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MINDEFENSA - Resolución 0062 de 2024

Ministerio de Defensa

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Detalles

Título
MINDEFENSA - Resolución 0062 de 2024
Autor
Ministerio de Defensa
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Penal Militar
Año
2024

RESOLUCIÓN 62 DE 2024

(enero 15) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> <Esta norma no incluye análisis de vigencia> MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Por la cual se adopta el manual de implementación de la Política Sectorial de Cooperación Industrial y Social – OFFSET. EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las consagradas en el artículo 208 de la Constitución Política y el numeral 6 del artículo 59 de la Ley 489 de 1998, en concordancia con el numeral 2 del artículo 3 del Decreto 1874 de 2021, y CONSIDERANDO Que el artículo 208 de la Constitución Política de Colombia establece que “Los ministros y los directores de departamentos administrativos son los jefes de la administración en su respectiva dependencia. Bajo la dirección del Presidente de la República, les corresponde formular las políticas atinentes a su despacho, dirigirla actividad administrativa y ejecutarla ley”. Que de conformidad con el artículo 59 numeral 6 de la Ley 489 de 1998, “corresponde a los ministerios (...) participar en la formulación de la política del Gobierno en los temas que le correspondan y adelantar su ejecución”. Que el numeral 2 del artículo 3 del Decreto 1874 de 2021, “Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional se crean nuevas dependencias, funciones y se dictan otras disposiciones”, establece como función del Despacho del Ministro de Defensa Nacional, “formular las políticas generales del Sector a su cargo para el adecuado cumplimiento de las funciones atribuidas al Ministerio de Defensa Nacional”. Que mediante Resolución 4322 del 23 de octubre de 2023 el Ministerio de Defensa Nacional adoptó 7a política sectorial para la

funciones atribuidas al Ministerio de Defensa Nacional”. Que mediante Resolución 4322 del 23 de octubre de 2023 el Ministerio de Defensa Nacional adoptó 7a política sectorial para la implementación de Acuerdos de Cooperación Industrial y Social - OFFSET, relacionados con adquisiciones para el Sector Defensa y Seguridad en Colombia”. RESUELVE ARTÍCULO 1. Adoptar el “Manual de implementación de la Política Sectorial de Cooperación Industrial y Social - OFFSET”, cuyo contenido se incorpora en 43 páginas que harán parte integral de la presente Resolución. PARÁGRAFO. El manual que hace referencia el presente artículo será de obligatorio cumplimiento para el Ministerio de Defensa Nacional, Fuerzas Militares y Policía Nacional. ARTÍCULO 2. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en la página web del Ministerio de Defensa Nacional.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 1 5 ENE 2024IVÁN VELÁSQUEZ GÓMEZ El ministro de Defensa Nacional MANUAL DE IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA SECTORIAL DE COOPERACIÓN INDUSTRIAL Y SOCIAL

– OFFSET

2023

VICEMINISTERIO PARA LA ESTRATEGIA Y PLANEACION

DIRECCIÓN DE PLANEACION Y PRESUPUESTO GRUPO DE SEGUIMIENTO A OFFSET MANUAL Página 2 de 43

MANUAL DE IMPLEMENTACIÓN

DE LA POLÍTICA SECTORIAL DE

COOPERACIÓN INDUSTRIAL Y

SOCIAL-OFFSET

Código: GP-M-001

Versión: 1

Vigente a partir de: 15 de diciembre de 2023

Objetivo: Establecer el procedimiento para el cumplimiento, desarrollo y ejecución de la “Política Sectorial para la implementación de Acuerdos de Cooperación Industrial y SocialOffsets relacionados con adquisiciones para el Sector Defensa y Segundad en Colombia", en el marco de las obligaciones de Cooperación Industrial y Social - Offset, de empresas contratistas de bienes y servicios de Defensa y Seguridad Nacional.

Alcance: El presente Manual aplica al Ministerio de Defensa Nacional, el Comando General de las Fuerzas Militares, el Ejército Nacional, la Armada Nacional, la Fuerza Aeroespacial Colombiana, la Policía Nacional, la Unidad de Gestión General y la Dirección General Marítima, la Agencia de Compras ACOFA y las entidades adscritas y vinculadas al Grupo Social Empresarial de la Defensa - GSED, en los términos señalados en el presente documento.

