MINDEFENSA - diRectiva 0015 de 2022
Ministerio de Defensa
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Detalles
- Título
- MINDEFENSA - diRectiva 0015 de 2022
- Autor
- Ministerio de Defensa
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Penal Militar
- Año
- 2022
DIRECTIVA 15 DE 2022
(agosto 2) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL ASUNTO: Lineamientos para el Fortalecimiento y Estandarización del Mantenimiento y Procesos Logísticos Asociados a los Dispositivos de Visión Nocturna de la Fuerza Pública.
DIRIGIDA A: VICEMINISTERIO PARA LA ESTRATEGIA Y PLANEACIÓN
VICEMINISTERIO DE VETERANOS Y GSED
COMANDANTE GENERAL DE LAS FUERZAS MILITARES
COMANDANTE DEL EJÉRCITO NACIONAL
COMANDANTE DE LA ARMADA NACIONAL
COMANDANTE DE LA FUERZA AÉREA COLOMBIANA
DIRECTOR GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL
1. OBJETO Y ALCANCE
A. Finalidad El fortalecimiento y estandarización de procesos logísticos asociados a los dispositivos de visión nocturna de la Fuerza Pública y red de visores nocturnos.
B. Referencias
1. Constitución Política de Colombia.
2. Resolución 1142 de 2005, "Por la cual se crea el Comité de Seguimiento del Centro Nacional de
Mantenimiento Conjunto y Coordinado CNMC".
3. Resolución 2983 de 2017, "Por medio de la cual se crea el Comité Estratégico de Logística y Eficiencia del Gasto, los Subcomités de Abastecimiento, Mantenimiento e Infraestructura y Gestión de Bienes inmuebles".
4. Resolución 6510 de 2017, "Por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 2983 del 04
de mayo de 2017, por medio de la cual se crea el Comité Estratégico de Logística y Eficiencia del Gasto, los Subcomités de Abastecimiento, Mantenimiento e Infraestructura y Gestión de Bienes inmuebles".
5. Manual de procedimientos administrativos y financieros para el manejo de bienes del Ministerio de Defensa Nacional del 11 de agosto de 2021, Rev, 4.
6. Circular No CIR2018-413 del 03 de julio de 2018, "Disposiciones sobre los procedimientos relacionados con el desarrollo del programa de Monitoreo de Uso Final (EUM - End Use Monitoring) del Gobierno de los Estados Unidos en Colombia".
7. Resolución No 7144 del 04 de octubre de 2018, "Por la cual se crea el modelo de planeación ydesarrollo de capacidades de la Fuerza Pública y se establecen los lineamientos para su institucionalización".
8. Norma Técnica No NTMD-0308-A3 del 28 de noviembre de 2018, "Requisitos que deben cumplir y los métodos de ensayo que se deben someter los LVN y Tubos intensificadores de imagen".
9. Directiva Permanente No 44 del 24 de diciembre del 2018, "Definición del sistema de monitoreo de capacidades y lineamientos metodológicos para su implementación".
10. Technicial Manual AN/PVS7B and AN/PVS-7D del June 01 del 2000, "Unidad y soporte directo del Manual de Mantenimiento incluyendo reparación de partes y listado de herramientas especiales".
11. Technicial Manual AN/PVS-14 del June 01 del 2000, "Unidad y soporte directo del Manual de
Mantenimiento incluyendo reparación de partes y listado de herramientas especiales".
12. Technicial Manual AN/AVS-9 and Image Intensifier Set del January 16 de! 2014, "Manual de mantenimiento intermedio con catalogo ilustrado de partes".
13. Manual de uso y administración del mantenimiento para los sistemas de aviación del Ejército de los Estados Unidos - Logistic Management Pamphlet 738 - 751 del 28 de febrero de 2014.
14. Resolución No 1463 de 2022" Por la cual se modifica y adiciona la Resolución 00 28 de enero de 2022 "Por la cual se crean y organizan Grupos Internos de Trabajo del Ministerio de Defensa Nacional
- Unidad de Gestión General'.
