MINDEFENSA - Resolución 4375 de 2019
Ministerio de Defensa
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Detalles
- Título
- MINDEFENSA - Resolución 4375 de 2019
- Autor
- Ministerio de Defensa
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Penal Militar
- Año
- 2019
RESOLUCIÓN 4375 DE 2019
(julio 25) Diario Oficial No. 51.026 de 26 de julio 2019 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL <NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 41 de la Resolución 2263 de 2021> Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución número 7066 del 2 de octubre de 2018, “Por medio de la cual se asignan funciones, competencias y responsabilidades para la gestión, seguimiento y control de la Fase I del Proyecto Fortaleza “Nuevo Complejo del Ministerio de Defensa Nacional”. Resumen de Notas de Vigencia NOTAS DE VIGENCIA: - Resolución derogada por el artículo 41 de la Resolución 2263 de 2021, 'por medio de la cual se crea la organización, funciones, competencias y responsabilidades para la gestión, seguimiento y control del Proyecto Fortaleza y se dictan otras disposiciones', publicada en el Diario Oficial No. 51.740 de 19 de julio de 2021. EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL, en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 208 de la Constitución Política de Colombia, los artículos 60 y 61 de la Ley 489 de 1998, en concordancia con el artículo 2o , numerales 2 y 7 del Decreto número 4890 de 2011, el Convenio Marco de Cooperación, el Convenio Derivado número 1 y sus Otrosíes, suscritos entre el Ministerio de Defensa Nacional y la Agencia Nacional Inmobiliaria Virgilio Barco, y
CONSIDERANDO: Que el día diecisiete (17) de diciembre de 2014, el Ministerio de Defensa Nacional y la Agencia Nacional Inmobiliaria Virgilio Barco suscribieron el Convenio Marco de Cooperación para la ejecución conjunta de proyectos de desarrollo y renovación urbana, reubicación, traslado, diseño o construcción de instalaciones militares y administrativas, cuyo objeto corresponde a “... aunar esfuerzos técnicos, administrativos, jurídicos y económicos entre las partes, para la gestión y ejecución conjunta de proyectos de desarrollo y/o renovación urbana que se deriven de planes de mejoramiento, reubicación, traslado, diseño o construcción de instalaciones militares y administrativas”; Que acorde a lo anterior, el veinticinco (25) de enero de 2018, el Ministerio de Defensa Nacional y la Agencia Nacional Inmobiliaria Virgilio Barco, suscribieron el “Convenio Derivado número 1 al Convenio Marco de Cooperación para la ejecución conjunta de proyectos de desarrollo y renovación urbana, reubicación, traslado, diseño o construcción de instalaciones militares y administrativas, suscrito entre Ministerio de Defensa Nacional y la Empresa Nacional de Renovación y Desarrollo Urbano Virgilio Barco Vargas S.A.S., hoy Agencia Nacional Inmobiliaria Virgilio Barco Vargas”,cuyo objeto es “Aunar esfuerzos entre el Ministerio y la Agencia, para que desde sus competencias legales y capacidad funcional, se identifiquen en forma coordinada los elementos técnicos, jurídicos y financiamiento requeridos para la formulación, estructuración y ejecución de proyecto inmobiliario
para la puesta en funcionamiento de la nueva sede central de el Ministerio en el marco del Plan Parcial de Renovación Urbana Ciudad CAN adoptado mediante Decreto Distrital número 635 de 2017, Fase I del proyecto”, y con un plazo de ejecución de diez (10) años, es decir, hasta el veinticinco (25) de enero de 2028; Que teniendo en cuenta lo dispuesto en la Cláusula Segunda del Convenio Derivado número 1 al Convenio Marco de Cooperación, el Ministerio de Defensa Nacional y la Agencia Nacional Inmobiliaria Virgilio Barco suscribieron el Otrosí número 1 el 13 de noviembre de 2018, con el fin de desarrollar la formulación, estructuración y ejecución de una solución para suministrar y dotar las instalaciones temporales para los funcionarios que actualmente ocupan la sede CAN del Ministerio, incluida su interventoría; Que de conformidad con lo señalado en el numeral 4) de la cláusula cuarta del Otrosí número 1 al Convenio Derivado número 1 al Convenio Marco de Cooperación, se estableció el Comité Fiduciario y por ende sus funciones, que son: a) Aprobar los estados financieros y balances del PAD, b) Ejercer el seguimiento a los informes de gestión y estados financieros del PAD, y c) Las demás que se definan; Que de conformidad con lo antes señalado se hace necesario la designación como delegado ante el Comité Fiduciario y demás comités que se creen dentro de la ejecución del Convenio Derivado número 1 al Gerente General del Proyecto; Que de acuerdo con lo señalado en el artículo 23 de la Resolución número 7066 del 2 de octubre de 2018, se hace necesario modificar el numeral 12, en los términos que más adelante se indican, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 41
de la Resolución número 7066 del 2 de octubre de 2018, se hace necesario modificar el numeral 12, en los términos que más adelante se indican, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 41 de la Resolución 2263 de 2021> Modifícase parcialmente el numeral 12 del artículo 23 de la Resolución número 7066 del 2 de octubre de 2018, por medio de la cual se asignan funciones, competencias y responsabilidades para la gestión, seguimiento y control de la Fase I del Proyecto Fortaleza “Nuevo Complejo del Ministerio de Defensa Nacional”, el cual quedará de la siguiente manera: “12. Cumplir las funciones como delegado del Ministerio de Defensa Nacional ante el Comité Operativo, de que trata el parágrafo de la Cláusula Décima Quinta del Convenio Derivado número 1 del 25 de enero de 2018, así como, de delegado ante el Comité Fiduciario previsto en la Cláusula Cuarta del Otrosí número 1 al Convenio Derivado número 1 al Convenio Marco de Cooperación suscrito entre el Ministerio de Defensa Nacional y la Agencia Nacional Inmobiliaria Virgilio Barco, y de cualquier otro Comité que se derive de la ejecución del Convenio Derivado número 1”. ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 41 de la Resolución 2263 de 2021> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.Dada en Bogotá, D. C., a 25 de julio de 2019. El Ministro de Defensa Nacional, Guillermo Botero Nieto.
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia n.d.
El Ministro de Defensa Nacional, Guillermo Botero Nieto.
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia n.d.
Última actualización: 20 de abril de 2024