Elaborado por: CC Edward Steer Vargas

Cargo: Oficial Asesor Grupo de Seguimiento a Offset MDN

Firma: Revisado por:

Laura Vanessa Valbuena Oñate

Cargo: Coordinadora Grupo de Seguimiento a Offset MDN

Firma: Aprobado por:

Mónica Janeth Nariño Segura

Cargo: Directora de Planeación y Presupuesto MDN

Firma: Aprobado por:

Dr. Raúl Alfonso Gutiérrez Romero Cargo: Viceministro para la Estrategia y Planeación MDN (E) Firma: Tabla de contenido1 Introducción 5 2 Referencias Normativas 5 3.1 Procedimiento de implementación de la Política de Cooperación Industrial y Social - Offset

3.2 Celebración de Convenios Marco de Cooperación Industrial y Social - Offset 6 3.2.1. Negociación del monto de la compensación offset 7 3.2.2 Estudios previos 7 3.2.3. Solicitud de designación del supervisor 8 3.2.4. Elaboración y suscripción de la minuta del Convenio Marco 8 3.2.5. Modificatorio al Convenio Marco 8 3.2.6. Adición al Convenio Marco 8 3.2.7. Estructuración de proyectos Offset y presentación ante el Ministerio de Defensa Nacional 8 3.2.7.1. Estructura de los proyectos de Cooperación Industrial y Social - Offset. 9 3.2.7.2. Valoración de los proyectos de Cooperación Industrial y Social - Offset 10 3.2.7.3. Procedimiento de evaluación y aprobación de los proyectos de Cooperación Industrial y Social - Offset 12 3.3 Celebración del Convenio Derivado 14 3.3.1. Supervisión del Convenio Derivado 15 3.3.2 Modificatorio al Convenio Derivado 17 3.3.3. Modificatorio y Adición al Convenio Derivado 17 3.4 Lineamientos respectos al registro y reconocimiento contable de bienes y servicios recibidos mediante Convenios de Cooperación Industrial y Social - Offset 17 3.5. Actas de liquidación Convenios de Cooperación Industrial y Social - Offset 17 3.5.1. Actas de liquidación de los Convenios Derivados 17 3.5.2. Actas de liquidación de los Convenios Marco

18 3.6. Procedimiento para el reconocimiento del banking 18 3.7. Seguimiento a la Política de Cooperación Industrial y Social - Offset 19 3.7.1 Informe semestral de ejecución de la Política de Offset 19 3.7.2. Informe bimestral de ejecución de la Política de Offset 19 3.7.3. Informe mensual de supervisión Convenio Marco 20 3.7.4. Informe mensual de supervisión Convenio Derivado 20 4. Anexos 21

1. INTRODUCCIÓN Offset es un programa de cooperación utilizado mundialmente para las transacciones en Defensa y Seguridad, el cual permite compensar al país comprador por la salida de divisas del país. Dicha compensación se materializa a través de los Convenios de Cooperación Industrial o Social - Offsets, los cuales buscan la consolidación de proyectos de transferencia de conocimiento y transferencia de tecnología, y se clasifican en Offsets directos (el proyecto está directamente relacionado con el objeto contractual) e indirectos (para apoyar actividades e iniciativas que no guardan directa relación con el objeto de la adquisición).

Así mismo, los Offsets son gestionados desde el Ministerio de Defensa Nacional, por su vocación de entregar a las Fuerzas Militares y a la Policía Nacional, así como a las empresas del Grupo Social Empresarial de la Defensa - GSED, capacidades que no se encuentran fácilmente en el mercado. En este sentido, la transferencia de conocimiento (ToK) y de tecnología (ToT) que se