C. Vigencia La presente Directiva tiene carácter permanente y rige a partir de su fecha de expedición y deroga la Directiva Ministerial No. 16 de 2018.
2. INFORMACIÓN
A. Antecedentes Desde el año 2018 se implementaron las directrices para la estandarización del mantenimiento y los procesos logísticos asociados los Lentes de Visión Nocturna y se creó la Red de mantenimiento LVN de la Fuerza Pública, fomentando el cumplimiento de los acuerdos Bilaterales suscritos entre el Gobierno de Colombia y el Gobierno de los Estados Unidos de América, tales cómo, el Tratado Interamerlcano de Asistencia Recíproca (TIAR), aprobado por la Ley 52 del mismo año, así como el Acuerdo de Asistencia Militar de 1952. Bajo este proposito, se logró la difusión y socialización de la normatlvldad vigente, cumplimiento al programa de monltoreo de uso final EUM (Monitoreo de Uso Final por sus
siglas en inglés} del Gobierno de los Estados Unidos, organización e Identificación de capacidades de mantenimiento en los laboratorios de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, creación de estructuras de mantenimiento en el sistema de Información logístlco (1) , parametrlzaclón de denominaciones para visores nocturnos, Identificación parcial de Inventarlos, capacitación, certificación y designación del personal técnico Integral de mantenimiento y seguimiento a la Infraestructura de los laboratorios conjuntos. En consideración a los objetivos alcanzados anteriormente, es necesario actualizar la DirectivaPermanente No 016/2018 "Directrices para ia estandarización de! mantenimiento y procesos logísticos asociados a ios Lentes de Visión Nocturna de ia Fuerza Pública y creación de ia Red de mantenimiento de Lentes de Visión Nocturna'' formular a través de la presente Directiva lineamientos para fortalecer y estandarizar los datos e Información de los componentes de capacidad DOMPI en el Sistema de Información Logístlco, con el propósito de cumplir con altos estándares de calidad y confiabllldad en el mantenimiento, administración, seguridad y contabilidad de los NVDs en,1a Fuerza Pública.
B. Dispositivos de Visión Nocturna de la Fuerza Pública De conformidad con la Información de 2021, la Fuerza Pública dispone del siguiente Inventarlo de visores nocturnos, bancos de mantenimiento, herramientas especiales y equipos de purga, los cuales se encuentran distribuidos en Unidades Militares y Policiales, laboratorios y Puestos Adelantados de Mantenimiento LVN (PAM) en todo el territorio Nacional, así:
UERZA
EQUIPO
CANTIDAD
PORCENTAJE
GRUPO SEGURIDAD MDN
AN PVS 14
13 0,4% TOTAL 12
COMANDO GENERAL FUERZAS
MILITARES
AN PVS 7B
250 0,6% TOTAL 250
EJÉRCITO NACIONAL
VISORES
29.586 78%
BANCOS DE MANTENIMIENTO
55
HERRAMIENTAS
ESPECIALES
33
EQUIPOS DE PURGA
33 TOTAL 29.707
ARMADA NACIONAL
VISORES
3.010 8%
BANCOS DE
MANTENIMIENTO
18
HERRAMIENTAS
ESPECIALES
03
EQUIPOS DE PURGA
11 TOTAL 3.042
FUERZA AÉREA COLOMBIANA
VISORES
1.143 3%
BANCOS DE
MANTENIMIENTO
48
HERRAMIENTAS
ESPECIALES
16
EQUIPOS DE PURGA
16 TOTAL 1.223
POLICÍA NACIONAL
VISORES
3.883 10%
BANCOS DE
MANTENIMIENTO
61
HERRAMIENTAS
ESPECIALES
02EQUIPOS DE PURGA
06 TOTAL 3.952 TOTAL 38.187 100%
Fuente: Información Sistema Logístico - 07-sep-2021
Desde el año 2018 se realizaron visitas de acompañamiento a las diferentes Unidades Militares y Policiales, laboratorios y Puestos Adelantados de Mantenimiento LVN (PAM), identificando capacidades técnicas, Inventarios de material y equipo, administración, contabilidad y seguridad de los
NVDs. Sin embargo, en la actualidad NO se tienen estandarizados los datos del sistema de Información logística para los visores nocturnos, bancos de mantenimiento, herramientas especiales y equipos de purga, además no se cuenta con una Información real de la condición del material. El objetivo es centralizar en un solo documento los lineamientos para el control físico, administrativo y contable de los NVDs, proyectar la estandarización de los datos en el sistema de información logística, mantener y conservar la vida útil del material y equipo, continuar con el proceso de baja y destrucción del material obsoleto, en desuso e inservible, dando cumplimiento a los acuerdos bilaterales citados con anterioridad.
