🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINDEFENSA - Concepto m20240423005069 de 2024

Ministerio de Defensa

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINDEFENSA - Concepto m20240423005069 de 2024
Autor
Ministerio de Defensa
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Penal Militar
Año
2024

CONCEPTO M20240423005069 DE 2024

(abril 23) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Bogotá D.C. Doctor XXXXXXXXXXXX Director de asuntos legales Luis.xxxxxxx@mindefensa.gov.co

Bogotá D.C Asunto: Respuesta solicitud de información sobre acciones institucionales para personas OSIGDLGBTI 2023-2024.

Estimada Director: De manera atenta y dando alcance a la comunicación No. M20240412004749 del 12 de abril, y allegada a esta Dirección el día 16 de abril por medio de la cual remite solicitud de la Delegada de Derechos de las Mujeres y Asuntos de Género de la Defensoría del Pueblo sobre acciones institucionales para personas OSIGD-LGBTI 2023 - 2024, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 1755 de 2017 “Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”; y encontrándome dentro de los términos legales dispuestos en la misma normatividad para dar contestación a su solicitud, tal y como lo prevé el artículo 14 ibídem; por medio del presente me permito dar respuesta pronta, completa y de fondo a cada una de los cuestionamientos discurridos en su escrito en los siguientes términos: 1. ¿Qué actividades desarrolló su entidad para la inclusión y atención de personas LGBTI? Sírvase remitir los soportes de estas acciones.

Este Ministerio con el objetivo de fortalecer los mecanismos de prevención, enfocados exclusivamente para la población LGBTIQ+, este Ministerio avanza en un proceso de asistencia técnica en enfoque de orientaciones sexuales, identidades de género y expresiones de género no hegemónicas a las oficinas de género de la Fuerza Pública para que pueda replicarse al interior de las entidades. Por otra parte, junto la Fuerza Pública y el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) se están realizando mesas técnicas relación a la creación de un protocolo donde se identifiquen riesgos y se establezca de manera diferencial la prevención y atención a los casos de violencia sexual o por razón de género hacia la población LGBTIQ+.De igual manera, durante el 2023 este Ministerio realizó acompañamiento a la Gerencia de Diversidad Sexual y Derechos LGBTIQ+ de la Vicepresidencia de la República, en el desarrollo de los diálogos regionales en el proceso de actualización de la Política Pública Nacional LGBTI.

2. Indicar la metodología que implementó su entidad para desarrollar formación curricular, capacitación coyuntural y extracurricular en cada una de las fuerzas, para promover la transversalización del enfoque de derechos humanos, género y diferencial. Anexar soportes, lugares donde se realizaron, listado de participantes y evaluación del impacto de estas acciones.

Actualmente, el Sector de Seguridad y Defensa, cuenta con la Directiva Ministerial Permanente No 11 /2019, la cual tiene como objetivo fortalecer la socialización en la Fuerza Pública de contenidos

establecidos universalmente, así como directivas y lineamientos que han sido expedidos por el Ministerio Nacional en temas de derechos humanos, Derecho Internacional Humanitario (DIH) y prevención a las violencias. En este sentido y en cumplimiento de la Directiva en mención anualmente se expide el Plan Anual de Capacitación, el cual contiene un anexo exclusivo (anexo E) para el desarrollo de talleres sobre género, prevención de violencia sexual y violencia basado en género, en las diferentes Unidades Militares y de Policía a nivel nacional. En el marco de este instrumento durante la vigencia 2023 se capacitó 1.698 miembros de la Fuerza Pública.

3. Indicar si se impulsaron programas y proyectos de cero tolerancia ante la violencia basada en género y violencia por prejuicio, por parte de personas integrantes de la Fuerza Pública, tanto en el ámbito privado como público. Anexar soporte.

