MINDEFENSA - Resolución 4114 de 2019
Ministerio de Defensa
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Detalles
- Título
- MINDEFENSA - Resolución 4114 de 2019
- Autor
- Ministerio de Defensa
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Penal Militar
- Año
- 2019
RESOLUCIÓN 4114 DE 2019
(julio 9) Diario Oficial No. 51.011 de 11 de julio 2019 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Por la cual se delega una función relacionada con la administración de personal - prácticas laborales. EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 211 de la Constitución Política, artículo 9o y literal g) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998, numeral 8 del artículo 2o del Decreto 4890 de 2011, y CONSIDERANDO: Que el artículo 211 de la Constitución Política de Colombia establece la figura de la delegación en aras de permitir a las entidades públicas administrativas asignar tareas, funciones y competencias en sus subalternos o en otras autoridades. Que el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, señala que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la citada ley, “podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias”. Que en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y conforme a lo previsto en el numeral 8 del artículo 2o del Decreto 4890 de 2011, por el cual se modificó parcialmente la estructura del Ministerio de Defensa Nacional, el Ministro de Defensa Nacional está facultado para “Delegar en dependencias y funcionarios subalternos el ejercicio de aquellas funciones que considere necesarias para el correcto funcionamiento del Ministerio”. Que mediante Ley 1780 de 2016, “por medio de la cual se promueve el empleo y el emprendimiento juvenil, se generan medidas para superar barreras de acceso al mercado de trabajo y se dictas otras
funcionamiento del Ministerio”. Que mediante Ley 1780 de 2016, “por medio de la cual se promueve el empleo y el emprendimiento juvenil, se generan medidas para superar barreras de acceso al mercado de trabajo y se dictas otras disposiciones”, se dispuso en los artículos 15 al 18 , la naturaleza, definición y reglamentación de la práctica laboral; así mismo, que “El Ministerio de Trabajo reglamentará en un plazo de seis (6) meses las prácticas laborales en los términos de la presente ley”. Que mediante Resolución número 3546 de 2018, “por la cual se regulan las prácticas laborales expedida por el Ministerio de Trabajo, dispuso en su artículo 16 : “Vinculación formativa en las entidades estatales regidas por el derecho público. Las prácticas laborales a desarrollarse en las entidades estatales regidas en sus actuaciones por el derecho público se realizarán mediante la vinculación formativa del estudiante a través de acto administrativo (...)” (Subrayado y negrilla fuera del texto). Que teniendo en cuenta la estructura y naturaleza del Ministerio de Defensa Nacional y con el propósito de desarrollar los principios de la función administrativa, en especial los de economía y celeridad, sehace necesario delegar en el Secretario General, la expedición del acto administrativo de vinculación formativa para la realización de las prácticas laborales en la Unidad de Gestión General del Ministerio de Defensa Nacional, de acuerdo a los parámetros establecidos en el artículo 16 de la Resolución número 3546 de 2018 expedida por el Ministerio del Trabajo. Que por lo anteriormente expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Delegar en el Secretario General del Ministerio de Defensa Nacional la expedición del acto administrativo de vinculación formativa para la realización de las prácticas laborales en la Unidad
Que por lo anteriormente expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Delegar en el Secretario General del Ministerio de Defensa Nacional la expedición del acto administrativo de vinculación formativa para la realización de las prácticas laborales en la Unidad de Gestión General del Ministerio de Defensa Nacional, de acuerdo a los parámetros establecidos en el artículo 16 de la Resolución número 3546 de 2018, “por la cual se regulan las prácticas laborales”, expedida por el Ministerio de Trabajo. ARTÍCULO 2o. CONDICIONES DE LA DELEGACIÓN. La delegación efectuada a través de la presente resolución, será ejercida por el funcionario delegatario conforme a las siguientes condiciones:
1. Cuando lo estime conveniente el Ministro de Defensa Nacional podrá reasumir en todo caso y en cualquier momento, total o parcialmente, las competencias delegadas por medio del presente acto.
2. Cuando el Ministro de Defensa Nacional reasuma una facultad para un caso específico, dicha facultad no se entenderá reasumida en forma permanente, a menos que el acto administrativo emitido para tal fin así lo exprese.
3. Las facultades delegadas mediante la presente resolución son indelegables. El delegado no podrá subdelegar en otros funcionarios la realización de los actos objeto de la delegación.
4. El Ministro de Defensa Nacional continuará ejerciendo el seguimiento de la actividad delegada mediante el presente acto administrativo, por medio de instrumentos y herramientas que en su oportunidad se implementen.
5. Las responsabilidades y consecuencias de la presente resolución, se rigen por las normas legales aplicables, y en particular por los artículos 9o y siguientes de la Ley 489 de 1998
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, y deja vigentes
aplicables, y en particular por los artículos 9o y siguientes de la Ley 489 de 1998 ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, y deja vigentes las demás disposiciones relacionadas con la delegación en materia de administración de personal. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá D. C., a 9 de julio de 2019. El Ministro de Defensa Nacional, Guillermo Botero Nieto.Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia n.d.
Última actualización: 20 de abril de 2024