MINDEPORTE - Resolución 000635 del 22 de agosto de 2025
Ministerio del Deporte
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Detalles
- Título
- MINDEPORTE - Resolución 000635 del 22 de agosto de 2025
- Autor
- Ministerio del Deporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO __________ DE __________
“Por la cual se derogan las resoluciones No. 000347 del 29 de mayo de 2025, No. 000460 del 27 de junio de 2025, No. 000505 del 14 de julio de 2025 y No. 000593 del 6 de agosto de 2025, se delega la ordenación del gasto en el Ministerio del Deporte, y se dictan otras disposiciones”
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LA MINISTRA DEL DEPORTE
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 209 y 211 de la Constitución Política, los artículos 12 y 25 de la Ley 80 de 1993, artículo 37 del Decreto 2150 de 1995, los artículos 9 y 57 a 61 de la Ley 489 de 1998, el artículo 110 del Decreto 111 de 1996, la Ley 1967 de 2019, el Decreto 1670 de 2019 y el Decreto 0250 del 3 de marzo de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia establece: “(…) La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igual, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones (…)”.
Que, el artículo 211 de la Constitución Política autorizó a las entidades administrativas, entre ellas a los Ministerios, delegar en los subalternos o en otras autoridades las funciones que expresamente les señala la ley.
Que, el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, establece : “(…) Las autoridades
administrativas, entre ellas a los Ministerios, delegar en los subalternos o en otras autoridades las funciones que expresamente les señala la ley.
Que, el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, establece : “(…) Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la constitución política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores u a otras entidades con funciones afines y complementarias. Sin perjuicio de las delegaciones previstas en las leyes orgánicas, en todo caso, los ministros, directores de departamento administrativo, superintendentes, representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa, podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la presente ley (…)”.
Que, el artículo 12 de la Ley 489 de 1998 determina que “(…) La delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, sin perjuicio de que en virtud de lo dispuesto en el artículo 211 de la Constitución Política, la autoridad delegante pueda en cualquier tiempo reasumir la competencia y revisar los actos expedidos por el delegatario, con sujeción a las disposiciones del Código Contencioso Administrativo”.
Que, el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, dispuso : “(…) Los jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o
sujeción a las disposiciones del Código Contencioso Administrativo”.
Que, el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, dispuso : “(…) Los jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones en los servidores públicos que desempeñen cargos de nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes. (…)”.
Que, el artículo 110 del Decreto 111 de 1996, faculta al jefe de la respectiva entidad para delegar la ordenación del gasto en funcionarios del nivel directivo, la cual será ejercida teniendo en cuenta las normas consagradas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y disposiciones legales vigentes, en virtud de la autonomía presupuestal , a que se refieren la Constitución y la ley. 000635 22 DE AGOSTO DE 2025RESOLUCIÓN NÚMERO __________ DE __________
“Por la cual se derogan las resoluciones No. 000347 del 29 de mayo de 2025, No. 000460 del 27 de junio de 2025, No. 000505 del 14 de julio de 2025 y No. 000593 del 6 de agosto de 2025, se delega la ordenación del gasto en el Ministerio del Deporte, y se dictan otras disposiciones”
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Que, el artículo 1 de la Ley 1967 del 11 de julio de 2019, establece : “Transformase el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la actividad física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes) en el Ministerio del Deporte como organismo principal de la administración pública,
“Transformase el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la actividad física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes) en el Ministerio del Deporte como organismo principal de la administración pública, del nivel central, rector del sector y del Sistema Nacional del Deporte”.
Que, el numeral 18 del artículo 6 del Decreto 1670 del 12 de septiembre de 2019, mediante el cual se adopta la estructura interna del Ministerio del Deporte, establece como una de las funciones de l(a) Ministro(a): “Ejercer la representación Legal del ministerio, ordenar los gastos y suscribir los actos, convenios, contratos y demás acuerdos de voluntades que se requieran para el cumplimiento de los objetivos y funciones del Ministerio”.
Que, en el artículo primero de la Resolución No. 000500 del 23 de mayo de 2023, la Ministra del Deporte delegó “(…) en el secretario (a) General del Ministerio del Deporte, la facultad de ordenar el gasto sin consideración de la cuantía, en los rubros asociados a los gastos de funcionamiento, servicio de la deuda pública e inversión de conformidad con lo establecido en la clasificación del gasto del Ministerio”.
