MINDEPORTE - Resolución 000330 de 2020
Ministerio de Deporte
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Detalles
- Título
- MINDEPORTE - Resolución 000330 de 2020
- Autor
- Ministerio de Deporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2020
REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DEL DEPORTE RESOLUCIÓN No. _o ...... • --"º-º-=----=3_3_0_ DE 2 5 FEB 2020 "Por medio de la cual se integra y se establece el reglamento de funcionamiento del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio del Deporte" EL MINISTRO DEL DEPORTE En uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas en el Decreto 1670 de 2019.
C O N S I D E R A N D O: Que el artículo 113 de la Constitución Política de Colombia de 1991 establece: "Son Ramas del Poder Público, la legislativa, la ejecutiva, y la judicial. Además de los órganos que las integran existen otros, autónomos e independientes, para el cumplimiento de las demás funciones del Estado. Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas, pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines." Que el artículo 15 de la Ley 489 de 1998 consagra que el Sistema de Desarrollo Administrativo es un conjunto de políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional para la gestión y manejo de los recursos humanos, técnicos, materiales, físicos y financieros de las entidades de la administración pública, orientados a fortalecer la capacidad administrativa y el desempeño institucional.
Que el artículo 19 de la Ley 489 de 1998, prevé que el Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo es la instancia encargada de hacer seguimiento a la ejecución de las políticas de desarrollo administrativo formuladas dentro del plan respectivo. Que en virtud de la expedición de la Ley 1967 de 2019, "Por la cual se transforma el
Administrativo es la instancia encargada de hacer seguimiento a la ejecución de las políticas de desarrollo administrativo formuladas dentro del plan respectivo. Que en virtud de la expedición de la Ley 1967 de 2019, "Por la cual se transforma el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (COLDEPORTES) en el Ministerio del Deporte", es necesario que el Ministerio del Deporte expida un acto administrativo que recoja la normatividad respecto a las normas indicadas en los anteriores considerandos, derogando así las Resoluciones No. 070 del 19 de enero de 2018 y No. 000486 del 11 de abril de 2019, las cuales se refieren al Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre - COLDEPORTES. Que el Decreto No.1670 del 12 de septiembre de 2019 "Por la cual se adopta la estructura interna del Ministerio del Deporte", establece en el Artículo 17 el Comité Institucional de Gestión y Desempeño como parte de los Órganos de Asesoría y Coordinación en la Entidad. Que, el artículo 2.2.22.3.8 del Decreto 1499 de 2017, "Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015", establece: Ministerio del Deporte
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2015", establece: Ministerio del Deporte
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Correo electrónico: contacto@mindeporte.gov.co, página web: www.mindeport,fgov.co Página 1 de 9REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DEL DEPORTE RESOLUCIÓN No. U U U j J U DE 2 5 FEB 2020 -------- ------ "Por medio de la cual se integra y se establece el reglamento de funcionamiento del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio del Deporte" "En cada una de las entidades se integrará un Comité Institucional de Gestión y Desempeño encargado de orientar la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, el cual sustituirá los demás comités que tengan relación con el Modelo y que no sean obligatorios por mandato legal.
En el nivel central de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional, el Comité será liderado por el viceministro o subdirector de departamento administrativo o secretarios generales; en el nivel descentralizado, por los subdirectores generales o administrativos o los secretarios generales o quienes hagan sus veces, e integrado por los servidores públicos del nivel directivo o asesor que designe el representante legal de cada entidad." Que el Ministerio del Deporte al ser una entidad del nivel central de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional, debe integrar el Comité Institucional de Gestión y Desempeño, estableciendo para ello, su líder, integrantes y funciones, entre otros. Que el Consejo para la Gestión y Desempeño Institucional, en sesión del 14 de junio de 2018, recomendó al Gobierno Nacional modificar su integración, con el fin de incluir al
estableciendo para ello, su líder, integrantes y funciones, entre otros. Que el Consejo para la Gestión y Desempeño Institucional, en sesión del 14 de junio de 2018, recomendó al Gobierno Nacional modificar su integración, con el fin de incluir al Ministerio de Justicia y del Derecho como uno de sus miembros, así como incorporar la política de Mejora Normativa dentro del Sistema de Gestión, con el fin de que abarque aspectos de la calidad en la producción de las normas, su impacto, la racionalización del inventario normativo, la participación y consulta pública en el proceso de elaboración de las normas, la generación de capacidades dentro de la administración pública, al igual que la defensa y la divulgación del ordenamiento jurídico. Que los artículos 2.2.22.2.1. del Decreto 1499 de 2017 y 2 del Decreto 1299 de 2018 establecen las siguientes políticas de Gestión y Desempeño Institucional: 1 Planeación Institucional 2 Gestión presupuesta! y eficiencia del gasto público. 3 Talento Humano. 4 Integridad. 5 Transparencia, acceso a la información pública y lucha contra la corrupción. 6 Fortalecimiento organizacional y simplificación de procesos. 7 Servicio al ciudadano. 8 Participación Ciudadana en la gestión pública 9 Racionalización de trámites. 1 O Gestión Documental. 11 Gobierno Digital 12 Seguridad Digital. 13 Defensa Jurídica. 14 Gestión del conocimiento y la innovación. 15 Control Interno. 16 Seguimiento y evaluación del desempeño institucional. 17 Mejora Normativa. Que el artículo 2.2.22.3.2 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 1499 de
