MINDEFENSA - Concepto 0050083 de 2005
Ministerio de Defensa
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- MINDEFENSA - Concepto 0050083 de 2005
- Autor
- Ministerio de Defensa
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Penal Militar
- Año
- 2005
CONCEPTO 50083 DE 2005 (8 noviembre)
Fuente: Archivo interno Ministerio de Defensa Nacional
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL CONCEPTO 50083MDJNG-810 DEL 08.11.2005
Asunto: Proyecto de Directiva modificación Directiva Ministerial No. 023 de 2003
Doctor
JORGE MARIO EASTMAN ROBLEDO
Viceministro de Gestión Institucional Ministerio de Defensa Nacional Respetado Viceministro: En atención al oficio No. 46457 MDPSE-577 del 18 de octubre de 2005, mediante el cual remite para análisis, observaciones y recomendaciones de esta Secretaría, el proyecto de modificación a la Directiva Ministerial No. 023 de 2003 que trata del planeamiento y manejo de los recursos provenientes de la Cooperación Internacional, me permito poner a su consideración los siguientes planteamientos:
1. La Directiva Ministerial No. 23 del 28 de noviembre de 2003 establece las políticas y lineamientos para el planeamiento y manejo de los recursos provenientes de la cooperación internacional en general y el proyecto de directiva recibido limita el alcance de estas políticas y lineamientos solo a los recursos provenientes de la Cooperación bilateral con el Gobierno de Estados Unidos.
Teniendo en cuenta que en la parte final del proyecto de directiva se enuncia que se deroga en forma permanente y para todos los efectos la Directiva Ministerial No. 23 del 28 de noviembre de 2003, se sugiere analizar los efectos sobre la planeación y manejo de los posibles recursos provenientes de la cooperación internacional distinta a la del Gobierno de Estados Unidos para determinar si se requiere la emisión
de políticas y lineamientos en este sentido.
2. Con relación al contenido del proyecto de directiva: 2.1 En el Capítulo I Objetivo y Alcance Literal 8 Numeral 4 se enuncia como uno de sus objetivos específicos el de direccionar el desarrollo de los procesos administrativos y logísticos para la incorporación a los Estados Financieros de la República de Colombia de los bienes y servicios recibidos por parte de la cooperación del Gobierno de los Estados Unidos.
En virtud del marco de competencia asignado a los Ministros en su sector, se sugiere modificar la redacción en el sentido de reemplazar la expresión “República de Colombia” por la de” Sector Defensa” u otra similar. 2.2 En el Capítulo III Literal A, la Misión General del proyecto de directiva tiene un alcance mayor al fijado en el Capítulo I, toda vez que se hace referencia a la asistencia internacional en términos genéricos, razón por la cual se sugiere unificar su campo de aplicación.2.3 En el Capítulo III Literal B numeral 1 subliteral a primer inciso, con el fin de evitar imprecisiones en la interpretación y ejecución del proyecto de directiva, se sugiere precisar la misión particular asignada al Viceministerio de Gestión Institucional, relacionada con la coordinación de lo relacionado con la cooperación proveniente del Gobierno de los Estados Unidos, teniendo en cuenta que a otras dependencias v. g. Viceministerio de Asuntos Políticos y Temática Internacional se asignan misiones relacionadas. Se sugiere estudiar la posibilidad de asignar las misiones particulares derivándolas de las funciones asignadas a las diversas dependencias en el Decreto 49 de 2003.
2.4 Con relación a las misiones particulares asignadas a la Oficina Asesora de Planeación del Ministerio de Defensa se sugiere: § Precisar la redacción del literal a en cuanto a las dependencias a as cuales se encuentra dirigida la Política o directriz e igualmente si la misma es sobre los bienes o procedimientos v. g. A través de la emisión de directrices o lineamientos orientar el esfuerzo para la estandarización, homologación y complementariedad de los procedimientos relacionados con los bienes y servicios derivados de la cooperación con el Gobierno de los Estados Unidos en el sector defensa, enfocadas hacia la optimización de los mismos para el logro de las metas y los objetivos trazados. § Analizar la efectividad de la misión asignada en el literal f o si en su lugar debe ser redactada en el sentido de adelantar las actuaciones tendientes a que se contemplen a futuro los recursos para garantizar la sostenibilidad de los programas y proyectos que se implementen. 2.5 Con relación a las misiones particulares asignadas a la Dirección de Finanzas: § En el literal b se sugiere verificar si la función consiste en “determinar” o en la emisión de lineamientos y el seguimiento sobre los informes que las Unidades Ejecutoras deben elaborar y presentar ante los entes de control. § En el literal f se sugiere verificar la redacción dentro del marco de competencia asignado a la dependencia, teniendo en cuenta que se consagra la misión de orientar y coordinar los ajustes y modificaciones a la normatividad aduanera colombiana, función que en principio se encontraría dentro del ámbito de otras dependencias ajenas al Ministerio de Defensa.
