MINDEPORTE - Resolución 000631 del 20 agosto 2025
Ministerio del Deporte
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Detalles
- Título
- MINDEPORTE - Resolución 000631 del 20 agosto 2025
- Autor
- Ministerio del Deporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO __________ DE __________
“Por medio de la cual se establecen incentivos a los atletas y entrenadores que obtengan medallas de Oro, Plata o Bronce, en los II Juegos Panamericanos Junior en Asunción Paraguay en el año 2025”
LA MINISTRA DEL DEPORTE
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere los artículos 52 y 208 de la Constitución Política, los artículos 59 a 61 de la Ley 489 de 1998, la Ley 181 de 1995, Ley 1389 de 2010, Resolución 1834 de 2017, Ley 1967 de 2019, Decreto 1670 de 2019, Decreto 0250 de 2025, y demás normas reglamentarias, y
C O N S I D E R A N D O
Que el artículo 52 de la Constitución Política de Colombia dispone que: “El ejercicio del deporte, sus manifestaciones recreativas, competitivas y autóctonas tienen como función la formación integral de las personas, preservar y desarrollar una mejor salud en el ser humano. El deporte y la recreación, forman parte de la educación y constituyen gasto público social. Se reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre. El Estado fomentará estas actividades e inspeccionará, vigilará y controlará las organizaciones deportivas y recreativas, cuya estructura y propiedad deberán ser democráticas”.
Que la Ley 181 de 1995 “Por la cual se dictan disposiciones para el fomento del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación física y se crea el Sistema Nacional del Deporte”, en su artículo 3, establece que, para
Que la Ley 181 de 1995 “Por la cual se dictan disposiciones para el fomento del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación física y se crea el Sistema Nacional del Deporte”, en su artículo 3, establece que, para garantizar el acceso al conocimiento y práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, el Estado debe tener en cuenta, entre otros, el objetivo rector de: “(…) 6. Promover y planificar el deporte competitivo y de alto rendimiento, en coordinación con las federaciones deportivas y otras autoridades competentes, velando porque se desarrolle de acuerdo con los principios del movimiento olímpico”.
Que la Ley 1389 de 2010 “ Por la cual se establecen incentivos para los deportistas y se reforman algunas disposiciones de la normatividad deportiva”, establece en su artículo primero que, “(...) se reconocerán y otorgarán incentivos económicos a los deportistas y entrenadores medallistas en Juegos Olímpicos, Juegos Paralímpicos, Juegos Sordo Olímpicos, eventos del ciclo olímpico y paralímpico y campeonatos mundiales, con cargo al presupuesto del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, de conformidad con el reglamento que para el efecto expida dicha entidad. Parágrafo. Los incentivos (…) deberán incrementarse anualmente, cuando menos en los mismos porcentajes en que se reajuste el salario mínimo legal.”.
Que el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre – Coldeportes, hoy Ministerio del Deporte, mediante Resolución No. 001834 de 2017, reglamentó los incentivos para Atletas y
y el Aprovechamiento del Tiempo Libre – Coldeportes, hoy Ministerio del Deporte, mediante Resolución No. 001834 de 2017, reglamentó los incentivos para Atletas y Entrenadores, de acuerdo con lo establecido en la Ley 1389 de 2010.
Que el artículo 1 de la Ley 1967 de 2019 transformó el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes), en el Ministerio del Deporte, como organismo principal de la Administración pública, del nivel central, rector del sector y del Sistema Nacional del Deporte. 000631 20 DE AGOSTO 2025RESOLUCIÓN NÚMERO __________ DE __________
“Por medio de la cual se establecen incentivos a los atletas y entrenadores que obtengan medallas de Oro, Plata o Bronce, en los II Juegos Panamericanos Junior en Asunción Paraguay en el año 2025”
Que el numeral 17 del artículo 12 del Decreto 1670 de 2019 “Por el cual se adopta la estructura interna del Ministerio del Deporte” , establece: “Artículo 12. Dirección de Posicionamiento y Liderazgo Deportivo. Son funciones de la Dirección de Posicionamiento y Liderazgo Deportivo, las siguientes: (…) “17. Planificar, fomentar e impulsar, en coordinación con los organismos del Sistema Nacional del Deporte, el deporte de rendimiento y de altos logros, los deportes autóctonos, de baja difusión, extremos, urbanos y alternativos, atendiendo estándares internacionales y lineamientos del Ministerio”.
