MINDEFENSA - Concepto 0001403 de 2001
Ministerio de Defensa
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Detalles
- Título
- MINDEFENSA - Concepto 0001403 de 2001
- Autor
- Ministerio de Defensa
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Penal Militar
- Año
- 2001
CONCEPTO 1403 DE 2001
(agosto 13)
Fuente: Archivo interno Ministerio de Defensa Nacional
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
DIRECCION DE FINANZAS
ASUNTO: Registros Bienes Inmuebles
AL: Señor Coronel
JULIO ALFONSO TELLO CEBALLOS
Director General de Sanidad Militar. Gn. En atención a su oficio No. 91823 CGFM-DGSM-SAF-DGF-CONT-022 del 31 de julio de 2001, me permito informar al señor Coronel Director General de Sanidad Militar, que de acuerdo con el texto del citado oficio, se debe entender que en terrenos o inmuebles del Ministerio de Defensa Nacional registrados en cabeza de las diferentes Unidades Ejecutoras que lo conforman, la Dirección General de Sanidad Militar ha efectuado construcciones, adiciones y/o mejoras. Con base en lo anterior, se debe recurrir a la cuenta 1915 – OTROS ACTIVOS – OBRAS Y MEJORAS EN PROPIEDAD AJENA, que la Contaduría General de la Nación en el Modelo Instrumental define, así: “ valor de los desembolsos efectuados para adicionar, acondicionar, mejorar, reparar o ampliar, en forma significativa, la capacidad operacional de los bienes inmuebles de propiedad de terceros, que son utilizados por el ente público para el desarrollo de su función administrativa o cometido estatal” de acuerdo con lo anterior, se esta tratando de un bien inmueble que pertenece a otra Unidad, asi sea orgánica del Ministerio de Defensa pero que para el caso se entiende de un tercero, sobre el cual la Dirección General de Sanidad autorizó la construcción de unas obras, adiciones o mejoras. El registro contable en consecuencia, será el siguiente:
CODIGOS
CUENTAS
DEBITO
CREDITO
19
OROS ACTIVOS
1915
un tercero, sobre el cual la Dirección General de Sanidad autorizó la construcción de unas obras, adiciones o mejoras. El registro contable en consecuencia, será el siguiente:
CODIGOS
CUENTAS
DEBITO
CREDITO
19
OROS ACTIVOS
1915
OBRAS Y MEJORAS EN PROPIEDAD AJENA
1915XX Subcuentas Respectivas XXX 24
CUENTAS POR PAGAR
2401
ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
NACIONALES
2401XX Subcuentas respectivas XXXLas obras y mejoras en propiedad ajena deben amortizarse durante el período menor que resulte, entre la vigencia del respectivo contrato, o la vida útil estimada de los bienes, producto de las mejoras o adiciones realizadas. Sin embargo, cualquier comentario adicional o explicación al respecto, estaremos dispuestos a suministrarla a través del Grupo de Contabilidad General de esta Dirección. Atentamente, Capitán de Navío
EDUARDO POSADA ZAMUDIO
Director de Finanzas
PE ANGEL ULISES ACUÑA RUIZ
CONTADOR GENERAL MINDEFENSA
ELABORADO POR
PU-NESTOR AGUIRRE FLOREZ
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia n.d.
Última actualización: 20 de abril de 2024