En este orden de ideas se recomienda como consecuencia modificar la redacción en el sentido de indicar si la misión consiste en la presentación de propuestas y en las difusiones de las modificaciones a la normatividad aduanera colombiana. 2.6 En el Capítulo III Literal B numeral 1 subliteral b en cuanto a las misiones particulares asignadas a la Oficina de Asuntos Internacionales: § En el literal a se estima que la misión asignada contempla un campo de acción muy amplio que puede invadir la esfera de competencia de otras entidades, dependencias y funcionarios, razón por la cual se propone estudiar la posibilidad de modificar la redacción ajustándola a las funciones que la dependencia tiene asignadas. V. G. Proponer los lineamientos políticos del sector defensa para la cooperación bilateral con el Gobierno de los Estados Unidos. 2.7 En el Capítulo III Literal B numeral 1 subliteral c, en cuanto a la misión particular asignada a la Oficina Asesora Jurídica se sugiere complementar la redacción en el sentido de indicar que el concepto jurídico sobre la procedibilidad de las obligaciones asumidas, será emitido previo pronunciamiento de viabilidad emitido por la Oficina de Asuntos Internacionales del Ministerio de Defensa. 2.8 En el Capítulo III Literal 8 numeral 2 se sugiere: § En el literal b precisar si la evaluación conjunta que realiza el Comando General de las Fuerzas Militares, incluye a todas las entidades y dependencias del sector defensa v. g. Policía Nacional.§ En el literal c teniendo en cuenta el contenido global de las misiones particulares asignadas, se sugiere reemplazar si se estima procedente la expresión “centralizar” por “consolidar”.
2.9 En el Capítulo III Literal B numeral 3 se sugiere: § En el literal b se sugiere precisar la redacción en el sentido si la designación es para centralizar la información o para designar la dependencia en la cual será centralizada la información. § En el literal f se sugiere estudiar la procedencia de la misión asignada en cuanto al alcance de la expresión “Garantizar” toda vez que la misma impone una obligación de resultado que además puede tener implicaciones sobre necesidades institucionales en otras materias.
3. Observaciones en cuanto a la forma del proyecto: 3.1 En el literal b de las misiones particulares que se asignan a la Oficina Asesora de Planeación se sugiere modificar la redacción en el sentido de indicar que la solicitud al Comando General de las Fuerzas Militares y a la Dirección General de la Policía es de la información consolidada de las necesidades de bienes y servicios a ser financiados o suministrados a través de la cooperación del Gobierno de los Estados Unidos. 3.2 Se sugiere complementar la redacción en el contenido del proyecto de directiva cuando se haga referencia a un cargo v. g. Oficina de Planeación del Comando General de las Fuerzas Militares (En el Capítulo III Literal B numeral 2 subliteral a) en el sentido de agregar la expresión “o quien haga sus veces” con el fin de facilitar su cumplimiento en el evento de modificaciones en la denominación. 3.3 En el Título del Capítulo III Literal B numeral 4 debe anteponerse la expresión “de” después de “Oficinas de Coordinación de
Cooperación Internacional”. En este orden de ideas y con fundamento en el contenido del proyecto de directiva, es pertinente indicar que el presente concepto solo abarca
el campo jurídico, razón por la cual se estima que previamente a su expedición se emita concepto de viabilidad por parte de las dependencias involucradas en su cumplimiento. Reciba un cordial saludo,
LUIS MANUEL NEIRA NÚÑEZ
Secretario General
ASTRID ROJAS SARMIENTO
Abogada Negocios Generales
CARLOS ALBERTO SABOYA GONZALEZ
Coordinador Grupo Negocios Generales ALEX DE JESUS SALGADO LOZANOJefe Oficina Asesora Jurídica
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
REPÚBLICA DE COLOMBIA
Bogotá, D.C., 28 nov. 2003
No. 17313 MDPPL-023 No. 023
DIRECTIVA MINISTERIAL PERMANENTE ASUNTO: Planeamiento y manejo de los recursos provenientes de la cooperación Internacional AL: Señores Gn. Comandante General Fuerzas Militares; Comandantes de Fuerza; Director General Policía Nacional; Jefes Oficinas de Coordinación Plan Colombia Comando General Fuerzas Militares, Comandos de Fuerza y Policía Nacional; Dirección General de Sanidad Militar; Dirección de Sanidad Policía Nacional; Viceministro de Gestión Institucional; Viceministro de Asuntos Políticos y Temática Internacional; Secretaria General Ministerio de Defensa; Oficina de Control Interno, Dirección de Finanzas y Oficina de Asuntos Internacionales Ministerio de Defensa Nacional.