Que, mediante la Resolución No. 000347 del 29 de mayo de 2025, “Por el cual se delega de manera transitoria la ordenación del gasto y competencias en materia contractual en el Ministerio del Deporte y se dictan otras disposiciones”, la Ministra del Deporte delegó, de manera transitoria, a los (las) Directores(as) Técnicos(as) de Recursos y Herramientas del Sistema Nacional del Deporte, de Posicionamiento y Liderazgo Deportivo, y de Fomento y Desarrollo Deportivo, la
Técnicos(as) de Recursos y Herramientas del Sistema Nacional del Deporte, de Posicionamiento y Liderazgo Deportivo, y de Fomento y Desarrollo Deportivo, la ordenación de gasto, en materia contractual, en los rubros y negocios jurídicos bajo su gestión.
Que, mediante la Resolución No. 000460 del 27 de junio de 2025, “Por el cual se delega de manera transitoria la ordenación del gasto y competencias en materia contractual al Director(a) Técnico(a) de Inspección, Vigilancia y Control del Ministerio del Deporte y se dictan otras disposiciones” , la Ministra del Deporte delegó, de manera transitoria , al(a) Director(a) Técnico(a) de Inspección, Vigilancia y Control -IVCla ordenación de gasto , en materia contractual, en los rubros y negocios jurídicos bajo su gestión.
Que, mediante la Resolución No. 000505 del 14 de Julio de 2025, “Por medio de la cual se realiza una delegación transitoria de la ordenación del gasto del Ministerio del Deporte y se dictan otras disposiciones” , la Ministra del Deporte delega, de manera transitoria , al funcionario que ostenta el cargo de Asesor código 1020 grado 13 del Despacho del(a) Ministro(a) del Deporte, la competencia y facultad para la ordenación del gasto en los rubros y negocios financiados con recursos del presupuesto de funcionamiento de la Entidad, así como los que corresponden a cinco (5) proyectos de inversión , que en el acto administrativo se identifican.
Que, mediante la Resolución No. 000593 del 6 de agosto de 2025, “Por medio de la cual se realiza una delegación transitoria de la ordenación del gasto del
administrativo se identifican.
Que, mediante la Resolución No. 000593 del 6 de agosto de 2025, “Por medio de la cual se realiza una delegación transitoria de la ordenación del gasto del Ministerio del Deporte y se dictan otras disposiciones ”, la Ministra del Deporte delega, de manera transitoria , al funcionario que ostenta el cargo de Asesor código 1020 grado 13 del Despacho del(a) Ministr o(a) del Deporte, la competencia y facultad para la ordenación del gasto , que comprenda la 000635 22 DE AGOSTO DE 2025RESOLUCIÓN NÚMERO __________ DE __________
“Por la cual se derogan las resoluciones No. 000347 del 29 de mayo de 2025, No. 000460 del 27 de junio de 2025, No. 000505 del 14 de julio de 2025 y No. 000593 del 6 de agosto de 2025, se delega la ordenación del gasto en el Ministerio del Deporte, y se dictan otras disposiciones”
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autorización de comisiones, viáticos y gastos de desplazamiento, para los servidores públicos y contratistas del Ministerio del Deporte, sin consideración a su cuantía, y para la totalidad de rubros del presupuesto de la Entidad.
Que, la Entidad ha adoptado medidas en materia de delegación de ordenación del gasto, que han permitido el establecimiento de una positiva dinámica administrativa, para la desconcentración de funciones y el cumplimiento normativo funcional, fortaleciendo la gestión desde las áreas responsables directamente, con el conocimiento técnico, permitiendo una rápida adaptación y mejoras en la agilidad requerida , para la ejecución presupuestal, con un
normativo funcional, fortaleciendo la gestión desde las áreas responsables directamente, con el conocimiento técnico, permitiendo una rápida adaptación y mejoras en la agilidad requerida , para la ejecución presupuestal, con un adecuado control operativo, lo cual permite tomar la decisión de realizar la delegación, en materia de ordenación del gasto, sin la transitoriedad inicialmente establecida.