Este Ministerio ha emitido diferentes directrices para la protección y atención a los diferentes grupos de especial protección constitucional en conjunto. Sin embargo, en el marco de la Política de Seguridad y Defensa del Sector se imparten acciones orientadas a transversalizar los enfoques diferenciales en las políticas y la gestión del sector, bajo la promoción de una cultura institucional sin estereotipos de género y la cero tolerancia a cualquier expresión de violencia basada en género y violencia sexual, (Estrategia para fortalecer la legitimidad de la Fuerza Pública - Política de Seguridad, Defensa y Convivencia Ciudadana 2022 -2026). Por ello, se encuentra en proceso de actualización del Protocolo del Ministerio de Defensa para la prevención, atención y medidas de

protección de todas las formas de violencia contra las mujeres y basadas en género y/o discriminación por razón de raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología política o filosófica, sexo u orientación sexual o discapacidad, y demás razones de discriminación en el ámbito laboral y contractual del sector público. De igual manera, la Policía Nacional inauguró el Centro Integrado Nacional para la Prevención, Atención y Protección de las Violencias Basadas en Género como un mecanismo interinstitucional dirigido a orientar el despliegue de capacidades para prevenir, atender y proteger diferentes violencias basadas en género, de igual manera, se implementó el sistema de información para medidas de protección en violencias basadas en género, herramienta vital para controlar y rastrear las acciones institucionales y georreferenciar las medidas de protección dispuestas para salvaguardar la vida e integridad de las víctimas. El Centro Integrado Nacional para la Prevención, Atención y Protección de las Violencias Basadas en Género prioriza los territorios a partir de la identificación de causas y factores facilitadores de loscomportamientos que originan estas violencias basadas en género, permitiendo así una atención diferencial en búsqueda de una vida libre de discriminación y de violencia, de hecho, los análisis previos a la implementación del centro integrado permitieron la identificación de entidades territoriales con altos niveles de agrupación de este tipo de violencias (Cundinamarca, Antioquia, Valle del Cauca, Nariño y Santander). Adicionalmente, durante la vigencia 2023 se resalta que la Policía Nacional expide la Guía Práctica ¿Cómo atender a personas del SECTOR LGBTIQ+?, por medio de la cual se ilustra la ruta que le permite al Policía tener claros los criterios orientadores para los procedimientos y medios cuando deban aplicarse a personas con orientaciones sexuales e identidades de género no normativas.

¿Cómo atender a personas del SECTOR LGBTIQ+?, por medio de la cual se ilustra la ruta que le permite al Policía tener claros los criterios orientadores para los procedimientos y medios cuando deban aplicarse a personas con orientaciones sexuales e identidades de género no normativas. Finalmente, en línea a lo establecido en la Política de Seguridad y Defensa se avanza en la actualización de la Política de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario del Sector, para la promoción, protección, garantía y difusión de los derechos humanos, bajo la incorporación de estándares internacionales en la materia, haciendo énfasis al respeto y la garantía de los derechos de los grupos poblacionales de especial protección, donde se resalta la población LGTBIQ+.

4. Teniendo en cuenta que la Ley 48 de 1993, no exime a los hombres transgénero y personas no binarias de la prestación del servicio militar obligatorio, sírvase indicar ¿Cuál es el procedimiento y Ruta de atención actual para las personas anteriormente mencionadas en aras de solucionar su situación militar?

Se realiza traslado por competencia al Comando de Reclutamiento y Control Reservas mediante comunicación NO. RS20240419052565

5. En el marco de las recomendaciones dadas por la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición en su Informe Final, indique si se han cumplido y de qué manera las siguientes: a. ¿Cuál es el avance de la construcción e implementación de protocolos para el respeto a los derechos humanos y el enfoque de género, reconociendo de manera expresa los derechos de las

personas LGBTIQ+ dirigidos a empresas que prestan servicios de vigilancia y seguridad privada? Favor remitir los soportes y el protocolo. Se realiza traslado por competencia a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, mediante comunicación NO. RS20240419052559 b. ¿Cuáles son los avances y número de atenciones realizadas a través de la Mesa de seguimiento a casos de discriminación o violencia contra personas LGBTIQ+, en los que se haya presentado la participación de miembros de empresas que prestan servicios de vigilancia y seguridad privada y desde que fecha entro en funcionamiento esta instancia? Favor remitir Actas y soportes de esta acción. Se realiza traslado por competencia a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, mediante comunicación NO. RS20240419052559 c. Remitir copia del documento de lineamientos de un trato garante de derechos a las personas LGBTIQ+, por parte de las empresas que prestan servicios de vigilancia y seguridad privada.Se realiza traslado por competencia a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, mediante comunicación NO. RS20240419052559 d. Remitir copia de actas y soportes de la mesa técnica de seguimiento de casos de violencia contra personas LGBTIQ+ perpetrados por integrantes de la Fuerza Pública, en conjunto con otras entidades del Estado, entre ellas la Fiscalía General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría General de la Nación y la sociedad civil. El Ministerio de Defensa no cuenta con registros que evidencien su participación en mencionados espacios, sin embargo y comprometido con la prevención, atención y sanción de cualquier

