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MINDEFENSA - Concepto rs20240209017363 de 2024

Ministerio de Defensa

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Detalles

Título
MINDEFENSA - Concepto rs20240209017363 de 2024
Autor
Ministerio de Defensa
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Penal Militar
Año
2024

MEMORANDO R20240209017363 DE 2024

(febrero 9) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> <Esta norma no incluye análisis de vigencia>

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Para:

XXXXXXXXXXXX

De:

XXXXXXXXXXXX Asunto: Solicitud exclusión prohibición al Ministerio de Defensa.

Respetado Doctor, Siguiendo instrucciones del señor Ministro de Defensa Nacional, Iván Velásquez Gómez, de manera atenta, solicito su valiosa colaboración para que, en el artículo 18 del proyecto de decreto que establece el Plan de Austeridad del Gasto 2024 para los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación, se incluya al Ministerio de Defensa Nacional en las excepciones, a las reglas de austeridad en eventos y regalos corporativos, souvenirs o recuerdos. La propuesta de modificación del artículo 18 es la siguiente (se destaca): Artículo 18. Austeridad en eventos y regalos corporativos, “souvenirs” o recuerdos. Está prohibida la realización de recepciones, fiestas, agasajos o conmemoraciones de las entidades con cargo a los recursos del Presupuesto General de la Nación. Se exceptúan de la anterior disposición los gastos que efectúe el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y los gastos para reuniones protocolarias o internacionales que requieran realizar los Ministerios de Defensa Nacional , Relaciones Exteriores, de Comercio, Industria y Turismo (exclusivamente para actividades encaminadas al fomento del comercio exterior). Las entidades deberán abstenerse de adquirir regalos corporativos, souvenirs o recuerdos. No se

financiarán regalos corporativos ni artículos promocionales o de mercadeo por parte de las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación. La anterior propuesta se fundamenta en lo siguiente: Conforme con el artículo 3o del Decreto 1874 de 2021 (1) , al despacho del ministro de Defensa Nacional le corresponde, entre otras, coordinar y orientar el desarrollo de las políticas para la defensa de la soberanía, la independencia, la integridad territorial, la seguridad y tranquilidad pública, así como para el mantenimiento del orden constitucional y la garantía de la convivencia democrática (numeral 1). Además, como el ministro de Defensa Nacional es la mayor autoridad del sector defensa y seguridad, es el competente para definir y dirigir la imagen institucional y la divulgación de actividades, planes y programas del sector defensa, tanto en el ámbito nacional como internacional (numeral 4). El ejercicio de las competencias mencionadas implica que el ministro de Defensa Nacional asista a reuniones protocolarias o internacionales para que justamente difunda la imagen institucional ydivulgue los planes, programas y proyectos del sector defensa y seguridad para lo cual resulta necesario que en el artículo 18 del proyecto de decreto que establece el Plan de Austeridad del Gasto 2024 para los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación, se incluya al Ministerio de Defensa Nacional en las excepciones, respecto de las reglas de austeridad en eventos y regalos corporativos, souvenirs o recuerdos. Las visitas oficiales del ministro de Defensa permiten que se afiancen las relaciones internacionales y se

logren alianzas estratégicas para lograr la cooperación e intercambio de información y así enfrentar las amenazas y criminalidad transnacionales. Y eso, sin duda, fortalece los pilares de la seguridad humana que, en el sector defensa y seguridad, giran en torno a la protección de la vida, el medio ambiente y la soberanía nacional. Para cumplir con dichos propósitos, el Decreto 1874 de 2021 establece que la Dirección Administrativa del Ministerio de Defensa es la encargada de coordinar las actividades propias del protocolo, en especial las relacionadas con el Ceremonial Militar y con las misiones extranjeras en las que participe el ministro de Defensa Nacional (artículo 27 -6). Particularmente, la Resolución 28 de 2022 (2) (artículo 2o , numeral 4.2, literales d) y e), prevé que a la Dirección Administrativa, a través del Grupo de Protocolo, le corresponde: (i) coordinar todos los aspectos de ceremonial y protocolo en las visitas que realicen al país los ministros de Defensa, funcionarios públicos extranjeros y personalidades invitadas por el Ministerio de Defensa Nacional, y (ii ) c oordinar todas las actividades necesarias para el desarrollo de los eventos programados por el despacho del Ministro de Defensa Nacional, articulando con las instancias correspondientes para cada uno de ellos. En definitiva, la propuesta de modificación pretende que el Ministerio de Defensa Nacional sea incluido en las excepciones a las reglas de austeridad en eventos y regalos corporativos, souvenirs o recuerdos para permitir que se puedan atender, a través de la Dirección Administrativa, los gastos para reuniones

protocolarias o internacionales del sector defensa y seguridad. Cordialmente,

LUIS HERNAN TUTALCHA RUIZ

DIRECTOR DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>.

[1]. Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores. (2). Por el cual se crean y organizan Grupos Internos de trabajo en el Ministerio de Defensa NacionalUnidad de Gestión General

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia n.d.Última actualización: 20 de abril de 2024

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