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MINDEFENSA - Concepto 0034632 de 2005

Ministerio de Defensa

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Detalles

Título
MINDEFENSA - Concepto 0034632 de 2005
Autor
Ministerio de Defensa
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Penal Militar
Año
2005

CONCEPTO 34632 DE 2005 (8 agosto)

Fuente: Archivo interno Ministerio de Defensa Nacional

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL CONCEPTO 34632MDJNG-810 DEL 08.08.2005

Asunto: Respuesta oficio

Doctora

LILIANA PEREZ URIBE

Directora Administrativa Ministerio de Defensa Nacional Respetada Doctora: En atención al oficio No. 32591 recibido el 27 de julio de 2005, mediante el cual solicita concepto sobre la viabilidad de desbloquear los identificadores a entidades y cooperativas a las cuales se les bloqueo el código por presentar en forma extemporánea la documentación requerida en la Carta Circular No. 073 MDNSG-029 de enero 06 de 2004, me permito presentar a su consideración los siguientes planteamientos:

1. ANTECEDENTES La Carta Circular No. 073 MDNSG-029 del 06 de enero de 2004, dispone en el Capítulo II EJECUCION Literal A Numeral 4: “4. Las entidades y asociaciones autorizadas para efectuar descuentos por nómina se comprometen a actualizar la documentación especificada en el anexo “B”, en el lapso comprendido entre el 10 y 15 de Abril de cada año. El incumplimiento de esta obligación implicará que sólo se realicen los descuentos ya reportados, pero no se efectuarán nuevos descuentos”.

2. CONSIDERACIONES: De conformidad con las instrucciones contenidas en la Carta Circular No. 073 MDNSG-029 del 06 de enero de 2004, con relación a la autorización para efectuar descuentos por nómina, se colige:2.1 Es función de la Dirección Administrativa de la Secretaria General del Ministerio de Defensa,

recibir y verificar la información para la actualización de la autorización de los descuentos por nómina y definir las acciones que se deriven de este trámite. 2.2 Una vez concedida la autorización inicial para efectuar descuento por nómina, las entidades y asociaciones autorizadas deben actualizar la documentación en el lapso comprendido entre el 10 y el 15 de abril de cada año.

2.3 El incumplimiento de la obligación de actualización de la información por parte de las entidades y asociaciones autorizadas, genera las siguientes consecuencias: 2.3.1 No se aplicarán descuentos que se reporten después de vencido el término para la actualización de la información. 2.3.2 Solo se aplicarán los descuentos reportados antes del vencimiento del plazo para presentar la actualización de la información.

3. CONCLUSION Teniendo en cuenta que la Carta Circular No. 073 MDNSG-029 del 06 de enero de 2004, no contempla en forma expresa la actuación administrativa que debe adelantarse en el evento en que una entidad o dependencia autorizada presente extemporáneamente la actualización de la información, y haciendo uso de una interpretación armónica del contenido del documento enunciado, esta Oficina se permite concluir. 3.1 Es viable jurídicamente activar nuevos descuentos por nómina a una entidad o dependencia autorizada que haya presentado extemporáneamente la actualización de la información exigida en el numeral 4 del Capítulo II de la Carta Circular No. 073 MDNSG-029 del 06 de enero de 2004, a partir de la fecha en que se recomiende por parte de la Dirección Administrativa del Ministerio de Defensa.

3.2 La activación de los nuevos descuentos no conlleva la aplicación retroactiva de cuotas vencidas durante el lapso que haya transcurrido entre el vencimiento de la fecha para la presentación de la documentación y la de la activación que sea autorizada. 3.3 La Dirección Administrativa del Ministerio de Defensa, se encuentra facultada para definir las acciones que se deriven del trámite de actualización de la autorización de los descuentos por nómina. Es pertinente indicar que el presente concepto se emite en los términos del artículo 25 del Código Contencioso Administrativo y por tanto no compromete la responsabilidad de quien lo emite, ni es de obligatorio cumplimiento.Reciba un cordial saludo,

ALEX DE JESÚS SALGADO LOZANO

Jefe Oficina Asesora Jurídica

ASTRID ROJAS SARMIENTO

Abogada Negocios Generales

CARLOS ALBERTO SABOYA GONZÁLEZ

Coordinador Grupo Negocios Generales

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia n.d.

Última actualización: 20 de abril de 2024

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