I. OBJETO Y ALCANCE
A. Finalidad Emitir políticas y lineamientos a las unidades ejecutoras que conforman el sector defensa, en los aspectos relacionados con el planeamiento, negociación, programación, recepción, distribución, seguimiento y evaluación integral de la asistencia proveniente de la cooperación internacional.
B. Objetivos Específicos
negociación, programación, recepción, distribución, seguimiento y evaluación integral de la asistencia proveniente de la cooperación internacional.
B. Objetivos Específicos
1. Determinar políticas y procedimientos que orienten la planeación y priorización de las necesidades y requerimientos de la ayuda internacional.
2. Determinar mecanismos para la estandarización de procesos y procedimientos para el eficiente manejo y optimización de los recursos provenientes de asistencia internacional.
3. Unificar mecanismos de control y seguimiento para el adecuado monitoreo del uso final de los bienes y servicios.
4. Direccionar el desarrollo de los procesos administrativo y logístico para la incorporación de bienes y servicios recibidos.
5. Establecer criterios para la evaluación de resultados obtenidos frente a la cooperación internacional.
6. Aunar esfuerzos interinstitucionales a nivel interno y externo con el propósito de planear y programar en escenarios de mediano y largo plazo, los recursos físicos y financieros requeridos por el Sector Defensa desde una óptica racional y coherente con las necesidades propias enel cumplimiento de la misión.
C. Referencias
1. Política de Defensa y Seguridad Democrática - Objetivos Estratégicos numeral 32.
2. Política de Defensa y Seguridad Democrática, Coordinación de la Acción del Estado - Ministerio de Defensa numeral 63 y Cooperación Internacional numeral 133.
3. Acuerdo General suscrito en 1962 para Asistencia Técnica, Económica y Afín entre el Gobierno de los Estados Unidos y la República de
Colombia.
4. Anexo al Acuerdo General sobre Asistencia Técnica, Económica y otra Asistencia relacionada entre el Gobierno de los Estados Unidos de
América y la República de Colombia año 2000.
5. Ley 24 de 1959 que establece el marco legal para que el gobierno nacional celebre convenios de cooperación internacional.
6. Circular No.16543-MDFCG-930 de Noviembre 10 de 2003 sobre Políticas y Procedimientos Contables Plan Colombia.
7. Manual de Bienes Muebles del Ministerio de Defensa Nacional de Octubre 30 de 2002.
8. Plan General de Contabilidad Pública.
9. Resoluciones 4240 de 2000 y 7002 de 2001 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
10. Decretos No. 2685 de 1999 sobre el Estatuto Aduanero, y No. 1232 de 2001 Reglamentario del Estatuto Aduanero.
11. Circular No.14746-MDPTO-074 de Octubre 09 de 2003 sobre inscripción proyectos de inversión vigencia fiscal 2005.
12. Directiva Presidencial No.08 de Septiembre 02 de 2003 y Circular Ministerial No.14657-MDCIP-889 de Octubre 07 de 2003 sobre el
Sistema de Control Interno.