Que, por razones de oportunidad y conveniencia en la materialización de los principios constitucionales, que regulan la función pública administrativa, es posible la derogatoria de un acto administrativo, y así lo han resaltado la H. Corte Constitucional y el H. Consejo de Estado, en los siguientes términos:
En primera medida, la Sala Plena de la Corte Constitucional en Sentencia C901/11 del 30 de noviembre de 2011, expediente D -8551, M.P. Jorge Iván Palacio Palacio, sobre la derogatoria expresa: “(…) La derogación tiene como función “dejar sin efecto el deber ser de otra norma, expulsándola del ordenamiento [8]. Por ello se ha entendido que la derogación es la cesación de la vigencia de una disposición como efecto de una norma posterior” [9], que no se fundamenta en un cuestionamiento sobre la validez de las normas, por ejemplo, cuando es declarada inexequible, “sino en criterios de oportunidad libremente evaluados por las autoridades competentes, y en especial, en relación con las leyes por el Congreso. Así la derogación no deriva de conflictos entre normas de distinta jerarquía sino de la libertad política del legislador. La derogación no afecta tampoco ipso iure la eficacia de la norma derogada, pues en general las situaciones surgidas bajo su vigencia continúan
de conflictos entre normas de distinta jerarquía sino de la libertad política del legislador. La derogación no afecta tampoco ipso iure la eficacia de la norma derogada, pues en general las situaciones surgidas bajo su vigencia continúan rigiéndose por ella, por lo cual la norma dero gada puede mantener su eficacia, la cual poco a poco se va extinguiendo. Esto es precisamente lo que justifica que la Corte se pronuncie incluso sobre normas derogadas cuando éstas siguen produciendo efectos, con el fin de hacerlos cesar, por ministerio de la declaratoria de inexequibilidad, si tales efectos son contrarios a la Carta”. [10] (…)”.
Por su parte, la Subsección B de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en sentencia 31 de mayo de 2012, con radicado No. 68001 -23-31-000-2004-01511-01 (0825 -09), señaló: “(…) De la Derogatoria de los actos administrativos de carácter general. La Derogatoria es la abolición de un acto administrativo por decisión unilateral y discrecional de la autoridad u organismo que lo expidió. Así se tiene que es la misma autoridad que expidió el acto administrativo de carácter general o particular, siempre y cuando este último no haya creado un derecho, la que lo hace desaparecer del mundo jurídico, por razones de conveniencia o de oportunidad en ejercicio de su potestad discrecional de la administración. Los efectos de la derogatoria son ex nun, es decir, siempre a partir del momento que queda en firme la decisión, pero sin que puedan afectarse los derechos que se hubieren consolidado como derechos adquiridos
administración. Los efectos de la derogatoria son ex nun, es decir, siempre a partir del momento que queda en firme la decisión, pero sin que puedan afectarse los derechos que se hubieren consolidado como derechos adquiridos bajo el amparo del acto derogado, no así los derechos precarios, esto es, los provenientes de permisos licencias, concesiones no contractuales, etc. que 0000635 22 DE AGOSTO DE 2025RESOLUCIÓN NÚMERO __________ DE __________
“Por la cual se derogan las resoluciones No. 000347 del 29 de mayo de 2025, No. 000460 del 27 de junio de 2025, No. 000505 del 14 de julio de 2025 y No. 000593 del 6 de agosto de 2025, se delega la ordenación del gasto en el Ministerio del Deporte, y se dictan otras disposiciones”
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se hayan conferido con base en los mismos. Respecto a los efectos de la derogatoria de los actos generales ha manifestado el Consejo de Estado, en su Sala Plena de lo Contencioso Administrativo que ella surte efectos hacia el futuro, sin afectar lo ocurrido durante su vigencia y sin restablecer el orden violado; inclusive dichos actos pueden ser sometidos al juicio de legalidad, lo que hace que la anulación tenga efectos ab -initio, restableciéndose por tal razón el imperio de la legalidad. (…) Una de las diferencias transcendentales de la revocatoria y la derogatoria la constituyen los efectos de la decisión; el acto administrativo que contiene una revocatoria tiene efectos ex tunc, genera efectos hacia el pasado, es decir, a partir de la existencia del acto que
de la revocatoria y la derogatoria la constituyen los efectos de la decisión; el acto administrativo que contiene una revocatoria tiene efectos ex tunc, genera efectos hacia el pasado, es decir, a partir de la existencia del acto que se revoca y la derogatoria tiene efectos ex nuc, hacia el futuro, es decir, siempre a partir del momento que queda en firme la decisión de derogación. (…)”.
Que, teniendo en cuenta las consideraciones previas, es necesario derogar la s Resoluciones No. 000347 del 29 de mayo de 2025, No. 000460 del 27 de junio de 2025, No. 000505 del 14 de julio de 2025 y No. 000593 del 6 de agosto de 2025.
