MINDEFENSA - Resolución 8950 de 2018
Ministerio de Defensa
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Detalles
- Título
- MINDEFENSA - Resolución 8950 de 2018
- Autor
- Ministerio de Defensa
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Penal Militar
- Año
- 2018
RESOLUCIÓN 8950 DE 2018
(diciembre 14) Diario Oficial No. 50.810 de 17 de diciembre de 2018 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Por la cual se adoptan los documentos metodológicos requeridos para la implementación de los procesos del Modelo de Planeación y Desarrollo de Capacidades de la Fuerza Pública. LA VICEMINISTRA PARA LA ESTRATEGIA Y PLANEACIÓN, en ejercicio de la facultad legal que le confiere el artículo 22 de la Resolución 7144 del 4 de octubre de 2018, y CONSIDERANDO: Que la Resolución 7144 del 4 de octubre de 2018 creó el Modelo de Planeación y Desarrollo de Capacidades de la Fuerza Pública como el conjunto de procesos, instancias responsables y productos, que de manera articulada y continua, traducen los lineamientos políticos y las prioridades estratégicas de defensa y seguridad, en las capacidades requeridas para la proyección y desarrollo en el mediano y largo plazo de una Estructura de Fuerza flexible, adaptable y sostenible. Que este modelo es aplicable en los procesos de planeación estratégica y presupuestal del Comando General de las Fuerzas Militares, el Ejército Nacional, la Armada Nacional, la Fuerza Aérea Colombiana y la Policía Nacional. Que el artículo 6o ibídem, definió que la implementación del Modelo de Planeación y Desarrollo de Capacidades de la Fuerza Pública se realiza a través de cinco procesos de planeación que de manera sistémica, permiten proyectar y desarrollar las capacidades operacionales priorizadas requeridas para
responder a los lineamientos políticos y las prioridades estratégicas en defensa y seguridad: Proceso número 1. Direccionamiento Político y Estratégico para la Defensa y Seguridad, Proceso número 2. Planeación por Capacidades y Proyección de Financiación, Proceso número 3. Planeación Estratégica y Presupuestal, Proceso número 4. Programación Presupuestal basada en Capacidades, Proceso número
5. Seguimiento al Desarrollo de Capacidades.
Que el artículo 8o del referido acto administrativo, estableció que la implementación de los procesos del modelo se hará progresivamente a través de tres fases: Fase I. Documentación, Fase II. Transición y Fase III. Estabilización. Que en la Fase I. Documentación se deben adoptar mediante acto administrativo la totalidad de los documentos metodológicos requeridos para la implementación de los procesos del modelo. Que el artículo 22 del Acto Administrativo antes citado, delegó en el Viceministro para la Estrategia y Planeación la competencia de expedir los actos administrativos requeridos para la implementación del modelo, en particular los relacionados con el desarrollo de los productos. Que para dar cumplimiento a lo señalado en las disposiciones antes relacionadas es necesario adoptar los documentos metodológicos para la implementación del Modelo de Planeación y Desarrollo de Capacidades de la Fuerza Pública.RESUELVE: ARTÍCULO 1o. GUÍA METODOLÓGICA DE PLANEACIÓN POR CAPACIDADES. Adoptar la Guía Metodológica de Planeación por Capacidades cuyo objetivo es proveer lineamientos y criterios
para el diseño de la Estructura de Fuerza requerida en el mediano y largo plazo, al Comando General de las Fuerzas Militares, al Ejército Nacional, a la Armada Nacional, a la Fuerza Aérea Colombiana y a la Policía Nacional. PARÁGRAFO. La Guía Metodológica de Planeación por Capacidades orientará la elaboración de los productos del Proceso número 2. -PLANEACIÓN POR CAPACIDADES Y PROYECCIÓN DE FINANCIACIÓN-, particularmente los documentos “Concepto Estratégico”, “Conceptos Operacionales”, “Taxonomía de Capacidades del Sector Defensa”, “Proyección de Enunciados de Capacidad”, “Asignación de Estructura de Fuerza”, “Evaluación de Capacidades y Priorización Técnica de Brechas de Capacidad”, “Capacidades Objetivo de Mediano y Largo Plazo de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional” y “Propuestas para Cierre de Brechas de Capacidad”. ARTÍCULO 2o. GUÍA METODOLÓGICA PARA LA PROYECCIÓN DE FINANCIACIÓN DE CAPACIDADES. Adoptar la Guía Metodológica para la Proyección de Financiación de Capacidades, cuyo objetivo es proveer lineamientos para orientar la planeación y programación de los recursos en el mediano y largo plazo para el desarrollo de las capacidades para las diferentes fuentes de financiación como el Presupuesto General de la Nación y los recursos de cooperación, tanto nacional como internacional, industrial y social, a la Unidad de Gestión General, al Comando General de las Fuerzas Militares, al Ejército Nacional, a la Armada Nacional, a la Fuerza Aérea Colombiana y a la Policía Nacional. PARÁGRAFO. La Guía Metodológica para la Proyección de Financiación de Capacidades orientará la elaboración de los productos del Proceso número 2. -PLANEACIÓN POR CAPACIDADES Y
Nacional. PARÁGRAFO. La Guía Metodológica para la Proyección de Financiación de Capacidades orientará la elaboración de los productos del Proceso número 2. -PLANEACIÓN POR CAPACIDADES Y PROYECCIÓN DE FINANCIACIÓN-, particularmente los documentos “Proyección de Costos de las Propuestas para Cierre de Brechas de Capacidad”, “Propuestas para Cierre de Brechas de Capacidad a implementar”, “Alternativas de financiación internas y necesidades de financiación adicionales”, “Plan de Financiación para el Desarrollo de Capacidades” y “Propuesta de Marco de Gasto de Mediano Plazo”; y del Proceso número 4 - PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL BASADA EN CAPACIDADESlos “Proyectos para el Desarrollo de Capacidades Operacionales”. ARTÍCULO 3o. GUÍA METODOLÓGICA PARA LA FORMULACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN POR CAPACIDADES. Adoptar la Guía Metodológica para la formulación de Proyectos de Inversión por Capacidades, producto del Proceso número 4 -PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL BASADA EN CAPACIDADES-, cuyo objetivo es proveer lineamientos para la formulación de proyectos destinados al fortalecimiento, sostenimiento o creación de capacidades que se financien con recursos de inversión provenientes del Presupuesto General de la Nación, al Comando General de las Fuerzas Militares, al Ejército Nacional, a la Armada Nacional, a la Fuerza Aérea Colombiana y a la Policía Nacional.