D. Vigencia A partir de la fecha de su expedición.
II. INFORMACIÓN El Ministerio de Defensa Nacional en cumplimiento de la Política de Defensa y Seguridad Democrática, en lo pertinente al fortalecimiento de la gestión de planeación sectorial y mejoramiento continuo y dado el compromiso adquirido frente a los objetivos estratégicos propuestos, desarrolla los mecanismos necesarios para la ejecución de los planes y programas financiados por la cooperación internacional, apoyo que
hoy día cobra importancia en la lucha contra las amenazas transnacionales como el terrorismo y el narcotráfico. Parte de esta alternativa inició en el año 2000 cuando el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de los Estados Unidos de América suscribieron el Anexo al Acuerdo General sobre Asistencia Técnica, Económica y Afín, mediante el cual pactan establecer y apoyar un programa de control de narcóticos bilateral, las acciones a tomarse y los recursos a proveerse por el Gobierno de la República de Colombia.En este contexto, es política del Ministerio de Defensa orientar la gestión de las Fuerzas Militares, la Policía Nacional y las demás entidades del Sector como potenciales beneficiarias de los recursos que provienen de otros países y que contribuirán a fortalecer su capacidad operativa frente a los retos trazados, en forma integral, eficaz y concordante con el proceso logístico y administrativo que implica el manejo de bienes y servicios obtenidos de estas fuentes. Las directrices contenidas en el presente documento aplican para la cooperación internacional en general y de la misma forma para el manejo de la asistencia recibida por el Plan Colombia desde su inicio.
III. EJECUCIÓN
A. Misión General El Ministerio de Defensa Nacional a partir de la fecha, determina los procesos y unifica los procedimientos, actividades y responsabilidades frente al proceso logístico que comprende la donación, comodato o asignación de bienes y servicios procedentes de la asistencia internacional desde la negociación hasta su recepción en las unidades ejecutoras del Sector Defensa (anexo 1 Esquema sistema logístico aplicado a la cooperación internacional).
B. Misiones Particulares
1. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL a) Oficina de Asuntos Internacionales (1) Actúa como enlace entre el Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares, la Policía Nacional y la Embajada de los países cooperantes en todos los efectos relacionados con la cooperación internacional. (2) Presenta a la Oficina de Control Interno del Ministerio de Defensa los informes determinados en la Circular Ministerial No.14657
MDCIP-889 del 7 de octubre de 2003. (3) Establece el procedimiento para el trámite y aprobación de enmiendas a los acuerdos bilaterales suscritos. (Apéndices y Sub-Apéndices).
(4) Establece el procedimiento para el trámite, aprobación y firma de los apéndices, sub-apéndices y acuerdos de implementación al Anexo del Acuerdo General sobre Asistencia Económica, Técnica y Afín de 2000, de conformidad con lo establecido en esta Directiva. (5) Solicita al Comando General de las Fuerzas Militares y a la Dirección General de la Policía Nacional la consolidación de las necesidades de bienes y servicios a ser financiados o suministrados a través de la cooperación de los gobiernos de otros Estados, de conformidad con los lineamientos establecidos en la presente Directiva por el área de Planeación.(6) A requerimiento del Comando General de las Fuerzas Militares o la Dirección General de la Policía Nacional y en coordinación con la Oficina de Planeación del Ministerio de Defensa, gestiona ante la Embajada del Gobierno que ofrece la asistencia internacional, las
solicitudes de recursos (bienes y servicios) presentadas. (7) Acuerda el texto de los documentos a suscribirse entre las partes en coordinación con las Fuerzas y/o la Policía Nacional según el caso. (8) Solicita concepto al Ministerio de Relaciones Exteriores sobre el texto del documento a suscribirse, de ser procedente. (9) Solicita concepto acerca de la legalidad de las obligaciones a asumir por el Ministerio de Defensa, las Fuerzas y/o la Policía Nacional, a la Secretaría General - Oficina Jurídica del Ministerio de Defensa Nacional. (10) Presenta para aprobación y firma del Ministro de Defensa Nacional el documento a ser suscrito, previo visto bueno de la Oficina Jurídica y la Oficina de Planeación del Ministerio, el Comando General (Oficina de Coordinación Plan Colombia), los Comandos de Fuerza y la Dirección General de la Policía Nacional según proceda. (11) Consolida los informes periódicos sobre el estado de avance de los programas y proyectos que se encuentren en curso. (12) Consolida los informes finales sobre los programas y proyectos que se hayan culminado. (13) En coordinación con las Oficinas de Planeación y Control Interno del Ministerio de Defensa, orienta, asesora y coordina la evaluación y seguimiento que deberá ser realizado por las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, según el caso. (14) Coordina con la Embajada del gobierno que provee la asistencia el suministro de la información a solicitud de las Fuerzas y la Policía Nacional y otras instituciones, para la evaluación y seguimiento de los programas y proyectos en curso o finalizados.
