MINDEFENSA - Concepto 0000044 de 2002
Ministerio de Defensa
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Detalles
- Título
- MINDEFENSA - Concepto 0000044 de 2002
- Autor
- Ministerio de Defensa
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Penal Militar
- Año
- 2002
CONCEPTO 44 DE 2002 (2 septiembre)
Fuente: Archivo interno Ministerio de Defensa Nacional
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL CONCEPTO 044MDJNG-118 DEL 02.09.2002
REPUBLICA DE COLOMBIA
SECRETARIA GENERAL
Señor
MARIO JOSE ALVAREZ PUERTO
Calle 20 No. 31-26 Apto. 101
Teléfono: 6358905
Bucaramanga - Santander Referencia. Escrito solicitando información sobre aplicabilidad de la Ley 403 de 1997, Art. 2 , numerales 4 y 5. Comedidamente me permito informarle que mediante oficio 036166 del 31 de julio de 2002, la Secretaria Jurídica de la Presidencia de la Republica, remitió el escrito de la referencia, el cual nos permitimos darle respuesta en los siguientes términos: Marco Jurídico. Ley 403 de 1997. “Articulo 2 . Quien como ciudadano ejerza el derecho al voto en forma legitima en las elecciones y en los eventos relacionados con los demás mecanismos de participación constitucionalmente autorizados, gozara de los siguientes beneficios: Numeral 4. Quien hubiere ejercido el derecho al voto en la votación inmediatamente anterior tendrá derecho a ser preferido, frente a quienes injustificadamente no lo hicieron, en la adjudicación de becas educativas, de predios rurales y de subsidios de vivienda que ofrezca el Estado, en caso de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en concurso abierto.
Numeral 5. El estudiante de institución oficial de educación superior tendrá derecho a un descuento del diez por ciento (10%) del costo de la matrícula, si acredita haber sufragado en la ultima votación realizada con anterioridad al inicio de los respectivos periodos académicos”. Consideraciones.La Universidad Militar “Nueva Granada”, es una institución oficial de carácter publico de educación superior, aprobada mediante Ley 30 de 1992, por la cual se organiza el servicio público de la Educación Superior, que en su Artículo 137 , estatuyó que la Universidad Militar "Nueva Granada"... que adelanta programas de Educación Superior, continuará adscrita a la entidad respectiva (Ministerio de Defensa Nacional) y funcionará de acuerdo con su naturaleza jurídica (Unidad Administrativa Especial), ajustando su régimen académico en los términos de dicha Ley. Por tanto, por ser una Unidad Administrativa Especial, sin personería jurídica, adscrita al Ministerio de Defensa Nacional, con patrimonio independiente y autonomía administrativa, según lo contemplado en los Decretos Ley No. 84 del 23 de enero de 1980 y No. 2218 del 7 de septiembre de 1984, en su articulo 52 , y ser una institución de educación superior, reconocida por el Ministerio de Educación Nacional en los términos de la Ley 30 de 1992, se aprecia claramente que dicha Institución si está obligada a dar cumplimiento a lo estipulado en el artículo 2 , numerales 4 y 5 de la Ley 403 de 1997. Conclusión. Por los motivos, anteriormente expuestos, Usted podrá solicitar alguno de los beneficios otorgados por la Ley 403 de 1997 y dicho establecimiento educativo deberá cumplirlos, siempre y cuando se cumplan los requisitos exigidos por la misma ley. Atentamente,
Por los motivos, anteriormente expuestos, Usted podrá solicitar alguno de los beneficios otorgados por la Ley 403 de 1997 y dicho establecimiento educativo deberá cumplirlos, siempre y cuando se cumplan los requisitos exigidos por la misma ley. Atentamente,
LUZ MARINA GIL GARCIA
Jefe Oficina Asesora Jurídica(E)
ELIZABETH JAIMES DE TRUJILLO
Coordinadora Grupo Negocios Generales Abogado
IVAN DANIEL MONTAÑO P
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia n.d.
Última actualización: 20 de abril de 2024