MINDEFENSA - Resolución 4358 de 2022
Ministerio de Defensa
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Detalles
- Título
- MINDEFENSA - Resolución 4358 de 2022
- Autor
- Ministerio de Defensa
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Penal Militar
- Año
- 2022
RESOLUCIÓN 4358 DE 2022
(junio 30) Diario Oficial No. 52.082 de 1 de julio de 2022 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Por la cual se transfiere a título gratuito un área de terreno que forma parte de la “Finca Tolemaida” localizado en el Municipio de Nilo - Cundinamarca, identificado con número de Matrícula Inmobiliaria 30729247 de propiedad de la Nación -Ministerio de Defensa NacionalEjército Nacional. EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL, en ejercicio de las facultades legales, en especial las que confiere el artículo 61 de la Ley 489 de 1998 y CONSIDERANDO: Que el artículo 276 de la Ley 1955 de 2019 establece “Los bienes inmuebles fiscales de propiedad de las entidades públicas del orden nacional de carácter no financiero, que hagan parte de cualquiera de las Ramas del Poder Público, así como de los órganos autónomos e independientes, que no los requieran para el ejercicio de sus funciones, podrán ser transferidos a título gratuito a las entidades del orden nacional y territorial con el fin de atender necesidades en materia de infraestructura y vivienda, sin importar el resultado de la operación en la entidad cedente. Cuando la entidad territorial no necesite dicho inmueble, la Nación aplicará lo dispuesto en el artículo 163 de la Ley 1753 de 2015. Que, de conformidad con lo dispuesto en la misma ley, las transferencias a título gratuito que realicen las Entidades Públicas se llevarán a cabo mediante resolución administrativa expedida por la Entidad
propietaria del inmueble, y su tradición se verificará mediante la inscripción de dicho acto ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos correspondiente, siendo la entidad receptora la encargada de continuar el trámite de titulación del inmueble. Que el Decreto 523 de 2021 en su artículo 2.1.2.2.3.1 establece que “La enajenación directa de bienes inmuebles fiscales regulada en el presente capítulo no procederá cuando la entidad territorial en la que se encuentre ubicado el predio manifieste su interés en el mismo con fines de infraestructura y vivienda en los términos del artículo 276 de la Ley 1955 de 2019 y el artículo 41 de la Ley 1537 de 2012. La transferencia de los bienes inmuebles fiscales se hará mediante acto administrativo que será inscrito por la entidad receptora en la oficina de registro de instrumentos públicos correspondiente, una vez en firme.” Que el Decreto 523 de 2021 en su artículo 2.1.2.2.3.2 señala que “Para la transferencia de los bienes inmuebles fiscales entre entidades públicas, estos deberán encontrarse libres de gravámenes, y además deberán cumplir las condiciones que a continuación se señalan
1. Cuando se trate de la transferencia a que se refiere el artículo 41 de la Ley 1537 de 2012, el inmueble deberá ser destinado para la construcción o el desarrollo de proyectos de Vivienda de Interés Social, de acuerdo con lo establecido en los Planes de ordenamiento territorial y los instrumentos que lo complementen o desarrollen.2. Cuando se trate de la transferencia a que se refiere el artículo 276
de la Ley 1955 de 2019, la entidad que transfiere no deberá requerir el bien para el desarrollo de sus funciones y el inmueble deberá destinarse a la atención de las necesidades que en materia de vivienda o infraestructura haya identificado la entidad respectiva (...)” Que el área ocupada por el “Club de Oficiales sede Las Mercedes” ubicado en el municipio de Nilo, Departamento de Cundinamarca, se encuentra contenido dentro del predio rural de mayor extensión denominado Finca Tolemaida, identificado con el folio de Matrícula Inmobiliaria número 307-29247 de la oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Girardot, Cundinamarca y referencia catastral número 254880002000000030062000000000, el cual fue englobado mediante Escritura Pública 2144 del 8 de noviembre de 1990, y se registró en la Notaría 3ª del Círculo de Bogotá, a favor de la NaciónMinisterio de Defensa - Ejército Nacional. El área ocupada por el “Club de Oficiales sede Las Mercedes” ubicado en el municipio de Nilo, Departamento de Cundinamarca, tiene una extensión superficiaria de 82 hectáreas 5148.45 m2, cuyos linderos generales son: Al Norte, partiendo desde el punto número 1 de coordenadas N2023619.09 E4813863.38, pasando por los puntos número 2 de coordenadas N2023722.02 E4814300.56, punto número 3 de coordenadas N2023998.91 E-4814814.18, hasta el punto número 4 de coordenadas N-2024121.15
