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MINDEPORTE - Resolución 000133 del 11 febrero 2026

Ministerio del Deporte

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Detalles

Título
MINDEPORTE - Resolución 000133 del 11 febrero 2026
Autor
Ministerio del Deporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año
2026

RESOLUCIÓN NÚMERO__________DE________

“Por la cual se adoptan los Acuerdos de Niveles de Servicio (ANS) como instrumento interno de gestión en el Ministerio del Deporte y se dictan disposiciones para su implementación”

Ministerio del Deporte

Av. 68 N° 55-65 PBX (601) 4377030

Línea de atención al ciudadano: 018000910237 - (601) 2258747

Correo electrónico: contacto@mindeporte.gov.co, página web: www.mindeporte.gov.co

LA MINISTRA DEL DEPORTE

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere los artículos 208 y 209 de la Constitución Política, la Ley 489 de 1998, la Ley 1967 de 2019, los decretos 1083 de 2015 y 1670 de 2019, y demás normas complementarias y reglamentarias, y

CONSIDERANDO

Que, el artículo 208 de la Constitución Política de Colombia determina que “(…) Los ministros y los directores de departamentos administrativos son los jefes de la administración en su respectiva dependencia. Bajo la dirección del Presidente de la República, les corresponde formular las políticas atinentes a su despacho, dirigir la actividad administrativa y ejecutar la ley. (…)”. Que, el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia establece: “(…) La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas

igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. (…)”. Que la Ley 489 de 1998 establece que la función administrativa se desarrolla en cumplimiento de los principios de coordinación, colaboración y celeridad, señalando que “las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado” y que “las autoridades y entidades administrativas deben prestarse la colaboración necesaria para el ejercicio de sus funciones”. Que el Decreto 1670 de 2019 determina la estructura orgánica del Ministerio del Deporte y las funciones de sus dependencias, otorgando a la Ministra la facultad de dirigir, coordinar y controlar la actividad administrativa de la entidad, así como de organizar el funcionamiento de la misma para el cumplimiento de sus objetivos misionales. Que el decreto 1083 de 2015, al igual que las diversas normas que regulan el Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG, buscan que las herramientas que este comprende y acepta simplifiquen e integren los sistemas de desarrollo administrativo y gestión de la calidad y los articule con el Sistema de Control interno, para hacer los procesos y procedimientos dentro de una entidad mas sencillos, eficientes y efectivos. Que el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) constituye el marco de referencia para que las entidades públicas operen bajo criterios de eficiencia y transparencia, promoviendo la adopción de herramientas y métodos de gestión que fortalezcan la operación institucional y aseguren la entrega de resultados orientados al cumplimiento de las metas del sector deporte.

que las entidades públicas operen bajo criterios de eficiencia y transparencia, promoviendo la adopción de herramientas y métodos de gestión que fortalezcan la operación institucional y aseguren la entrega de resultados orientados al cumplimiento de las metas del sector deporte. Que dentro del ordenamiento jurídico vigente, ninguna de las normas citadas prohíbe ni limita la adopción de instrumentos internos de gestión como los Acuerdos de Niveles de Servicio (ANS), los cuales se fundamentan en la autonomía administrativa y la potestad de organización para optimizar la operación interna de la entidad 000133 11 DE FEBRERO DE 2026RESOLUCIÓN NÚMERO__________DE________

“Por la cual se adoptan los Acuerdos de Niveles de Servicio (ANS) como instrumento interno de gestión en el Ministerio del Deporte y se dictan disposiciones para su implementación”

Ministerio del Deporte

Av. 68 N° 55-65 PBX (601) 4377030

Línea de atención al ciudadano: 018000910237 - (601) 2258747

Correo electrónico: contacto@mindeporte.gov.co, página web: www.mindeporte.gov.co

En el marco de la gestión administrativa, un Acuerdo de Nivel de Servicio ANS se entiende como un instrumento de gestión interna, de carácter administrativo mediante el cual una entidad pública define, formaliza y monitorea los compromisos de servicio entre dependencias, estableciendo niveles esperados de oportunidad, calidad, trazabilidad y responsab ilidad en la prestación de servicios de apoyo o misionales, con el fin de fortalecer el desempeño institucional, la coordinación interfuncional y la mejora continua, en el marco del MIPG.