Que los Juegos Panamericanos son el evento multideportivo más importante de
baja difusión, extremos, urbanos y alternativos, atendiendo estándares internacionales y lineamientos del Ministerio”.
Que los Juegos Panamericanos son el evento multideportivo más importante de América, se realizan cada cuatro años desde 1957. De estas justas nacen los I Juegos Panamericanos Junior, los cuales se realizaron por primera vez en el año 2021, en la ciudad de Cali y en todo el departamento de Valle del Cauca, del 25 de noviembre al 5 de diciembre de 2021, convocando a atletas juveniles de los países afiliados a Panam Sport.
Que los II Juegos Panamericanos Junior se realizan en Asunción Paraguay en el año 2025, con la participación de Colombia de un total de 207 atletas 102 hombres y 105 mujeres y los países afiliados a la organización panamericana - Panam Sports.
Que el objetivo de estos juegos es impulsar a las nuevas generaciones de deportistas, así como visibilizar nuevos talentos y apoyar el desarrollo del deporte en las categorías junior a través de su participación en eventos de alto alcance. Con la realización de estos Juegos, se busca hacer que el deporte sea transicional; crear un vínculo de acción social entre el deporte, la cultura y la educación ciudadana, demostrando de qué es capaz la juventud cuando se fija un objetivo.
Que en la Resolución No. 001834 de 2017 no se contempla el reconocimiento y pago de incentivos a los medallistas de los Juegos Panamericanos Junior, por ser la creación de este evento posterior a la expedición de la mencionada resolución, por lo que, se hace necesario que se establezca mediante el presente acto administrativo a fin de que se garantice su reconocimiento y pago.
creación de este evento posterior a la expedición de la mencionada resolución, por lo que, se hace necesario que se establezca mediante el presente acto administrativo a fin de que se garantice su reconocimiento y pago.
Que los incentivos a los Medallistas se constituyen en un reconocimiento a la disciplina y compromiso de los Atletas Juveniles Colombianos, demostrado en su entrega de preparación y competencia como proyecto de vida, para consagrarse como referentes sociales de las nuevas generaciones, en la búsqueda de una nación que enaltece los valores del deporte, como principios esenciales hacia la sana convivencia y ponderación del mérito individual y colectivo.
Que el reconocimiento con incentivos a los medallistas colombianos tiene como propósito estimular las capacidades volitivas de nuestros deportistas, en procura de la excelencia deportiva y el posicionamiento y liderazgo deportivo de nuestra nación en el contexto olímpico, paralímpico y mundial. Que los incentivos económicos a los medallistas juveniles se convierten en capitales semilla que favorecen la transición a la alta competencia a quienes llenaran de gloria deportiva a nuestro país.
Que, conforme se avanza en los procesos de preparación y competencia hacia el camino olímpico y paralímpico, en cada ciclo, se incrementan las necesidades de 000631 20 DE AGOSTO 2025RESOLUCIÓN NÚMERO __________ DE __________
“Por medio de la cual se establecen incentivos a los atletas y entrenadores que obtengan medallas de Oro, Plata o Bronce, en los II Juegos Panamericanos Junior en Asunción Paraguay en el año 2025”
recursos para garantizar la participación óptima de los Atletas en los procesos
obtengan medallas de Oro, Plata o Bronce, en los II Juegos Panamericanos Junior en Asunción Paraguay en el año 2025”
recursos para garantizar la participación óptima de los Atletas en los procesos clasificatorios y finales, que involucran al deportista y su entorno, derivando esto en la necesidad de incrementar los incentivos y apoyos del Estado, como garante de la optimización de sus condiciones competitivas.
Que, de acuerdo con el referido análisis, con el fin de exaltar el desarrollo deportivo nacional y el posicionamiento y liderazgo del país como potencia deportiva continental, la Dirección de Posicionamiento y Liderazgo Deportivo del Ministerio, considera necesario otorgar incentivos económicos a los atletas y entrenadores que obtengan medallas de oro, plata y bronce, durante la realización de los II Juegos Panamericanos Junior 2025.
Que el artículo 6º de la Resolución No. 001834 del 2017, establece los siguientes valores en salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), como incentivo económico para los atletas y entrenadores categoría juvenil:
TABLA DE INCENTIVOS EVENTOS CATEGORÍA JUVENIL
EVENTO Atletas Entrenadores Oro Plata Bronce Oro Plata Bronce Juegos Olímpicos de la Juventud de Verano e Invierno
40
30
20
20
15
10
Campeonato Mundial en categoría juvenil
35
25
15
17.5
12.5
7.5
Juegos Parapanamericanos Juvenil Juegos Deportivos Suramericanos de la Juventud
juvenil
35
25
15
17.5
12.5
7.5
Juegos Parapanamericanos Juvenil Juegos Deportivos Suramericanos de la Juventud
3
2
1
1.5
1
0.5
Que el análisis efectuado por los Grupos Internos de Trabajo de Deporte de Rendimiento Olímpico y Talento y Reserva Deportiva de la Dirección de Posicionamiento y Liderazgo Deportivo del Ministerio del Deporte concluyó la importancia del evento denominado Juegos Panamericanos Junior, por lo cual se hace necesario realizar el reconocimiento a los atletas y entrenadores que obtengan medallas de oro, plata y bronce en el marco del evento mencionado, de la siguiente manera:
MEDALLA INCENTIVO ATLETAS INCENTIVO
ENTRENADORES ORO 3 SMLMV 1.5 SMLMV PLATA 2 SMLMV 1 .0 SMLMV
BRONCE 1 SMLMV 0.5 SMLMV
En mérito de lo expuesto, la Ministra del Deporte,
R E S U E L V E:
ARTÍCULO PRIMERO. Establecer el valor del incentivo económico que se reconocerá a los atletas y entrenadores que obtengan medallas en los II Juegos Panamericanos Junior 2025, de acuerdo con las siguientes asignaciones en salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) así: 000631 20 DE AGOSTO 2025RESOLUCIÓN NÚMERO __________ DE __________
“Por medio de la cual se establecen incentivos a los atletas y entrenadores que
mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) así: 000631 20 DE AGOSTO 2025RESOLUCIÓN NÚMERO __________ DE __________
“Por medio de la cual se establecen incentivos a los atletas y entrenadores que obtengan medallas de Oro, Plata o Bronce, en los II Juegos Panamericanos Junior en Asunción Paraguay en el año 2025”
MEDALLA INCENTIVO ATLETAS INCENTIVO
ENTRENADORES ORO 3 SMLMV 1.5 SMLMV PLATA 2 SMLMV 1 .0 SMLMV
BRONCE 1 SMLMV 0.5 SMLMV
ARTÍCULO SEGUNDO. Los atletas y entrenadores deberán cumplir los requisitos y procedimientos contenidos en la Resolución No. 001834 de 2017 expedida por COLDEPORTES, hoy Ministerio del Deporte, para el reconocimiento y pago de los incentivos por parte del Ministerio del Deporte.
ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución, rige a partir de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
PATRICIA DUQUE CRUZ
MINISTRA DEL DEPORTE
Revisó: María Jesús Ortiz Quintero – Abogada contratista del Despacho de la Ministra Revisó: Nelly González Poveda – Contadora contratista del Despacho de la Ministra Revisó: Yesid Hernando Cabuya Ortiz – Jefe (E) de la Oficina Asesora Jurídica Aprobó: Luis Carlos Buitrago Echeverri – Director Técnico de Posicionamiento y Liderazgo
Deportivo
Revisó: Yesid Hernando Cabuya Ortiz – Jefe (E) de la Oficina Asesora Jurídica Aprobó: Luis Carlos Buitrago Echeverri – Director Técnico de Posicionamiento y Liderazgo
Deportivo
Revisó: Alix Adriana Lozano Rondón – Abogada contratista de la DPYLD Revisó: Kelly Alexandra Mariño Estupiñán – Coordinadora del GIT Talento y Reserva Deportiva de la DPYLD
Elaboró: David Alejandro Acosta Cárdenas – Coordinador del GIT Deporte de Rendimiento Olímpico de la DPYLD
20 DE AGOSTO 2025
000631