recibe mediante Offset, permite acceder a tecnologías críticas en virtud de buscar la independencia estratégica en defensa. Este Manual de Implementación de la Política Sectorial de Cooperación Industrial y Social - Offset recoge las disposiciones que fueron adoptadas por el Ministerio de Defensa Nacional mediante Resolución Ministerial No. 4322 del 23 de octubre de 2023, yproporciona información ordenada y sistemática que facilita la comprensión y aplicación de los contenidos de mencionada Política Sectorial. Así mismo, este Manual representa una guía práctica y de soporte para la toma de decisiones en el Ministerio de Defensa, Fuerzas Militares, Policía Nacional y Grupo Social Empresarial de la Defensa - GSED. Ayuda a lograr una eficiente administración del mecanismo de offset al interior del Sector Defensa al establecer claramente lineamientos para cumplir con el objetivo general de la "Política Sectorial para la implementación de Acuerdos de Cooperación Industrial y Social - Offsets relacionados con adquisiciones para el Sector Defensa y Seguridad en Colombia", establecido en su numeral 5 "Definición de la Política -5.1. Objetivo General''. El objetivo principal del presente Manual es servir como instrumento de apoyo en la implementación de la Política Sectorial de Offset en Colombia, la cual busca alcanzar mejores niveles de independencia tecnológica y la ampliación y/o adquisición de nuevas capacidades en el país, como alternativas de solución a las necesidades del Sector Defensa; como estrategia para encontrar la autosuficiencia de las FFMM y de la PNC, así como para fortalecer y/o crear líneas de negocios para el Grupo Social Empresarial de la Defensa, e incentivar los desarrollos de ciencia, tecnología e innovación

De esta forma, el contenido programático que se aborda en este Manual recopila todos los aspectos generales y particulares necesarios para la implementación de la Política Sectorial de Cooperación Industrial y Social - Offset.

2. REFERENCIAS NORMATIVAS - Resolución Número 4322 del 23 de octubre de 2023, Por medio de la cual, el señor Ministro de Defensa Nacional, Dr. Iván Velásquez Gómez, adoptó la “Política Sectorial para la implementación de Acuerdos de Cooperación Industrial y Social - Offset relacionados con adquisiciones para el Sector Defensa y Seguridad en Colombia", en la cual se actualizaron los lineamientos en la materia, con el propósito que el Sector Defensa cuente con herramientas innovadoras para seguir obteniendo mayores beneficios de la Política de Offset, cuya implementación fomenta la transferencia de conocimiento y tecnologías y el fortalecimiento de las capacidades del Sector. - Resolución No. 4797 del 25 de noviembre de 2023, Por la cual se crea el Comité de Seguimiento y Evaluación a la Política de Cooperación Industrial y Social - Offset, con fecha de publicación del 20 de noviembre de 2023 en la página web del Ministerio de Defensa Nacional. - Las demás disposiciones legales aplicables son las citadas en la Política Sectorial para la Implementación de Acuerdos de Cooperación Industrial y Social - Offsets relacionados con adquisiciones para el Sector Defensa y Seguridad en Colombia, publicada en el Diario Oficial de la Imprenta Nacional el día 30 de octubre de 2023. 3.PROCEDIMIENTO DE IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA DE COOPERACIÓN INDUSTRIAL Y SOCIALOFFSET.

De acuerdo con los requisitos para la solicitud de Cooperación Industrial y Social - Offset a un proveedor o contratista extranjero, que cumpla con los criterios en cuanto a la naturaleza de la adquisición, proveedor y cuantía de la contratación, especificados en la

OFFSET.

De acuerdo con los requisitos para la solicitud de Cooperación Industrial y Social - Offset a un proveedor o contratista extranjero, que cumpla con los criterios en cuanto a la naturaleza de la adquisición, proveedor y cuantía de la contratación, especificados en la Política Sectorial de Cooperación Industrial y Social - Offset, el siguiente es el procedimiento a seguir (esquematizado en el Anexo “A” - Flujograma), para dar cumplimiento a las disposiciones en materia de Offset en el Ministerio de Defensa Nacional: 3.1. PROCESO PREVIO A LA SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS MARCO DE COOPERACIÓN INDUSTRIAL Y

SOCIAL - OFFSET.

Desde la estructuración del estudio de mercado, la Fuerza o la entidad del GSED que adelante la contratación, debe requerir las cotizaciones indicando que se debe dar cumplimiento a la Política Offset, cuando aplique.Será responsabilidad de cada competente contractual, incluir en los estudios previos, pliegos de condiciones, solicitud de oferta y en la minuta del contrato la condición de aceptar la Política Offset del Ministerio de Defensa Nacional, como un requisito para ser adjudicatario de los contratos que cumplan con los criterios ya establecidos. En este orden, deberá incluir desde los estudios previos y en el contrato principal, la siguiente cláusula: De conformidad con la Política del Ministerio de Defensa Nacional, el proveedor se compromete a cumplir con obligaciones de Cooperación Industrial y Social (Offset), en un monto como mínimo del 100% del valor total del contrato en créditos Offset, para

