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MINDEPORTE - Concepto 24 0003677 de agosto 26 de 2020

Ministerio de Deporte

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Detalles

Título
MINDEPORTE - Concepto 24 0003677 de agosto 26 de 2020
Autor
Ministerio de Deporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año
2020

MEMORANDO

Código Dependencia

DIRECCION DE POSICIONAMIENTO Y LIDERAZGO DEPORTIVO

Para: Miguel Ernesto Acevedo Rico

De: 120-DESPACHO DEL MINISTRO/OFICINA JURÍDICA

Asunto: RESPUESTA CORREO ELECTRÓNICO AGOSTO 10 2020. .

Cordial Saludo, La Oficina Asesora Jurídica se permite dar respuesta a su consulta presentada a través de correo electrónico, de acuerdo con las funciones administrativas establecidas en Decreto 1670 de 2019: “Artículo 9. Funciones de la Oficina Asesora Jurídica. Son funciones de la Oficina Asesora Jurídica, siguientes: (…)

7. Proponer, participar, analizar y conceptuar en lo relativo a la viabilidad normativa, y hacer el seguimiento correspondiente sobre las iniciativas legislativas.

8. Atender y resolver las consultas y peticiones de carácter jurídico elevadas a laentidadsobreasuntos de competencia del Ministerio.” En relación con la solicitud de concepto para la conformación de dos comités, según el borrador de procedimiento adjunto, la oficina jurídica se permite manifestar: Previo a resolver su consulta, esta oficina dispondrá señalar algunas de las disposiciones legales que en esta materia son de competencia de las áreas técnicas misionales del Ministerio del Deporte, las cuales determinan funciones expresas de acuerdo al tema en estudio así:

I. MARCO NORMATIVO, JURISPRUDENCIAL Y DOCTRINAL.

Que la Ley 1967 de 2019, en el artículo 1º dispone: "Naturaleza y denominación. Transfórmese el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del

TiempoLibre(Coldeportes)enelMinisteriodelDeportecomoorganismoprincipaldela Administración pública, del nivel central, rector del sector y del Sistema Nacional del Deporte”. Así mismo, la Ley en su artículo 4°, numeral 2°, establececomouna de lasfuncionesdelMinisterio del Página 1 de 3 Deporte, la de “Dirigir y orientar la formulación, adopción y evaluación de las políticas, planes, programas y proyectos del sector administrativo del deporte, recreación, actividad física, y aprovechamiento del tiempo libre”. Que el Decreto 1670 del 12 de septiembre de 2019, “Por el cual se adopta la estructura interna del Ministerio del Deporte”, establece en su artículo 2º, numeral 1º, como una de las funciones del Ministerio del Deporte, la de “Formular, coordinar la ejecución y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos en materia deporte, la recreación, la actividad física, y el aprovechamiento del tiempo libre.” Elreferido Decreto en su artículo 8º,numeral6º,señalacomounadelasfuncionesdelaOficina Asesora de Planeación la de “AsesoraralMinistro,yadependencias,enlaformulación,ejecución,seguimientoy evaluación de los programas y proyectos de inversión orientados al cumplimiento de los objetivos institucionales de la entidad y sector, y viabilizarlos, sin perjuicio la fuente de financiación.” En este mismo sentido, el citado Decreto en su artículo 12, numeral 1, establece como una de las funciones de la Dirección de Posicionamiento y Liderazgo Deportivo la de “Proponer, diseñar e implementar, bajo las orientaciones del Ministro y del Viceministro, las normas, políticas, planes,

programas y proyectos relacionados con el deporte derendimientoydealtoslogros,laidentificaciónde talentos y reserva deportiva, la formación de deportistas y de operadores del Nacional del Deporte.”

II. CONSIDERACIONES Unavez realizadas lasanterioresprecisionesnormativas,procederemosaresolversuconsultaen relación con la conformación de los comités técnicos que requiere el Programa Imagen Colombia así: Alrespecto, y de acuerdo a la documentación allegadaobservamosqueeláreatécnicadelMinisterio del Deporteencargadadeliderarelprogramaysuarticulaciónconlasdiferentesáreasysectoresdel Sistema Nacional del Deporte, y que tienen que ver con la planeación, estructuración y ejecución del programa, contemplan los diferentes procedimientos, actividadesyfuncionesquedebedesarrollarcadaunodeestos comités.

Una vez definidos ensutotalidadlosaspectostécnicosdeoperatividaddelprograma,entreotros,quienes integrarán los comités señalados en el programa y sus funciones; corresponderá al área encargada del mismo, la estructuración del proyecto de resolución o acto administrativo, el cual deberá contener la fundamentación técnica, operativa, etc., y la estructuración normativa relacionada con dicho programa. Asímismo,deberá determinarlasfuncionesdelosintegrantesdeloscomitésdispuestosenel “Programa Imagen Colombia.” Teniendoen cuenta lo anterior y una vez proyectada dicha resolución por el área encargada,esta deberá remitiralaOficinaAsesoraJurídicadichoproyectoparaelanálisisyrevisióndelafundamentación legal oestructuraciónnormativa,relacionadaconlasactividadesquedesarrollaráelprogramaylasfunciones a cargo de los integrantes de los comités dispuestos para el Programa Imagen Colombia.

III. CONCLUSIÓN En virtud de lo anterior, y frente a la consulta es dable concluir, que una vez el área técnica remita el Página 2 de 3 proyecto de resolución relacionado con la conformación de los citados comités y sus funciones, esta procederá dentro del marcodesuscompetenciasy/ofuncionesarealizarlacorrespondienterevisiónlegal y estructuración normativa contemplada en dicho proyecto de acto administrativo.

En los anteriores términos, se atiende lo planteado, no sin antes manifestarle que conforme a lo establecido artículo 28 de la Ley 1437 de 2011 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, modificado por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015, el artículo 230 de la Constitución Política, el artículo 26 del Código Civil y la Ley 153 de 1887, los conceptos son criterios auxiliaresdeinterpretaciónynovinculannicomprometenalaOficinaJurídicadelMinisterioel Deporte, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución, motivo por el cual, las apreciaciones de la presente respuestasolamente sirven paradarunailustracióndecaráctergeneralparaqueelpeticionario, conforme a lo expuesto, asuma su propia posición conforme al grado de análisis y conocimiento adquirido. Esperamos haber resuelto el interrogante planteado, no sin antes manifestarle que estamos prestos a resolver los demás interrogantes que se puedan presentar al respecto. Atentamente, Rodrigo Suárez Giraldo

JEElaFbEo rOóF: CICaIrNloAs AAnSdEraSdOeR CA. JURIDICA

Revisó: Zeida Mireya Graciela Bohorquez Contretras / 25-08-2020 21:18

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