C. OBJETIVOS • Objetivo General Fortalecer la Red NVDs de la Fuerza Pública, estandarizando las prácticas de mantenimiento, optimizando la confiabilidad de la información registrada en la plataforma de información logístico, consolidando el apoyo entre Fuerzas y garantizando el cumplimiento al programa de monitoreo de uso final EUM (2) suscrito entre el Gobierno de Colombia y el Gobierno de los Estados Unidos, proyectando una capacidad autónoma y autosuficiente para beneficio Institucional. • Objetivos Específicos - Estandarizar la información y datos registrados en el sistema información logística aplicable a los Dispositivos de Visión Nocturna NVDs. - Definir los componentes de capacidad DOMPI (Doctrina, Organización, Material, Personal e Infraestructura) para la Red NVDs de la Fuerza Pública, que permitan identificar y establecer
acertadamente las prácticas para el control físico, administrativo, contable y operacional de los visores nocturnos y equipo asociado. - Definir las características de mantenimiento para los NVDs, de acuerdo con órdenes y manuales técnicos, o practicas estándar. - Definir los requisitos para el entrenamiento y certificación del personal técnico de mantenimiento en visores nocturnos. - Definir los lineamientos para fortalecer el apoyo entre Fuerzas en cuanto a los visores nocturnos. - Fortalecer la capacidad de mantenimiento de los diferentes laboratorios y Puestos Adelantados deMantenimiento LVN (PAM) de la Fuerza Pública. En concordancia con los principios y objetivos de los acuerdos bilaterales suscritos entre el Gobierno de Colombia y el Gobierno de los Estados Unidos de América, las políticas para el fortalecimiento de los componentes de capacidad DOMPI en la Fuerza Pública, las áreas responsables en las Fuerzas Militares y la Policía Nacional deben mantener el compromiso en la seguridad física, contable y administrativa de los NVDs, garantizando su conservación y aprovechamiento del tiempo de vida útil, brindando la ventaja a todos los operadores en las distintas misiones asignadas. En consecuencia, esta Directiva establece los lineamientos y directrices en torno a los componentes de capacidad: 1. Doctrina, 2. Organización, 3. Material y Equipo, 4. Personal, y 5. Infraestructura, con un enfoque Institucional que permite el acompañamiento del Comando General de las Fuerzas Militares y la Dirección General de la Policía, para lograr en corto tiempo una capacidad autónoma y
autosuficiente en beneficio del éxito de las operaciones nocturnas.
3. EJECUCIÓN
A. Misión General Impartir instrucciones para el fortalecimiento y la estandarización del mantenimiento y los procesos logísticos asociados a los Dispositivos de visión nocturna asignados a las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, promoviendo estrategias y acciones articuladas para mejorar la capacidad técnica de los Laboratorios y Puestos Adelantados de Mantenimiento LVN (PAM) bajo el modelo de componentes
DOMPI (3) , garantizando la seguridad física y contable de los NVDs (4) , logrando incrementar el alistamiento y disponibilidad, contribuyendo al cumplimiento de los acuerdos bilaterales con el Gobierno de los Estados Unidos; así mismo logrando que la Red de mantenimiento de visores nocturnos conformada por el Grupo de Mantenimiento de la Dirección Logística del Ministerio de Defensa Nacional, los 23 laboratorios y puestos adelantados de mantenimiento LVN (PAM) de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, entren en funcionamiento con la finalidad de mejorar el alistamiento, control físico, administrativo, contable y operacional de los visores nocturnos y equipo asociado, fortaleciendo el apoyo entre Fuerzas.