ARTÍCULO 4o. GUÍA METODOLÓGICA PARA EL DESARROLLO DE LAS TABLAS DEORGANIZACIÓN Y EQUIPO (TOE) DE LAS FUERZAS MILITARES. Adoptar la Guía
Metodológica para el Desarrollo de las Tablas de Organización y Equipo (TOE) de las Fuerzas Militares cuyo objetivo es generar parámetros para la estandarización de las unidades, tanto operacionales como administrativas de las Fuerzas Militares; definir los elementos mínimos con los que se deben diseñar las TOE; y satisfacer los requerimientos de información para la elaboración de los productos del Proceso número 2 -Planeación por Capacidades y Proyección de Financiación-, específicamente los documentos “Asignación de Estructura de Fuerza” y “Evaluación de Capacidades y priorización técnica de Brechas de Capacidad”. PARÁGRAFO. Las Unidades de Referencia de la Policía Nacional, de que trata el artículo 5o de la Resolución 7144 de 2018, se deberán diseñar y desarrollar de acuerdo con los procedimientos y métodos existentes en la Policía Nacional, garantizando que permitan cumplir con los propósitos del Modelo de Planeación y Desarrollo de Capacidades de la Fuerza Pública. Es decir que reflejen el subconjunto de capacidades propias de la Policía Nacional, en función de las misiones asignadas, que empleen la doctrina, organización, material, equipo, personal e infraestructura requeridos para su operación, y que sirvan de Insumo para la proyección de Estructura de Fuerza, la planeación por capacidades y para la elaboración de los estudios requeridos para crear, modificar o suprimir unidades policiales de acuerdo a las competencias definidas en la ley. ARTÍCULO 5o. DICCIONARIO DEL MODELO DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO DE CAPACIDADES DE LA FUERZA PÚBLICA. Adoptar el Diccionario del Modelo de Planeación y
Desarrollo de Capacidades de la Fuerza Pública cuyo objetivo es contribuir al entendimiento mutuo entre el Comando General de las Fuerzas Militares, al Ejército Nacional, a la Armada Nacional, a la Fuerza Aérea Colombiana, la Policía Nacional y las Direcciones de la Unidad de Gestión General del Ministerio de Defensa en cuanto al desarrollo e implementación del Modelo de Planeación y Desarrollo de Capacidades de la Fuerza Pública, a partir de una recopilación ordenada de definiciones y siglas utilizados en el ámbito del direccionamiento político y estratégico, la planeación por capacidades, y la planeación y programación presupuestal, de acuerdo a los lineamientos aportados por el modelo. ARTÍCULO 6o. ÁMBITO DE APLICACIÓN. Las guías metodológicas adoptadas mediante la presente resolución son de obligatorio cumplimiento por parte del Comando General de las Fuerzas Militares, al Ejército Nacional, a la Armada Nacional, a la Fuerza Aérea Colombiana, la Policía Nacional y las Dependencias de la Unidad de Gestión General del Ministerio de Defensa Nacional, toda vez que a través de su aplicación se realizará la distribución de recursos para el desarrollo de Estructura de Fuerza, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Resolución 7144 de 2018. ARTÍCULO 7o. CONSULTA Y REVISIÓN. Los documentos metodológicos adoptados mediante la presente resolución estarán disponibles para consulta en el sitio web institucional del Modelo de Planeación y Desarrollo de Capacidades de la Fuerza Pública. Son documentos dinámicos que podrán
ser actualizados y ajustados conforme a las necesidades identificadas por cada una de las Direcciones de Unidad de Gestión General del Ministerio de Defensa Nacional responsable de su elaboración. Deberán cumplir con control de versiones en el respectivo documento y su actualización será aprobada por parte del Viceministro para la Estrategia y Planeación.ARTÍCULO 8o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 14 de diciembre de 2018. La Viceministra para la Estrategia y Planeación, Mariana Martínez Cuéllar.
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Última actualización: 20 de abril de 2024