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MINDEPORTE - Resolución 000148 de 2021

Ministerio de Deporte

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Detalles

Título
MINDEPORTE - Resolución 000148 de 2021
Autor
Ministerio de Deporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año
2021

REPÚBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DEL DEPORTE

RESOLUCION No. 000148 DE 9 DE FEBRERO DE 2021

“Por medio de la cual se modifican los artículos 10 y 29 de la resolución 001505 del 25 de Noviembre de 2020, de la Carta Deportiva Fundamental de los XXII Juegos Deportivos Nacionales y VI Juegos Paranacionales Eje Cafetero 2023 CARLOS LLERAS

RESTREPO”

Página 1 de 7

EL MINISTRO DEL DEPORTE

En ejercicio de sus facultades legales y,

C O N S I D E R A N D O:

Que corresponde al Ministerio del Deporte - como máximo organismo planificador, rector, director y coordinador del Sistema Nacional del Deporte, establecer normas que orienten la organización y desarrollo de los Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales, como las máximas justas deportivas del país.

Que el artículo 52 de la Constitución Política de Colombia, en su capítulo 2 de los Derechos Sociales Económicos y Culturales dispone: “El ejercicio del deporte, sus manifestaciones recreativas, competitivas y autóctonas tienen como función la formación integral de las personas, preservar y desarrollar una mejor salud en el ser humano. El deporte y la recreación, forman parte de la educación y constituyen gasto público social. Se reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la prácti ca del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre.” El Estado fomentará estas actividades e inspeccionará, vigilará y controlará las organizaciones deportivas y recreativas, cuya estructura y propiedad deberán ser democráticas. (Subrayado fuera de Texto)

deporte y al aprovechamiento del tiempo libre.” El Estado fomentará estas actividades e inspeccionará, vigilará y controlará las organizaciones deportivas y recreativas, cuya estructura y propiedad deberán ser democráticas. (Subrayado fuera de Texto) Que la Ley 1967 de 2019, transformó al Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la actividad física y el aprovechamiento del tiempo libre (COLDEPORTES) en el Ministerio del Deporte y en su artículo 12 establece que a partir de su entrada en vigencia “todas las referencias y/o disposiciones legales vigentes al Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la ActividadREPÚBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DEL DEPORTE

RESOLUCION No. 000148 DE 9 DE FEBRERO DE 2021

“Por medio de la cual se modifican los artículos 10 y 29 de la resolución 001505 del 25 de Noviembre de 2020, de la Carta Deportiva Fundamental de los XXII Juegos Deportivos Nacionales y VI Juegos Paranacionales Eje Cafetero 2023 CARLOS LLERAS RESTREPO” Página 2 de 7

Ministerio del Deporte

Av. 68 N° 55-65 PBX (571) 4377030

Línea de atención al ciudadano: 018000910237 - (571) 2258747

Correo electrónico: contacto@mindeporte.gov.co, página web: www.mindeporte.gov.co

Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes) se entenderán hechas al Ministerio del Deporte”.

Que el Decreto Ley 1228 de julio de 1995 en su artículo 27 señala:

“JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES. Constituyen el máximo evento deportivo

hechas al Ministerio del Deporte”.

Que el Decreto Ley 1228 de julio de 1995 en su artículo 27 señala:

“JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES. Constituyen el máximo evento deportivo del país y se realizarán en categoría abierta cada cuatro (4) años, como iniciación del ciclo selectivo y de preparación de los atletas que representarán al país en competiciones o eventos deportivos internacionales. A la solicitud de sedes y organización de eventos o competiciones de carácter nacional y departamental se aplicará, en lo pertinente, el reglamento expedido por Ministerio del Deporte […]”

Que el Decreto Ley 1670 de 2019 en su artículo 2, numeral 7 establece como obligación del Ministerio del Deporte la siguiente:

“Planificar, promover e impulsar el deporte competitivo, los deportes autóctonos, de baja difusión, extremos, alternativos y de alto rendimiento y recreativos, en coordinación con las federaciones deportivas y otras autoridades competentes, velando porque se desarrolle de acuerdo con los principios del movimiento olímpico”.

