MINDEFENSA - Concepto 72281 de 2008
Ministerio de Defensa
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Detalles
- Título
- MINDEFENSA - Concepto 72281 de 2008
- Autor
- Ministerio de Defensa
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Penal Militar
- Año
- 2008
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Usted está en: Inicio Documento Concepto 72281 de 2008 MDEF Ocultar anotaciones
Buscar Índice CONCEPTO 72281 DE 2008 (30 octubre) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Doctor ALEX DE JESÚS SALGADO LOZANODirector de Asuntos Legales Ministerio de Defensa Nacional Gn.- ASUNTO: Concepto técnico al convenio de colaboración entre el MDN – EJC Y PDVSA GAS S.A. Sucursal Colombia. En atención al oficio No. 53386 MDVGIOAP mediante el cual se dispone el análisis y seguimiento a los apoyos
que recibe la Fuerza Pública por parte de la cooperación nacional, me permito remitir el concepto técnico correspondiente al convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa Nacional - Fuerzas Militares de Colombia - Ejercito Nacional y PDVSA GAS S.A. sucursal Colombia.
1. El comprometimiento de las tropas establecido en el convenio no afecta la capacidad operacional de la Décima Brigada del Ejército, unidad con jurisdicción en la zona de los trabajos que desarrollará la empresa PDVSA en el departamento de la Guajira.
2. Los recursos contemplados en el convenio son únicamente en especie y serán destinados al apoyo de gastos operacionales (ambulancias, motos y material de intendencia) para unidades de la Décima Brigada.
3. La dotación de 2 ambulancias, una para el Batallón de Infantería Cartagena y la otra para el Grupo de Caballería Matamoros, está justificada en la necesidad de garantizar la adecuada y oportuna evacuación de heridos y enfermos. Actividad que se dificulta debido a que estas unidades tienen actualmente ambulancias con más de 10 años de servicio. Asimismo, hay certeza de no estar duplicando esfuerzos debido a que el Ejército no tiene contemplado la adquisición de ambulancias para estas unidades.
4. La dotación de 10 motocicletas para el Batallón de Infantería Cartagena y 10 para el Grupo de Caballería Matamoros, se justifica por el aumento en la capacidad de reacción de las unidades motorizadas de estas
unidades tácticas. Igualmente, revisados los proyectos del Ejército no hay ninguno para la adquisición de motocicletas con destino a estas unidades.
5. El material de intendencia previsto para la Brigada 10 está destinado a la dotación de unidades móviles y bases semifijas que facilitan la continuidad de las operaciones, especialmente en el departamento de la Guajira.
Asimismo, no está previsto por parte del Ejército la asignación de este material a esa unidad operativa menor, por lo tanto no hay duplicidad de esfuerzos. Por lo anterior, se conceptúa favorablemente la suscripción de dicho convenio. Cordialmente,
YANETH GIHA TOVAR
Directora de Planeación y Presupuestación del Sector Defensa Concepto técnico: TC. Germán Puentes Ir al inicio Logo de Avance Jurídico Compilación Jurídica Ministerio de Defensa Nacional
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