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MINDEFENSA - Concepto 0016527 de 2006

Ministerio de Defensa

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Detalles

Título
MINDEFENSA - Concepto 0016527 de 2006
Autor
Ministerio de Defensa
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Penal Militar
Año
2006

CONCEPTO 16527 DE 2006

(abril 20)

Fuente: Archivo interno Ministerio de Defensa Nacional

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Señor Contralmirante

ALVARO ECHANDIA DURAN

Jefe Jefatura de Inteligencia Armada Nacional Gn.

Asunto: Ejecución presupuestal Gastos Reservado En atención al Oficio Nº 31706 del 17 de marzo/06 mediante el cual se solicita concepto por un lado, sobre la posibilidad de adicionar un contrato que está siendo ejecutado con dineros pertenecientes al rubro “Gastos Reservados” con dineros de recurso ordinario o viceversa y por el otro, si es posible respaldar presupuestalmente un proceso contractual uniendo los rubros antes descritos, me permito informar al señor Contralmirante Jefe Jefatura de Inteligencia Armada Nacional, lo siguiente:

1. El Decreto 4731 del 28 de diciembre de 2005 “ Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2006, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos”, en el Capítulo VI <sic, es Capítulo V> “Definición de los Gastos” Numeral 2.1 “Adquisición

de Bienes y Servicios” indica: “ GASTOS RESERVADOS Erogaciones destinadas al cubrimiento de actividades de inteligencia, contrainteligencia e investigación para la conservación y el restablecimiento del Orden Público y la represión del delito, incluye operaciones y funcionamiento de redes de inteligencia, pagos por información, de analistas y material

técnico. Las operaciones de inteligencia y contrainteligencia incluyen el alquiler de vehículos, inmuebles, servicios de hoteles y restaurantes, pago de pasajes aéreos y terrestres, pago de peajes, teléfonos privados, pago de propinas especiales y material técnico necesarios para desarrollarlas. Se incluyen los gastos de operación y funcionamiento de redes de inteligencia y contrainteligencia, que son aquellas erogaciones que estando definidas en otros conceptos del gasto, no pueden ser efectuadas a través de los canales administrativos normales en razón a la necesidad que tienen estas dependencias de operar en secreto, así como los gastos de operación de los departamentos y direcciones de inteligencia del Comando General, Comandos de Fuerza, Dirección General de la Policía Nacional y Departamento Administrativo de SeguridadComprende la compra de bienes muebles, de bienes tangibles de consumo duradero que deben inventariarse y la adquisición de bienes tangibles e intangibles de consumo final o fungibles que no se deben inventariar y que no son objeto de devolución destinados a apoyar las acciones de Gastos Reservados, definidas en las distintas leyes que autorizan a las entidades públicas a ejecutar esta clase de gastos. Con cargo a dicho rubro presupuestal también podrán adelantarse para operaciones de inteligencia y de contrainteligencia, las compras de equipo técnico de sonido y video, armamento y equipo criptográfico, equipo técnico de seguridad militar, equipo de seguridad de comunicaciones, equipo técnico de sistemas, compra de material técnico para inteligencia.

También podrán atenderse gastos de informantes y operativos de inteligencia o contrainteligencia, tendientes a la represión del contrabando.”

2. Según lo estipulado en la Orden Administrativa Nº 001 – COARC 2006, para la Jefatura de Inteligencia Armada Nacional, en los demás rubros presupuestales de Gastos Generales diferentes a Gastos Reservados se asignó una partida de $ 359.000.000, los cuales están destinados para la compra de equipo, enseres y equipos de oficina, materiales y suministros, mantenimiento, impresos y publicaciones, viáticos y gastos de viaje y otros gastos por adquisición de servicios, y por su parte, para Gastos Reservados se asignó la suma de $ 5.661.820.000.

En consecuencia, cada concepto del gasto es específico y obedece a un plan de compras preestablecido.

3. Como es de conocimiento, el Artículo 18 del Decreto 4731 estipula: “ La adquisición de los bienes que necesiten los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación para su funcionamiento y organización requieren de un plan de compras. Este plan deberá aprobarse por cada órgano acorde con las apropiaciones autorizadas en el Presupuesto General de la Nación y se modificará cuando las apropiaciones que la respaldan sean modificadas” .

Así mismo, este plan debe ser elaborado y registrado teniendo en cuenta los lineamientos dispuestos en las normas del Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal SICE. Por lo anterior, y atendiendo al Principio de Especialización consagrado en el Artículo 18

del Estatuto Orgánico del Presupuesto el cual señala: “ Las apropiaciones deben referirse en cada órgano de la administración a su objeto y funciones, y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas” , si lo que se desea es efectuar alguna adquisición de bienes o servicios pertenecientes al concepto de gastos reservados o de otro rubro presupuestal y no se cuenta con los recursos suficientes, se debe tramitar un traslado presupuestal ante la instancia competente, para poder adelantar las gestiones a que haya lugar en los procesos contractuales y bajo las normas legales vigentes, es decir, no es posible respaldar presupuestalmente un proceso contractual uniendo los rubros antes descritos, ni adicionar un contrato de Gastos Reservados con recursos de otro rubro presupuestal, toda vez, que para ello es necesario previamente que se efectúe un traslado presupuestal para el rubro por el cual finalmente se va a afectar la apropiación. Por último, es procedente indicar, que el anterior concepto se expide con alcance del artículo 25 del Decreto 01 del 2 de enero de 1984, que en su tercer párrafo indica: “ Las respuestas en estos casos no comprometerán la responsabilidad de las entidades que las atienden, ni serán de obligatoriocumplimiento o ejecución”. Cordialmente, Capitán de Navío

JAIME JEFFERSON PEÑA PINZON

Director Financiero

PE. MARTHA LUCÍA RAMÍREZ GONZÁLEZ

Coordinadora Grupo Análisis y Difusión

PU. ELSA JANNETTE CÁRDENAS RODRÍGUEZ

Economista

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia n.d.

Última actualización: 20 de abril de 2024

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