B. Misiones Particulares
1. Viceministerio de Veteranos y dei Grupo Social Empresarial del Sector Defensa-GSED Aprovechar y optimizar los procesos realizando acuerdos con la Jefatura de Estado Mayor Generador de Fuerza y Jefatura de Estado Mayor de Planes y Políticas del Ejército Nacional el aprovechamiento de las capacidades del laboratorio de mantenimiento de visores nocturnos de la Industria Militar
(INDUMIL), brindando la oportunidad a la Fuerza Pública de incrementar el alistamiento de sus visores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 5.6 del Anexo DOMPI de esta Directiva, para ello, dispondrá de seis (06) meses posteriores a la firma de la presente Directiva.
2. Viceministerio para la Estrategia y Planeación Elevar ante el Comité Estratégico de Logística y Eficiencia del Gasto en los subcomités de mantenimiento, las solicitudes de viabilidad de adquisición de visores nocturnos de cualquier especificación y fabricación, tubos intensiflcadores de imagen, bancos de mantenimiento; con el fin degarantizar la compatibilidad de capacidades técnicas y cadena logística, además del correcto aprovechamiento de los recursos en la Fuerza Pública, como también la creación de nuevos laboratorios de mantenimiento NVDs.
3. Comandante General de las Fuerzas Militares 3.1. Difundir el contenido de la presente Directiva a través de los Comandantes de Fuerza, verificar su cumplimiento y emitir las órdenes necesarias al Interior de las respectivas Fuerzas para su implementación y monitoreo. 3.2. Ordenar al interior del Comando General, el Ejército Nacional, la Armada Nacional y la Fuerza Aérea Colombiana la disposición del personal responsable de la implementación de esta Directiva, de conformidad con lo señalado en el numeral 3.6 del anexo DOMPI.
4. Director General de la Policía Nacional 4.1. Difundir el contenido de la presente Directiva, verificar su cumplimiento y emitir las órdenes
necesarias al interior de la Policía Nacional para su implementación y monitoreo. 4.2. Ordenar al Interior de la Policía Nacional la disposición del personal responsable de la implementación de esta Directiva, de acuerdo con las actividades registradas en el numeral 3.6 del Anexo DOMPI.
5. Jefatura Logística Conjunta del Comando General de las Fuerzas Militares y Subdirección General de la Policía Nacional.