(15) Coordina la realización de informes de evaluación conjunta con la Embajada del país que provee la asistencia sobre los programas y proyectos en curso o finalizados. b) Oficina Asesora de Planeación (1) Produce la orientación y directrices necesarias para que las instituciones del Sector Defensa beneficiarias de la ayuda internacional, realicen un eficiente planeamiento, programación, presupuestación, seguimiento y evaluación de los recursos asignados. (2) Orienta el esfuerzo conjunto de la Fuerza Pública, a través de la emisión de directrices para la estandarización, homologación y complementariedad de los bienes y servicios derivados de la cooperación internacional, enfocadas hacia la optimización de los mismos para el logro de las metas y los objetivos trazados.(3) Analiza y conceptúa sobre la viabilidad financiera de los programas y proyectos y su correspondencia con los planes existentes y otras fuentes de financiación, según su priorización de acuerdo con los programas o áreas funcionales establecidas. (4) Verifica con las Fuerzas Militares y la Policía Nacional la disponibilidad presupuestal para los programas que impliquen compromisos o erogaciones del presupuesto nacional. (5) A través de políticas y/o metodologías, orienta el seguimiento y la evaluación de los planes, y prepara informes mensuales sobre el cumplimiento de los mismos con base en el monitoreo de indicadores diseñados por las Unidades Ejecutoras. i) Parámetros de planeamiento de necesidades de recursos a) La proyección de necesidades debe ser coherente con la Política de Defensa y Seguridad Democrática, es decir, que este orientada al cumplimiento de los objetivos estratégicos establecidos por el gobierno nacional.
b) Las necesidades deben ser derivadas del análisis racional y enfocadas a la tención de requerimientos operacionales prioritarios. c) Deben corresponder a necesidades de bienes y servicios que no tengan financiación en el mediano plazo, desagregadas anualmente. d) Los requerimientos serán presentados de acuerdo con las matrices anexas del Ministerio de Defensa (PR-1, PR-2 Y PR-3), en concordancia con las solicitudes del Departamento Nacional de Planeación, orientándolos a los objetivos del gobierno nacional. e) Deben permitir el seguimiento y evaluación de los resultados del empleo de recursos provenientes de la cooperación frente a los objetivos propuestos. f) Deben complementar los planes, programas y proyectos existentes a saber: Planes de Desarrollo, Planes Especiales (Unidades Nuevas), Plan Colombia (primera fase) y otras fuentes de financiación, en plena coherencia con el desarrollo de la Estrategia Militar, Plan Estratégico de la Policía Nacional y otros Programas. (Anexo 2 Matriz PR-1 Necesidades de Cooperación Internacional) g) Los proyectos presentados deben especificar el nivel de alistamiento esperado e incremento de la capacidad operativa de las unidades beneficiadas de la cooperación. (Anexo 4 Matriz PR;3 Programación de Recepción de Equipos Cooperación internacional). h) Las obras de infraestructura proyectadas que así lo requieran, deben sustentarse en los debidos estudios ambientales, procesos contractuales e interventorías, de acuerdo con la normatividad vigente. ii) Parámetros para la Optimización de Recursos: a) Los requerimientos de bienes deben ser propuestos considerando los componentes necesarios para la operación de los sistemas y equipos,
como son los programas de transferencia de tecnología, asistencia técnica, entrenamiento, armamento y munición. b) Establecer claramente el origen de los bienes y servicios determinando el país que los produce y fa compatibilidad de la tecnología con los equipos y sistemas existentes. c) Se debe establecer los costos asociados al sostenimiento de los bienes en mantenimiento, infraestructura, tripulaciones o personal, combustibles, entrenamiento, capacitación y otros. (Anexo 3 PR-2 Sostenimiento necesidades Cooperación internacional). d) Observar la estandarización y homologación de los sistemas y equipos existentes, que permita un aprovechamiento de la inversión previa ydesarrollo integral de las operaciones conjuntas. e) Es necesario tener en cuenta el empleo de la infraestructura existente en la Fuerza Pública; asimismo, se deberá maximizar el uso de los materiales y equipos previamente adquiridos a fin