Que el mencionado Decreto 1670 en su artículo 6, numeral 1 establece dentro de las obligaciones del Ministro del Deporte la siguiente:

“Formular, dirigir, orientar y hacer seguimiento a las políticas, planes y proyectos del Ministerio”

Que en cumplimiento a lo descrito en el artículo 9 de la resolución 001505 del 25 de noviembre de 2020, corresponde al Ministerio del Deporte expedir lasREPÚBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DEL DEPORTE

RESOLUCION No. 000148 DE 9 DE FEBRERO DE 2021

25 de noviembre de 2020, corresponde al Ministerio del Deporte expedir lasREPÚBLICA DE COLOMBIA

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RESOLUCION No. 000148 DE 9 DE FEBRERO DE 2021

“Por medio de la cual se modifican los artículos 10 y 29 de la resolución 001505 del 25 de Noviembre de 2020, de la Carta Deportiva Fundamental de los XXII Juegos Deportivos Nacionales y VI Juegos Paranacionales Eje Cafetero 2023 CARLOS LLERAS RESTREPO” Página 3 de 7

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normas de organización de los XXII Juegos Deport ivos Nacionales y VI Juegos Deportivos Paranacionales.

Que en la primera sesión del Comité Organizador instalado en la Ciudad de Pereira Risaralda el día 21 de enero de 2021, se solicitó y aprobó por este órgano consultivo y administrativo, creado en la m encionada resolución , la modificación del artículo 10º numeral 10º de la resolución 001505 del 25 de noviembre del 2020; específicamente para formalizar la inclusión y pertenencia de la Gobernadora del Valle del Cauca como miembro del Comité Organizador en función a la participación de dicho Departamento como Subsede de las justas.

Que en la misma sesión del Comité Organizador de los XXII Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales 2023 , se solicitó y aprobó por este órgano la

en función a la participación de dicho Departamento como Subsede de las justas.

Que en la misma sesión del Comité Organizador de los XXII Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales 2023 , se solicitó y aprobó por este órgano la modificación del artículo 29 de la resolución 001505 del 25 de noviembre, co n el objetivo de mantener la propuesta original del programa deportivo convocado en el proceso de candidatura evaluado y calificado favorablemente al Eje Cafetero y el Valle del Cauca.

Que en cumplimiento de lo descrito en el parágrafo segundo de la resolución 001505 de noviembre 25 de 2020, el Comité Organizador en su sesión del 21 de enero de 2021, aceptó por unanimidad la realización del Porrismo en calidad de deporte de exhibición en los XXII Juegos Deportivos Nacionales 2023.

En mérito de lo expuestoREPÚBLICA DE COLOMBIA

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“Por medio de la cual se modifican los artículos 10 y 29 de la resolución 001505 del 25 de Noviembre de 2020, de la Carta Deportiva Fundamental de los XXII Juegos Deportivos Nacionales y VI Juegos Paranacionales Eje Cafetero 2023 CARLOS LLERAS RESTREPO” Página 4 de 7

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Correo electrónico: contacto@mindeporte.gov.co, página web: www.mindeporte.gov.co

R E S U E L V E:

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R E S U E L V E:

ARTICULO 1. Modifíquese el artículo 10, numeral 10 de la resolución 00 1505 del 25 de noviembre de 2020 el cual quedará de la siguiente manera:

El Comité Organizador estará integrado por:

1. El Ministro del Deporte o su Delegado, quien lo presidirá.

2. El Presidente del Comité Olímpico Colombiano o su delegado.

3. El Presidente del Comité Paralímpico Colombiano o su delegado.

4. El Viceministro del Deporte o su delegado.

5. El Director General de los XXII Juegos Deportivos Nacionales y VI Juegos

Paranacionales.

6. La Sub Directora General de los XXII Juegos Deportivos Nacionales y VI

Juegos Paranacionales.

7. El Director Técnico de Posicionamiento y Liderazgo Deportivo de Ministerio del Deporte.

8. El Director Técnico de Recursos y Herramientas del Sistema Nacional del

Deporte de Ministerio del Deporte.

9. El Director Técnico de Inspección, Vigilancia y Control de Ministerio del Deporte. 10.Los Gobernadores de los Departamentos sede y sub sede de los Juegos. 11.Los Alcaldes Municipales de las sedes principales.

ARTICULO 2. Modifíquese el artículo 29 de la resolución 001505 del 29 de Noviembre de 2020, el cual quedará de la siguiente manera:

Los deportes y modalidades convocados a los XXII Juegos Deportivos

Nacionales son: REPÚBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DEL DEPORTE

Noviembre de 2020, el cual quedará de la siguiente manera:

Los deportes y modalidades convocados a los XXII Juegos Deportivos

Nacionales son: REPÚBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DEL DEPORTE

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“Por medio de la cual se modifican los artículos 10 y 29 de la resolución 001505 del 25 de Noviembre de 2020, de la Carta Deportiva Fundamental de los XXII Juegos Deportivos Nacionales y VI Juegos Paranacionales Eje Cafetero 2023 CARLOS LLERAS RESTREPO” Página 5 de 7