15 Control Interno. 16 Seguimiento y evaluación del desempeño institucional. 17 Mejora Normativa. Que el artículo 2.2.22.3.2 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 1499 de 2017 define que "el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG es un marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y de los organismos públicos, con el fin de generar resultados que atiendan Ministerio del Deporte
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Que el Decreto 1499 de 2017 establece en su artículo 2.2.22.3.3. Los siguientes objetivos del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, a saber:
1. Fortalecer el liderazgo y el talento humano bajo los principios de integridad y legalidad, como motores de la generación de resultados de las entidades públicas.
2. Agilizar, simplificar y flexibilizar la operación de las entidades para la generación de bienes y servicios que resuelvan efectivamente las necesidades de los ciudadanos.
legalidad, como motores de la generación de resultados de las entidades públicas.
2. Agilizar, simplificar y flexibilizar la operación de las entidades para la generación de bienes y servicios que resuelvan efectivamente las necesidades de los ciudadanos.
3. Desarrollar una cultura organizacional fundamentada en la información, el control y la evaluación, para la toma de decisiones y la mejora continua.
4. Facilitar y promover la efectiva participación ciudadana en la planeación, gestión y evaluación de las entidades públicas.
5. Promover la coordinación entre entidades públicas para mejorar su gestión y desempeño.
Que el Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG, versión 2 de agosto de 2018, incluye en las funciones a cargo del Comité, la de llevar a éste todos los temas que atiendan la implementación y desarrollo de las políticas de gestión, por lo que aquellos comités que no estén estipulados en una norma específica serán absorbidos por dicho Comité Institucional de Gestión y Desempeño, tales como el comité de archivo, el comité de racionalización de trámites, el comité de capacitación y formación para el trabajo, el comité de incentivos y el comité de gobierno digital. Que el Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG, versión 2, de agosto de 2018, establece que la entidad lleve a cabo el análisis de la normatividad que le aplica, a fin de determinar aquellos comités de carácter obligatorio, es decir, los exigidos en alguna norma específica, los cuales se mantendrán. Para éstos, es importante incluir una función, que le permita al Comité Institucional de Gestión y Desempeño conocer los avances para el seguimiento y la toma de decisiones. En mérito de lo expuesto,
una función, que le permita al Comité Institucional de Gestión y Desempeño conocer los avances para el seguimiento y la toma de decisiones. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. - CREACIÓN DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO: Crear el Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio del Deporte, con el objetivo de orientar, articular y ejecutar acciones y estrategias para la adecuada implementación, operación, evaluación y seguimiento del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG en el Ministerio del Deporte.
PARÁGRAFO PRIMERO. - El Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio del Deporte sustituirá los demás comités que tengan relación con el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG y que no sean obligatorios por mandato legal. Ministerio del Deporte
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Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio del Deporte" ARTÍCULO SEGUNDO. - CONFORMACIÓN DEL COMITÉ INSTITUCI ONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO: El Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio del Deporte, estará conformado por los siguientes servidores públicos, así:
ARTÍCULO SEGUNDO. - CONFORMACIÓN DEL COMITÉ INSTITUCI ONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO: El Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio del Deporte, estará conformado por los siguientes servidores públicos, así: • El (la) Ministro (a) o su delegado. • El (la) Viceministro (a), quien lo presidirá. • El (la) Secretario (a) General. • El (la) Jefe de la Oficina Asesora Jurídica. • El (la) Jefe de la Oficina Asesora de Planeación, quien ejercerá la Secretaría Técnica del Comité. • El (la) Director (a) de Posicionamiento y Liderazgo Deportivo. • El (la) Director (a) de Inspección, Vigilancia y Control. • El (la) Director (a) de Recursos y Herramientas del Sistema Nacional del Deporte. • El (la) Director (a) de Fomento y Desarrollo. PARÁGRAFO PRIMERO. - De los miembros enunciados anteriormente, concurrirán con voz y voto los de nivel directivo. Las decisiones se adoptaran con la mitad más uno de los votos favorables de los integrantes presentes en la sesión con derecho a voto. PARÁGRAFO SEGUNDO. - En caso de inasistencia por parte de los miembros del Comité a alguna de sus reuniones, se deberá presentar por escrito la respectiva justificación en un plazo máximo de dos días calendario contados desde la finalización de la reunión. Si pasados los dos días calendario después de realizada la reunión del Comité, los miembros no justifican su inasistencia, se reportará dicha situación a la Oficina de Control Interno Disciplinario para el trámite correspondiente.
