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MINDEFENSA - Resolución 6864 de 2017

Ministerio de Defensa

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Detalles

Título
MINDEFENSA - Resolución 6864 de 2017
Autor
Ministerio de Defensa
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Penal Militar
Año
2017

RESOLUCIÓN 6864 DE 2017

(septiembre 18) Diario Oficial No. 50.363 de 21 de septiembre de 2017 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Por la cual se adopta la Política Integral de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario 2017-2020. EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL, en ejercicio de la facultad legal que le confiere el numeral 2 del artículo 2o del Decreto número 4890 de 2011, y CONSIDERANDO: Que el artículo 2o de la Constitución Política, establece que son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución y que las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares; Que teniendo en cuenta lo anterior, el Ministerio de Defensa Nacional formuló e implementó la “Política Integral de Derechos Humanos y DIH” del año 2008, en donde se establecieron los lineamientos, los objetivos y los programas que en materia Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario deberían desarrollar las Fuerzas Militares y, donde sea pertinente, la Policía Nacional; Que de acuerdo a los lineamientos dados por el Gobierno nacional mediante la “Estrategia Nacional para la Garantía de los Derechos Humanos” y la “Política de Defensa y Seguridad: Todos por un

Nuevo País 2015-2018”, se hace necesario actualizar la política del Sector Defensa en materia de Derechos Humanos y DIH, para responder al nuevo contexto nacional y superar los desafíos de la Fuerza Pública, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Adoptar la Política Integral de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario 2017-2020, cuyo contenido se incorpora en cuarenta y seis (46) folios y hará parte integral de la presente resolución, teniendo en cuenta las razones expuestas en la parte motiva del presente acto administrativo. ARTÍCULO 2 o . La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 18 de septiembre de 2017.LUIS C. VILLEGAS ECHEVERRI El Ministro de Defensa Nacional,

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Última actualización: 20 de abril de 2024

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