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MINDEFENSA - Concepto 0000037 de 2000

Ministerio de Defensa

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Detalles

Título
MINDEFENSA - Concepto 0000037 de 2000
Autor
Ministerio de Defensa
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Penal Militar
Año
2000

CONCEPTO 37 DE 2000 (2 mayo)

Fuente: Archivo interno Ministerio de Defensa Nacional

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL CONCEPTO 0037MDJNG-810 DEL 02.05.2000

REPUBLICA DE COLOMBIA

SECRETARIA GENERAL OFICINA JURIDICA ASUNTO Concepto normatividad aplicable pago viáticos personal de Salud AL  Señor Vicealmirante

ALFONSO CALERO ESPINOSA

Secretario General Gn.

Con toda atención y de conformidad con lo requerido por el Director General de Sanidad Militar según Oficio No. 83554 CGFM-DGSM-SAF-DL-486 del pasado 18 de abril, mediante el cual solicita se emita concepto jurídico respecto de la normatividad aplicable para el pago de viáticos al personal civil vinculado a la Planta de Salud del Ministerio de Defensa Nacional, esta Oficina se permite manifestar lo siguiente: El pago de viáticos por cumplimiento de comisiones fuera del lugar de trabajo se encuentra regulado en el Título V (artículos 69 a 74) del Estatuto del Personal Civil del Ministerio de Defensa y la Policía Nacional denominado “SITUACIONES ADMINISTRATIVAS”, razón por la cual corresponde a un asunto de administración de personal y no del régimen salarial. Si bien el artículo 56 de la Ley 352 de 1997 dispuso que los empleados públicos y trabajadores oficiales que se incorporen a las plantas de personal del Ministerio de Defensa Nacional y la Policía Nacional por virtud de dicha ley continuarían sometidos al régimen salarial que se les aplicaba en el Instituto de Salud de las Fuerzas Militares, ello no impide que en materia de viáticos se aplique lo dispuesto en el Decreto 1214 de 1990 pues como quedó anotado, ello corresponde a un asunto de administración de personal.

Instituto de Salud de las Fuerzas Militares, ello no impide que en materia de viáticos se aplique lo dispuesto en el Decreto 1214 de 1990 pues como quedó anotado, ello corresponde a un asunto de administración de personal. Finalmente, es preciso resaltar que la administración del personal civil del Ministerio de Defensa Nacional y de la Policía Nacional se rige en su integridad por el Decreto 1214 de 1990; los aspectos del régimen de carrera por la Ley 443 de 1998 y el régimen prestacional por el Decreto 1214 de 1990 paraquienes se vincularon antes de la entrada en vigencia de la Ley 100 de 1993 y por lo dispuesto en ésta para el personal vinculado después.

PROYECTO

EDUTH CLAUDIA HERNANDEZ AGUILAR

Abogada Grupo Negocios Generales

ELIZABETH JAIMES DE TRUJILLO

Coordinadora Grupo Negocios Generales

MANUEL AUGUSTO BERNAL GUACANEME

Jefe Oficina Jurídica (E)

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia n.d.

Última actualización: 20 de abril de 2024

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