Si pasados los dos días calendario después de realizada la reunión del Comité, los miembros no justifican su inasistencia, se reportará dicha situación a la Oficina de Control Interno Disciplinario para el trámite correspondiente. PARÁGRAFO TERCERO. - El Comité podrá, según los temas a tratar en el orden del día, invitar a sus reuniones a los servidores públicos o contratistas que, por su condición jerárquica, funcional o conocimiento técnico deban asistir, y quienes tendrán derecho a voz, pero sin voto. El Secretario Técnico efectuará la citación a través de la convocatoria a las sesiones. PARÁGRAFO CUARTO. - El (la) Jefe de la Oficina de Control Interno será un invitado permanente del Comité y asistirá a las sesiones con voz, pero sin voto. PARÁGRAFO QUINTO. - En el evento que la Entidad no cuente con servidores públicos del nivel directivo, las funciones del Comité serán ejercidas directamente por el representante legal de la entidad y los servidores públicos del nivel profesional o técnico que designen para el efecto. ARTÍCULO TERCERO. - OBLIGACIONES DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ INSTITUCI ONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO: Los Integrantes del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio del Deporte tendrán las siguientes obligaciones:
1. Asistir a las reuniones del Comité que sean convocadas y suscribir el registro de asistencia respectivo.
2. Preparar y presentar propuestas sobre los asuntos relacionados con los temas, políticas, dimensiones y componentes que sean de su competencia, así como los informes de seguimiento sobre tales asuntos.
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asistencia respectivo.
2. Preparar y presentar propuestas sobre los asuntos relacionados con los temas, políticas, dimensiones y componentes que sean de su competencia, así como los informes de seguimiento sobre tales asuntos.
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3. Allegar al Secretario Técnico, con la antelación suficiente a la sesión respectiva, los documentos soporte para apoyar a los integrantes del Comité en la deliberación y decisión de los asuntos de su competencia.
4. Dar cumplimiento a los compromisos que se adquieran en las reuniones del Comité.
5. Las demás que les asigne el (la) Presidente (a) del Comité.
ARTÍCULO CUARTO. - FUNCIONES DEL PRESIDENTE DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DEGESTIÓN Y DESEMPEÑO: Son funciones del presidente del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio del Deporte, las siguientes:
1. Presidir, instalar y dirigir las reuniones correspondientes.
2. Suscribir los actos administrativos y/o decisiones adoptadas por la instancia de coordinación.
3. Aprobar el plan de trabajo anual de la instancia.
1. Presidir, instalar y dirigir las reuniones correspondientes.
2. Suscribir los actos administrativos y/o decisiones adoptadas por la instancia de coordinación.
3. Aprobar el plan de trabajo anual de la instancia.
4. Promover la articulación de la gestión sectorial según corresponda.
5. Coordinar con la Secretaría Técnica la elaboración de actas e informes y demás documentos para su publicación.
6. Suscribir las actas con la Secretaría Técnica.
7. Las demás funciones que establezca la ley o el reglamento.
ARTICULO QUINTO. - FUNCIONES DE LA SECRETARIA TÉCNICA: Son funciones de la Secretaria Técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño las siguientes:
1. Convocar a las sesiones ordinarias a los miembros del Comité e invitados, indicando: día, hora y lugar de la reunión, así como los temas a tratar.
2. Verificar el quórum antes de sesionar.
3. Proyectar y suscribir con el (la) Presidente del Comité las actas de las reuniones, así como los informes y demás documentos.
4. Elaborar el plan anual de trabajo del Comité.
5. Realizar el seguimiento de las decisiones adoptadas por el Comité y a los compromisos establecidos en las sesiones anteriores.
6. Centralizar las comunicaciones y garantizar la difusión de toda la información entre los miembros del Comité y demás interesados en las temáticas.