Impartir instrucciones para que a través del Segundo Comandante del Ejército Nacional, Segundo Comandante de la Armada Nacional, Segundo Comandante de la Fuerza Aérea Colombiana, Director Administrativo y Financiero de la Policía, Director Antinarcóticos de la Policía y Director de Carabineros y Seguridad Rural de la Policía, se realicen las gestiones y coordinaciones para garantizar el cumplimiento e implementación de los lineamientos establecidos en la presente Directiva, como se indica a continuación: 5.1. Doctrina 5.1.1. Ordenar la aplicación permanente de la normatlvldad vigente para la Red NVDs, así: Acuerdos Bilaterales Gobierno Colombia y Gobierno de los Estados Unidos, Normas al Interior del Ministerio de Defensa Nacional, Manuales Técnicos de los fabricantes, de acuerdo con la normatlvldad registrada en el numeral 1.1 del Anexo DOMPI. 5.1.2. Ordenar la aplicación permanente de las consideraciones Importantes del Plan de Control NVDs, las disposiciones para el programa de monltoreo de uso final EUM, la socialización y difusión de las publicaciones técnicas aplicable a los NVDs en beneficio del sector Defensa, de acuerdo con lo
registrado en el numeral 1.2 página 8 del Anexo DOMPI. 5.1.3. Ordenar el cumplimiento de los lineamientos establecidos en los formatos de visitas de acompañamiento a las Unidades Militares, Policiales y Laboratorios de mantenimiento, de acuerdo con lo registrado en efnumeral 1.7 páginas 10 y 11 del Anexo DOMPI.5.1.4. Consolidar un Informe semestral (15-junlo y 15-dlclembre) del seguimiento y avance en la implementaclón y estandarización de los componentes de capacidad DOMPI del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, dirigiendo el documento al despacho del Director de Logística del MDN. 5.1.5. Ordenar al Interior de la Policía Nacional consolidar un Informe semestral (15-jullo y 15dlclembre) del seguimiento y avance en la ¡mplementaclón y estandarización de los componentes de capacidad DOMPI, dirigiendo el documento al despacho del Director de Logística del MDN. 5.1.6. Realizar un seminarlo de dos días en cada semestre (febrero y agosto) en coordinación con la Red LVN del Grupo de Mantenimiento de la Dirección de Logística del MDN. Para socializar la normatlvldad, avances y proyección de la Red NVDs, presentación de los componentes de capacidad DOMPI y los lineamientos para su fortalecimiento a su vez que le permitirá al personal técnico que Integra la Red de LVN de la Fuerza Pública, conocerse y estrechar vínculos de compañerismo que deben generarse en este tipo de escenarios.
5.2. Organización 5.2.1. Ordenar para todas las actividades aplicar el protocolo organlzaclonal de la Red NVDs, el cual se encuentra registrado en el anexo DOMPI, de acuerdo con lo Indicado en el numeral 2.1 del Anexo DOMPI. 5.2.2. Ordenar mantener, estandarizar e Incrementar las capacidades de mantenimiento de los laboratorios y puestos adelantados de mantenimiento LVN (PAM), de acuerdo con lo registrado en el numeral 2.2 del Anexo DOMPI. 5.2.3. Ordenar el apoyo para la correcta estandarización y homologación de la información en la plataforma de Información Logística, mejorando la calidad de los datos presentados en el tablero de visualización BI (5) , de acuerdo con lo registrado en el numeral 2.3 del Anexo DOMPI. 5.2.4. Ordenar el fortalecimiento del Apoyo entre Fuerzas, aprovechando las capacidades técnicas de la Red NVDs, para la recuperación y mantenimiento del material y equipo, de acuerdo con lo registrado en el numeral 2.4 del Anexo DOMPI. 5.2.5. El Departamento Conjunto de Logística J4 del Comando General asistirá al desarrollo y cumplimiento de las visitas de monitoreo de uso final programadas por la Oficina de Cooperación y Seguridad del Gobierno de los Estados Unidos en Colombia, y realizará seguimiento al cumplimiento de las observaciones que se generen de estas actividades. 5.2.6. Coordinar junto con la Dirección de Logística del MDN, Grupo de Mantenimiento y la Red