lo cual, el Ministerio de Defensa Nacional y el proveedor negociarán de manera directa los términos de un Convenio Marco de Cooperación Industrial y Social - Offset, que será suscrito en relación a este contrato basado en: 1. Una adición al Convenio Marco ya existente entre el Ministerio y el proveedor o 2. Un nuevo Convenio Marco para ser mutuamente acordado entre el Ministerio y el proveedor”. En los casos donde sea conveniente, y bajo la coordinación de cada Fuerza, se podrán estructurar proyectos de Offset con el proveedor, de manera simultánea a la estructuración del proceso contractual. El competente contractual o el responsable de la contratación, deberá informar a la oficina enlace de Offset de cada Fuerza, los contratos suscritos a los que se aplica la Política Offset. En todo caso, toda la información será centralizada y comunicada a través de la oficina enlace de Offset. Para el caso de las entidades del GSED, estos se deberán informar a través de su oficina de planeación. Lo anterior también aplica en la ejecución de un contrato que se realice a través de una empresa del GSED, donde se esté ejecutando presupuesto de una Fuerza. Así las cosas, la Fuerza tendrá la responsabilidad de disponer de los créditos de Offset que se generen. Por otro lado, la oficina enlace de Offset de cada Fuerza, recopilará y remitirá de forma bimestral a la Dirección de Planeación y Presupuesto, la relación de los contratos suscritos que generen obligaciones en créditos Offset. Lo anterior, independientemente que se adelante la contratación de forma centralizada, a través de sus unidades ejecutoras o agencias de compras, mediante una empresa del GSED, o a través de cualquier mecanismo o fuente de contratación diferente. Es responsabilidad de cada oficina enlace de Offset, hacer el seguimiento y el control de la implementación de la Política de Offset

agencias de compras, mediante una empresa del GSED, o a través de cualquier mecanismo o fuente de contratación diferente. Es responsabilidad de cada oficina enlace de Offset, hacer el seguimiento y el control de la implementación de la Política de Offset en su Fuerza. Para el caso de las entidades del GSED, el seguimiento y control se hará a través de su oficina de planeación. 3.2. CELEBRACIÓN DE CONVENIOS MARCO DE COOPERACIÓN INDUSTRIAL Y SOCIAL – OFFSET Una vez identificados los contratos que cumplen con los requisitos de la Política Offset, la oficina enlace de Offset de cada Fuerza deberá gestionar ante la Dirección de Contratación Estatal del Ministerio de Defensa Nacional, la celebración del Convenio Marco de Offset, así: 3.2.1 NEGOCIACIÓN DEL MONTO DE LA COMPENSACIÓN OFFSET Le corresponde a la Fuerza o la entidad del GSED negociar el porcentaje de cooperación a incluir en el Convenio Marco. En el caso de los contratos centralizados, la Dirección de Contratación Estatal negociará el porcentaje de compensación con el proveedor. El monto de la compensación será como mínimo por el 100% del valor del contrato en Créditos Offset Las Fuerzas o entidad del GSED, incluirán el resultado de la negociación en los estudios previos a elaborar para la celebración delConvenio Marco de Cooperación Industrial y Social. 3.2.2 ESTUDIOS PREVIOS Las Fuerzas a través de la oficina enlace de Offset remitirán a la Dirección de Contratación Estatal los estudios previos mediante el formato establecido en el Anexo “B" del presente Manual, una vez este haya sido revisado y aprobado por el Grupo Seguimiento a Offset de la Dirección de Planeación y Presupuesto, para la celebración del Convenio Marco de Cooperación Industrial y Socialformato establecido en el Anexo “B" del presente Manual, una vez este haya sido revisado y aprobado por el Grupo Seguimiento a Offset de la Dirección de Planeación y Presupuesto, para la celebración del Convenio Marco de Cooperación Industrial y SocialOffset, acompañado de la relación de los contratos suscritos con la empresa que generan la obligación Offset y que serán objeto de compensación (se debe incluir la referencia del contrato, la fecha de suscripción, la unidad ejecutora partícipe, el monto en divisa, el objeto). Dicho estudio previo será responsabilidad del gerente de proyecto y el comité estructurador que será designado por la Dirección de Contratación Estatal, previa solicitud de la Fuerza o entidad del GSED. 3.2.3 SOLICITUD DE DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR Para la celebración del Convenio Marco, la oficina enlace de Offset o la entidad del GSED enviará a la Dirección de Contratación Estatal el nombre del funcionario seleccionado como supervisor del Convenio Marco para que sea nombrado mediante circular. El supervisor del Convenio Marco debe dar cumplimiento a las funciones que se detallan en el Anexo “D” del presente Manual. 3.2.4 ELABORACIÓN Y SUSCRIPCIÓN DE LA MINUTA DEL CONVENIO MARCO A la Dirección de Contratación Estatal corresponde la elaboración y la gestión de la suscripción de la minuta de los Convenios Marco de Cooperación Industrial y Social - Offset, de acuerdo con el formato establecido en el Anexo “C" del presente Manual. 3.2.5 MODIFICATORIO AL CONVENIO MARCO Para la elaboración de la minuta del modificatorio por parte de la Dirección de Contratación Estatal del Ministerio de Defensa, se