servicios de apoyo o misionales, con el fin de fortalecer el desempeño institucional, la coordinación interfuncional y la mejora continua, en el marco del MIPG. Que la implementación de Acuerdos de Niveles de Servicio en el Ministerio del Deporte, para la utilización por las distintas áreas y Grupos Interno de Trabajo, no pretenden crear obligaciones o funciones adicionales a las previstas en los manuales de funciones y competencias laborales, sino establecer estándares de desempeño, compromisos técnicos y tiempos de respuesta para los procedimientos ya formalizados en el Sistema Integrado de Gestión. Así los Acuerdos de Niveles de Servicio ANS buscan alinear la prestación del Servicio Interno en el Ministerio del Deporte, entre otros, con el Plan Estratégico institucional, el Plan de Acción, la Cadena de Valor, armonizar el desarrollo de actividades y labores que corresponda a varios procesos y procedimientos cuando estos corresponda a diversas áreas o Grupos Internos de Trabajo, entre otros, buscando traducir objetivos estratégicos en compromisos operativos verificables. Conforme a lo anterior, los Acuerdos de Niveles de Servicio comportarán acuerdos funcionales entre procesos , no entre personas , y serán un instrumento de naturaleza f lexible, r evisable, evolutiva, enfocada en servicio, valor público y resultados institucionales. Que, en mérito de lo expuesto, R E S U E L V E: ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar los Acuerdos de Niveles de Servicio (ANS) que comportarán acuerdos funcionales entre procesos y procedimientos, y servirán de instrumento de coordinación y gestión interna del Ministerio del Deporte , con un carácter flexible, reversible y evolutivo para

acuerdos funcionales entre procesos y procedimientos, y servirán de instrumento de coordinación y gestión interna del Ministerio del Deporte , con un carácter flexible, reversible y evolutivo para fortalecer la eficiencia administrativa y la coordinación operativa entre dependencias y Grupos Internos de Trabajo. ARTICULO SEGUNDO. La implementación de los Acuerdos de Niveles de Servicio ANS se sujetará a las siguientes reglas mínimas comunes: • Naturaleza: Se define como un instrumento interno de coordinación y colaboración armónica entre dependencias para asegurar la eficiencia de los procesos. • Indemnidad de competencias: No modifica las competencias legales o reglamentarias de las dependencias • Jerarquía: No sustituye manuales de funciones, procedimientos del Sistema Integrado de Gestión (SIG) ni actos administrativos de estructura orgánica ; actúa como un estándar de ejecución. ARTICULO TERCERO. Los Acuerdos de Niveles de Servicio ANS se aplicarán en las interacciones donde una dependencia preste servicios internos a otra, o entre estas se complementen, especialmente en los procesos de apoyo : Adquisición de Bienes y Servicios, Gestión de TICS, Gestión Financiera, Gestión Jurídica, Gestión del Talento Humano, entre otros.

000133 11 DE FEBRERO DE 2026RESOLUCIÓN NÚMERO__________DE________

“Por la cual se adoptan los Acuerdos de Niveles de Servicio (ANS) como instrumento interno de gestión en el Ministerio del Deporte y se dictan disposiciones para su implementación”

Ministerio del Deporte

Av. 68 N° 55-65 PBX (601) 4377030

interno de gestión en el Ministerio del Deporte y se dictan disposiciones para su implementación”

Ministerio del Deporte

Av. 68 N° 55-65 PBX (601) 4377030

Línea de atención al ciudadano: 018000910237 - (601) 2258747

Correo electrónico: contacto@mindeporte.gov.co, página web: www.mindeporte.gov.co

ARTICULO CUARTO. Todo proceso crítico puede contar con un Acuerdo de Nivel de Servicio ANS suscrito. Dada su criticidad institucional para la ejecución del gasto, el proceso de adquisición de bienes y servicios será prioritario para la adopción de estos instrumentos. ARTICULO QUINTO. La formulación de los Acuerdos de Niveles de Servicio ANS deberá observar los siguientes principios: • Claridad funcional: Delimitación de responsables y productos. • Trazabilidad: Registro verificable de los tiempos y estados del trámite entre dependencias. • Medición objetiva: Evaluación basada en datos y cumplimiento de tiempos. • Mejora continua: Ajuste periódico de los estándares para optimizar la gestión • Gestión del riesgo: Prevención de fallas en la cadena de servicio interna para evitar el incumplimiento de las metas institucionales. ARTICULO SEXTO . La Oficina Asesora de Planeación será la encargada de supervisar la formalización y cumplimiento de los Acuerdos de Niveles de Servicio ANS. ARTICULO SEPTIMO. Serán parte de la presente resolución sus anexos 1 y 2.

ARTICULO OCTAVO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,

Dada en Bogotá D. C., a los

ARTICULO OCTAVO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,

Dada en Bogotá D. C., a los

PATRICIA DUQUE CRUZ

Ministra del Deporte

Revisó y aprobó: María Jesús Ortiz Quintero – Abogada contratista – Despacho de la Ministra del Deporte

Revisó: Tibisay Cartagena Revueltas - Jefe Oficina Asesora Jurídica

Proyecto y Revisó:

Fabián Darío Romero Moreno – Profesional Especializado

Proyectó: Jorge David Robles Herazo – Profesional

000133 11 DE FEBRERO DE 2026

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