MINDEFENSA - Concepto 0000008 de 2000
Ministerio de Defensa
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Detalles
- Título
- MINDEFENSA - Concepto 0000008 de 2000
- Autor
- Ministerio de Defensa
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Penal Militar
- Año
- 2000
CONCEPTO 8 DE 2000 (2 febrero)
Fuente: Archivo interno Ministerio de Defensa Nacional
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL CONCEPTO 008MDJNG-810 DEL 02.02.2000
REPUBLICA DE COLOMBIA OFICINA JURIDICA ASUNTO: Concepto viáticos personal militar destinado a la Justicia Penal Militar. AL: Señor Vicealmirante
ALFONSO CALERO ESPINOSA
Secretario General Gn. Con toda atención y teniendo en cuenta el requerimiento formulado en Oficio No. 4491 COFACFACAS-810 de diciembre 14 de 1999, emanado de ese Comando, mediante el cual solicita unificar criterios frente a la liquidación de viáticos al personal uniformado que desempeña cargos en la Justicia Penal Militar, sobre el particular esta Oficina se permite pronunciar previas las siguientes consideraciones: - El Decreto 1562 de 1990 Por el cual se reglamenta el Decreto Ley 2550 de 1988 - Código Penal Militar, dispone en su artículo 34 : “ Las asignaciones, primas, viáticos y sistema de remuneración de los funcionarios y empleados de la Justicia Penal Militar, serán los que en todo tiempo rijan para sus equivalentes en la Rama Jurisdiccional del Poder Público, con excepción de los oficiales, suboficiales y agentes de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional en servicio activo, a quienes se les aplicará lo dispuesto en los respectivos estatutos de carrera.” - Así mismo el Decreto 1211 de 1990 señala en su artículo 115: “ Viáticos y pasajes. Los oficiales y
suboficiales de las Fuerzas Militares que cumplan comisiones individuales del servicio fuera de su guarnición sede y dentro del país, tendrán derecho a los pasajes correspondientes. Así mismo cuando la comisión sea hasta por noventa (90) días, al pago de viáticos, conforme a las disposiciones vigentes… PARAGRAFO 3º Cuando la comisión deba cumplirse en el exterior, los viáticos se pagarán de conformidad con las disposiciones legales vigentes. El Gobierno podrá decretar, además, ciertos gastos de representación cuando lo considere necesario.”
- El Gobierno Nacional en uso de las facultades legales conferidas por la Ley 4 de 1992 anualmenteexpide dentro de los primeros 10 días del mes de enero los decretos por los cuales se expiden disposiciones en materia salarial de los empleados públicos de la Rama Ejecutiva del Poder Público, los salarios de la Rama Judicial, así como los sueldos básicos del personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares, personal uniformado de la Policía Nacional y personal civil. - En este orden de ideas en materia de viáticos del personal militar que se encuentre desempeñando cargos en la Justicia Penal Militar, por disposición expresa del Decreto 1562 de 1990 los mismos
deberán cancelarse conforme lo señalan los estatutos de carrera que nos remiten a las normas que se expidan para el efecto por el Gobierno Nacional en materia de salarios, por lo que debe tomarse el salario básico correspondiente al grado para su liquidación.
CONCLUSION: En atención a lo anteriormente expuesto esta Oficina considera que los viáticos del personal militar que
desempeñe cargos en la Justicia Penal Militar se regulan por los estatutos de carrera del personal de la Fuerza Pública, que son fijados anualmente por el Gobierno Nacional, sin que le sean aplicables las disposiciones que rigen para el personal de la Rama Judicial, por tanto las disposiciones legales vigentes en materia de comisiones para dicho personal, son las contenidas en el Decreto 62 de 1999 y las Resoluciones 2557 de 1997 y 995 de 1999 o normas que la modifiquen o adicionen., en este sentido se comparten las conclusiones contenidas en el concepto No. 1703 FACDJ-SEAG-810 de diciembre 12 de 1996 emitido por el Departamento Jurídico de ese Comando.
PROYECTO,
BLANCA CECILIA MORA TORO
Abogada Grupo Negocios Generales
ELIZABETH JAIMES DE TRUJILLO
Coordinadora Grupo Negocios Generales (e)
MANUEL A. BERNAL GUACANEME
Jefe Oficina Jurídica (E)
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia n.d.
Última actualización: 20 de abril de 2024