LVN, el Ejército Nacional, la Armada Nacional, la Fuerza Aérea Colombiana y la Policía Nacional la participación de mesas de trabajo para explicar el contenido de la Directiva y el Anexo DOMPI, proponiendo estrategias y línea de tiempo para su oportuna implementación. 5.2.7. En Coordinación con la Dirección de Logística MDN y la Red LVN programar visitas de acompañamiento para todos los Laboratorios y puestos adelantados de mantenimiento LVN (PAM), registrando los resultados en los formatos establecidos, acompañar, asesorar hasta su correcta implementación.5.2.8. En Coordinación con la Dirección de Logística MDN, el Ejército, la Armada, la Fuerza Aérea y la Policía, se presenta el tablero de visualización - Business Intelligent (BI), la propuesta de información, estadísticas e indicadores para los datos e inventarios registrados en el sistema de información logístico. 5.3. Material y Equipo 5.3.1. Ordenar confirmar los inventarios totales de visores nocturnos, tubos intensificadores de imagen, bancos de mantenimiento, herramientas especiales y equipos de purga, de acuerdo con lo consensuado en mesas de trabajo en el siguiente semestre posterior a la firma y aprobación de la presente Directiva, de acuerdo con lo registrado en los numerales 3.1, 3.2, 3.3, 3.4 y 3.5 del Anexo DOMPI. 5.3.2. Ordenar realizar las mesas de trabajo para la estandarización y parametrización de las denominaciones de visores nocturnos, tubos intensificadores de imagen, bancos de mantenimiento,
herramientas especiales y equipos de purga, de acuerdo con lo registrado en el numeral 3.6 del Anexo DOMPI. 5.3.3. Ordenar realizar mesas de trabajo para la estandarización e implementación de las hojas de ruta para el mantenimiento programado de visores nocturnos y bancos de mantenimiento, de acuerdo con lo registrado en el numeral 3.7 del Anexo DOMPI. 5.3.4. Ordenar se estudie la posibilidad de reutilizar componentes y tubos intensificadores de imagen pertenecientes a visores nocturnos en desuso y/o deteriorados que se encuentren en buen estado y que puedan contribuir a la recuperación de. visores nocturnos, siempre bajo aprobación de un inspector técnico certificado; siguiendo los lineamientos establecidos en el numeral 3.8 del Anexo DOMPI. 5.3.5. Ordenar realizar mesas de trabajo para la estandarización e implementación del control administrativo de los tubos intensificadores de imagen en el sistema de información logístico, de acuerdo con lo registrado en el numeral 3.9 del Anexo DOMPI. 5.3.6. Ordenar socializar y difundir las responsabilidades de los usuarios en el manejo, control, custodia, operación y transporte de los visores nocturnos, de acuerdo con lo registrado en el numeral 3.10 del Anexo DOMPI. 5.3.7. Ordenar se solicite concepto de viabilidad al despacho del Viceministerio para la Estrategia y Planeación, antes de lá adquisición de visores nocturnos de cualquier especificación y fabricación, tubos intensificadores de imagen, bancos de mantenimiento; con el fin de garantizar la compatibilidad de capacidades técnicas y cadena logística, además del correcto aprovechamiento de los recursos en la Fuerza Pública. 5.3.8. Ordenar y controlar se solicite concepto de viabilidad a las Jefaturas Logísticas, Dirección
capacidades técnicas y cadena logística, además del correcto aprovechamiento de los recursos en la Fuerza Pública. 5.3.8. Ordenar y controlar se solicite concepto de viabilidad a las Jefaturas Logísticas, Dirección Administrativa y Financiera de la Policía Nacional para la adquisición de visores nocturnos de cualquier especificación y fabricación, tubos intensificadores de imagen, bancos de mantenimiento con presupuestos mediante recursos ley 418 de 1997 (6) u otras fuentes de financia miento. 5.4. Personal 5.4.1. Ordenar tener en cuenta los lineamientos para implementar, estructurar y actualizar losprogramas de capacitación para el técnico integral de mantenimiento en Lentes de Visión Nocturna, de acuerdo con lo registrado en el numeral 4.1 del Anexo DOMPI. 