7. Custodiar, conservar y mantener el archivo de los documentos, actas e informes que se deriven del Comité.
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7. Custodiar, conservar y mantener el archivo de los documentos, actas e informes que se deriven del Comité.
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8. Conservar los archivos de correos electrónicos enviados y recibidos durante las sesiones virtuales, al igual que los demás medios tecnológicos de apoyo o respaldo de la respectiva sesión, b cual servirá de insumo para la elaboración de las actas respectivas.
9. Remitirá a la Oficina de Control Interno Disciplinario para el trámite correspondiente la información sobre las inasistencias a las reuniones de Comité. 1 O. Las demás que sean necesarias para el adecuado funcionamiento del Comité.
ARTÍCULO SEXTO. - FUNCIO NES DEL COMITÉ: Son funciones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño:
1. Aprobar y hacer seguimiento, por lo menos una vez cada tres meses, a los actos administrativos, planes, programas, proyectos, estrategias y demás herramientas necesarias para la implementación de las políticas de gestión adoptadas para la operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG.
administrativos, planes, programas, proyectos, estrategias y demás herramientas necesarias para la implementación de las políticas de gestión adoptadas para la operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG.
2. Articular los esfuerzos institucionales, recursos, metodologías y estrategias para asegurar la implementación, sostenibilidad y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG, generando espacios que permitan a sus participantes el estudio y análisis de temas relacionados con políticas de gestión y desempeño, componente ambiental, buenas prácticas, herramientas, metodologías u otros temas de interés para fortalecer la gestión y el desempeño institucional para lograr el adecuado desarrollo de sus funciones.
3. Presentar los informes que los organismos de control requieran sobre la gestión y el desempeño de la entidad.
4. Adelantar y promover acciones permanentes de autodiagnóstico para facilitar la valoración interna de la gestión.
5. Asegurar la implementación y desarrollo de las políticas de gestión y directrices en materia de seguridad digital y de la información.
6. Solicitar un informe cuatrimestral de las acciones, avances y demás información relevante sobre el desarrollo de los comités de carácter obligatorio, para el respectivo seguimiento y toma de decisiones.
7. Las demás asignadas por el representante legal del Ministerio del Deporte que tengan directa relación con la implementación, desarrollo y evaluación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG.
ARTÍCULO SÉPTIMO. - PARÁMETROS PARA EL FUNCI ONAMIENTO DEL COMITÉ
INSTI TUCIO NAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO:
1. La periodicidad de las sesiones ordinarias del Comité será por lo menos una vez cada
ARTÍCULO SÉPTIMO. - PARÁMETROS PARA EL FUNCI ONAMIENTO DEL COMITÉ
INSTI TUCIO NAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO:
1. La periodicidad de las sesiones ordinarias del Comité será por lo menos una vez cada tres (3) meses. No obstante, se podrá reunir de manera extraordinaria por solicitud de los integrantes y previa citación de la Secretaría Técnica.
2. La citación a las sesiones del Comité se realizará con una antelación de cinco (5) días para las sesiones ordinarias y de tres (3) días para las sesiones extraordinarias,
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3. A través de la Secretaría Técnica, el presidente del Comité precisará la agenda de sesiones de acuerdo con los temas que soliciten incorporar sus integrantes. No obstante, la misma será susceptible de modificación en la respectiva sesión y se dejará el correspondiente registro en el acta.
sesiones de acuerdo con los temas que soliciten incorporar sus integrantes. No obstante, la misma será susceptible de modificación en la respectiva sesión y se dejará el correspondiente registro en el acta.
4. El quórum del comité podrá deliberar válidamente con la presencia física o virtual de la mitad más uno de sus integrantes con derecho a voto.
5. Las decisiones serán legítimas con la mayoría de los votos favorables de los integrantes presentes en la sesión con derecho a voto.
6. Se podrán celebrar sesiones virtuales, las cuales podrán ser solicitadas a la Secretaría Técnica, en las cuales los miembros pueden deliberar y decidir por comunicación simultánea o sucesiva, utilizando para tal efecto los avances tecnológicos en materia de telecomunicaciones. En este evento, la sucesión de las comunicaciones deberá ocurrir de manera inmediata de acuerdo con el medio empleado. El quórum decisorio será el mismo de que trata el numeral 4 del presente artículo.
