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MINDEFENSA - Resolución 0369 de 2018

Ministerio de Defensa

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Detalles

Título
MINDEFENSA - Resolución 0369 de 2018
Autor
Ministerio de Defensa
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Penal Militar
Año
2018

RESOLUCION 369 DE 2018

(enero 25) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Por la cual se efectúa una delegación Especial Resumen de Notas de Vigencia NOTAS DE VIGENCIA: - Modificada por la Resolución 5083 de 2019, 'por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 0369 del 25 de enero de 2018', publicada en el Diario Oficial No. 51.072 de 10 de septiembre 2019. EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL En ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, y artículo 2 numeral 8 del Decreto 4890 de 2011, y CONSIDERANDO Que la Constitución Política establece en su artículo 208 que los ministros y los directores de departamentos administrativos son los jefes de la administración en su respectiva dependencia, así mismo que bajo la dirección del Presidente de la República, les corresponde formular las políticas atinentes a su despacho, dirigir la actividad administrativa y ejecutar la ley. Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 señala que las autoridades administrativas podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarlas. Que el numeral 8 del artículo 2 del Decreto 4890 de 2011, establece como función del Ministro de Defensa Nacional, la facultad de delegar en dependencias y funcionarios subalternos el ejercicio de aquellas funciones que considere necesarias, para la correcta prestación del servicio del Ministerio. Que el artículo 28 de la Ley 1530 de 2012 establece que: "Los proyectos de inversión que se financien

aquellas funciones que considere necesarias, para la correcta prestación del servicio del Ministerio. Que el artículo 28 de la Ley 1530 de 2012 establece que: "Los proyectos de inversión que se financien con cargo al Sistema General de Regaifas serán ejecutados por quien designe el respectivo Órgano Colegiado de Administración y Decisión, con estricta sujeción al régimen presupuesta! definido en esta ley y al de contratación pública vigente y aplicable y el ejecutor garantizará la correcta ejecución de los recursos asignados al proyecto de inversión, así como el suministro y registro de la información requerida por el Sistema de Monitoreo, Seguimiento Control y Evaluación.". Que de acuerdo con el Artículo 2.2.4.1.2.2.7 . del Decreto 1082 de 2015 se estableció que los órganos del sistema, las entidades a las que se transfieran recursos de funcionamiento del sistema y las designadas como ejecutoras de proyectos, serán responsables por la incorporación en un capítulo independiente de los recursos del Sistema General de Regalías en sus presupuestos y la ejecución de losmismos en los términos del artículo 93 de la Ley 1530 de 2012, y serán responsables por los mismos frente al contratista y a terceros, con las asignaciones a su cargo.

RESUELVE: ARTÍCULO 1. <Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 5083 de 2019. El nuevo texto es el siguiente:> Delegar en los Segundos Comandantes de Fuerza (Ejército Nacional - Armada Nacional - Fuerza Aérea Colombiana) y en el Director General Marítimo, la facultad de incorporar un capítulo independiente de los recursos del Sistema General de Regalías en sus presupuestos y ejecutarlos en los términos de la Ley 1530 de 2012 y normas que la reglamenten.

Notas de Vigencia

capítulo independiente de los recursos del Sistema General de Regalías en sus presupuestos y ejecutarlos en los términos de la Ley 1530 de 2012 y normas que la reglamenten. Notas de Vigencia - Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 5083 de 2019, 'por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 0369 del 25 de enero de 2018', publicada en el Diario Oficial No. 51.072 de 10 de septiembre 2019. Legislación Anterior Texto original de la Resolución 369 de 2018: ARTÍCULO 1. Delegar en los Segundos Comandantes de Fuerza (Ejército Nacional - Armada Nacional - Fuerza Aérea Colombiana), la facultad de incorporar un capítulo independiente de los recursos del Sistema General de Regalías en sus presupuestos y ejecutarlos en los términos de la Ley 1530 de 2012 y normas que la reglamenten. ARTÍCULO 2. Los delegatarios deberán presentar un informe acerca de la gestión a la Dirección de Planeación y Presupuestación del Ministerio de Defensa Nacional. ARTÍCULO 3. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D. C. a los, 25 ENE 2018

LUIS C. VILLEGAS ECHEVERRI

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia n.d.

Última actualización: 20 de abril de 2024

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