de alcanzar el óptimo nivel de alistamiento, bajo una óptica de aprovechamiento de la capacidad conjunta. f) Los requerimientos de material aeronáutico para el empleo de la capacidad conjunta de la Fuerza Pública, deben responder a las directrices emitidas por el Ministerio de Defensa y el Comando General de la Fuerzas Militares. g) Las necesidades correspondientes al área de salud deberán ser analizadas y coordinadas por la Dirección General de Sanidad Militar FFMM y por la Dirección Sanidad de la Policía Nacional; en lo que respecta a las adquisiciones de aeronaves ambulancias y los demás elementos propuestos; es fundamental que estas Direcciones evalúen y presenten el modelo de salud operacional.
h) En la formulación de necesidades se debe programar la recepción de equipos y determinar la localización (ubicación) de unidades receptoras de los bienes y servicios. (Anexo 4 Matriz PR-3 Programación de Recepción de Equipos Cooperación internacional). i) Todos los requerimientos planteados deberán incluir las proyecciones anualizadas del impacto que estos generan en los presupuestos ordinarios de funcionamiento e inversión y especificar el detalle de los equipos y elementos a adquirir en cada programa o proyecto. (Anexo 3 Matriz PR-2 Sostenimiento necesidades Cooperación internacional). c) Dirección de Finanzas (1) Aplica los procedimientos administrativos establecidos en el Manual de Bienes para las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Defensa, aprobado mediante Resolución No. 1236 de diciembre 11 de 2002. (2) Las instrucciones particulares, los informes y los plazos establecidos en la Circular No.16543-MDFCG-930 de noviembre 10 de 2003, que trata de las Políticas y Procedimientos Contables Plan Colombia, son de obligatorio cumplimiento y hace parte integral de la presente Directiva. (3) Se deben reconocer y registrar los bienes y servicios que se encuentren debidamente soportados, nacionalizados y con actas de recibo a satisfacción por los responsables. En consecuencia, no se realizará ningún registro contable sin el correspondiente documento que lo soporte. (4) Orienta, coordina y difunde los ajustes y modificaciones a la normatividad aduanera vigente para la nacionalización de bienes, a las Oficinas de Comercio Exterior de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional. d) Control Interno (1) La evaluación y seguimiento al control interno aplicado a los recursos provenientes de la cooperación internacional, contenidos en la
presente Directiva, así como el cumplimiento de los compromisos adquiridos en el Plan de Mejoramiento, se hará en los siguientes niveles de acuerdo a las funciones y competencias: (2) Primer Nivel: Los servidores públicos que participan en el planeamiento, programación, ejecución, recepción, seguimiento y evaluación de los recursos provenientes de la cooperación internacional, serán responsables de aplicar el control interno a través del autocontrol yautoevaluación para garantizar la eficiencia, eficacia y transparencia en la administración de los recursos, así como para presentar la información adecuada y racional en los Estados Financieros correspondientes. (3) Segundo Nivel: Será ejercido por la Oficina de Control Interno del Ministerio de Defensa Nacional en la Gestión General, el Comando General de las Fuerzas Militares, en cada Comando de Fuerza y en la Dirección General de la Policía Nacional por los funcionarios que cumplen funciones de control interno. Para llevar a cabo este procedimiento deberán observar las normas que regulan esta materia y en especial los lineamientos para el cumplimiento de la Directiva Presidencial 08 del 2 de septiembre de 2003 contenidos en la Circular Ministerial 14657 MDCIP-889 del 7 de octubre de 2003. (4) Tercer Nivel: Estará a cargo de la Dirección de Asuntos Internacionales, así como de la Oficina de Planeación del Ministerio de Defensa Nacional en el marco de la competencia que les asiste, sin perjuicio de la supervisión que debe realizar la Oficina de Control Interno del Ministerio de Defensa Nacional. e) Secretaría General
(1) La Secretaría General del Ministerio de Defensa conceptúa acerca de la viabilidad jurídica de las obligaciones asumidas en los apéndices, Sub-Apéndices o Acuerdos de Implementación, previa revisión de la Oficina de Asuntos Internacionales.