ARTÍCULO OCTAVO. - RESPONSABLES DEL MODELO INTEGRADO DE PLANEACIÓN Y GESTIÓN (MIPG): Los directivos, jefes de las diferentes dependencias, asesores y coordinadores de grupo o quien haga sus veces, dentro del rol que les corresponde y las funciones a su cargo como responsables de los planes, programas, proyectos y/o procesos, deben cumplir y promover el cumplimiento de las políticas de gestión y desempeño y del componente ambiental inmersas en las dimensiones del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), en el marco de sus competencias y su nivel de responsabilidad, así como generar e implementar las recomendaciones de mejora que estimen pertinentes, en ejercicio del autocontrol. Para la implementación de las políticas de gestión y desempeño se definen los siguientes líderes:
generar e implementar las recomendaciones de mejora que estimen pertinentes, en ejercicio del autocontrol. Para la implementación de las políticas de gestión y desempeño se definen los siguientes líderes: POLÍTICAS DE GESTIÓN Y DEPENDEN CIA LÍDER DE LA DIME NSIÓN DESEMPEÑO IMPLEME NTACIÓN DE LA POLÍTICA IN STITUCIONAL Gestión estratégica del GES TIÓN DE TALENTO Talento Hu mano Secretaria General - GI T de Talento HUM ANO Hum ano Integridad Plan eación Institucional Oficina Asesora de Planea ción
DIRE CCION AMIEN TO
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,· MINISTERIO DEL DEPORTE RESOLUCIÓN No. "Por medio de la cual se integra y se esta blece el reglamento de funcionamiento del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio del Deporte" POLÍTICAS DE GESTIÓN Y DEPEN DENCIA LÍDER DE LA DIMENSIÓN DESEMPEÑO IMPL EME NTACIÓN DE LA POLÍTICA IN STITUCIONAL Fortalecimiento Organi zacional y Oficina Asesora de Planeación Sim plificación de Procesos Gestión Presupuesta! y Oficina Asesora de Planeación
Fortalecimiento Organi zacional y Oficina Asesora de Planeación Sim plificación de Procesos Gestión Presupuesta! y Oficina Asesora de Planeación Eficiencia del Gasto Públi co Secretaría Gener al - GIT de Contratación Gobierno Digi tal Secretaría General - GIT de Tecnología de la Información y las Comun icaciones - TIC's Segur idad Dig ital GESTIÓN CON VALORES Defensa Ju rídica PARA RESUL TADOS Oficina Asesora Jurí dica Mejora Normativa Servicio al Ciudadano Secretaría Gener al - GIT de Servicio Integral al Ciudadano Oficina Asesora de Plan eación Racional ización de Trámites Secretaría Gener al - GIT de Tecnología de la Información y las Comu nicaciones - TIC's y Direcciones Técnicas Participación ciudadana en la Secretaría Gener al - GIT de Servicio Integral Gestión Púb lica al Ciudadano EVALUACIÓN DE Seguimi ento y Eval uación del Oficina Asesora de Plan eación RESUL TADOS Desempeño Institucional Gestión Documental Secretaría Gener al - GIT de Gestión Admin istrativa INF ORMAC IÓN Y Oficina Asesora de Planeación con el COMUNIC ACIÓN Transparencia, Acceso a la apoyo de Oficina Asesora Jur ídica, GIT de Información Pú blica y Lucha Comuni caciones y GIT de Servicio Integral Contra la Corru pción al Ciudadano GES TIÓN DEL Oficina Asesora de Plan eación - GIT de CONOCIMI ENTO Y LA Gestión del Cono cimiento y la Gestión del Conocimiento e Inn ovación y INNO VACIÓN In novación Secretaría Gener al - GIT de Talento Humano CONTROL IN TERNO Control Interno Oficina Asesora de Plan eación Ministerio del Deporte
INNO VACIÓN In novación Secretaría Gener al - GIT de Talento Humano CONTROL IN TERNO Control Interno Oficina Asesora de Plan eación Ministerio del Deporte
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ARTÍCULO DÉCIMO. - COMUNICACIÓN: Comunicar el contenido del presente acto administrativo a cada una de las dependencias del Minis terio del Deporte, para su conocimiento y fines pertinentes.
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO. - VIGENCIA: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga Resoluciones No. 070 del 19 de enero de 2018 y No. 000486 de abril 11 de 2019, y las demás disposicio nes que le sean contrarias. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚ MPLASE Dado en Bogotá, O.e. a los Minis tro
000486 de abril 11 de 2019, y las demás disposicio nes que le sean contrarias. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚ MPLASE Dado en Bogotá, O.e. a los Minis tro Revisó María Carmen za Valverde. Pineda - Jefe Oficina Asesora Jurídica Revisó Mónica Monsa lvo - Jefe Oficina de Plan eación Revisó Alexandra Mariño Estu iñanProfesional Es ecializado - OAP Pro ectó Paola Villamizar - Contratista OAP Ministerio del Deporte
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