En mérito de lo expuesto, la Ministra del Deporte,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. DEROGAR las Resoluciones No. 000347 del 29 de mayo de 2025, No. 000460 del 27 de junio de 2025, No. 000505 del 14 de julio de 2025 y No. 000593 del 6 de agosto de 2025, de conformidad con lo contenido en la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO. DELEGAR al(a) Director(a) Técnico(a) de Recursos y Herramientas del Sistema Nacional del Deporte, al(a) Director(a) Técnico(a) de Posicionamiento y Liderazgo Deportivo, al(a) Director(a) Técnico(a) de Fomento y Desarrollo y al(a) Director(a) Técnico(a) de Inspección, Vigilancia y ControlIVC-, del Ministerio del Deporte , la competencia para la ordenación del
y Desarrollo y al(a) Director(a) Técnico(a) de Inspección, Vigilancia y ControlIVC-, del Ministerio del Deporte , la competencia para la ordenación del gasto, en materia contractual , y sin consideración a la cuantía, en los rubros y negocios jurídicos , bajo la gestión de cada una de las Direcciones y áreas técnicas a su cargo, así:
Código PGN Proyecto de Inversión Ordenador(a) del Gasto C-43021604-28
APOYO A LA INFRAESTRUCTURA
DEPORTIVA, RECREATIVA Y DE
ALTA COMPETENCIA NACIONAL.
Director(a) Técnico(a) de Recursos y Herramientas del Sistema Nacional del Deporte. C-43021604-27
DESARROLLO AL LABORATORIO
DEL CONTROL AL DOPAJE
NACIONAL.
Director(a) Técnico(a) de Recursos y Herramientas del Sistema Nacional del Deporte. C-43021604-26
DESARROLLO DEL DEPORTE
OLIMPICO, PARALIMPICO Y NIVEL
MUNDIAL PARA EL
POSICIONAMIENTO Y
LIDERAZGO DEPORTIVO
NACIONAL.
Director(a) Técnico(a) de Posicionamiento y Liderazgo Deportivo. 000635 22 DE AGOSTO DE 2025RESOLUCIÓN NÚMERO __________ DE __________
“Por la cual se derogan las resoluciones No. 000347 del 29 de mayo de 2025, No. 000460 del 27 de junio de 2025, No. 000505 del 14 de julio de 2025 y No.
“Por la cual se derogan las resoluciones No. 000347 del 29 de mayo de 2025, No. 000460 del 27 de junio de 2025, No. 000505 del 14 de julio de 2025 y No. 000593 del 6 de agosto de 2025, se delega la ordenación del gasto en el Ministerio del Deporte, y se dictan otras disposiciones”
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C-43021604-29
APOYO EN EL DESARROLLO DE
JUEGOS Y EVENTOS DEPORTIVOS
DE RENDIMIENTO Y ALTO
RENDIMIENTO EN COLOMBIA
NACIONAL
Director(a) Técnico(a) de Posicionamiento y Liderazgo Deportivo. C-43021604-14
FORTALECIMIENTO, FOMENTO Y
PROMOCIÓN DE LA PRACTICA
DEPORTIVA, RECREATIVA Y DE
ACTIVIDAD FISICA EN COLOMBIA
NACIONAL.
Director(a) Técnico(a) de Fomento y Desarrollo. C-43021604-13
FORTALECIMIENTO DEL DEPORTE
Y LA EDUCACIÓN FISICA DE LOS
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
EN ETAPA ESCOLAR NACIONAL.
Director(a) Técnico(a) de Fomento y Desarrollo. C-43021604-23
APOYO A LA INSPECCIÓN,
VIGILANCIA Y CONTROL A NIVEL
NACIONAL.
Director(a) Técnico(a) de Inspección, Vigilancia y Control -IVC-.
ARTÍCULO TERCERO. DELEGAR al funcionario FABRICIO JOSÉ GUZMÁN
NACIONAL.
Director(a) Técnico(a) de Inspección, Vigilancia y Control -IVC-.