Ministerio del Deporte

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FEMENINO MASCULINO

AGUAS ABIERTAS X X

DISTANCIAS CORTAS X X

AJEDREZ X X

ARQUERÍA X X

ATLETISMO X X

BÁDMINTON X X

BALONCESTO X X

BALONMANO X X

BÉISBOL X

BILLAR X X

BOWLING X X

BOXEO X X

CANOTAJE X X

BMX X X

MONTAÑA X X

PISTA X X

RUTA X X

ECUESTRE X X

ESGRIMA X X

ESQUÍ NÁUTICO X X

CAMPO X X

SALA X X

FÚTBOL DE SALÓN X X

ARTÍSTICA X X

RÍTMICA X

TRAMPOLIN X X

GOLF X X

HAPKIDO X X

JUDO X X

CICLISMO

DEPORTE MODALIDAD GENERO

CAMPO X X

SALA X X

FÚTBOL DE SALÓN X X

ARTÍSTICA X X

RÍTMICA X

TRAMPOLIN X X

GOLF X X

HAPKIDO X X

JUDO X X

CICLISMO

DEPORTE MODALIDAD GENERO

ACTIVIDADES SUB ACUÁTICAS

FÚTBOL

GIMNASIAREPÚBLICA DE COLOMBIA

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“Por medio de la cual se modifican los artículos 10 y 29 de la resolución 001505 del 25 de Noviembre de 2020, de la Carta Deportiva Fundamental de los XXII Juegos Deportivos Nacionales y VI Juegos Paranacionales Eje Cafetero 2023 CARLOS LLERAS RESTREPO” Página 6 de 7

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Av. 68 N° 55-65 PBX (571) 4377030

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FEMENINO MASCULINO

KARATE DO X X

LEVANTAMIENTO DE PESAS X X

LUCHA X X

ARTÍSTICA X

CARRERAS X X

CLAVADOS X X

POLO X

ARTÍSITICO X X

CARRERAS X X

SKATE BOARD X X

RUGBY SIETE X X

SOFTBOL X X

SQUASH X X

SURF X X

TAEKWONDO X X

TEJO X X

TENIS X X

TENIS DE MESA X X

TIRO DEPORTIVO X X

TRIATLÓN X X

VELA X X

COLISEO X X

PLAYA X X

MODALIDAD GENERO

NATACIÓN

PATINAJE

VOLEIBOL

DEPORTE

PARAGRAFO PRIMERO: Para que los deportes convocados se realicen, se deben inscribir mínimo seis (6) delegaciones de acuerdo a la fase de inscripción de deportes y modalidades del Plan Escalonado establecido en el numeral 2 del artículo 68 de la presente resolución.REPÚBLICA DE COLOMBIA

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“Por medio de la cual se modifican los artículos 10 y 29 de la resolución 001505 del 25 de Noviembre de 2020, de la Carta Deportiva Fundamental de los XXII Juegos Deportivos Nacionales y VI Juegos Paranacionales Eje Cafetero 2023 CARLOS LLERAS RESTREPO” Página 7 de 7

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Av. 68 N° 55-65 PBX (571) 4377030

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Correo electrónico: contacto@mindeporte.gov.co, página web: www.mindeporte.gov.co

PARAGRAFO SEGUNDO: Incluyase como deporte de exhibición al deporte de Porrismo y realicese al momento de los Juegos, la evaluación pertinente sobre su posible inclusión como deporte oficial a los XXIII Juegos Deportivos Nacionales 2027, teniendo en cuenta los criterios de desarrollo, gobernanza y

Porrismo y realicese al momento de los Juegos, la evaluación pertinente sobre su posible inclusión como deporte oficial a los XXIII Juegos Deportivos Nacionales 2027, teniendo en cuenta los criterios de desarrollo, gobernanza y posicionamiento y liderazgo deportivo de la disciplina en eventos continentales, mundiales y del ciclo olímpico.

ARTICULO 3 . La presente resolución no deroga las demás disposiciones contenidas en la resolución 001505 del 25 de noviembre de 2020.

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE,

ERNESTO LUCENA BARRERO

Ministro del Deporte

Aprobó Miguel Ernesto Acevedo Rico Director Técnico de Posicionamiento y Liderazgo Deportivo

Revisó Jaime Arturo Guerra Rodríguez Secretario General Visto Bueno Lilia Viviana Forero Álvarez (E) Jefe Oficina Asesora Jurídica

Lilia Viviana Forero Álvarez Directora Inspección Vigilancia y Control Proyectó Luis Carlos Buitrago Echeverri

Coordinador GIT Juegos y Eventos Deportivos.

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