E-4815202.29 a una distancia de 1440.140 m. aproximadamente, colindando con la vía Nacional que de Girardot conduce a Bogotá D. C. Al Este, partiendo desde el punto número 4, pasando por los puntos número 5 de coordenadas N2024050.31 E4815224.34, punto número 6 de coordenadas N-2024030.78 E-4815348.35, punto número 7 de coordenadas N-2023954.31 E4815410.86, punto número 8 de coordenadas N2023917.74 E4815413.88, punto número 9 de coordenadas N-2023822.78 E-4815468.38, punto número 10 de coordenadas N-2023653.95 E-4815463.17, punto número 11 de coordenadas N2023508.79 E-4815496.66, hasta el punto número 12 de coordenadas N2023408.46 E-4815431.27 a una distancia de 895.13 m. aproximadamente, colindando con la Quebrada La Naranjala y Río Sumpaz. Al sur, partiendo desde el punto número 12, pasando por los puntos número 13 de coordenadas N2023412.42 E-4815356.95, punto número 14 de coordenadas No.- 2023472.94 E4815243.71, punto número 15 de coordenadas N2023513.35 E4815081.15, punto número 16 de coordenadas N2023473.46 E-4814961.89, punto número 17 de coordenadas N2023347.78 E4814691.46, punto
número 18 de coordenadas No.- 2023270.83 E4814372.34, hasta el punto número 19 de coordenadas N-2023158.81 E4814039.23, a una distancia de 1478.23 m. aproximadamente, colindando con el Río Sumapaz en toda su extensión. Al Oeste, partiendo desde el punto número 19, hasta el punto número 1 a una distancia de 492.72 m. aproximadamente, colindando con el inmueble identificado con el número predial 254880002000000030098000000000 en toda su extensión.
Nota: Los términos (N y E) utilizados en cada coordenada de las descripciones de linderos, tienen significado norte y este respectivamente.Área Sede Club Mercedes
Punto Norte Este 1 2.023.619,09 4.813.863,38 2 2.023.722,02 4.814.300,56 3 2.023.998,91 4.814.814,18 4 2.024.121,15 4.815.202,29 5 2.024.050,31 4.815.224,34 6 2.024.030,78 4.815.348,35 7 2.023.954,31 4.815.410,86 8 2.023.917,74 4.815.413,88 9 2.023.822,78 4.815.468,38 10 2.023.653,95 4.815.463,17 11 2.023.508,79 4.815.496,66 12 2.023.408,46 4.815.431,27
13 2.023.412,42 4.815.356,95 14 2.023.472,94 4.815.243,71 15 2.023.513,35 4.815.081,15 16 2.023.473,46 4.814.961,89 17 2.023.347,78 4.814.691,46 18 2.023.270,83 4.814.372,34 19 2.023.158,81 4.814.039,23 1 2.023.619,09 4.813.863,38 Área m2 825.148,45 Área sede 82 has 5148.45 m2 No obstante, la transferencia a título gratuito de la franja de terreno descrito se efectuará como cuerpo cierto. Que esta Cartera Ministerial, una vez revisados los antecedentes y fundamentos jurídicos que sustentan la presente actuación, encuentra procedente transferir a título gratuito el predio denominado “Club de Oficiales sede Las Mercedes”. Que mediante Oficio número CM.200.A.1/000248 de fecha 26 de julio de 2021 suscrito por el señor Vicealmirante (RA) Héctor Alfonso Medina Torres, solicita en el marco del Plan Nacional de Desarrollo al señor Ministro de Defensa Nacional, la transferencia gratuita del área de terreno denominado “Club de Oficiales sede las Mercedes”, ubicado en el Municipio de Nilo - Cundinamarca, la cual se encuentra contenida dentro del predio rural de mayor extensión denominado Finca Tolemaida, identificado con el folio de Matrícula Inmobiliaria No. 30729247 de la oficina de
Registro de Instrumentos Públicos de Girardot, Cundinamarca y referencia catastral número 254880002000000030062000000000, el cual fue englobado mediante Escritura Pública 2144 del 8 de noviembre de 1990, y se registró en la Notaría 3ª del Círculo de Bogotá, a favor de la NaciónMinisterio de Defensa - Ejército Nacional.Que el Decreto 523 de 14 de mayo de 2021, expedido por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, en la sección tercera reglamenta la “TRANSFERENCIA DE DOMINIO DE BIENES
FISCALES ENTRE ENTIDADES EN APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 276
DE 1955 DE 2019”.