ARTÍCULO TERCERO. DELEGAR al funcionario FABRICIO JOSÉ GUZMÁN MARTÍNEZ, identificado con la cédula de ciudadanía N o. 79.388.946, quien actualmente ostenta e l cargo de Asesor código 1020 grado 13 del Despacho del(a) Ministro(a) del Deporte, la competencia y facultad para la ordenación del gasto, y sin consideración a la cuantía, en los rubros y negocios financiados con recursos del presupuesto de funcionamiento de la Entidad, así como los que correspondan a los siguientes proyectos de inversión:
Código PGN Proyecto de Inversión Ordenador(a) del Gasto
C-4302-160420
DESARROLLO DE POLÍTICAS
PÚBLICAS E INVESTIGACIÓN SECTORIAL A NIVEL NACIONAL Asesor código 1020 grado 13 del Despacho del(a) Ministro(a) del Deporte
C-4399-160410
FORTALECIMIENTO DE LA
GESTIÓN Y SEGUIMIENTO
INSTITUCIONAL DEL MINISTERIO DEL DEPORTE Asesor código 1020 grado 13 del Despacho del(a) Ministro(a) del Deporte
C-4399-16047
IMPLEMENTACIÓN DE LAS
TECNOLOGÍAS DE LA
INFORMACIÓN Y
COMUNICACIÓN PARA EL
SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE A NIVEL NACIONAL Asesor código 1020 grado 13 del Despacho del(a) Ministro(a) del Deporte
C-4399-16048
COMUNICACIÓN PARA EL
SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE A NIVEL NACIONAL Asesor código 1020 grado 13 del Despacho del(a) Ministro(a) del Deporte
C-4399-16048
MEJORAMIENTO SEDES COLDEPORTES BOGOTÁ Asesor código 1020 grado 13 del Despacho del(a) Ministro(a) del Deporte
C-4302-160424
APOYO AL PROGRAMA AL CONTROL AL DOPAJE NACIONAL Asesor código 1020 grado 13 del Despacho del(a) Ministro(a) del Deporte
PARÁGRAFO 1: Los servidores públicos delegados, mediante la presente Resolución, quedan facultados para adelantar todas las actuaciones propias de la actividad contractual y de la ordenación del gasto, tales como:
1. Suscribir contratos y/o convenios , en virtud del cumplimiento de las funciones de sus dependencias. 000635 22 DE AGOSTO DE 2025RESOLUCIÓN NÚMERO __________ DE __________
“Por la cual se derogan las resoluciones No. 000347 del 29 de mayo de 2025, No. 000460 del 27 de junio de 2025, No. 000505 del 14 de julio de 2025 y No. 000593 del 6 de agosto de 2025, se delega la ordenación del gasto en el Ministerio del Deporte, y se dictan otras disposiciones”
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2. Suscribir las modificaciones contractuales en los negocios jurídicos , en virtud del cumplimiento de las funciones y proyectos de sus dependencias.
3. Liquidar y cerrar contratos y convenios.
4. Designación de supervisores.
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2. Suscribir las modificaciones contractuales en los negocios jurídicos , en virtud del cumplimiento de las funciones y proyectos de sus dependencias.
3. Liquidar y cerrar contratos y convenios.
4. Designación de supervisores.
5. Imposición de multas y sanciones, en materia contractual.
6. Autorizaciones para uso de causal de contratación directa.
7. Exigibilidad de garantías.
8. Solicitar la expedición de certificados de disponibilidad y registro presupuestal, en los rubros y negocios jurídicos bajo su gestión, conforme a lo previsto en el artículo segundo y tercero de la presente Resolución.
PARÁGRAFO 2: El servidor publico delegado para la ordenación del gasto , a que hace referencia el art ículo tercero de la presente Resolución, queda facultado, además de las actividades a que hace referencia el parágrafo anterior, para suscribir contratos y/o convenios, así como las modificaciones de estos, en virtud del cumplimiento de los objetivos institucionales , que se han asignado funcionalmente a la Secretaría General, al Despacho del Viceministerio , a la Oficina Asesora Jurídica, a la Oficina Asesora de Planeación, y al Despacho del(a) Ministro(a) del Deporte, con excepción de la liquidación y cierre de contratos y/o convenios.
PARÁGRAFO 3 : Las solicitudes en materia de pasivos exigibles vigencias expiradas, vigencias futuras y traslados entre rubros del decreto de liquidación del presupuesto, deberán estar autorizados por el (la) ordenador(a) del gasto, respectivo.
PARÁGRAFO 4: En caso de requerirse la celebración de un contrato o convenio,
del presupuesto, deberán estar autorizados por el (la) ordenador(a) del gasto, respectivo.
PARÁGRAFO 4: En caso de requerirse la celebración de un contrato o convenio, cuya financiación se deba hacer con más de un rubro presupuestal, o que comprenda varios proyectos de inversión, involucrando así inicialmente a distintos ordenadores(as), no aplicará la delegación establecida en el artículo segundo del presente acto administrativo, para tal efecto , en esos casos, la ordenación del gasto será competencia de l funcionario FABRICIO JOSÉ GUZMÁN MARTÍNEZ , identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.388.946, quien actualmente ostenta el cargo de Asesor código 1020 grado 13 del Despacho del(a) Ministro(a) del Deporte , funcionario al cual se delega esta facultad, en materia de ordenación del gasto.
