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MINDEFENSA - Concepto 43 de 2002

Ministerio de Defensa

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Detalles

Título
MINDEFENSA - Concepto 43 de 2002
Autor
Ministerio de Defensa
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Penal Militar
Año
2002

CONCEPTO 43 DE 2002 (30 agosto)

Fuente: Archivo interno Ministerio de Defensa Nacional

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL CONCEPTO 043MDJCE-023 DEL 30.08.2002

SECRETARIA GENERAL

AL  Señora

MARIA CAROLINA ESLAVA CABALLERO

Directora de Comunicaciones Corporativa Gn. En atención al Oficio No. 179 MDNCC-714, relacionado con el Convenio Interinstitucional para el desarrollo de la practica profesional entre la Pontificia Universidad Javeriana y el Ministerio de Defensa Nacional, comedidamente presento las siguientes observaciones previo análisis, así: En aplicación de la Resolución de Delegación 264 de 2002, el competente para suscribir el presente convenio de cooperación es el Secretario General del Ministerio de Defensa. Es preciso determinar el alcance de las cláusulas segunda y sexta, respecto a los medios para que el estudiante complete su formación profesional y la colaboración que se brindara al Supervisor del Area destinado por la Universidad respectivamente, lo anterior con el fin de conocer el compromiso del Ministerio en el cumplimiento de dichos aspectos. Se sugiere ampliar la cláusula tercera en el sentido de determinar los equipos, material de trabajo y demás elementos necesarios para el desarrollo de la labor encomendada, así como establecer la responsabilidad que el estudiante tiene sobre estos; igualmente hay que dejar en claro que los elementos serán aquellos que el Ministerio de acuerdo a su presupuesto y necesidades posea. Debido a que se trata de un convenio de cooperación el cual carece de una relación laboral entre el

estudiante y el Ministerio, es pertinente eliminar el último inciso de la cláusula quinta, es decir: “… salvo que LA INSTITUCION determine otra cosa”. Es aconsejable que se determine claramente la duración de la practica es decir si la misma es de cuatro o seis meses, así como las horas de trabajo del estudiante, lo anterior con el fin de evitar interpretaciones erróneas en el cumplimiento del convenio. Debe incluirse las siguientes cláusulas, una estableciendo funciones claras y expresas del estudiante, siendo necesario modificar de esta forma el literal a, del proyecto y otra relacionada con la reserva que el estudiante debe tener respecto al desarrollo de sus diferentes actividades, lo anterior debido a losasuntos que maneja el Ministerio de Defensa. Igualmente, se debe eliminar del proyecto de convenio a la estudiante, con el fin de establecerlo de manera general y no particular, haciéndolo de esta forma más flexible y encaminado a subsanar las necesidades del Ministerio y por ende de la Universidad. Por ultimo, es pertinente cambiar la denominación de INSTITUCION por MINISTERIO; respecto a la vigencia del mismo, debe tenerse en cuenta que será de acuerdo con el tiempo señalado en la cláusula octava del presente proyecto.

LUZ MARINA GIL GARCIA

Jefe Oficina Asesora Jurídica (e)

LINA MARIA TORRES CAMARGO

Asesora Grupo Contratación Estatal

MARIA NOHORA NIETO JARAMILLO

Coordinadora Grupo Contratación Estatal

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia n.d.

Última actualización: 20 de abril de 2024

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