requiere solicitud por escrito, por parte del supervisor del Convenio Marco, indicando las razones que fundamentan la modificación. El supervisor del Convenio Marco es responsable de requerir a la empresa extranjera la solicitud por escrito por medio de la cual se motiva la necesidad de adelantar un modificatorio al Convenio Marco. 3.2.6 ADICIÓN AL CONVENIO MARCO Las obligaciones de cooperación industrial y social - Offset que surjan con ocasión de la celebración de nuevos contratos con el mismo proveedor extranjero que ya tiene uno o varios Convenios Marco con el Ministerio de Defensa Nacional, y que por su cuantía sean susceptibles a sumarse a la obligación en créditos del proveedor, darán lugar a la celebración de una adición al Convenio Marco. Para la elaboración de la minuta tendiente a adicionar obligaciones al Convenio Marco, se requiere allegar previamente a la Dirección de Contratación Estatal, solicitud por escrito por parte del supervisor, en el cual se relacionen los contratos que se requiere adicionar a la obligación Offset. Para estas adiciones, el supervisor del Convenio Marco, previa consulta con la oficina enlace de Offset, podrá recomendar nuevos plazos para la presentación y aprobación de proyectos, con cargo a los créditos adicionados. 3.2.7 ESTRUCTURACIÓN DE PROYECTOS OFFSET Y PRESENTACIÓN ANTE EL MINISTERIO DE DEFENSANACIONAL En cumplimiento a los términos establecidos por cada Convenio Marco, es responsabilidad del proveedor presentar las propuestas estructuradas y consensuadas con el receptor de la cooperación, de acuerdo con los términos establecidos en la Política Sectorial para la para la Implementación de Acuerdos de Cooperación Industrial y Social - Offsets relacionados con adquisiciones para el Sector Defensa y Seguridad en Colombia. En este punto, es importante señalar que la obligación de presentar el proyecto es de la empresa extranjera, y que el receptor en

para la para la Implementación de Acuerdos de Cooperación Industrial y Social - Offsets relacionados con adquisiciones para el Sector Defensa y Seguridad en Colombia. En este punto, es importante señalar que la obligación de presentar el proyecto es de la empresa extranjera, y que el receptor en este caso, además de liderar y participar en las mesas de trabajo, deberá solicitar a través de la oficina enlace de Offset de cada Fuerza a la Dirección de Contratación Estatal, la designación mediante circular del gerente de proyecto Offset y comité estructurador. El comité estructurador será el encargado de hacer la revisión, análisis, evaluación de la propuesta de proyecto y solicitará a la empresa extranjera los ajustes pertinentes para la consolidación del proyecto en todos sus aspectos, incluyendo los relacionados con variables económicas, financieras y administrativas, según aplique. Se recomienda que, en las mesas técnicas para consensuar el proyecto, se busque establecer el alcance técnico de las obligaciones del proveedor, sin referirse al valor. Las funciones del gerente de proyecto Offset y del comité estructurador, concluirán con la celebración del Convenio Derivado de Cooperación Industrial y Social - Offset. Considerando que los receptores de proyectos Offset, tienen que cumplir con sus procedimientos internos, se entenderá que un proyecto ha sido consensuado técnicamente entre ambas partes, cuando la Fuerza y/o entidad del GSED expida a la Dirección de Planeación y Presupuesto del MDN con copia al proveedor, un documento de aval firmado por el Segundo Comandante de la Fuerza receptora o el Jefe de la oficina de planeación del GSED, en el cual manifieste el cumplimiento de la presentación del