5.4.2. Ordenar proyectar las necesidades de certificación y capacitación para el personal técnico de mantenimiento hasta el año 2025, garantizando el relevo generacional para los laboratorios y puestos adelantados de mantenimiento LVN (PAM), de acuerdo con lo registrado en el numeral 4.2 del Anexo DOMPI. 5.4.3. Ordenar la consolidación de las TOE y/o TOP del personal técnico mínimo requerido de acuerdo con los niveles de pericia y experiencia para cada laboratorio y puesto avanzado de mantenimiento, de acuerdo con lo registrado en el numeral 4.3 del Anexo DOMPI. 5.4.4. Ordenar participar de las mesas de trabajo para la programación y coordinación de la oferta académica del año inmediatamente siguiente, consensuando de acuerdo con la capacidad y necesidad de
cada Institución. 5.4.5. Previo requerimiento por parte de la Unidad de Gestión General del Ministerio de Defensa Nacional (UGG), facilitar el traslado o comisión del servicio a la UGG de acuerdo a la necesidad, con el fin de mantener el personal que conforma la Red de visores del Grupo de Mantenimiento, así: 01 señor (a) Oficial Superior del área logística, 04 señores (as) suboficiales técnicos del Ejército, 01 señor (a) suboficial técnico de la Armada, 01 señor (a) suboficial técnico de la Fuerza Aérea y 01 señor (a) Mando del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional, los cuales cumplirán funciones de líder y estandarizadores de la Red de mantenimiento NVDs. 5.5. Infraestructura 5.5.1. Ordenar la socialización y difusión de la ubicación geográfica de los laboratorios y puestos adelantados de mantenimiento LVN (PAM), de acuerdo con lo registrado en el numeral 5.1 del Anexo DOMPI. 5.5.2. Ordenar tener en cuenta los requisitos mínimos para la operación y funcionamiento de los laboratorios y puestos adelantados de mantenimiento LVN (PAM), de acuerdo con lo registrado en los numerales 5.2, 5.3 y 5.4 del Anexo DOMPI. 5.5.3. Ordenar al interior del Ejército Nacional para que a través de la Jefatura de Estado Mayor de Planeación y Políticas se consolide el funcionamiento y operación de las Unidades Móviles de Mantenimiento de Optrónicos UMMOP, de acuerdo con lo registrado en el numeral 5.5 del Anexo DOMPI. 5.5.4. Ordenar se solicite concepto de viabilidad al despacho del señor Viceministro para la Estrategia y Planeación, para la creación de nuevos laboratorios de mantenimiento NVDs.
DOMPI. 5.5.4. Ordenar se solicite concepto de viabilidad al despacho del señor Viceministro para la Estrategia y Planeación, para la creación de nuevos laboratorios de mantenimiento NVDs. 5.5.5. En coordinación entre el Grupo de Mantenimiento de la Dirección de Logística MDN, Departamento Conjunto de Logística del Comando General, la Jefatura de Estado Mayor Generador de Fuerza del Ejército y la Jefatura de Estado Mayor de Planeación y Políticas del Ejército realizar mesas de trabajo para estudiar la viabilidad de consolidar nuevos puestos adelantados de mantenimiento (PAM), que les permita mejorar el alistamiento de los visores nocturnos en las ocho (08) Divisiones del Ejército, para ello, se dispondrá de tres (03) meses posterior a la firma de la presente Directiva, deacuerdo a lo registrado en el numeral 5.7 del Anexo DOMPI.
6. Dirección de Planeación y Presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional Coordinar el proceso de planeación de las adquisiciones de bienes y servicios para uso y beneficio de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, a través del programa de Asistencia y Seguridad del Gobierno de los Estados Unidos en Colombia (SCO) en lo referente al desarrollo del Programa de Monitoreo de Uso Final (EUM - End Use Monitoring) de los diferentes bienes y servicios adquiridos bajo los casos
FMS (7) de la Fuerza Pública, en especial los visores nocturnos, tubos intensificadores de imagen y bancos de mantenimiento, y de igual manera apoyar a los delegados del Gobierno de los Estados Unidos en la visita de evaluación y cumplimiento / Cómplice Assesment Visit (CAV) que se realiza
cada dos años.