manifestación de violencia sexual, se encuentra a su entera disposición para que se considere su presencia en las acciones de monitoreo y seguimiento que realizan otras entidades del Estado y fortalecer de esta manera el trabajo interinstitucional, articulado y armónico entre todas las entidades. e. Remitir la ruta de atención o programa interno de denuncia de casos de violencia y discriminación contra personal que se identifique como parte de la población LGBTIQ+, integrantes de la fuerza pública. El Sector de Seguridad y Defensa cuenta desde año 2015 con el “Protocolo de la Fuerza Pública para la prevención y respuesta a la violencia sexual” mediante el cual se establecen los lineamientos para prevenir, atender y proporcionar las medidas de protección ante cualquier tipo de violencia contra la mujer, violencia basada en género y discriminación que involucre al personal que integra el Ministerio de Defensa Nacional (Comando General de las Fuerzas Militares, Fuerzas Militares, Policía Nacional), activando una ruta de atención oportuna de los casos que se presenten y la acción integral a las presuntas víctimas, con un enfoque de derechos humanos, diferencial y de género. Así mismo, establecer los mecanismos sancionatorios que se deben aplicar cuando se presenten quejas frente a estos hechos. f. Remitir copia del plan de acción o actividades programadas para el año 2024 dirigidas a personasLGBTI. Es pertinente señalar, que, las actividades de capacitación y sensibilización extracurricular son dirigidas a todo el personal integra la Fuerza Pública, sin distinción alguna; es por lo anterior, que se desarrolla de forma anual planes anuales de capacitación extracurricular con el apoyo técnico del Comité Internacional de la Cruz Roja, Ministerio de Justicia y del Derecho, y la Agencia para la Reincorporación y Normalización enmarcadas Directiva Permanente No. 11 de 2019. Se adjunta

Comité Internacional de la Cruz Roja, Ministerio de Justicia y del Derecho, y la Agencia para la Reincorporación y Normalización enmarcadas Directiva Permanente No. 11 de 2019. Se adjunta copia digital del plan de capacitación para el año 2024. 6. ¿Qué otra oferta, programas, protocolos y rutas implementa su entidad para materializar los derechos de las personas LGBTI? Sírvase remitir soportes de estas acciones. El Sector de Seguridad y Defensa ha emitido los lineamientos para la protección de los derechos de población de especial protección donde se encuentra incluidos las personas LGBT, así: - Directiva No. 11 de 2010 La cual contiene la política de “Cero Tolerancia contra Actos de Violencia Sexual”, y contiene instrucciones precisas para la Fuerza Pública en materia de prevención de la violencia por razón de género y violencia sexual. - Directiva No. 07 del 10 de marzo de 2011: Medidas de lucha contra la impunidad en casos de graves violaciones a los derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario presuntamente atribuibles a miembros de la Fuerza Pública e implementación de un sistema de monitoreo. - Protocolo de la Fuerza Pública para la Prevención y Respuesta a la Violencia Sexual que emite instrucciones a todos los niveles del mando en el marco de las siguientes líneas de acción: a. Prevención: Acciones dirigidas a evitar la ocurrencia de la violencia sexual, disminuirlos factores de riesgo; reiterar las alertas; empoderar al personal para la denuncia y el reporte de estos casos;

fortalecer el conocimiento en el marco normativo y reiterar el rol de garantía y defensa de los Derechos Humanos. b. Formación e Instrucción: Acciones que permiten facilitar la educación, capacitación e instrucción de los miembros de la Fuerza Pública en la aplicación de las políticas de prevención, sanción y eliminación de la violencia contra la mujer y violencia sexual. c. Coordinación: Al interior de la Fuerza Pública con el fin de garantizar la participación de instancias o dependencias directamente involucradas en el desarrollo de las líneas de acción para la aplicación del Protocolo en los distintos niveles del mando y atendiendo a las funciones en el marco de sus competencias. d. Rendición de Informes: sobre las acciones adelantadas en relación con la prevención y atención a la violencia sexual y las acciones frente a los casos de violencia sexual cuando se conozca un caso de violencia sexual. Adicional al Protocolo se cuenta con la Cartilla Operativa del Protocolo de la Fuerza Pública establece los aspectos de mayor importancia que ayudan a conocer a todos los niveles del mando las manifestaciones de violencia sexual y el qué hacer cuando se presentan casos de violencia sexual,aplicación de alertas, vigilancia y control, especialmente para los casos en flagrancia. Por su parte el Comando General de las Fuerzas Militares y las respectivas Fuerzas cuenta con los siguientes instrumentos: - Directiva Permanente del Comando General de la Fuerzas Militares No 109 -05 de agosto de 2015 “Promoción, Protección y Respeto a los Derechos Humanos de la Población LGTBI por parte de las

Fuerzas Militares”. - Directiva Permanente del Comando General de las Fuerzas Militares No 20151110000 277 -28 de septiembre 2015 “Lineamientos Estratégicos para las Fuerzas militares en Equidad de Género, Enfoque Diferencial y Prevención de Violencia Basada en Género”. - Decálogo para la prevención de violencia Basada en Género del Ejército Nacional. - Circular No 202213300070 9363 MDN-COCFM-COEJC-OGENE-38-1 de febrero de 2022. Promoción, protección y respeto a los Derechos Humanos enmarcados en la diversidad étnica, cultural y sexual.” - Ejército Nacional. - El Ejército Nacional a través de la Oficina de Género cuenta el ACOSOMETRO, un instrumento que permite visibilizar las conductas inapropiadas que pueden ser catalogadas como hostigamiento sexual/acoso sexual, frente a la eliminación de la violencia de género. Por su parte la Policía Nacional cuenta con la Estrategia de Atención a Población en Situación de Vulnerabilidad -ESPOV, materializada a través de la Directiva Operativa Transitoria 008 del 01/04/2023 “Parámetros de actuación policial para el despliegue de la estrategia de atención a población en situación de vulnerabilidad”, atendiendo diferentes hechos de afectación en contra de líderes del sector social LGBTI. De igual manera, a fin de garantizar el restablecimiento de los derechos de las personas víctimas de violencia basada en género, los funcionarios de la Policía Nacional, enmarcan sus actuaciones bajo

el cumplimiento de lo normado en las guías: “1CS-GU-0001 ATENCIÓN DE CASOS DE VIOLENCIAS BASADAS EN GÉNERO (VBG)”, en consecuencia; deben dar aplicabilidad a los formatos “1CS-FR-0006 INFORME VALORACIÓN DE LA SITUACIÓN ESPECIAL DE RIESGO”, “ 1CS-FR-0007 ACTA DE REGISTRO DE CASOS DE VIOLENCIA”, y “1CS-FR0008 ACTA DE DERECHOS A LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIAS BASADAS EN GÉNERO”, los cuales deben ser documentados, cuantificados y tratados de acuerdo a lo establecido en la guía “1GD-GU-0004 Organización de archivos”. Adicionalmente, cuenta con las “Patrullas Púrpuras,” las cuales tienen como objetivo fortalecer el servicio de policía para la atención integral de las víctimas en el marco de la prevención, atención, intervención y protección de las víctimas de violencia intrafamiliar y demás violencias basadas en género en el territorio nacional, orientadas a: - Dinamizar la prestación del servicio. - Identificar segmentos poblacionales de mayor afectación.- Caracterizar los fenómenos asociados a VIF y VBG. - Fortalecer la articulación institucional en las rutas de - Identificar y dar tratamiento a los factores facilitadores y riesgos sociales de VBG. - Contribuir a garantizar espacios y entornos seguros. - Mitigar la ocurrencia de conductas que afecten la vida, honra o integridad Sin otro particular, esperamos haber dado respuesta a su solicitud en los términos legales establecidos. Cordialmente,

DIANA SANCHEZ LARA

Directora Derechos Humanos y DIH

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia n.d.

establecidos. Cordialmente,

DIANA SANCHEZ LARA

Directora Derechos Humanos y DIH

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia n.d.

Última actualización: 3 de diciembre de 2024

Consultar sobre este documento ...