está programado el pago, en el caso del ejemplo anterior el compromiso quedaría así: $ 60.000.000.oo el 1 de diciembre de 2003, $ 120.000.000.oo el 17 de marzo de 2004 y $ 150.000.000 el 20 de abril de 2004.

4. De esta operación las Oficinas Administradoras de PAC informarán a la Dirección de Finanzas, antes del cierre del mes en que se efectuó la operación, mediante el siguiente formato:

Ministerio de Defensa Nacional Dirección de Finanzas

Unidad Ejecutora: Nivel de Agrupación PAC:

Compromiso No.

(Información en Pesos) No. Plan de Pagos Inicial Plan de Pagos Definitivo Fecha Valor Fecha Valor 1 2

3 4

5

Total

Nivel de Agrupación PAC: Compromiso No.

(Información en Pesos) No. Plan de Pagos Inicial Plan de Pagos Definitivo Fecha Valor Fecha Valor 1 2

3 4

5

Total

5. La Dirección de Finanzas ajustará los cuadros de control.Vale la pena recordar, que las Unidades Ejecutoras deben revisar permanentemente los cupos de PAC de la vigencia actual cargados en el SIIF, si estos no concuerdan con los montos aprobados por la Dirección de Finanzas deben solicitar, mediante los formatos establecidos, la distribución de los mismos.

Cordialmente, Capitán de Navío

JORGE ALBERTO OSORIO MONTOYA

Director Financiero

Distribución: -Director Administrativo Ministerio de Defensa Nacional -Departamento E4 Ejército Nacional -Dirección de Economía y Finanzas Armada Nacional

-Departamento Financiero Fuerza Aérea -Dirección Financiera Ejército Nacional

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia n.d.

Última actualización: 20 de abril de 2024

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