7. Dirección de Logística del Ministerio de Defensa Nacional 7.1. Presentar ante el Comité Estratégico de Logística y Eficiencia del Gasto los datos e información del cumplimiento a los acuerdos bilaterales con el Gobierno de los Estados Unidos y el avance a los compromisos de esta Directiva. 7.2. Presentar cada semestre (julio y diciembre) el informe de los avances al cumplimiento de los acuerdos bilaterales, avance de la Red de mantenimiento NVDs y situación de los visores nocturnos y tubos intensificadores incluidos dentro del Programa de Monitoreo de Uso Final (EUM - End Use Monitoring). 7.3. Participar en las mesas de trabajo solicitadas por el Comando General de las Fuerzas Militares, el Ejército Nacional, la Armada Nacional, la Fuerza Aérea Colombiana y la Policía Nacional, para generar estrategias comunes que permitan materializar resultados en los diferentes requerimientos registrados en la presente Directiva, así como en sus anexos. 7.4. A través del Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones - TICS del Ministerio de Defensa apoyar todas las iniciativas que permitan de manera coordinada y programada ia estandarización y parametrización de los datos de visores nocturnos, tubos intensificadores de imagen, bancos de mantenimiento, herramientas especiales y equipos de purga, especialmente en el cumplimiento de los tiempos establecidos en el Anexo DOMPI.
8. Grupo de Mantenimiento de la Dirección de Logística dei Ministerio de Defensa Nacional. 8.1. Realiza las gestiones que permitan recibir en traslado o comisión en la administración pública, al
personal de Oficiales y Suboficiales requeridos para mantener el control y seguimiento de la Red de mantenimiento NVDs al interior del Grupo de Mantenimiento, de acuerdo con lo registrado en el cuadro No 4 del Anexo DOMPI. 8.2. A través del líder y estandarizadores de la Red NVDs, se revisará el componente de personal, registrando los resultados en los formatos de visitas de acompañamiento a los ¡aboratorios y Unidades de la Fuerza Pública. 8.3. En Coordinación con el Departamento de Logística J4 del Comando General de las Fuerzas Militares, el Ejército Nacional, la Armada Nacional, la Fuerza Aérea Colombiana y la Policía Nacionalparticipa en las mesas de trabajo para explicar el contenido de la Directiva y el Anexo DOMPI, proponiendo estrategias y línea de tiempo para su oportuna implementación. 8.4. Realiza un seminario de dos días en cada semestre (febrero y agosto) en coordinación con el Departamento de Logística J4 del Comando General de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional para socializar la normatividad, avances y proyección de la Red NVDs, presentación de los componentes de capacidad DOMPI y los lineamientos para su fortalecimiento a su vez que le permitirá al personal técnico que integra la Red de LVN de la Fuerza Pública, conocerse y estrechar los vínculos de compañerismo que deben generarse en este tipo de escenarios. 8.5. En Coordinación con el Departamento de Logística J4 del Comando General de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional programa visitas de acompañamiento para todos los Laboratorios y
puestos adelantados de mantenimiento LVN (PAM), registrando los resultados en los formatos establecidos, acompañar, asesorar hasta su correcta implementación, de acuerdo con lo registrado en el cuadro No 24 del Anexo DOMPI. 8.6. En Coordinación con el Departamento de Logística J4 del Comando General de las Fuerzas Militares, el Ejército, la Armada, la Fuerza Aérea y la Policía, se presenta el tablero de visualizaciónBusiness Intelligent (BI), la propuesta de información, estadísticas e indicadores para los datos e inventarios registrados en el sistema de información logístico, de acuerdo con lo registrado en el numeral 2.3 del Anexo DOMPI. 8.7. Gestionar con el Gobierno de los Estados Unidos en Colombia a través de recursos FMS el apoyo para el fortalecimiento de la Red de mantenimiento NVDs de la Fuerza Pública con la adquisición de manuales, ordenes técnicas de mantenimiento, cadena logística, accesorios, suministros y capacitación para el personal técnico. 8.8. Asistir a las visitas de monitoreo de uso final (EUM - End Use Monitoring) solicitadas por la Oficina de Cooperación y Seguridad SCO del Gobierno de los Estados Unidos en Colombia, e informa el resultado de estas al Departamento de Logística J4 del Comando General de las Fuerzas Militares, para que se realice seguimiento a los resultados y s
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