2. OFICINAS DE COORDINACIÓN PLAN COLOMBIA FFMM Y PONAL a) Coordinan la recepción de todos los bienes y servicios originados de la asistencia internacional. b) Coordinan el suministro de toda la documentación relativa a los bienes y servicios recibidos, acuerdos, apéndices, informes de evaluación y seguimiento y actas de donación entre otros. c) Coordina la elaboración de reportes periódicos de distribución de fondos por proyectos y donación de fondos a ser diligenciados por parte de los funcionarios de la Embajada del país que provee la asistencia. (Anexo 5 Formato de Distribución de Fondos por Proyectos DF1 y Anexo 6 Formato de Certificado de Donación CD1). d) Efectúan el manejo de los sistemas de información necesarios para facilitar el control, monitoreo, uso final y ubicación de los materiales y elementos recibidos de la cooperación internacional. e) Constituyen el punto de enlace permanente y mantienen los canales de coordinación entre las Unidades Ejecutoras y las Oficinas de: Asuntos Internacionales, Oficinas de Coordinación Plan Colombia del Comando General FF.MM, de las Fuerzas y de la Policía Nacional, Oficinas de Planeación del MDN, de las Fuerzas y la Oficina de Gestión Institucional de la Policía Nacional, la Oficina de Control Interno
MDN y las dependencias que cumplan las funciones de control interno en las FF.MM y la PONAL. f) Coordinan con las Oficinas de Comercio Exterior de cada Fuerza y la Policía Nacional con el objeto de conciliar los bienes que ingresan por las zonas aduaneras en virtud de la cooperación internacional. g) Coordina el suministro de la información necesaria para la incorporación de las obras de infraestructura en los inventarios y la identificación de equipamiento asociado a tas construcciones.3. COMANDO GENERAL DE LAS FUERZAS MILITARES a) Participa como ente consolidador de los procesos y procedimientos que deben desarrollar las Fuerzas Militares en la gestión de recursos con la asistencia internacional; para tal efecto designa al personal y a las Dependencias del Estado Mayor Conjunto responsables del cumplimiento de las misiones establecidas en la presente directiva. b) A través de la Oficina de Planeación del Comando General FFMM y con la participación del Departamento D-4 EMC, lidera la implementación de procesos y procedimientos estandarizados para la optimización de los recursos derivados de la asistencia internacional, al interior de las Fuerzas Militares. c) Efectúa la evaluación conjunta del impacto de la cooperación internacional en el mejoramiento de la capacidad operativa de las Fuerzas Militares. d) Centraliza la información que deben reportar las Fuerzas Militares al Ministerio de Defensa en las áreas dispuestas en la presente directiva. e) A través del Departamento D-6 EMC (Oficina de Planeación) verifica que los proyectos de inversión incluidos en el Plan de Desarrollo de las Unidades Ejecutoras (Comando General, Ejército, Armada, Fuerza Aérea y Sanidad Militar), no se dupliquen con los previstos en los
planes a ser financiados con la cooperación internacional, sino que sean complementarios con el fin de maximizar este apoyo.
4. COMANDOS DE FUERZA - FF.MM a) Dispone la participación de las Dependencias y personal necesario, para el desarrollo de los procesos y procedimientos que deben adelantar las áreas responsables de la gestión de recursos derivados de la asistencia internacional; de acuerdo con las misiones establecidas en la presente directiva. b) Designa la centralización de la información relativa a la gestión de los recursos provenientes de la cooperación internacional en una Dependencia responsable, a fin de tener una visión conjunta de todas las áreas be
Estás viendo una vista previa
Lee el documento completo con Ariel
Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.