Así mismo el artículo 2.1.2.2.3.6 ., establece que “Transferido el inmueble a la entidad receptora o cesionaria, esta realizará el saneamiento y titulación de los bienes inmuebles fiscales conforme a lo previsto en la sección 2 del capítulo 2 del Título 2 de la Parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 y en desarrollo del artículo 277 de la Ley 1955 de 2019, así como lo dispuesto en la Ley 2044 de 2020. Así mismo, las entidades receptoras serán responsables de acatar la destinación que se haya definido para el inmueble en el acto administrativo correspondiente”. Que esta Cartera Ministerial una vez revisados los antecedentes y fundamentos jurídicos que sustentan la presente actuación, encuentra procedente transferir a título gratuito el área de terreno que ocupa en la
actualidad el “Club de Oficiales sede Las Mercedes”, dentro del predio denominado Finca Tolemaida identificado con el folio de matrícula inmobiliaria número 307-29247 a favor del Club Militar entidad adscrita a las empresas del Grupo Social y Empresarial de Defensa GSED. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Transferir a título gratuito al Club Militar, identificado con el NIT 860016951-1 el área de terreno donde se ubica “El Club de Oficiales sede las Mercedes”, localizado en el Municipio de Nilo, perteneciente a la Nación - Ministerio de Defensa - Ejército Nacional, identificado con folio de Matrícula Inmobiliaria número 307-29247 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Girardot Cundinamarca y referencia catastral 254880002000000030062000000000, con un área de 82 hectáreas y 5148.45 m2, cuyos linderos se describen en el parágrafo número 1 de esta resolución. ARTÍCULO 2o. ENTREGA MATERIAL. La entrega real y materia del área de terreno que ocupa “El Club de Oficiales sede Las Mercedes”, predio identificado con el folio de matrícula inmobiliaria número 307-29247, será llevada a cabo por el señor Brigadier General Ricardo Heriberto Roque Salcedo, Comandante Centro Nacional de Entrenamiento (CENAE) al Club Militar entidad adscrita a las empresas del Grupo Social y Empresarial de Defensa GSED, previa suscripción del acta de entrega. Así mismo, el área de terreno entregada se encuentra libre de hipotecas, embargos, demandas, censo,
anticresis, condiciones resolutorias, limitaciones de dominio, usufructo, patrimonio de familia inembargable y servidumbres, y no ha sido enajenado por acto anterior. ARTÍCULO 3o. Se ordena la inscripción de la presente Resolución en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de GirardotCundinamarca en el folio de Matrícula Inmobiliaria número 30729247, y la respectiva inscripción del presente acto administrativo como un ACTO EXENTO de derechos registrales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35 de la Ley 1537 de 2012 y el artículo 121 del Decreto ley 2106 de 2019. ARTÍCULO 4o. NOTIFICACIÓN. El contenido del presente Acto Administrativo deberá notificarse personalmente al Director del Club Militar, de conformidad con lo establecido en losartículos 67 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, o se notificará de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 y 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTÍCULO 5o. RECURSOS. De acuerdo con lo establecido en el artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativa contra la presente Resolución procede el Recurso de Reposición, del cual podrá hacerse uso dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación al tenor de lo dispuesto en los artículos 74 y 76 de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO 6o. VIGENCIA. -La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 87 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO 6o. VIGENCIA. -La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 87 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTÍCULO 7o. ANEXOS. Dentro del presente acto administrativo se anexaran 01 plano levantado por el señor Ingeniero Ambiental y Topógrafo SP. Willian Andrés Bastidas Guerrero identificado con tarjeta profesional número 01-12869 del Consejo Nacional de Topografía correspondiente a la ubicación espacial del área de terreno del predio denominado “Club de Oficiales sede Las Mercedes” ubicado en el Municipio de Nilo - Cundinamarca de propiedad del Ministerio de Defensa - Ejército Nacional el cual se encuentra dentro del predio de mayor extensión denominado “Finca Tolemaida”. Publíquese, notifíquese, comuníquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 30 de junio de 2022. El Ministro de Defensa Nacional, Diego Andrés Molano Aponte.
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia n.d.
Última actualización: 20 de abril de 2024