proyecto consensuado técnicamente, de acuerdo con sus requerimientos y dentro del tiempo establecido. Posteriormente, dicho proyecto será remitido por el receptor a las instancias de evaluación y aprobación del Ministerio de Defensa Nacional. 3.2.7.1 ESTRUCTURA DE LOS PROYECTOS DE COOPERACIÓN INDUSTRIAL Y SOCIAL – OFFSET Los proyectos de Cooperación Industrial y Social - Offset deben enfocarse a objetivos generales y específicos, y deben desagregarse mediante actividades puntuales de transferencia de conocimiento, tecnología, o formulación de negocios, incluyendo la información y elementos que permitan determinar su conveniencia, factibilidad, pertinencia y viabilidad. Los proyectos deberán cumplir con un mínimo de información, requerimientos y requisitos, de acuerdo con el Anexo “E" del presente Manual, que establece, entre otros, los siguientes aspectos: - Generalidades - Nombre del proyecto, objetivos generales y específicos, receptores del proyecto, alcance, partes interesadas, localización del proyecto. - Definición del Proyecto - Problema o necesidad actual que se busca satisfacer, justificación de la necesidad, beneficios del proyecto, criterios de elegibilidad, actividades del proyecto, entregables por actividad, indicadores del proyecto. - Estudio técnico - Área técnica, área tecnológica, área administrativa. - Estudio económico y financiero - Recursos requeridos por cada actividad del proyecto, recursos que debe garantizar el proveedor para el cumplimiento de las actividades del proyecto, otras inversiones del proveedor, recursos que debe garantizar el receptor para las actividades del proyecto, gastos asociados al ciclo de vida de los elementos a proporcionar por el proveedor después de lafinalización del proyecto. - Estudio de Mercado (para proyectos Offset que involucren negocios).

  • Consideraciones jurídicas a tener en cuenta en el desarrollo del proyecto - Aspectos legales, gestión de la propiedad intelectual. - Propuesta de valoración de créditos y soportes de la valoración nominal. - Cronograma del proyecto.

Por su parte, el receptor deberá tener en cuenta las siguientes recomendaciones para la evaluación inicial del proyecto: - Identificar las inversiones que debe hacer como receptor, para estar en capacidad de recibir la compensación. - Analizar y determinar la capacidad tecnológica existente para recibir la compensación. - Realizar la calculadora de ciclo de vida a fin de garantizar la sostenibilidad del proyecto en el tiempo. - Analizar las actividades prioritarias en el proyecto, con miras a determinar los criterios para la negociación del multiplicador. - Establecer los hitos que permitan acreditar el cumplimiento de las actividades y la manera de ser reconocidas. - Establecer los criterios de aprobación y aceptación de los entregables del proyecto. 3.2.7.2 VALORACIÓN DE LOS PROYECTOS DE COOPERACIÓN INDUSTRIAL Y SOCIAL – OFFSET Teniendo en cuenta la experiencia internacional, las obligaciones de Cooperación Industrial y Social - Offset a cargo de un proveedor extranjero pueden ser cumplidas mediante varias modalidades. En el caso colombiano, no existe restricción, sino la que se desprenda de los objetivos y los criterios establecidos en la Política Sectorial. De acuerdo con las disposiciones de la Política Sectorial, el esquema de valoración que se utilizará implica que cada actividad tenga un valor nominal, un multiplicador y un valor en créditos (resultado de multiplicar el valor nominal con el multiplicador). Al implementar la Política Offset, se entiende que existen valores nominales que, por considerarse activos intangibles de las