PARÁGRAFO 5: El Despacho de la Ministra del Deporte realizará el respectivo control y seguimiento a la expedición de los certificados de disponibilidad presupuestal (CDP) y registro presupuestal (RP), que soliciten los ordenadores del gasto delegados, mediante la presente Resolución.
PARÁGRAFO 6: Las actividades propias de la gestión contractual (r ecepción, revisión y gestión de las solicitudes en materia contractual ), así como la administración y gestión de las plataformas electrónicas utilizadas en la gestión contractual de la Entidad, estarán a cargo del Grupo Interno de Trabajo -GITContratación, como responsable del proceso de adquisición de bienes y servicios. Lo anterior, igualmente, de conformidad con lo establecido en la Resolución No. 002359 del 3 diciembre de 2019.
Contratación, como responsable del proceso de adquisición de bienes y servicios. Lo anterior, igualmente, de conformidad con lo establecido en la Resolución No. 002359 del 3 diciembre de 2019.
PARÁGRAFO 7: El (La) Director(a) de Inspección, Vigilancia y Control -IVCtendrá a cargo la gestión contractual correspondiente a la firma de modificaciones, suspensiones, adiciones, prorrogas, liquidaciones y similares, así 000635 22 DE AGOSTO DE 2025RESOLUCIÓN NÚMERO __________ DE __________
“Por la cual se derogan las resoluciones No. 000347 del 29 de mayo de 2025, No. 000460 del 27 de junio de 2025, No. 000505 del 14 de julio de 2025 y No. 000593 del 6 de agosto de 2025, se delega la ordenación del gasto en el Ministerio del Deporte, y se dictan otras disposiciones”
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como la ordenación del gasto, que corresponda, al Contrato Interadministrativo No. 1308 de 2023.
ARTÍCULO CUARTO. DELEGAR al funcionario FABRICIO JOSÉ GUZMÁN MARTÍNEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.388.946, quien actualmente ostenta el cargo de Asesor código 1020 grado 13 del Despacho del(a) Ministro(a) del Deporte, la competencia y facultad para la ordenación del gasto, que comprenda la autorización de comisiones, viáticos y gastos de desplazamiento, para los servidores públicos y contratistas del Ministerio del Deporte, sin consideración a su cuantía, y para la totalidad de rubros del presupuesto de la Entidad.
desplazamiento, para los servidores públicos y contratistas del Ministerio del Deporte, sin consideración a su cuantía, y para la totalidad de rubros del presupuesto de la Entidad.
PARÁGRAFO 1: El servidor público delegado, mediante la presente Resolución, queda facultado para adelantar todas las actuaciones propias de la autorización de comisiones, viáticos y gastos de desplazamiento en la Entidad, tanto a nivel nacional como internacional.
ARTÍCULO QUINTO. Los funcionarios delegados deberán ejercer las facultades aquí conferidas, de conformidad con el Estatuto Orgánico del Presupuesto y el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, según el caso, y acorde con los deberes y responsabilidades, propias de la función pública, así como con las demás disposiciones legales vigentes. Las áreas competentes de la Entidad deberán, de ser necesario, modificar procedimientos y formatos, para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto, en este acto administrativo.
ARTÍCULO SEXTO. COMUNICAR, la presente Resolución, a los funcionarios delegados, así como a las áreas o dependencias interesadas y competentes en la materia, del Ministerio del Deporte, para su conocimiento y fines pertinentes.
ARTÍCULO SÉPTIMO. La presente Resolución, rige a partir de la fecha de su publicación.
Dada en la ciudad de Bogotá, D.C.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
PATRICIA DUQUE CRUZ
MINISTRA DEL DEPORTE
Revisó: María Jesús Ortiz Quintero – Abogada contratista del Despacho de la Ministra
Firma:
PATRICIA DUQUE CRUZ
MINISTRA DEL DEPORTE
Revisó: María Jesús Ortiz Quintero – Abogada contratista del Despacho de la Ministra
Firma: Revisó: Yesid Hernando Cabuya Ortiz – Jefe (E) de la Oficina Asesora Jurídica
Firma: Proyectó: Fabián Darío Romero Moreno –
Coordinador del GIT Contratación
Firma: