MINDEFENSA - Concepto 0000037 de 2000
Ministerio de Defensa
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Detalles
- Título
- MINDEFENSA - Concepto 0000037 de 2000
- Autor
- Ministerio de Defensa
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Penal Militar
- Año
- 2000
CONCEPTO 37 DE 2000 (2 mayo)
Fuente: Archivo interno Ministerio de Defensa Nacional
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL CONCEPTO 0037MDJNG-810 DEL 02.05.2000
REPUBLICA DE COLOMBIA
SECRETARIA GENERAL OFICINA JURIDICA ASUNTO Concepto normatividad aplicable pago viáticos personal de Salud AL Señor Vicealmirante
ALFONSO CALERO ESPINOSA
Secretario General Gn.
Con toda atención y de conformidad con lo requerido por el Director General de Sanidad Militar según Oficio No. 83554 CGFM-DGSM-SAF-DL-486 del pasado 18 de abril, mediante el cual solicita se emita concepto jurídico respecto de la normatividad aplicable para el pago de viáticos al personal civil vinculado a la Planta de Salud del Ministerio de Defensa Nacional, esta Oficina se permite manifestar lo siguiente: El pago de viáticos por cumplimiento de comisiones fuera del lugar de trabajo se encuentra regulado en el Título V (artículos 69 a 74) del Estatuto del Personal Civil del Ministerio de Defensa y la Policía Nacional denominado “SITUACIONES ADMINISTRATIVAS”, razón por la cual corresponde a un asunto de administración de personal y no del régimen salarial. Si bien el artículo 56 de la Ley 352 de 1997 dispuso que los empleados públicos y trabajadores oficiales que se incorporen a las plantas de personal del Ministerio de Defensa Nacional y la Policía Nacional por virtud de dicha ley continuarían sometidos al régimen salarial que se les aplicaba en el Instituto de Salud de las Fuerzas Militares, ello no impide que en materia de viáticos se aplique lo dispuesto en el Decreto 1214 de 1990 pues como quedó anotado, ello corresponde a un asunto de administración de personal.
Instituto de Salud de las Fuerzas Militares, ello no impide que en materia de viáticos se aplique lo dispuesto en el Decreto 1214 de 1990 pues como quedó anotado, ello corresponde a un asunto de administración de personal. Finalmente, es preciso resaltar que la administración del personal civil del Ministerio de Defensa Nacional y de la Policía Nacional se rige en su integridad por el Decreto 1214 de 1990; los aspectos del régimen de carrera por la Ley 443 de 1998 y el régimen prestacional por el Decreto 1214 de 1990 paraquienes se vincularon antes de la entrada en vigencia de la Ley 100 de 1993 y por lo dispuesto en ésta para el personal vinculado después.
PROYECTO
EDUTH CLAUDIA HERNANDEZ AGUILAR
Abogada Grupo Negocios Generales
ELIZABETH JAIMES DE TRUJILLO
Coordinadora Grupo Negocios Generales
MANUEL AUGUSTO BERNAL GUACANEME
Jefe Oficina Jurídica (E)
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia n.d.
Última actualización: 20 de abril de 2024