empresas y dado su carácter excepcional, no tienen comparación en el mercado. Ello ocurre, en la mayoría de los casos en los cuales una empresa extranjera va a transferir conocimiento o tecnología que ésta ha desarrollado, y que, por ende, no puede ser cotejable con la de otros proveedores de equipos y sistemas. Esta situación se presenta en mayor medida, al revisar los valores nominales de capacidades de mantenimiento, reparación o fabricación de partes de equipos y sistemas, cuya propiedad intelectual pertenece a un proveedor en particular. En todo caso, el gerente de proyecto podrá requerir más información al proveedor, respecto a la metodología empleada para valorar las actividades del proyecto. En la etapa de estructuración del proyecto, el receptor podrá solicitar el apoyo de la Dirección de Proyección de Capacidades e Innovación del MDN para realizar la vigilancia tecnológica previa a la valoración del proyecto. Así mismo, podrá solicitar orientación sobre la gestión de la propiedad intelectual para cada uno de estos, en los casos en los que aplique. Previa justificación por parte del proveedor extranjero de los valores nominales presentados, se negociarán los multiplicadores, teniendo en cuenta que estos factores aumentan el monto de la Cooperación Industrial y Social relacionada con las adquisiciones en materia de defensa, cuando ésta se efectúa dentro de las áreas de interés identificadas como prioritarias. Así, los multiplicadoresse constituyen en un estímulo al contratista para que desarrolle proyectos que sean de la mayor transferencia tecnológica y beneficio para el Sector Seguridad y Defensa. En este sentido, la valoración debe ir más allá de la entrega, por parte del proveedor, de equipos y capacitaciones, es decir, debe

medirse o tasarse en razón, por ejemplo, de: la capacidad de generar conocimiento para conseguir nuevos productos, procesos, servicios o mejoras tecnológicas para ser introducidas al Sector Defensa y Seguridad e Industrial (GSED), que impulse el desarrollo de las capacidades en el Sector. Así mismo, podrán considerarse otros parámetros de valoración como la reducción de costos para el receptor, el tiempo de respuesta logístico, la disponibilidad de los equipos y los sistemas, el costo de oportunidad de acuerdo con el contexto económico o presupuestal del Sector, así como la oportunidad de propiciar la ciencia, tecnología e innovación tecnológica, entre otros. Para efectos de valoración se ha hecho una diferenciación en diversas categorías, tal como se explica a continuación: - Actividades: son aquellas operaciones o tareas ejecutadas por el proveedor -u otras entidades distintas, previamente aprobadas por el Ministerio de Defensa Nacionalque involucren, entre otras, transferencia de conocimiento, tecnología, capacidades de l+D+i o know-how al receptor (tangibles o intangibles). A cada una de estas se les aplicará un multiplicador de forma independiente en el rango comprendido entre 1 y 5. - Negocios: son el desarrollo de acuerdos comerciales lucrativos por parte del proveedor extranjero en Colombia, en conjunto o para una entidad del Grupo Social Empresarial de la Defensa - GSED. Se considerarán negocios las labores de subcontratación, proyectos productivos, producción bajo licencia y cofabricación, entre otros. Ahora bien, en lo que respecta a la valoración de los negocios en el país, ésta se hará de dos maneras:

En un primer momento, se tendrán en cuenta las actividades en las que tenga que incurrir el proveedor para poner en marcha el negocio. Así, se valorará la transferencia de conocimiento y tecnología y la inversión necesaria con los multiplicadores a los que haya lugar. En segunda instancia, se valorarán los retornos que efectivamente produzca el negocio como tal. De esta manera, se descontarán de la obligación de cooperación industrial y social relacionada con las adquisiciones en materia de defensa, las facturas de las ventas efectivamente realizadas por el receptor de la compensación, con ocasión del negocio generado por el proveedor, durante un periodo de tiempo acordado entre éste y el Ministerio. Adicionalmente, se podrá fijar un tope máximo de créditos que puedan ser generados por el negocio en cuestión A las ventas realizadas se les aplicará el multiplicador 1. Vale la pena indicar, que las facturas deberán cumplir con la normatividad establecida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN. El Anexo “F" que contiene una tabla de multiplicadores para proyectos de Cooperación Industrial y Social - Offset, precisa las variables, consideraciones y aspectos complementarios a tener en cuenta, para valorar la capacidad que se desea adquirir o adicionar. En todo caso, se podrán negociar multiplicadores debajo del rango establecido, siempre y cuando a criterio del receptor, no haya suficiente información disponible para evaluar las actividades propuestas. Una vez el proyecto se encuentre consensuado técnicamente, este deberá ser radicado oficialmente por el proveedor al receptor y posteriormen

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