MINDEFENSA - Resolución 6666 de 2017
Ministerio de Defensa
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Detalles
- Título
- MINDEFENSA - Resolución 6666 de 2017
- Autor
- Ministerio de Defensa
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Penal Militar
- Año
- 2017
RESOLUCIÓN 6666 DE 2017
(septiembre 11) Diario Oficial No. 50.356 de 14 de septiembre de 2017 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Por la cual se delegan unas funciones relacionadas con la administración de personal en el Ejército Nacional. EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL, en uso de la facultad que confiere el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, en concordancia con el numeral 8 del artículo 2o del Decreto 4890 de 2011.
CONSIDERANDO: Que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
Que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la Ley 489 de 1998, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias. Que los Ministros podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y por los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa. Que corresponde a los Ministros dirigir las funciones de administración de personal, conforme a las normas sobre la materia, de conformidad con el artículo 61 , literal g) de la Ley 489 de 1998. Que en el numeral 8 del artículo 2o del Decreto 4890 de 2011, se señala como función del Ministro de Defensa Nacional, la de delegar en dependencias y funcionarios subalternos el ejercicio de aquellas
, literal g) de la Ley 489 de 1998. Que en el numeral 8 del artículo 2o del Decreto 4890 de 2011, se señala como función del Ministro de Defensa Nacional, la de delegar en dependencias y funcionarios subalternos el ejercicio de aquellas funciones que considere necesarias, para la correcta prestación del servicio en el Ministerio. Que dentro de las situaciones administrativas de personal, el Decreto 1083 de 2015, en el numeral 7 del artículo 2.2.5.2.2 , establece la “vacancia temporal”, la cual se produce, entre otras, cuando el funcionario se encuentra en “periodo de prueba en otro empleo de carrera”. Que teniendo en cuenta la estructura y naturaleza del Ministerio de Defensa Nacional, y con el propósito de desarrollar los principios de la función administrativa, en especial los de economía y celeridad, se hace necesario delegar en el Comandante del Ejército Nacional la facultad de declarar la vacancia temporal de los empleos de la planta de personal de Empleados Públicos del Ministerio de Defensa Nacional - Ejército Nacional, cuando el funcionario se encuentre en periodo de prueba en otro empleo de carrera, con el propósito de dar agilidad a la gestión.RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Delegar en el Comandante del Ejército Nacional, la facultad de declarar la vacancia temporal de los empleos de la planta de personal de Empleados Públicos del Ministerio de Defensa Nacional - Ejército Nacional, cuando el funcionario se encuentre en periodo de prueba en otro empleo de carrera, de que trata el numeral 7 del artículo 2.2.5.2.2 del Decreto 1083 de 2015. ARTÍCULO 2o. CONDICIONES DE LA DELEGACIÓN. La delegación efectuada a través de la presente resolución, será ejercida conforme a las siguientes condiciones:
1. Constituye condición necesaria para el ejercicio de las competencias que por medio de la presente
ARTÍCULO 2o. CONDICIONES DE LA DELEGACIÓN. La delegación efectuada a través de la presente resolución, será ejercida conforme a las siguientes condiciones:
1. Constituye condición necesaria para el ejercicio de las competencias que por medio de la presente resolución se delegan, la observancia plena de las condiciones, requisitos y políticas establecidas por este Ministerio.
2. Cuando lo estime conveniente el Ministro de Defensa Nacional podrá reasumir en todo caso y en cualquier momento, total o parcialmente, las competencias delegadas por medio del presente acto.
3. Cuando el Ministro de Defensa Nacional reasuma una facultad para un caso específico, dicha facultad no se entenderá reasumida en forma permanente, a menos que el acto administrativo emitido para tal fin así lo exprese.
4. Las facultades delegadas mediante la presente resolución son indelegables. Los delegados no podrán subdelegar en otros funcionarios la realización de los actos objeto de la delegación.
5. El Ministro de Defensa Nacional continuará ejerciendo el seguimiento de la actividad delegada mediante el presente acto administrativo, por medio de instrumentos y herramientas que en su oportunidad se implementen.
6. Las responsabilidades y consecuencias de la presente resolución, se rigen por las normas legales aplicables, y en particular por el artículo 9o y siguientes de la Ley 489 de 1998.
7. La delegación contenida en el presente acto administrativo exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrá siempre reformar o revocar aquel, reasumiendo la responsabilidad consiguiente.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, y deja vigentes las demás disposiciones relacionadas con la delegación en materia de administración de personal. Publíquese y cúmplase.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, y deja vigentes las demás disposiciones relacionadas con la delegación en materia de administración de personal. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 11 de septiembre de 2017.
LUIS C. VILLEGAS ECHEVERRI.
El Ministro de Defensa Nacional,Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia n.d.
Última actualización: 20 de abril de 2024