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MINDEPORTE - Concepto 17 0004792 de 16 de mayo pdf

Ministerio de Deporte

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Detalles

Título
MINDEPORTE - Concepto 17 0004792 de 16 de mayo pdf
Autor
Ministerio de Deporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año

MEMORANDO

Código Dependencia

PARA: AURA ELVIRA GOMEZ MARTINEZ

Jefe Oficina Jurídica DE: 330-DESPACHO DEL VICEMINISTRO/DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL ASUNTO: concepto sobre la competencia para conocer y atender quejas De manera atenta me permito solicitar a la Oficina Asesora Jurídica concepto sobre la competencia para conocer y atender las quejas interpuestas contra organismos deportivos de deporte aficionado, en los siguientes términos: Mediante resolución No. 002359 del 3 de diciembre de 2019, se establecieron los grupos de trabajo del Ministerio del Deporte y se asignaron las respectivas funciones. En la mencionada resolución, el Grupo Interno de Trabajo de Deporte Aficiona tenía como una de sus funciones atender las quejas interpuestas contra organismos deportivos de deporte aficionado, sin embargo, este director, mediante radicado consecutivo No. 2022IE0003521 de fecha 19 de abril 2022 solicitó el traslado de esa función al GIT de Actuaciones Administrativas, por razones que fueron expuestas en su oportunidad. Esasícomo a través delaResoluciónNo.000509del04demayode2022semodificóartículotercerode la resolución No.002359 del 3 de diciembre 2019, asignando la función de atender las quejas interpuestas contra organismos deportivos de deporte aficionado al GIT de Actuaciones Administrativas. Entendiendoque por reglagenerallasresolucionesexpedidasporelseñorMinistrodelDeportetiene efectos hacíaelfuturo,surgeelinterrogantesobrequiéntienelacompetenciadeatenderaquellasquejas interpuestas contra los organismos deportivos de deporte aficionado que fueron radicadas antes del 04 de mayo de 2022.

Es por lo anterior que presento el siguiente interrogante para que, dentro del alcance de sus funciones, se sirva dar respuesta a fin de tener claridad sobre el asunto planteado: ¿Qué Grupo Interno de Trabajo tiene la competencia para conocer y resolver aquellas quejas contra los organismos deportivos de deporte aficionado que fueron interpuestas con anterioridad a la entrada en Página 1 de 2 vigencia de la Resolución No 000509 del 04 de mayo de 2022 y que no han sido atendidas? Agradezco la colaboración brindada en el asunto y quedo atento a su respuesta. Cordialmente,

MIGUEL ALFREDO GOMEZ CAICEDO

Director de Inspección, Vigilancia y Control.

Elaboró: Darío Ocampo Página 2 de 2

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